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La copia privadaParedes Muñoz, Eva Catalina January 2002 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / La presente memoria se propone analizar el marco de regulación legal de la copia privada de soportes de obras intelectuales, a través de medios electrónicos, cuyas consecuencias se manifiestan en un menoscbo a los intereses patrimoniales de los titulares de derechos de autor.
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La excepción de copia privada en el derecho de autor frente a las medidas tecnológicas de protección: ¿una limitación a la excepción?Córdova Mezarina, Jorge Alberto 26 February 2014 (has links)
Tesis
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¿Por qué importamos piratería? : Análisis de la implementación de las medidas en frontera para la protección de los derechos de propiedad intelectual en el PerúArispe Alburqueque, Sylvana Gannina 12 November 2018 (has links)
Durante los últimos años el fenómeno de la “piratería” se incrementó de manera
exponencial; podemos encontrar copias casi idénticas de ropa, calzado, accesorios, o
diversos productos de marcas reconocidas o de artículos que atentan contra los
derechos de autor en el mercado interno. Esta mercancía muchas veces no es
producida en el territorio peruano, la mayor parte ingresa a través de nuestras
fronteras donde el control sobre ellas no es del todo óptimo. En tal sentido, el tema de
la presente investigación, está relacionado con la protección de los derechos de
propiedad intelectual, mediante la aplicación de medidas en frontera y el rol que
cumple el Estado Peruano para la protección de los mismos, en el marco de los
compromisos asumidos, en los acuerdos de integración y libre comercio. Tanto la
normatividad nacional e internacional plantean mecanismos de control que evitan el
ingreso de productos que afectan los derechos de propiedad intelectual como son las
medidas en frontera. A través del método histórico comparativo, se analiza la
regulación sobre la materia con el fin de detectar similitudes o diferencias en cuanto su
implementación con otros países de la región; así mismo, se analiza la actuación de
las entidades del sector público y privado que intervienen en la aplicación de éste
instrumento y mediante entrevistas a profesionales de Aduanas, Indecopi y del
Ministerio Público, así como del análisis de casos concretos, encontramos las
falencias de su implementación y proponemos alternativas de solución. Finalmente,
respondemos a la siguiente interrogante ¿por qué importamos piratería? / Tesis
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La excepción de copia privada en el derecho de autor frente a las medidas tecnológicas de protección: ¿una limitación a la excepción?Córdova Mezarina, Jorge Alberto 26 February 2014 (has links)
Las excepciones al Derecho de Autor tienen su fundamento en el equilibrio que
debe existir entreel derecho de los titulares del Derecho de Autor y el derecho de la
sociedad de acceder a la cultura, a la educación y a la información.Dentro de estas
excepciones se encuentra la denominada “Copia Privada”, la misma que se
encuentra recogida en la Ley sobre el Derecho de Autor peruana y que faculta a
los usuarios a realizar copias para uso exclusivamente personal de obras y
producciones publicadas en grabaciones sonoras o audiovisuales. Vale decir
entonces que en virtud de dicha excepción se permite a los adquirentes de
ejemplares conteniendo obras audiovisuales y musicales a efectuar copiasde las
mismas para su uso personal sin que éstos tengan la obligación de solicitar
autorización a los titulares de los respectivos derechos u efectuar pago alguno. A
manera de ejemplo, en virtud delaexcepción de copia privada, los usuarios
tenemos la facultad de reproducir un fonograma en la memoria de nuestro
computador o de nuestro dispositivo USB sin vulnerar el derecho patrimonial de
reproducción de su titular.
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¿Por qué importamos piratería? : Análisis de la implementación de las medidas en frontera para la protección de los derechos de propiedad intelectual en el PerúArispe Alburqueque, Sylvana Gannina 12 November 2018 (has links)
Durante los últimos años el fenómeno de la “piratería” se incrementó de manera
exponencial; podemos encontrar copias casi idénticas de ropa, calzado, accesorios, o
diversos productos de marcas reconocidas o de artículos que atentan contra los
derechos de autor en el mercado interno. Esta mercancía muchas veces no es
producida en el territorio peruano, la mayor parte ingresa a través de nuestras
fronteras donde el control sobre ellas no es del todo óptimo. En tal sentido, el tema de
la presente investigación, está relacionado con la protección de los derechos de
propiedad intelectual, mediante la aplicación de medidas en frontera y el rol que
cumple el Estado Peruano para la protección de los mismos, en el marco de los
compromisos asumidos, en los acuerdos de integración y libre comercio. Tanto la
normatividad nacional e internacional plantean mecanismos de control que evitan el
ingreso de productos que afectan los derechos de propiedad intelectual como son las
medidas en frontera. A través del método histórico comparativo, se analiza la
regulación sobre la materia con el fin de detectar similitudes o diferencias en cuanto su
implementación con otros países de la región; así mismo, se analiza la actuación de
las entidades del sector público y privado que intervienen en la aplicación de éste
instrumento y mediante entrevistas a profesionales de Aduanas, Indecopi y del
Ministerio Público, así como del análisis de casos concretos, encontramos las
falencias de su implementación y proponemos alternativas de solución. Finalmente,
respondemos a la siguiente interrogante ¿por qué importamos piratería?
