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La suspensión de la calificación registral por incompatibilidad de actos por título pendiente con vigencia del asiento de presentación y la seguridad jurídica registral en el PerúLoayza Alvarez, Cintia Mercedes 22 May 2020 (has links)
En la calificación registral, el registrador procede a calificar la integridad del título
formal presentado, siendo imprescindible para ello que exista una jerarquía del rango
(“prior tempore potior jure” - “primero en el tiempo, poderoso en el derecho”); y que no
existan títulos pendientes incompatibles. Ahora bien, nos encontramos ante la
posibilidad de la existencia de uno o más títulos pendientes incompatibles, y, en
consecuencia, el último o más reciente título ingresado queda suspendido en tanto no
culmine la calificación del título anterior. Justamente, es aquella suspensión la que ha
sido materia de críticas, al no ser aplicada sólo en los casos de existencia de una
incompatibilidad. Frente a ello, el objetivo del presente trabajo académico es analizar la
incidencia de la errónea aplicación de la suspensión de un título por incompatibilidad en
la Seguridad Jurídica. Para tal fin, se analiza el principio de prioridad, la
incompatibilidad de títulos y sus problemáticas a partir de los resuelto por el Tribunal
Registral, y su influencia en la Seguridad Jurídica. Concluyendo tal investigación en
que actualmente la suspensión está siendo aplicada por el solo hecho de existir un rango
de títulos, y no por la incompatibilidad entre los mismos, aunado a ello, se está
presumiendo la existencia de una incompatibilidad, atentando así contra los derechos de
los usuarios y la Seguridad Jurídica. En ese sentido, se debe comprender el verdadero
rol de la suspensión de los títulos ante la presencia de una incompatibilidad y no ser
usado como un mecanismo de solución ante la ausencia de un elemento de calificación
o de diligencia en la calificación. En conclusión, la suspensión por incompatibilidad es
un acto que debe resguardar el derecho del usuario y brindar Seguridad Jurídica, siendo
esta el principal objetivo de su existencia.
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Una historia de desconfianza : el precedente constitucional a través del análisis cultural de derechoDyer Cruzado, Edward Alexander 24 October 2014 (has links)
Imagine un sistema legal en el que se reconozca que la jurisprudencia constitucional es fuente
de Derecho y que como tal, debe ser respetada no solo por todos los jueces, sino por todos los
funcionarios y órganos del Estado. Imagine además, que en este sistema legal la corte que
emite los precedentes cuenta con la potestad de seleccionar qué sentencias merecen el
carácter de precedentes vinculantes y cuáles no. Por si fuera poco, dicho sistema legal,
preocupado por generar seguridad jurídica al milímetro, concibe la parte vinculante del
precedente como un instrumento que se expresa bajo la fórmula de una regla claramente
delimitada, elegida por la misma corte que dicta el precedente.
Los mecanismos para hacer cumplir el precedente constitucional de este sistema legal son muy
rígidos y por lo tanto eficaces. No solo se conmina a los jueces a seguir cabalmente las reglas
generales que contienen la parte vinculante del precedente constitucional, sino que se castiga
con nulidad a las sentencias que, habiendo adquirido carácter de cosa juzgada, no siguieron el
contenido vinculante del precedente. Incluso, se han establecido normas administrativas de
sanción dirigidas a aquellos jueces que desobedecen el precedente constitucional, que pueden
conducir a la destitución de dichos magistrados.
Imagine ahora un segundo sistema legal en el cual la discusión acerca de si la jurisprudencia
es una fuente de Derecho o no, resulta irrelevante. En este segundo sistema legal los casos
considerados precedentes son usados como argumentos que acompañan a las pretensiones
de las partes, manteniéndose abiertos a la interpretación que el juez crea conveniente aplicar.
Imagine también, que en este sistema legal un precedente es dejado de lado inmediatamente si
una ley dictada por el Parlamento postula el sentido contrario de lo que dicta el precedente
judicial.
Respecto a las sanciones, este segundo sistema legal no cuenta con una disposición normativa
que obligue a los jueces a fundamentar con razones claras y prolijas las sentencias que
expiden. Por supuesto, en este sistema legal tampoco se conoce de ninguna norma
administrativa que sancione –y menos destituya- a ningún juez por no seguir un precedente
específico, ni siquiera el de la Corte Suprema.
