Spelling suggestions: "subject:"derecho constitucional while"" "subject:"derecho constitucional chile""
1 |
Síntesis del derecho constitucional chilenoBernaschina G., Mario January 1944 (has links)
No description available.
|
2 |
El control de lo orgánico constitucional en la Constitución Política de la República de Chile.Benítez Gibbons, Manuel José, Méndez Montes, María de la Luz January 2004 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por los autores para ser publicada a texto completo / No podemos entrar a la zonas más controvertidas
del debate constitucional , sin antes efectuar un acucioso examen de las
instituciones involucradas en el centro de la problemática planteada en este
trabajo, de más está decir que, no existiendo una definición legal de mucho
de los problemas presentados, solo la opinión de connotados tratadistas y la
modesta perspectiva que podamos nosotros aportar , serán las vías de
solución que podrán plantearse ante cada una de las controversias plantadas.
Es necesario por tanto iniciar nuestro estudio con una vista a una de
las categorías legales creadas por el Constituyente, cual es la categoría de
ley orgánica constitucional.
|
3 |
La reserva de LeyAlliende Crichton, Fernando José January 2000 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / La reserva de ley constituye uno de los principios capitales que determinan la estructura del ordenamiento jurídico, tocando las bases mismas del funcionamiento del Estado, particularmente en la vinculación de los poderes
que lo constituyen.
En este contexto, las expresiones normativas que configuran el
contenido propio de las conexiones sobre las cuales este principio opera son el reglamento y la ley, en cuanto constituyen las manifestaciones jurídicas
naturales al ejercicio creador de Derecho del Estado. Así, el reglamento, como consecuente normativo de la potestad reglamentaria, se traduce en el
instrumento operacional a través del cual el Poder Ejecutivo ejerce su actividad regulatoria. La ley, por su parte, es la norma jurídica por antonomasia, cuya generación corresponde al Poder Legislativo, en cuanto éste expresa la voluntad popular.
De esta manera, es la Constitución la que se hace cargo del
establecimiento de una fórmula de reserva de ley, la que, como veremos, difiere en sus contenidos dependiendo de los caracteres que el constituyente le establezca, de tal modo que el principio se adapta a la naturaleza propia del
ordenamiento jurídico sobre el que opera, considerando una matriz
fundamental con multifacéticas expresiones.
En este entendido, el propósito del presente trabajo involucra dos
aspectos determinantes. En primer lugar, precisar, dentro de lo posible, esta matriz conceptual que en definitiva nos permita entender las esencias que
involucra la idea de reserva de ley. Y segundo, dar luces acerca del problema central que envuelve la aplicación del principio, esto es, la relación entre ley y
reglamento.
|
4 |
El derecho al deporte en Chile : fundamentos y antecedentes para su consagración constitucionalSerrano Lucero, Martín Alberto January 2011 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Cuando se aborda el tema del deporte en nuestro medio se hace, por lo general, en desconocimiento de sus enormes implicaciones actuales. Se le aplican esquemas, categorías e ideas que no corresponden a nuestros tiempos, en los que la práctica deportiva alcanza un lugar tan relevante. En el mundo entero, el deporte se ha constituido en una actividad con una reconocida y singular capacidad de coadyuvar con los poderes públicos en la realización de sus metas más anheladas en los ámbitos de la salud, la educación, la economía y la sana convivencia.
|
5 |
Los principios constitucionales del derecho tributarioCerpa Cabrera, Nelson Abraham January 2012 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Los principios de Derecho Tributario, que informan la producción de sus normas y su
aplicación, son numerosos. Atendiendo a su fuente, pueden distinguirse principios
constitucionales y legales. La diferencia jurídica entre ambos es muy importante, ya que (los
constitucionales) vinculan al legislador ordinario y su transgresión, en consecuencia, supone la
inconstitucionalidad del precepto o de la norma de que se trate. Los principios legales no
establecen tal vinculación en términos estrictos de jerarquía de normas aunque algunos de ellos
3
declarados en leyes ordinarias sean respetados siempre por el legislador debido a su lógica, a su
operatividad tributaria.
