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Implicancias de la obligación de coordinación en la práctica sancionatoria eléctrica : análisis del modelo de atribución de responsabilidad en el área de generación eléctrica por fallas de suministro eléctricoVega Chamorro, Magdalena January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La presente memoria tiene como objetivo principal, efectuar un análisis integral del modelo
de responsabilidad y, en consecuencia, de la práctica sancionatoria eléctrica nacional,
específicamente en el sector de generación de energía eléctrica, por fallas en el suministro
eléctrico. Para cumplir con el objetivo planteado, deben responderse dos grandes
interrogantes; en primer lugar, quién es responsable por fallas en el suministro eléctrico y, en
segundo lugar, bajo qué factor de imputación se establece dicha responsabilidad.
Para efectos de responder la primera interrogante, se realizará un estudio de la estructura
institucional en la que se sostiene el sistema eléctrico, haciendo énfasis en los principios que lo
rigen y en las características de los integrantes del sistema, en particular, del rol de los CDEC,
su naturaleza jurídica y los principales cambios que establece la reciente Ley Nº 20.936 que
crea el nuevo “Coordinador Independiente del Sistema Eléctrico Nacional”, en adelante,
CISEN, quien los reemplaza en su función en la actualidad.
En relación a la segunda interrogante, se analizarán las diversas interpretaciones sobre la
naturaleza jurídica de la obligación de coordinación, que responde, principalmente, a la
clasificación conceptual entre obligaciones de medios y de resultados. Para este fin, se
realizará un análisis doctrinal y jurisprudencial sobre dichas interpretaciones y se intentará
dilucidar cómo afecta la comprensión de dicha obligación en la aplicación de las sanciones
eléctricas.
El segundo objetivo del presente trabajo, es entregar al lector un marco general del Sistema
Eléctrico y de la aplicación de la facultad punitiva del Estado en el sector de generación
eléctrica, dentro del contexto de las disyuntivas anteriormente expuestas.
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De los Centros de Despacho Económico de Carga al Coordinador del Sistema Eléctrico Nacional : institucionalidad y certidumbrePérez Cea, María Francisca January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / De acuerdo al artículo 72°-1 de la Ley General de Servicios Eléctricos, la operación de las instalaciones eléctricas interconectadas deberá ser coordinada. Durante más de 30 años, tal actividad coordinadora de los distintos sistemas eléctricos ubicados a lo largo del país estuvo a cargo de unos organismos denominados Centros de Despacho Económico de Carga, los cuales nacieron durante la segunda mitad de la década de 1980, como consecuencia de las nuevas políticas privatizadoras propias del sistema neoliberal instaurado por el régimen de la época , a partir de la dictación Decreto Supremo N° 6 de 1986, llamado Reglamento de Coordinación de la Operación de Unidades Generadores y Líneas de Transporte.
Desde su creación, los Centros se desarrollaron como entes sui generis y durante su vigencia fueron objeto de muchas críticas y de múltiples modificaciones, a medida que las necesidades del sistema fueron cambiando, hasta que fueron finalmente derogados a través de la Ley N° 20.936, de 2016, norma que intenta hacerse cargo de estas críticas a través de la creación de un organismo único, con personalidad jurídica de derecho público, independiente, autónomo y con patrimonio propio, llamado Coordinador Independiente del Sistema Eléctrico Nacional, en adelante, CISEN, lo que sin duda constituye un cambio de paradigma en las políticas energéticas del país.
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