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El principio general de la buena feDíaz González, José Maximiliano January 2002 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / En primer término recogeré y articularé, todo aquello que concierna, a un capítulo destinado a la Teoría General de los Principios Jurídicos, con el propósito de contextualizar la temática de la Buena Fe; esto significa establecer, "un contexto básico de comprensión" de los Principios Jurídicos, además de pesquisar sus diversas conceptualizaciones y sus funciones y pasar revistas a ponencias significativas. Todo este capítulo primero, digo, se orienta a enmarcar el discurso específico de la Buena Fe.
Una vez acotado el marco teórico global de la Buena Fe, en un segundo capítulo, me dedico a rastrear la dificultad dogmática al intentar conceptualizarla, vía axioma; me aboco a sus funciones, sus modelos normativos, los aspectos jurisprudenciales, la capacidad jurígena de incidir en teorías particulares.
La estructura formal de la memoria, que suscribo, se soporta en dos grandes capítulos que a su vez se dividen en sub-capítulos debidamente identificados en el índice y las rotulaciones incorporadas en el interior de cada exposición.
Al final, de cada uno de esos capítulos, se incluyen las conclusiones que amerita el material informado y motivo de la memoria.
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Sobre la buena fe en la normativa uniforme del contrato de compraventa internacional de mercaderíasAlmonacid Burgos, Richard 20 April 2015 (has links)
En el presente artículo, el autor reflexiona sobre determinados alcances de la buena fe en relación con el contrato de compraventa internacional de mercaderías como transacción preponderante del intercambio comercial mundial. Si bien existe una normativa internacional uniforme aplicable a dicho contrato, y que ha sido objeto de amplia aceptación y difusión, su contenido puede generar dudas con respecto a las implicancias del principio en cuestión. En este trabajo se plantean algunas interrogantes sobre el particular y se formulan las respuestas del caso, sobre la base del análisis de diversas disposiciones normativas, seleccionadas en atención a su relevancia para el desarrollo de una relación contractual entre vendedor y comprador en un contexto internacional.
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Pluralismo y éticas de la vida buena. Del Filebo de Platón a la Ética a Nicómaco de AristótelesBravo, Francisco 09 April 2018 (has links)
En este artículo intento responder a la pregunta de si son –o al menos pueden ser– pluralistas las éticas de la vida buena. Por tales se entienden las éticas teleológicas, centradas en el fin último o bien supremo del individuo humano. ¿Pueden, pese a su aparente individualismo, ser éticas pluralistas? Para responder, me circunscribo al Filebo de Platón, en que el autor, superando las visiones que identifican el bien humano con la vida de placer o con la vida del conocimiento, lo identifica con una vida mixta, que es una mezcla de las dos. Desarrolla, pues, a mi modo de ver, una ética estructuralmente pluralista: (1) por la actitud, eminentemente dialógica, de sus interlocutores; (2) por el método de la división que emplea, el cual va de la pluralidad indefinida a la unidad, y de esta a una pluralidad definida; (3) por el principio ontológico de lo Uno-Múltiple en que se funda; (4) por el contenido que asigna al bien de la existencia humana. Sobre todo por este contenido –esencialmente inclusivo– la ética del Filebo ha ejercido una influencia decisiva en la filosofía moral igualmente pluralista de la Ética a Nicómaco.
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Alcances del concepto de buena fe en el nuevo ordenamiento procesal laboralGonzález Correa, Alejandra Javiera, Slanzi Rodríguez, Pía Macarena January 2011 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El objeto de estudio de la presente memoria es el análisis del principio de buena fe procesal de acuerdo a la normativa procesal nacional vigente, así como del artículo sexto del Proyecto de Código Procesal Civil, determinando los alcances que dicho concepto puede tener en nuestro ordenamiento y los posibles conflictos constitucionales que se pueden generar a través de su aplicación.
En el primer capítulo se sientan las bases del tema, delimitando los usos de la palabra principio, las funciones que ellos cumplen en nuestro ordenamiento y su relación con el concepto de norma. Luego se distingue entre principios del proceso y del procedimiento con el objeto de encuadrar al principio de la buena fe en una u otra categoría.
Lo anterior permite entrar de lleno al análisis del concepto de buena fe, realizado en el capítulo segundo, contraponiendo las principales posturas doctrinarias que buscan definirlo, para luego abordar los fundamentos que se han otorgado para incluirlo dentro del ordenamiento procesal.
En el capítulo tercero se realiza un estudio pormenorizado de la consagración de la buena fe en materia procesal, abarcando tanto el Código de Procedimiento Civil, el Código del Trabajo y además la normativa incluida en el Proyecto de Código Procesal Civil.
