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Aportes para establecer un criterio favorable con relación a la aplicación de la retroactividad benigna en el Procedimiento Administrativo Sancionador en caso de modificación del Instrumento de Gestión AmbientalLara Soriano, Sheryl 13 July 2022 (has links)
De acuerdo al contenido de la Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto
Ambiental – Ley N° 27446 y su modificatoria, los instrumentos de gestión ambiental
preventivos tienen carácter prospectivo, esto posibilita que durante la ejecución de los
proyectos de inversión estas herramientas ambientales puedan requerir modificaciones o
ampliaciones que se tramitarán con posterioridad al inicio de las operaciones.
Sin embargo, la modificación o actualización de estas herramientas ambientales no es una
característica propia de los instrumentos de gestión ambiental preventivos sino también de
los instrumentos de gestión ambiental correctivos, estos últimos son instrumentos de
gestión ambiental complementarios al Sistema Nacional de Evaluación de Impacto
Ambiental.
Entonces, partiendo del carácter dinámico de los instrumentos de gestión ambiental de tipo
preventivo y correctivo, este trabajo busca aportar con una propuesta de criterio
interpretativo a la Autoridad Fiscalizadora que opte por la aplicación del principio de
retroactividad benigna con relación a la modificación o ampliación de estos instrumentos.
Para lograr el objetivo propuesto, se analizará distintos pronunciamientos emitidos por la
Dirección de Fiscalización y Aplicación de Incentivos (en adelante, la “DFAI”) y el
Tribunal de Fiscalización Ambiental (en adelante, el “TFA”) del Organismo de Evaluación
y Fiscalización Ambiental (en adelante, “OEFA”) a efectos de analizar los dos criterios
esbozados desde el año 2018.
Finalmente, a partir del análisis de fuentes normativas, jurisprudenciales y la doctrina,
propondremos la adopción de un criterio interpretativo que se muestre acorde a la
viabilidad de aplicar la retroactividad benigna en la nueva herramienta de gestión
ambiental. / According to the content of the Law of the National System of Environmental Impact Assessment – Law N° 27446 and its amendment, preventive environmental management instruments are prospective, this allows that during the execution of investment projects these environmental tools may require modifications or extensions that will be processed after the start of operations. However, the modification or updating of these environmental tools is not a characteristic of preventive environmental management instruments but also corrective environmental management instruments, the latter are environmental management instruments complementary to the National System for Environmental Impact Assessment. So, based on the dynamic nature of preventive environmental management instruments, this work seeks to provide a proposal for an interpretive criterion to the Supervisory Authority, to apply the principle of benign retroactivity in relation to the modification or expansion of these instruments. To achieve the proposed objective, the different pronouncements issued by the Directorate of Enforcement and Execution of Incentives and the Environmental Enforcement Court of the Evaluation Agency will be analyzed and Inspection Environmental in order to analyze the two different approach raised. In conclusion, based on the analysis of jurisprudential normative sources and doctrine, we will defend criteria that are in accordance with the feasibility of applying benign retroactivity in the new environmental management tool.
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Informe sobre la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 00042 -2021-SENACE/PMendoza Graza, Fiorella Isabel 16 August 2022 (has links)
En el presente informe, se realizará el análisis sobre el contenido del acto
administrativo, dentro de un procedimiento de modificación de un instrumento de
gestión ambiental (IGA). En base a ello, como parte del presente trabajo, se plantea que
la no vinculación entre el cumplimiento de las obligaciones de un instrumento de
gestión ambiental y el procedimiento de modificación del mismo, y la falta de
continuidad de análisis de los mecanismos de información y participación ciudadana
dentro de la evaluación de modificación del IGA podrían generar una afectación en los
derechos humanos de la población relacionada al proyecto.
Adicionalmente, como parte del análisis, se determinará que incluir el análisis del
estado de las obligaciones de un instrumento de gestión ambiental y los mecanismos de
información y participación ciudadana, relacionado a la realización e implementación,
son vitales a efectos de que el contenido del acto administrativo tenga un enfoque de
derechos humanos. Asimismo, se planteará una propuesta de reforma normativa que
posibilite la vinculación entre la ejecución de las obligaciones contenidas en el
mecanismo ambiental inicial y la modificación del mismo.
