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Informe sobre Expediente de relevancia jurídica N° 121-IP-2014, E-2567, Interpretación Prejudicial del Art. 237 y 273 de la Decisión 486, y el Art. 122 del Estatuto del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina

Kavajara Vásquez, Omar Alexis 05 March 2024 (has links)
El presente informe tiene como finalidad analizar la idoneidad de la acción de nulidad interpuesta por Marfor Producciones S.R.L. en contra de la marca «EXPONÁUTICA PERÚ» de titularidad de Profesionales Marítimos S.R.L. y la interpretación prejudicial emitida por el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina en el Proceso 121-IP-2014. El análisis del presente caso se justifica en dos grandes áreas del derecho: la propiedad industrial y el derecho comunitario. En primer lugar, buscaremos acreditar que Marfor Producciones S.R.L. interpuso una acción inefectiva para la tutela de sus derechos. En segundo lugar, abordaremos la interpretación efectuada por el Tribunal al concepto de “juez nacional” en el marco de las interpretación prejudiciales (artículo 122 del Estatuto del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina). En concreto, revisaremos los seis criterios que estableció el Tribunal para permitir que entidades administrativas como la Dirección de Signos Distintivos y la Comisión de Signos Distintivos puedan encajar en el término “juez nacional” comunitario y, por consiguiente, solicitar interpretaciones prejudiciales. La metodología aplicada en el informe es indudablemente dogmática, con un enfoque amplio en la doctrina especializada, la normativa aplicable y la jurisprudencia correspondiente. En el trabajo se podrá observa el criterio de interpretación teleológico y, en menor medida el literal. En suma, las conclusiones principales son que (i) la acción de nulidad interpuesta por Marfor Producciones S.R.L. fue inidónea y (ii) la interpretación prejudicial efectuada por el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina es correcta pero con ciertas precisiones.
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La interpretación del término “juez nacional” por el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina

Mendoza Neyra, Yolanda 11 April 2019 (has links)
La interpretación prejudicial es un proceso comunitario no contencioso. Sus efectos la convierte en la herramienta fundamental para garantizar la aplicación e interpretación uniforme del ordenamiento comunitario andino dentro del territorio de los Países Miembros de la Comunidad Andina. Mediante la interpretación prejudicial, también se asegura el correcto desarrollo del proceso de integración andino. El presente trabajo académico establece que el trabajo interpretativo del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, órgano jurisdiccional de la Comunidad Andina, no utiliza las reglas de interpretación establecidas en la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969 cuando analiza el término juez nacional, el mismo que se encuentra descrito en el Artículo 33° del Tratado de Creación del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina. El Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina opta por una interpretación que amplía su significado y, en consecuencia, entiende que juez nacional también es un funcionario administrativo con función jurisdiccional y un árbitro.

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