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Introductory notes for the application for a declaration of invalidity of a legal transaction from the civil perspective: Critical analysis of the position of the Fifth Civil Cassation Plenary regarding the challenging of collegiate associative transactions / Apuntes introductorios a la pretensión de nulidad de negocio jurídico desde la perspectiva civil: Análisis crítico de la posición del Quinto Pleno Casatorio Civil respecto de la impugnación de negocios colegiales asociativosCampos García, Héctor Augusto 25 September 2017 (has links)
In August 2014, the Peruvian Supreme Courten acted the Fifth Civil Cassation Plenary, which establishes that any challenging madeto an associative agreement must be realized through the procedure referred to in the article92 of the Peruvian Civil Code. The comments and criticisms to this decision have not beenfew, considering the complexity of the theme discussed in the aforementioned decision.In this context, with the present article the author realizes a thorough critique of such Cassation Plenary. Based on the analysis of civil and procedural legal concepts, he reaches a conclusion: That the plenary decision, besides of having multiple legal errors, won't accomplish its purpose. / En agosto de 2014, la Corte Suprema promulgó el Quinto Pleno Casatorio Civil, en elque dispone que todo cuestionamiento a un acuerdo asociativo deba realizarse mediantela impugnación contemplada en el artículo 92del Código Civil. Los comentarios y las críticas a esta decisión no han sido pocas, tomandoen cuenta la complejidad del tema discutido.En ese contexto, mediante el presente artículo, el autor realiza una crítica completa sobre el Pleno Casatorio. Basándose en un análisis de conceptos jurídicos civiles y procesales, llega a una conclusión: La decisión plenaria, además de tener múltiples errores jurídicos, no logra finalmente lo que se buscaba con ella.
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Informe para sustentación de expedientes: Exp. N.º 04505-2017-0-1706-JR-FC-01. Traducción del fallo de la Corte Internacional de Justicia del diferendo territorial y marítimo entre Nicaragua y Colombia. Decisión sobre el Fondo. 19 de noviembre del 2012Ponce Richardi , Maira Alexandra 30 August 2021 (has links)
La presente tesina tiene por objeto analizar el criterio utilizado por el juzgador peruano para resolver un proceso, iniciado con una demanda de divorcio por la causal de separación de hecho, que recae en el expediente Nº 04505-2017-0-1706-JR-FC-01, desembocando en la interposición de un recurso de casación ante la Corte Suprema de Justicia, todo ello a la luz del Tercer Pleno Casatorio de las Salas Civiles de la Corte Suprema de Justicia; emitido con motivo de la sentencia dictada en casación Nº 4664-2010 (En adelante: Tercer Pleno Casatorio), así como de las principales instituciones del derecho de familia que se relacionan de manera directa con el referido expediente, lo cual nos permitirá identificar si el juzgador ha acogido o no los preceptos establecidos en el Tercer Pleno Casatorio Civil . Ello es necesario a razón de la importancia de la unificación de la jurisprudencia en función de los criterios de aplicación en materia de divorcio que nos brinda el Tercer Pleno Casatorio, y, además, porque nos permite identificar el comportamiento de los juzgadores peruanos al momento de resolver un caso, en función de las sentencias plenarias. / Trabajo de suficiencia profesional
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Informes para la sustentación de expedientes: Expediente N. º 00647-2015-0-0701-JR-FC-02 / Expediente N. º 105-2017/CC1Lopez Montoya, Zarita 03 October 2021 (has links)
El presente Trabajo de Suficiencia consta de tres capítulos (sin contar las conclusiones y las referencias), cada uno con sus correspondientes subcapítulos, y trata sobre un proceso civil de divorcio por causal de separación de hecho, el cual se llevó a cabo en el 3° Juzgado de Familia de la Corte de Justicia del Callao (primera instancia) y en la 1° Sala Civil Permanente de la Corte de Justicia del Callao (segunda instancia).
Las partes de dicho proceso fueron el señor Darío Eliseo Vargas Rojas (demandante) y la señora Epifanía Cerón Pomahuacre (demandada).
El primer capítulo, denominado “Relación de hechos principales en el proceso”, contiene la síntesis de los actuados en el expediente, desde la demanda hasta la sentencia de segunda instancia. Cabe precisar que ninguna de las partes interpuso recurso de casación, por lo que la sentencia de vista constituyó decisión judicial firme.
Mientras que, el segundo capítulo trata sobre los principales problemas jurídicos identificados así como del correspondiente análisis fáctico, doctrinario y jurisprudencial de los mismos.
Por otro lado, el tercer capítulo es referente a la posición fundamentada de ambas sentencias emitidas.
Posteriormente, en el siguiente apartado se comparten las conclusiones a las que se ha arribado como consecuencia del análisis de los problemas jurídicos.
En la parte final se consigna la referencia de los autores y jurisprudencia que se citaron en el acápite anterior. / Trabajo de suficiencia profesional
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Brief notes on the “manifested nullity” as material presuppose of its “appreciabillity” ex officio in the peruvian legal system / Breves apuntes respecto de la “nulidad manifiesta” como presupuesto material de su “apreciabilidad” de oficio en el ordenamiento jurídico peruanoCampos García, Héctor Augusto 30 April 2018 (has links)
One of the main objectives of any legal system is legal certainty, which is understood as the provision of decisions in the work of the courts. To this end, in order to standardize the diversity of decisions of courts for the same conflict, there are meetings of supreme judges who seek to give a unique sense of resolution to the same conflict. Those meetings are called Cassation Plenaries.In this article, the author comments and develops the decision taken at the IX Civil Cassation Plenary. At that meeting a broad criterion of manifested nullity has been chosen, whenever the causal is “easy to warn”. However, throughout the text the author highlights the methodological vices of the Supreme Court to reach this conclusion and, using a legal comparison, proposes a different criterion of manifest nullity, demonstrating that for our legal system this should not be restricted to an “easy to warn” causation. / Uno de los objetivos principales de todo sistema normativo es la seguridad jurídica, la cual se entiende como la previsión de las decisiones en la labor de las cortes judiciales. Con dicho propósito, a fin de uniformizar la diversidad de decisiones de las cortes para un mismo conflicto, existen reuniones de jueces supremos las cuales buscan dar un sentido único de resolución a un mismo conflicto. Aquellas reuniones son denominadas Plenos Casatorios.En el presente artículo, el autor comenta y desarrolla la decisión tomada en el IX Pleno Casatorio Civil. En dicha reunión se ha optado por un criterio amplio de nulidad manifiesta siempre que la causal sea “fácil de advertir”. Sin embargo, a lo largo del texto el autor pone en evidencia los vicios metodológicos de la Corte Suprema para llegar a esta conclusión y, recurriendo a la comparación jurídica, propone un criterio distinto de nulidad manifiesta, demostrando que para nuestro ordenamiento jurídico esta no se debe restringir a una causal “fácil de advertir”.
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