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Potestad organizativa del Estado en los Ministerios

Matamala Pérez, Alejandro January 2019 (has links)
Actividad formativa equivalente a tesis (magíster en derecho con menciones) / La Potestad organizativa del Estado en los Ministerios es una atribución que el ordenamiento jurídico entrega al Presidente de la República y a ciertas autoridades administrativas que les permite intervenir en la dirección y organización de los organismos que administran desde su instalación y durante toda su vigencia. El Tribunal Constitucional Chileno1 la define como la atribución que el ordenamiento jurídico entrega a ciertas autoridades para intervenir en el diseño de la organización. La definición de Potestad organizativa del Estado se ha construido tomando como base el estudio y análisis de una serie de normas dictadas desde el comienzo de la República, pasando por las Constituciones Políticas, leyes y jurisprudencia tanto judicial como administrativa, cuya evolución obedece a diferentes etapas históricas y realidades administrativas. En las siguientes líneas se expondrán los preceptos que han sido fuente de la fisonomía institucional de los Ministerios como órganos de la Administración y las diferentes instituciones o potestades estatales que han intervenido en dicha conformación. Desde 1810 a la fecha, la Potestad organizativa se ha manifestado en las Carteras de Gobierno, a través del poder constituyente, el órgano legislativo, sentencias del Tribunal Constitucional, dictámenes de la Contraloría General de la República, Reglamentos del Presidente de la República y también, y en el último tiempo, a través de actos administrativos de los propios Ministros y Subsecretarios. El tránsito de estas manifestaciones jurídicas desde el origen hasta el día de hoy, devela normas que han ido consolidándose en la institución sobre un contexto originalmente rígido en su regulación hasta la existencia de una mayor flexibilidad al momento de crear y organizar un Ministerio. En el presente trabajo se observarán las diferentes manifestaciones que la potestad organizativa del Estado ha tenido y tiene hasta el día de hoy en la materia.

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