Para sustentar las conclusiones planteadas, se realizará un estudio normativo sobre el
contenido del acto administrativo en el marco de una modificación de un instrumento de
gestión ambiental. Analizándose para ello el principio de legalidad, y sus alcances, el
cual será profundizado con un análisis doctrinario sobre sus alcances, contrastado con
un enfoque de derechos humanos. De igual forma, se realizará un estudio doctrinario
sobre los mecanismos de información y participación ciudadana, y su finalidad. El cual
se contrastará con su regulación en el marco de emergencia sanitaria. / In this report, an analysis will be made of the content of the administrative act, within a
procedure of modification of an environmental management instrument (IGA). Based
on this, as part of this work, it is proposed that the lack of linkage between compliance
with the obligations of an environmental management instrument and its modification
procedure, and the lack of continuity in the analysis of the information and citizen
participation mechanisms within the evaluation of the modification of the IGA could
generate an impact on the human rights of the population related to the project.
Additionally, as part of the analysis, it will be determined that including the analysis of
the status of the obligations of an environmental management instrument and the
mechanisms of information and citizen participation, related to the realization and
implementation, are vital in order for the content of the administrative act to have a
human rights approach. Likewise, a proposal will be put forward for a normative reform
that makes possible the link between the execution of the obligations contained in the
initial environmental mechanism and the modification of the same.
In order to support the proposed conclusions, a normative study will be carried out on
the content of the administrative act within the framework of a modification of an
environmental management instrument. For this purpose, the principle of legality and its
scope will be analyzed, which will be deepened with a doctrinal analysis of its scope,
contrasted with a human rights approach. Likewise, a doctrinal study will be made on
the mechanisms of information and citizen participation, and their purpose. This will be
contrasted with its regulation in the sanitary emergency framework.
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Aplicación del Principio de Retroactividad Benigna en el Procedimiento Administrativo Sancionador en caso de modificación del Instrumento de Gestión AmbientalLara Soriano, Sheryl 13 August 2021 (has links)
La importancia de los instrumentos de gestión ambiental preventivos radica en
constituirse como una herramienta que antecede los impactos ambientales y proyecta
soluciones eficientes en favor del medio ambiente. No es menos importante indicar que
estos instrumentos, pueden requerir modificaciones o ampliaciones las cuales se
tramitarán con posterioridad al inicio de sus operaciones, toda vez que, aun cuando sea
exhaustivo en su primera versión, sería irreal que recojan todos los impactos socio
ambientales posibles.
Este trabajo busca establecer la viabilidad de aplicar el principio de retroactividad
benigna con relación a los instrumentos de gestión ambiental, a partir del procedimiento
administrativo sancionador seguido contra la Central Hidroeléctrica Potrero por el
incumplimiento de obligaciones establecidas en la declaración de impacto ambiental. En
este caso, antes del inicio del procedimiento administrativo sancionador, el Gobierno
Regional de Cajamarca aprobó el informe técnico sustentatorio de la Central, que
cambió favorablemente para el administrado las obligaciones imputadas como
infracción; sin embargo, el Tribunal de Fiscalización Ambiental consideró que los
instrumentos de gestión ambiental no son normas tipificadoras y, en consecuencia, no
cabía aplicar la retroactividad benigna.
Como conclusión se afirma la viabilidad de aplicar el principio en cuestión, pues la
nueva herramienta de gestión ambiental, en este caso, el informe técnico sustentatorio,
tiene condiciones más favorables para el administrado, lo cual debería repercutir
retroactivamente en el procedimiento sancionador.
El método empleado para estudiar la razonabilidad de la resolución es el cualitativo,
para lo cual se ha recurrido a fuentes normativas, jurisprudenciales y a la doctrina. / The importance of Preventive Environmental Management Instruments lies in becoming
a tool that anticipates environmental impacts and projects efficient solutions in favor of
the environment. It is important to indicate that these instruments may require
modifications or extensions which will be processed after the start of their operations,
because, although they are extensive in their first version, it is unlikely that they will
include all possible socio-environmental impacts.
Taking this into consideration, this work aims to establish the viability of applying the
principle of benign retroactivity in relation to environmental management instruments,
based on the administrative sanctioning procedure followed against the Potrero
Hydroelectric Power Plant, for the breach of obligations established in the declaration of
environmental impact. In this case, before the start of the administrative sanctioning
procedure, the Regional Government of Cajamarca approved the technical support
report of the Hydroelectric Power Plant, which favorably changed the obligations
imputed as an infraction for the company. However, the Environmental Control Court
considered that the Environmental management instruments are not standard rules and,
consequently, benign retroactivity could not be applied.
The work concludes that applying the principle is legally viable, because the new
environmental management tool, in this case, the Sustaining Technical Report, has more
favorable conditions for the company, which should retroactively affect the sanctioning
procedure.
The method used to study the reasonableness of the resolution is qualitative, for which
normative, jurisprudential, and doctrine have been used.
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