No es nuestro propósito estudiar ni Derecho Tributario, ni Derecho Constitucional, sino que
acercar a nuestra inteligencia, los principios Constitucionales que inspiran el ordenamiento
jurídico tributario en su integridad
|
6 |
Justicia constitucional de la defensa formal de la constitución a la defensa de los derechos humanosGallegos Díaz, Álvaro Cristián, Meneses Ulloa, Carlos January 2003 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No pretendemos –y más bien dudamos de todo argumento– que intente
convencer sobre el carácter universal de los derechos humanos, sobre el
fundamento metafísico de éstos; los consideramos simplemente una
manifestación de la ética en los términos expuestos, que no tiene más
pretensión que la necesidad de una convivencia social, en que el bien común y
la exclusión de la violencia son asumidos a través de lo Humberto Eco llama el
"respeto a los derechos de la corporalidad ajena". No intentamos instalarnos
sobre la base de posiciones iusnaturalistas y iuspositivistas de las cuales
desconfiamos. Queremos descansar nuestra argumentación sobre la idea de
una ética, sea creyente o no creyente, cuyo rasgo común es la buena fe, es
decir, "la convicción de hacer aquello que sin duda todo ser consiente debe
hacer", independiente de sus motivaciones.
|
7 |
La teoría del poder constituyente en la constitución chilena vigenteBassa Mercado, Jaime Andrés January 2007 (has links)
Tesis (magíster en derecho, mención en derecho público) / La presente tesis pretende delimitar una teoría democrática del poder constituyente y contrastaría con el proceso originado con la Comisión Ortúzar.
Busca realizar una teoría normativa del poder constituyente, conceptualizando el término desde una perspectiva teórica e histórica. Asimismo, el estudio del concepto se realiza a partir de un modelo determinado, el Estado constitucional y democrático de Derecho, estadio actual de desarrollo de la idea de Estado de Derecho, que condiciona la interpretación del ordenamiento constitucional. Considerando estas bases conceptuales, se interpretará la realidad histórica de la constitución chilena vigente.
|
8 |
La declaración de inconstitucionalidad como forma de supresión normativaBarahona Zúñiga, Diego Ignacio., Carrasco Barrera, Cristóbal Andrés January 2011 (has links)
Cuando intentamos explicar qué es un sistema jurídico de normas, necesariamente
debemos hacernos cargo de qué es lo que da unidad al número exorbitante de leyes,
decretos, reglamentos, etc., que se encuentran presente el ordenamiento jurídico de
cualquier Estado de Derecho moderno, y a la vez que le da validez de a las mismas.
Sostenemos junto a Hans Kelsen, como lo hace en el capítulo IX de su “Teoría Pura
del Derecho”1, que la pluralidad de normas presentes en un ordenamiento jurídico
determinado descansa, en última instancia, sobre una única norma o norma
fundamental
|
9 |
Las Fuerzas Armadas garantes de la institucionalidad chilena?Aranda Aliaga, Pablo, Puente Hervé, Sebastián de la January 2003 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por los autores para ser publicada a texto completo / La presencia y la participación de las Fuerzas Armadas a lo largo de la historia política y jurídica de Chile, ha tenido lugar en varias circunstancias y se ha constituido en un tema de particular importancia para el estudio del sistema democrático a partir de la nueva institucionalidad instaurada por la Constitución de 1980 y sus proyecciones hacia el nuevo milenio que ya comenzó.
|
10 |
El primer Tribunal Constitucional de Chile : 1970-1973 : sus orígenes, consagración y legadoBravo Botta, Esteban January 2009 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / La presente tesis elaborada realizará una investigación sobre el primer
Tribunal Constitucional chileno, analizando las circunstancias de su creación, su
labor y el impacto de su jurisprudencia, su disolución y la trascendencia de su
trabajo, desde la perspectiva de la Escuela Polifacética de la Historia del
Derecho. Para cumplir con nuestro objetivo analizamos criterios que permiten
interpretar la supremacía constitucional desde la Constitución de 1833 en
adelante. Esto con objeto de mostrar el precario estado de las cosas desde el
estudio de los mecanismos de protección de la constitución y la resolución de
los conflictos políticos-jurídicos y, aún más, desde el principio de la supremacía
constitucional. Se analizarán las circunstancias en las que se crea el primer
Tribunal Constitucional, su debate parlamentario y de las fuerzas políticas que
estuvieron a favor y en contra de su creación, así como de la ley de reforma
constitucional que le dio existencia, la ley de reforma constitucional N° 17.284.
Para estudiar su labor e impacto en la sociedad, analizaremos su jurisprudencia
y la cobertura que de ella se realizó en la prensa de la época, particularizando
su estudio respectos de los fallos más relevantes dictados, así como también
las circunstancias de su disolución. Y, finalmente, para analizar su
trascendencia, se tratarán las circunstancias que hicieron necesaria su
desaparición. Sólo en este marco de estudio es posible realizar un análisis
sobre los orígenes, la consagración y el legado que deja para la
institucionalidad el primer Tribunal Constitucional.
|
Page generated in 0.1495 seconds