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Análisis en torno a la posibilidad de admitir la renuncia al derecho moral de paternidad en nuestro sistema jurídico: En búsqueda de una solución a la situación desfavorable en la que los llamados ghost writers desarrollan su labor creativaLeon Rosales, Kimberly Lucero 10 May 2021 (has links)
La justificación de esta investigación se encuentra en la situación de inseguridad jurídica en
la que los ghost writers desarrollan su labor creativa. En efecto, numerosos creadores
vienen cediendo su autoría de manera oculta e ilegal con el fin de redituarse beneficios
patrimoniales generados por el fruto de su intelecto. Sin embargo, debido a la calificación
de irrenunciable del derecho moral de paternidad, son acusados de plagio al interponer
cualquier demanda para el reconocimiento de su labor, viéndose rezagados a trabajar más
allá de toda dignidad. Esta indefensión también afecta a la sociedad en su conjunto, pues
limita la labor creativa y la creación de contenido. Frente a ello, el objetivo de este trabajo
es analizar la posibilidad de admitir la renuncia al derecho moral de paternidad. Además,
como objetivos secundarios, este trabajo busca evaluar cómo dicha admisión genera un
valor añadido a las creaciones y proponer un marco de protección jurídico que aliente la
labor creativa, en lugar de tomar una posición conservadora que se niegue a observar esa
realidad. Al respecto, se plantea como hipótesis que el derecho moral de paternidad puede
ser renunciable, tomando como fundamento la libertad y autonomía del autor, siempre que
se considere que no ejecuta una obra para sí mismo sino para un tercero. Para contrastar
la hipótesis, el trabajo sigue la metodología dogmática jurídica de lega data y lege ferenda
a través del análisis de las instituciones del Derecho de Autor y los estudios doctrinarios
sobre la materia. Luego del desarrollo, mediante esta tesis se concluye que en el caso de
los ghost writers se produce una ruptura en el vínculo establecido entre la personalidad del
autor y la obra, suprimiendo toda naturaleza de derecho moral y abriendo un espacio para
que el señalado derecho de paternidad pueda considerarse renunciable.
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¿Las medidas en frontera en el Perú son eficaces para tutelar los derechos de propiedad intelectual? planteamiento de un procedimiento electrónico simplificadoFigueroa Suárez, Akemi Mariella 09 June 2021 (has links)
La presente investigación demuestra la ineficacia de las Medidas en Frontera
especificadas en el Decreto Legislativo Nº 1092 y su falta de tutela adecuada para la
propiedad intelectual en el Perú. Por ello, se recomienda reemplazarlas por un
procedimiento sumarísimo a cargo del Indecopi. Se argumenta que el procedimiento
actual incluye pasos que no agregan valor como la deficiente comunicación entre
Aduanas e Indecopi. Además, la exigencia para el administrado de una solicitud de
medida cautelar cuenta con cargas administrativas innecesarias, como la carta fianza
y el registro voluntario, y presenta umbrales monetarios de importación que,
eventualmente, pueden resultar insuficientes. Esta ineficiencia se refleja en la baja
intensidad del uso de las Medidas en Frontera.
Este modelo peruano de Medidas en Frontera está diseñado para un espacio y tiempo
distinto al actual, ya que no se utilizan las herramientas tecnológicas ni la cooperación
internacional para enfrentar la problemática de la piratería y falsificación de
mercancías. En consecuencia, el control queda supeditado a la voluntad de algún
funcionario público versado en la materia y con ganas de redoblar sus esfuerzos pese
al poco respaldo legal.
Por esta razón, las conclusiones de la presente tesis de investigación se resumen en
que el modelo peruano actual de Medidas en Frontera aprobado mediante Decreto
Legislativo N° 1092 requiere ciertas modificaciones para lograr resultados idóneos y
debe ser reemplazado por un procedimiento sumarísimo y electrónico a cargo del
Indecopi, debido a que, actualmente, no es eficaz ni tutela en forma adecuada la
Propiedad Intelectual en las fronteras.
