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Informe sobre Expediente de Relevancia Jurídica N°02970-2019-PHC/TC, E- 2798, con el que se permite a las madres y padres acordar el orden de los apellidos de sus descendientesOlano Carranza, Valeria Victoria 08 February 2024 (has links)
El presente informe jurídico tiene como finalidad analizar los problemas jurídicos y las
implicancias del Pleno Sentencia 641/2021 en base a la doctrina y jurisprudencia
relevante. El caso a analizar versa sobre el recurso de Habeas Corpus interpuesto por
Marcelina Rudas Valer y Jhojana Rudas Guedes, contra el Sr. Jorge Yrivarren Lazo, en
calidad de jefe Institucional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil
(Reniec). Este recurso se interpuso debido a que el Reniec se negó a la emisión del
Documento Nacional de Identidad (DNI) de Jhojana Rudas Guedes alegando que esta
debía primero rectificar el orden de sus apellidos, colocando primero el apellido paterno
y luego el materno. Este condicionamiento se fundamentó mediante una interpretación
que la propia entidad realizó al artículo 20 del Código Civil Peruano el cual indica que
“Al hijo le corresponde el primer apellido del padre y el primero de la madre”. Ello, en
tanto, según el Reniec el referido artículo sí indica un orden en la consignación de los
apellidos. En consecuencia, la entidad sostiene que el actual orden de los apellidos de
la demandante, en el que se encuentra consignado primero el apellido materno y luego
el paterno, se debe a un error de la entidad que debe ser rectificado. Es así que, el
Tribunal Constitucional, realiza un análisis de la vulneración de derechos por la negativa
del Reniec y brinda una interpretación conforme al principio de constitucionalidad y
convencionalidad al artículo 20 del Código Civil. Todo ello, mediante la resolución
materia de análisis, la cual brinda la oportunidad a que los padres y madres puedan
acordar el orden de los apellidos.
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Cambio en instituciones estatales: el caso del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) en el PerúBenites Alvarado, Alexander Segundo 07 October 2020 (has links)
¿Qué factores explican el cambio institucional en las diferentes organizaciones
del Estado peruano? ¿Cómo evolucionan las agencias estatales en contextos de
bajos niveles de institucionalidad? A pesar de que el caso peruano ha sido
caracterizado como un país con instituciones débiles e inestables, que cambian
de forma abrupta y radical (Levitsky y Murillo 2012), existen algunas
excepciones, en las que instituciones del aparato público logran construir altos
niveles de institucionalidad y cambiar de manera gradual y progresiva,
adaptándose a demandas en el entorno que se desarrollan para poder
prevalecer en el tiempo. Así, este trabajo se centra en la evolución institucional
del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), entidad del
Estado peruano encargada de organizar y mantener el registro único de
identificación de las personas naturales e inscribir los hechos y actos relativos a
su capacidad y estado civil. Esta institución, a diferencia de la mayoría de
instituciones en el caso peruano, evoluciona a partir del año 2004, con la
creación de su Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social (GRIAS),
dejando de ser una institución de corte meramente técnico, adaptando
metodologías culturalmente sensibles para el registro de las y los ciudadanos
peruanos. Esta investigación propone que dicha evolución responde a la
existencia de dos necesidades (las personas indocumentadas luego del conflicto
armado y el desarrollo de ciertos programas sociales), un contexto auspicioso
para el cambio y el nivel de autonomía que goza la entidad.
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