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Informe sobre expediente de relevancia jurídica n.° 1653-2002, denuncia contra Terra Networks por infracción al derecho de propiedad industrial

Lazo Pérez Palma, Carlos Joaquín 05 August 2021 (has links)
El presente Informe presenta un análisis de los problemas jurídicos identificados en el Expediente N.° 1653-2002. En ese sentido, el presente Informe comprende el análisis de diversas áreas del derecho, en las cuales podemos encontrar: mercantil, administrativo e internacional comunitario. Específicamente, se analizarán temas como infracción de marcas, uso de signos en el Internet, nombres de dominio, medidas cautelares en el procedimiento administrativo, naturaleza jurídica del Procedimiento Único de infracción de marcas, y la aplicación de la Decisión 486. La justificación principal del presente Informe versa sobre la importancia de hacer una reflexión y tomar una posición sobre la presunta existencia de una infracción de derecho de propiedad industrial (marcas); sobre la posibilidad de pedir contracautela en el procedimiento administrativo; determinar cuál es la naturaleza jurídica del Procedimiento Único; y determinar la relevancia de la Decisión 486. Ello va a permitir poner en práctica los aprendizajes adquiridos durante los estudios en la Facultad. Siendo ello así, el presente trabajo contará con un análisis teórico de los temas que se encuentran dentro de los problemas jurídicos identificados; así como una reflexión jurídica, de la cual se puede concluir que no se ha logrado acreditar una infracción al derecho de propiedad industrial; que nuestro ordenamiento no regula la posibilidad de ofrecer contra cautela en el procedimiento administrativo; que el Procedimiento Único tiene naturaleza de procedimiento administrativo sancionador; y que la Decisión 486 tiene jerarquía supra legal. Asimismo, como conclusión se advierte la necesidad de que las autoridades administrativas alineen sus posturas respecto a la determinación de competencia en el caso de uso de marcas en el internet; la necesidad de contar con mayor jurisprudencia en casos de uso de signos en el Internet; se advierte, además, la necesidad de respetar el principio del debido procedimiento; y, finalmente, la necesidad de proteger a los administrado contra los que se dicta medidas cautelares ante la imposibilidad de poder ofrecer contracautela.

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