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La incidencia de la derrotabilidad en la interpretación constitucional en el marco de los estados constitucionalesQuiroga Vizcarra, Miguel Angel 20 February 2019 (has links)
El objetivo principal de la tesis es descubrir hasta qué punto la característica de la
derrotabilidad, presente en las normas jurídicas, influye en la labor de interpretación de las
normas constitucionales que se hace en el marco de los Estados constitucionales. Para lograr
este objetivo, en el primer capítulo se expone el desarrollo del Estado de derecho hasta llegar a
los actuales Estados constitucionales, y se muestra cómo en estos se dan las condiciones
efectivas para la acción de la moral en la aplicación e interpretación del Derecho (debido a que
en ellos las normas constitucionales adquieren una real fuerza jurídica). En el segundo capítulo
se explican las diferencias conceptuales y estructurales entre principios y reglas, así como las
diversas formas de aplicación de los principios y las reglas, para lo cual se analizan
comparativamente, en este punto, el método de la ponderación y el método de la subsunción.
En la parte final del capítulo segundo se muestra que los principios se constituyen en la vía
mediante la cual se introducen factores axiológicos en el Derecho. En el tercer capítulo se
estudia exhaustivamente la característica de la derrotabilidad, tanto en los razonamientos
cotidianos, la lógica y en el plano práctico; como en el ámbito jurídico. Seguidamente, el
último capítulo está dedicado a explicar la incidencia de la derrotabilidad en la interpretación
constitucional en el marco de los Estados constitucionales; para ello se analizan los aspectos
generales relativos a la interpretación y se la compara con la argumentación jurídica. Concluye
el capítulo indicando que las principales consecuencias que trae la derrotabilidad para la
interpretación constitucional son, de un lado, la configuración de la interpretación como una
actividad condicionada fuertemente por el factor axiológico o valorativo; y, de otro lado, la
aparición de lagunas axiológicas. Se llega a la conclusión general de que la derrotabilidad de las normas jurídicas posibilita la introducción del factor valorativo en la interpretación de las
normas constitucionales, lo cual trae como consecuencia que interpretaciones formalmente
correctas, pero inadecuadas desde el punto de vista axiológico, sean consideradas como no
propiamente respuestas normativas; lo que lleva a considerar que en estos casos existen en el
sistema “lagunas axiológicas” (situaciones en las cuales existe una respuesta normativa, pero
que se considera inadecuada o deficiente axiológicamente). Esta situación se ve potenciada de
especialmente en los Estados constitucionales, ya que en ellos las disposiciones y principios
constitucionales adquieren verdadera fuerza jurídica, lo que lleva a que haya un mayor ámbito
para la introducción de la moral en la actividad de interpretación y aplicación de las normas.
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Los deberes fundamentales de naturaleza pública en el Perú y el sistema de puntajes de vinculación republicanaPomareda Muñoz, Diego Alonso 25 June 2021 (has links)
Es momento que en el Perú dejemos de ver a los problemas y la suerte de los demás como
cosa ajena. En una república de auténticos ciudadanos la patria es el otro, la participación
política la clave del desarrollo y los deberes fundamentales la forma de concretizar una
solidaridad que se nutre del bien común, la dignidad humana y la libertad individual.
En esta investigación, el principal problema identificado, ha sido la ineficacia de las
responsabilidades públicas que se da como consecuencia de: (i) la ausencia del desarrollo
dogmático de la naturaleza de los deberes fundamentales en el marco de la Constitución;
(ii) la inexistencia de un diseño institucional que logre materializarlos (políticas públicas
y leyes); y, (iii) la falta de incentivos para que la ciudadanía perciba a los deberes como
acciones cotidianas y no como actos heroicos u obligaciones en sentido estricto.
Por tal motivo, planteo las bases doctrinarias, constitucionales, filosóficas y prácticas a
efectos de lograr un ordenamiento jurídico en términos de deberes fundamentales. De esta
manera, propongo un inédito sistema de puntajes de vinculación republicana que procura
concretizar los deberes de las personas en el ámbito público y, de este modo, puedan
comprenderse los mismos de manera sistémica, con mecanismos determinados para su
realización, con una asignación de puntajes para lograr un control y registro de
cumplimiento y, de tal modo, se puedan llevar a cabo a través de exigencias mínimas y
de incentivos.
