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Los límites a la función calificadora en el sistema registral chilenoBarros Valenzuela, David Antonio January 2019 (has links)
Memoria para optar al grado académico de Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile. / A casi más de un siglo y medio desde la entrada en vigencia del Código Civil chileno y de la creación del sistema registral inmobiliario, resulta útil realizar un breve diagnóstico del mismo. Sobre todo si tenemos en consideración el creciente desarrollo que ha tenido el mercado inmobiliario en nuestro país durante las últimas décadas. Lo que se debe entre otros factores, a la mayor oferta inmobiliaria, el mayor acceso al crédito, así como el rol subsidiario que ha tenido el Estado para que cada día más personas puedan tener acceso a una vivienda propia.
La presente investigación se refiere a la labor que desempeña el Conservador de Bienes Raíces en Chile, como un agente activo en el proceso de la constitución de la propiedad raíz, y particularmente poder profundizar acerca de cuáles son los alcances o límites a la jurisdicción que éste tiene a la hora de practicar o no una determinada inscripción conservatoria.
Lo anterior se debe a la gran cantidad de títulos que no logran ser debidamente inscritos en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces, por ser objeto de reparos u objeciones fruto del control de legalidad que realiza a diario este auxiliar de la administración de justicia.
A través de ejemplos concretos y cotidianos de la práctica registral, veremos en qué casos puede o debe negarse a practicar una determinada inscripción conservatoria, así como las consecuencias jurídicas que derivan de esa decisión.
Esperamos que esta obra sea de gran utilidad práctica no sólo para abogados, sino para todas las personas que a diario a través de sus requerimientos, le dan vida al sistema registral inmobiliario en nuestro país.
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La Posesión en el Código Civil PeruanoMejorada Chauca, Martin 10 April 2018 (has links)
La posesión como derecho es la consecuencia jurídica de la posesión como hecho, es decir, la posesión se sustenta en la apariencia de un derecho frente a terceros (conducta posesoria). El fundamento de la posesión en la doctrina difiere, sin embargo, como señala el autor, en nuestro país el Código Civil ha adoptado uno, el cuál debe ser adecuado acorde al tiempo y al sistema registral. La posesión se configura como un sustituto de la prueba de propiedad ante la dificultad que significa acreditar el dominio en cada momento, aunque ilegítimos (no propietarios) se beneficien de ello; por ello la aspiración es perfeccionar la prueba de la propiedad. Es decir, la posesión es ahora sólo la mejor fórmula que existe para resolver el problema de las dificultades probatorias.
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