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Hacia la determinación de un concepto de (derecho a la) educación y su efectiva tutela mediante el recurso de protección

Aguilera Rojas, Lucas, Jofré Ríos, Leonardo January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias Jurídicas y sociales) / Para nadie es novedoso el hecho de que la educación, y particularmente el derecho a, ha estado en la palestra pública en Chile en los últimos años. A partir de la denominada “Revolución Pingüina” del año 2006, pero fundamentalmente mediante las movilizaciones sociales que se desarrollaron por la temática el año 2011, se comenzó a discutir sobre la relevancia de este derecho para la sociedad misma. No obstante, aquel proceso abrió más preguntas que respuestas. Si se solicitaba la verdadera materialización de la educación como un derecho, ¿qué ocurría, en términos prácticos, que aquél -contemplado en el artículo 19 N°10 de nuestra Carta Fundamental- no era concebido socialmente como tal? En atención a la primacía de la realidad sobre la teoría, podrían concebirse variadas respuestas. No obstante, existe un desafío aún anterior: qué entendemos realmente por Derecho a la Educación, y, junto con ello, qué es la educación en sí. Los derechos humanos de segunda generación o también denominados derechos prestacionales requieren una reconfiguración, una que logre saldar la deuda del Estado moderno, aquella que haga práctica el principio que establece que aquél está al servicio de la persona humana en todas sus facetas, y que comprende que aquellos derechos, concebidos desde el sacrificio de años de historia, le pertenecen a todo ser humano sin importar sus características diferenciadoras del otro. De dicha forma, analizar el concepto de derecho a la educación no sólo desde su jurisprudencia mediante la tutela indirecta mediante el derecho a la propiedad, sino desde sí y para sí, abarcando, con la prudencia suficiente, el recurrir a la filosofía, la sociología y, por sobre todo, al derecho nacional e internacional. Una construcción que devele la posibilidad de configurar el mismo pero también de tutelarlo: hablamos de pasar del papel a la defensa del derecho mismo a educarnos.

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