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La edificación en terreno ajeno y sus distintos efectos jurídico-obligacionales : a propósito de una interpretación sistemática e histórica de los Arts. 941, 942 y 943 del Código Civil PeruanoCastillo Torres, Roberto Galo 24 May 2016 (has links)
La tarde del cuatro de enero del año 2008, luego de una estadía de 6
meses –tiempo durante el cual pudieron visitar a sus hijos, nietos y demás
familiares que desde hace muchos años radicaban en la ciudad Australiana
de Sídney–, la sociedad conyugal Irribarren Montellanos retornó a Lima.
Una vez en Lima, se dirigieron hacia a su vivienda ubicada en la
urbanización “Las Brisas” en el distrito de Chorrillos. Cuando se disponían a
ingresar a su hogar, se percataron de que las chapas habían sido
cambiadas. Estupefactos por la situación, fueron a la comisaría del sector,
con el objeto de solicitar apoyo policial.
Cuando retornaron a su vivienda a bordo de un patrullero y
acompañados de dos suboficiales de la Policía Nacional del Perú,
sorpresivamente fueron recibidos por la sociedad conyugal Jeri Kukulis,
cuyos integrantes, ambos de nacionalidad chilena, manifestaban ser
propietarios del inmueble; señalaban haberlo comprado hace tres meses a la
sociedad Noles Cotito. Para acreditar tal situación, exhibieron los
documentos referidos a la compraventa y la inscripción en los Registros
Públicos.
Atónitos frente a los sucesos que se desarrollaban, a la sociedad
Irribarren Montellanos solo le quedó retirarse del lugar y denunciar la
usurpación de la cual había sido víctima. Sin embargo, luego de 8 meses de
investigación policial y fiscal, su denuncia fue desestimada. El fiscal a cargo
concluía que no se había acreditado el despojo de la posesión y que la
sociedad Jeri Kukulis contaba con los documentos que acreditaban
legítimamente su derecho de propiedad. / Tesis
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La edificación en terreno ajeno y sus distintos efectos jurídico-obligacionales : a propósito de una interpretación sistemática e histórica de los Arts. 941, 942 y 943 del Código Civil PeruanoCastillo Torres, Roberto Galo 24 May 2016 (has links)
La tarde del cuatro de enero del año 2008, luego de una estadía de 6
meses –tiempo durante el cual pudieron visitar a sus hijos, nietos y demás
familiares que desde hace muchos años radicaban en la ciudad Australiana
de Sídney–, la sociedad conyugal Irribarren Montellanos retornó a Lima.
Una vez en Lima, se dirigieron hacia a su vivienda ubicada en la
urbanización “Las Brisas” en el distrito de Chorrillos. Cuando se disponían a
ingresar a su hogar, se percataron de que las chapas habían sido
cambiadas. Estupefactos por la situación, fueron a la comisaría del sector,
con el objeto de solicitar apoyo policial.
Cuando retornaron a su vivienda a bordo de un patrullero y
acompañados de dos suboficiales de la Policía Nacional del Perú,
sorpresivamente fueron recibidos por la sociedad conyugal Jeri Kukulis,
cuyos integrantes, ambos de nacionalidad chilena, manifestaban ser
propietarios del inmueble; señalaban haberlo comprado hace tres meses a la
sociedad Noles Cotito. Para acreditar tal situación, exhibieron los
documentos referidos a la compraventa y la inscripción en los Registros
Públicos.
Atónitos frente a los sucesos que se desarrollaban, a la sociedad
Irribarren Montellanos solo le quedó retirarse del lugar y denunciar la
usurpación de la cual había sido víctima. Sin embargo, luego de 8 meses de
investigación policial y fiscal, su denuncia fue desestimada. El fiscal a cargo
concluía que no se había acreditado el despojo de la posesión y que la
sociedad Jeri Kukulis contaba con los documentos que acreditaban
legítimamente su derecho de propiedad. / Tesis
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La edificación en terreno ajeno y sus distintos efectos jurídico-obligacionales : a propósito de una interpretación sistemática e histórica de los Arts. 941, 942 y 943 del Código Civil PeruanoCastillo Torres, Roberto Galo 14 March 2016 (has links)
Como hipótesis de la investigación se propone que los efectos jurídico – obligacionales, generados por la construcción en suelo ajeno, obedecen a naturalezas distintas. Tal es así ue cuando existe buena fe, se genera una obligación de naturaleza indemnizatoria destinada a compensar el valor de la construcción accedida y/o en su defecto a compensar el valor del inmueble accedido vía la figura de la accesión invertida. Mientras que, cuando existe mala fe, el efecto jurídico obligatorio que genera la conducta ilícita del constructor, obedece al resarcimiento del daño como función de la responsabilidad civil, pudiendo también generarse un resarcimiento in natura mediante la demolición de lo construido.
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