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Informe sobre el Expediente de Relevancia Jurídica N° 250- 2011/DDA-INDECOPI, denuncia de oficio contra la Asociación Peruana de Autores y Compositores por infracción Estatutaria y LegalMoran Sullon, Rosa Stephany Patricia 25 November 2021 (has links)
El presente informe jurídico sobre el Expediente 250-2011/DDA-INDECOPI pretende realizar un aporte al debate sobre la posibilidad de las sociedades de gestión colectiva de derechos de autor - en este caso la Asociación Peruana de Autores y Compositores (en adelante “la APDAYC”) - de realizar actividades lucrativas como parte de fines complementarios a sus fines tradicionales de gestión, recaudación y distribución de regalías, ello, en un contexto de constantes retos donde la situación de pandemia ha
agudizado la crisis del sector artístico y cultural. En este caso de años atrás, la APDAYC fue sancionada por incumplimiento estatutario y legal al adquirir diversas frecuencias radiales con el fin de promocionar y difundir el repertorio bajo su administración, en tanto la autoridad administrativa consideró que las actividades derivadas de esta adquisición significan un ejercicio de actividades ajenas a su función como sociedad de gestión colectiva. Para analizar este caso, se emplea el método de análisis jurídico desarrollado por autores como Rubio1 donde se parte de la identificación de hechos relevantes del
caso; posteriormente, se determinan y analizan los problemas jurídicos que plantea el expediente en la rama de derechos de autor con una lectura desde el derecho constitucional. Finalmente, se brindan conclusiones respecto a cada uno de ellos y conclusiones generales con la postura de la autora, donde se plantea y argumenta que las sociedades de gestión colectiva y, en concreto la APDAYC, pueden realizar actividades rentables para la consecución de fines no tradicionales, como lo son los fines socioculturales y asistenciales, por lo que esto no significaría una infracción a la Ley sobre el Derecho de Autor o los estatutos de esta asociación
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Informe Jurídico sobre la Resolución 059-2020/SDC-INDECOPIAroni Dolores, Lizeth Tatiana 01 August 2022 (has links)
La industria musical en el Perú ha evolucionado constantemente, es así que se evidencia un
aumento en el consumo de la misma. Ante este escenario, aparecen en el mercado diversos
agentes que proponen entregar música sin incurrir en costos de transacción con el autor o
titular, es decir, son proveedores de música que entregan autorizaciones o licencias de uso de
la obra. Asimismo, encontramos a las sociedades de gestión colectiva que, igualmente,
entregan autorizaciones a terceros para el uso de las obras que administra. Aparentemente
podríamos inferir que los proveedores de música y las sociedades de gestión colectiva
compiten entre ellos. Sin embargo, de un análisis de ambos podría identificar que cuentan con
características que les impide competir sobre ciertos aspectos de la gestión de obras.
En el presente informe académico se desarrollará una crítica respecto al pronunciamiento
señalado por INDECOPI en la Resolución Nº 059-2020/SDC-INDECOPI. La referida
resolución trae a colación la figura del sabotaje empresarial en la modalidad de inducción al
cumplimiento contractual, la cual es una figura no muy estudiada por los órganos resolutivos
del INDECOPI. El presente trabajo se divide en 3 objetivos: en primer lugar, analizar si los
comunicaciones de la Asociación Peruana de Autores y Compositores - Apdayc envidas a
Tinto Café S.A.C configuraban realmente un supuesto de sabotaje – siendo que este fue el
único extremo que se declaró fundada; en segundo lugar, si la Comisión de Fiscalización de
la Competencia Desleal y la Sala Especializada en Defensa de la Competencia tenía
competencia para aplicar el artículo 147° de Ley sobre el Derecho de Autor; y en tercer lugar,
si Apdayc mediante las actividades de recaudación cumple una actividad con finalidad
concurrencial. / The music industry in Peru has constantly evolved, so there is evidence of an increase in its
consumption. Given this scenario, various agents appear on the market that offer to deliver
music without incurring transaction costs with the author or owner, that is, they are music
providers that deliver authorizations or licenses for the use of the work. Likewise, we find the
collective management societies that, likewise, deliver authorizations to third parties for the
use of the works they manage. Additionally, we could infer that music providers and
collecting societies compete with each other. However, an analysis of both could identify that
they have characteristics that prevent them from competing on certain aspects of works
management.
In this academic report, criticism will be developed regarding the pronouncement indicated
by INDECOPI in Resolution No. 059-2020/SDC-INDECOPI. The referred resolution brings
up the figure of business sabotage in the modality of inducement to contractual compliance,
which is a figure not very studied by the decision-making bodies of INDECOPI. The present
work is divided into 3 objectives: first, to analyze whether the acts of collection and/or
remuneration of the Asociación Peruana de Autores y Compositores - Apdayc really
constituted supposed sabotage; second, if Sala Especializada de la Competencia Desleal had
the competence to apply article 147 of the Copyright Law; and thirdly, if Apdayc, through
collection activities, fulfills an activity with a competitive purpose.
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