Por ejemplo, a partir de este sistema, los deberes medioambientales podrían ser cumplidos
mediante el reciclaje, el empleo de energía renovable, el uso de transporte sostenible,
mejorando el entorno natural de otros seres vivos o conservando el medio ambiente a
través de acciones participativas concretas. Dichos deberes positivos, diseñados de
manera alternativa y a elección del ciudadano, tendrían puntajes fijos, una periodicidad
determinada, una exigibilidad mínima y sanciones en caso de incumplimiento o
recompensas si se superan los estándares básicos de republicanismo cívico.
Dicho sistema, que tiene como cimiento el estudio de la dogmática jurídica, los
antecedentes históricos, la jurisprudencia constitucional, la experiencia comparada y el
desarrollo filosófico republicano de los deberes fundamentales, busca, en definitiva,
generar mayor ciudadanía, poner en práctica la solidaridad y permitir la máxima eficacia
tanto de los derechos como de los deberes fundamentales en el constitucionalismo
contemporáneo, más aún en contextos como en el que nos encontramos.
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Informe Jurídico sobre la Sentencia de Casación N. 526- 2022/CS (Caso Juan Doroteo Monroy Gálvez)Pimentel Palomino, Enrique Alberto 03 August 2023 (has links)
El presente Informe Jurídico tiene por objeto principal analizar la Sentencia de Casación
N. 526-2022/CS. Esta Sentencia es importante a efectos jurídico-penales, debido a que
resuelve temas como las conductas neutrales en los Delitos contra la Administración
Pública y su tratamiento procesal en la excepción de improcedencia de acción. Así, la
pregunta central que surge de su análisis es la siguiente: ¿Se le puede imputar al
abogado Juan Doroteo Monroy Gálvez la condición de cómplice primario en el delito de
colusión? Para ello, el presente informe jurídico se ha valido de distintos instrumentos
para un adecuado análisis como la remisión a normas, jurisprudencia y doctrina.
Después de la investigación rigurosa llevada a cabo, se concluyó que el abogado Juan
Doroteo Monroy Gálvez no es cómplice primario en el delito de colusión, ya que su
conducta se encuentra conforme a derecho. / The main purpose of this Legal Report is to analyze the Cassation Judgment No. 526-
2022/CS. This Judgment is important for legal-criminal purposes, because it resolves
issues such as neutral conduct in Crimes against the Public Administration and its
procedural treatment in the exception of inadmissibility of action. Thus, the central
question that arises from his analysis is the following: Can lawyer Juan Doroteo Monroy
Gálvez be accused of being a primary accomplice in the crime of collusion? For this, the
present legal report has used different instruments for an adequate analysis such as the
reference to norms, jurisprudence and doctrine. After the required investigation carried
out, it was concluded that the lawyer Juan Doroteo Monroy Gálvez is not a primary
accomplice in the crime of collusion, since his conduct is in accordance with the law.
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La teoría hegeliana de la acción en la filosofía del derecho y su corrección éticaDíaz Velásquez, Maverick Enrique 23 January 2018 (has links)
El presente trabajo tiene como tema central el concepto de acción en la Filosofía del
derecho de Hegel. Buscamos alcanzar dos objetivos. En primer lugar, intentamos
presentar de manera articulada y analizada la teoría hegeliana de la acción subjetiva. En
segundo lugar, buscamos complementar esta teoría mediante una corrección ética acerca
de la actitud moral: sostenemos que el concepto de acción tiene que integrar como
constitutiva una consideración subjetiva del bien universal y objetivo. Para llevar a cabo
estas tareas, este trabajo está dividido en tres capítulos. En el primer capítulo, exponemos
una visión sistemática del concepto de acción en la sección de la Moralidad de la Filosofía
del derecho. Nos encargamos de presentar y analizar tesis estructurales para conectar
unitariamente las dimensiones del complejo concepto de acción de Hegel. En el segundo
capítulo, profundizamos en los derechos que constituyen progresivamente el concepto
complejo de acción. Abordamos la diferencia entre la acción y el acto, la relación entre
el propósito y la intención, entre la intención y el bienestar, y entre el bienestar y el bien
(que corresponde a la actitud propiamente moral). Frente al problema de la conexión
interna entre el concepto de acción y de bien, en el tercer capítulo, argumentamos, por un
lado, que una comprensión del bien desde el punto de vista de la Moralidad conduce tanto
a la imposibilidad de la instanciación del bien en el mundo como a la realización de
acciones que son solo arbitrariamente buenas. Por otro lado, una re-comprensión del bien
desde el punto de vista de la Eticidad conduce a la tesis de que la normatividad inmanente
de las instituciones éticas corresponde a las determinaciones objetivas mediante las cuales
el sujeto ético constituye su idea de bienestar subjetivo y a los parámetros de validez
intersubjetiva que orientan el reconocimiento efectivo entre los miembros de la Eticidad.
