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Informe Jurídico de la Sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente N° 0030-2005-PI/TCOlivares Marcos, Gustavo Adolfo 15 August 2022 (has links)
En el marco del caso de la “barrera electoral” (un tema de derecho electoral) el
presente trabajo tiene los siguientes principales objetivos:
1) analizar cuál ha sido el razonamiento del Tribunal Constitucional por el que
llega a la conclusión que la barrera electoral establecida por la Ley N° 28617, no
es inconstitucional;
2) precisar los conceptos que maneja el Tribunal Constitucional sobre un cierto
número de instituciones jurídicas centrales (necesarios para la resolución de este
tipo de casos), como son, inter alia: el principio democrático, el principio de
soberanía popular, la democracia representativa, el sistema de representación
proporcional, y el derecho fundamental a la participación política;
3) demostrar que el Tribunal Constitucional estaría manejando conceptos
restrictivos sobre estas materias constitucionalmente relevantes debido, en parte,
a una singular concepción que ha desarrollado sobre el principio de soberanía
popular, que no corresponde a la significación usualmente atribuida a este
principio, también establecido por la Constitución, de la que se aparta; y
4) determinar que, bajo una redefinición de conceptos, en particular, tomando en
cuenta la concepción más amplia, y generalmente aceptada, del derecho
fundamental a la participación política, la barrera electoral de 5%, sí sería
inconstitucional.
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Informe Jurídico sobre Resolución N° 987-2012-JNERojas Vivanco, Brayan Jhonnson 21 May 2024 (has links)
El presente caso se analiza la Resolución N° 987-2012-JNE emitido por el Jurado Nacional de
Elecciones, el cual, en el marco del procedimiento administrativo de verificación de firmas de
adherentes para la revocatoria de autoridades a cargo de RENIEC, emite pronunciamiento en
última instancia revocando el acto administrativo que deniega la verificación de un último lote de
firmas por extemporáneo. El administrado y recurrente es el promotor de la revocatoria de la
entonces alcaldesa de la ciudad de Lima y los 39 regidores metropolitanos, Carlos Vidal Vidal.
Se busca, en primer lugar, analizar la legalidad de las actuaciones administrativas efectuadas por
Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC durante el procedimiento
administrativo especializado de verificación de firmas para la revocatoria de autoridades (actas de
comprobación automática y semiautomática). Por otro lado, se busca analizar la naturaleza del
control jurisdiccional que realiza el JNE y, asimismo, determinar si el error en una actuación
administrativa puede generar derechos en los administrados.
Finalmente, se concluye indicando que el JNE no resolvió el recurso de impugnación del acto
administrativo respetando la Ley de Procedimiento Administrativo General al otorgarle eficacia
jurídica a una actuación administrativa informativa. Asimismo, el JNE debió actuar de acuerdo a
la materia del caso, es decir, la naturaleza del control jurisdiccional de las actuaciones
administrativas, por tanto, el respeto al principio de juridicidad y legalidad, así como a las
potestades administrativas de RENIEC. / This legal report analyzes Resolution No. 987-2012-JNE issued by the National Elections Jury,
which, within the framework of the administrative procedure for verifying the signatures of
adherents for the revocation of authorities in charge of RENIEC, issues a statement in last resort
by revoking the administrative act that denies the verification of a last batch of signatures due to
untimeliness. The administrator and appellant is the promoter of the recall process of the mayor
of Metropolitan Lima and the 39 metropolitan councilors, Carlos Vidal Vidal.
It seeks, first of all, to analyze the legality of the acts and administrative actions carried out by the
National Registry of Identification and Civil Status - RENIEC in the specialized administrative
procedure for verifying signatures for the revocation of authorities (automatic and semi-automatic
verification minutes). On the other hand, it seeks to analyze the nature of the jurisdictional control
carried out by the JNE and, likewise, determine if the error in an administrative action can
generate rights in those administered.
Finally, it is concluded by indicating that the National Elections Jury did not resolve the appeal
to challenge the administrative act respecting the General Administrative Procedure Law by
granting legal effectiveness to an informative administrative action. Likewise, the JNE had to act
according to the subject matter of the case, that is, the nature of jurisdictional control of
administrative actions, therefore, respect for the principle of juridity and legality, as well as the
administrative powers of RENIEC.
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