Con ello, logramos alcanzar los objetivos planteados.
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Subjetividad, sociedad civil y la posibilidad de una ética para los tiempos modernos: una interpretación de la "Filosofía del Derecho" de HegelArenas Barchi, Fabrizio 09 October 2013 (has links)
Los tiempos contemporáneos le han dado la razón a Hegel en su diagnóstico de las tendencias
principales de la vida social moderna. Dejada a su autorregulación, la moderna economía de
mercado ha ofrecido (y aún ofrece), a los agentes privados, la posibilidad de obtener altísimas
tasas de ganancia, pero, al mismo tiempo, ha expuesto a las sociedades modernas a una
preocupante inestabilidad y precariedad socioeconómica. Por lo pronto, la reciente crisis global
ha obligado a los Estados a controlar el mercado de una forma que hasta hace algunos años era
condenada por ser contraproducente para el crecimiento económico y el progreso social de un
país / Tesis
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Como y por qué la Corte Superior de Justicia de Piura vulneró el Principio de legalidad según la sentencia del TC N° 06572-2006-PA/TCFuentes Tapia, Oscar Jorge 08 May 2023 (has links)
El presente trabajo tendrá como base de análisis la sentencia del tribunal constitucional
EXP. N.º 06572-2006-PA/TC. En este fallo el TC declara fundada la petición de la
demandante y declara nula la sentencia de la Corte Superior de Piura. Entendemos que la
Corte Superior de Piura cometió un error jurídico en este caso, pero ¿cuál? En el presente
trabajo se buscará demostrar que la Corte Superior de Justicia de Piura vulneró el
principio de legalidad, lo que nos llevará finalmente a estudiar el alcance de este principio
en su aplicación y sentido último, en el marco de un análisis argumentativo-jurídico del
discurso respecto a los principios y los derechos fundamentales. / The present work will have as a base of analysis the sentence of the constitutional court
EXP. No. 06572-2006-PA/TC. In this ruling, the TC declares the plaintiff's petition
founded and declares the judgment of the Superior Court of Piura null and void. We
understand that the Superior Court of Piura made a legal error in this case, but which one?
In the present work we will seek to demonstrate that the Superior Court of Justice of Piura
violated the principle of legality, which will finally lead us to study the scope of this
principle in its application and ultimate meaning, within the framework of an
argumentative-legal analysis of the law. speech regarding fundamental principles and
rights.
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Subjetividad, sociedad civil y la posibilidad de una ética para los tiempos modernos: una interpretación de la "Filosofía del Derecho" de HegelArenas Barchi, Fabrizio 09 October 2013 (has links)
Los tiempos contemporáneos le han dado la razón a Hegel en su diagnóstico de las tendencias
principales de la vida social moderna. Dejada a su autorregulación, la moderna economía de
mercado ha ofrecido (y aún ofrece), a los agentes privados, la posibilidad de obtener altísimas
tasas de ganancia, pero, al mismo tiempo, ha expuesto a las sociedades modernas a una
preocupante inestabilidad y precariedad socioeconómica. Por lo pronto, la reciente crisis global
ha obligado a los Estados a controlar el mercado de una forma que hasta hace algunos años era
condenada por ser contraproducente para el crecimiento económico y el progreso social de un
país
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