Considerado lo anterior es que, en el capítulo cuarto del presente trabajo, se analizan los conflictos que genera el concepto de buena fe y se otorgan lineamientos generales para posibles soluciones, ya sea vía doctrinaria o legislativa.
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Las manifestaciones de la buena fe en el derecho laboralParraguéz Leiva, Francisco Alejandro January 2014 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Dentro de los lineamientos u orientaciones del Derecho Laboral, el
principio de Buena Fe ha de ser considerado como la base axiomática de
toda la estructura legal y jurisprudencial sobre la cual se alza el estado
actual de la mencionada rama del Derecho.
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La culpa in contrahendo y la responsabilidad precontractual en el Código CivilOjeda Guillén, Luis 13 December 2011 (has links)
El Derecho puede ser considerado como una rama del saber humano; como
una ciencia social, definible como un conjunto de principios y leyes que rigen
un grupo homogéneo de hechos, de fenómenos denominados jurídicos (igual
que la biología o la química o la física estudian determinados grupos de
fenómenos). Esta ciencia social, cuyo objeto central son las relaciones
socioeconómicas del hombre, está muy lejos de haber agotado su campo de
estudio. Por el contrario, constantemente se amplían sus fronteras, se
rediseñan sus contornos, se redefinen sus alcances. El Derecho avanza,
evoluciona, puesto que las relaciones entre los hombres también experimentan
cambios. Así pues, el Derecho no es estático (o no debiera serlo), más bien
tiene la obligación de adecuarse a la velocidad del cambio de las relaciones
socioeconómicas, a las nuevas formas de relacionarse, a los nuevos modelos
de conductas.
Dentro del universo de ramas que componen a la ciencia del Derecho, y en
especial al Derecho civil, el tema de la responsabilidad civil se nos ofrece como
un amplio campo de estudio ya que sus orígenes van de la mano con las
primeras manifestaciones de la actividad humana, fijando su punto de partida
en la etapa de la venganza privada que luego iría evolucionado, a la par que lo
haría el concepto de Estado, hacia la etapa del resarcimiento del daño. Así
pues, es lógico pensar que, siendo la figura de la responsabilidad civil tan
antigua como el Derecho mismo, mantenga un halo cautivador, una invitación
permanente a estudiar sus distintos matices, sus distintas formas de
presentarse ante nosotros. Y dentro de este amplio campo de acción
encontramos que la figura de la responsabilidad precontractual, la cual será
objeto central de nuestro estudio, si bien ha sido analizada por la doctrina, no
ha sido adecuadamente valorada por nuestra regulación civil, la que le ha
dedicado poco espacio y esfuerzo. / Tesis
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La fe pública registral vista desde la Ley Nº 30313Torre Janampa, Myriam January 2017 (has links)
El articulo busca brindar un enfoque acerca de la aplicación del artículo cinco de la Ley N° 30313, Ley de Oposición al Procedimiento de Inscripción Registral en Trámite y cancelación del Asiento Registral por Suplantación de Identidad o Falsificación de Documentación y Modificatoria de los Artículos 2013 y 2014 del Código Civil y de los artículos 4 y 55 y la quinta y sexta Disposiciones complementarias, transitorias y finales del decreto legislativo 1049, su contexto histórico y la esencia de la mencionada Ley.
Se brinda al lector una opinión acerca de las implicancias de la entrada en vigencia de la Ley N° 30313 y al mismo tiempo se otorga una serie de críticas que son relevantes para entender porque se considera que es Ley no es la solución idónea para los problemas de fraudes inmobiliarios. / Trabajo académico
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La buena fe en el procedimiento civilCartes Pino, Rodrigo A. January 2009 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / En el Capítulo I de la presente memoria de prueba se intenta una aproximación conceptual de carácter objetivo al principio de buena fe procesal, basada en la realidad del proceso y completamente distinta a las ambiguas concepciones tradicionales que se limitan a definirlo como un mero comportamiento honesto o leal.
En este sentido, y en la búsqueda de los distintos factores de orientación que nos permitan dotar de contenido a la aproximación intentada en la primera parte, en el Capítulo II se estudian tres manifestaciones de actuaciones o comportamientos contrarios a la buena fe procesal, a saber: el fraude de ley (procesal) y fraude procesal, el abuso aparente del derecho y la contradicción con los propios actos, haciendo mención, en cada caso, a la jurisprudencia nacional y comparada que ha resuelto en conformidad a las categorías antes señaladas.
Finalmente, en el Capítulo III de este trabajo, se señalan las principales manifestaciones positivas de la buena fe procesal tanto en la Carta Fundamental, como en el Código Penal, en el Código Orgánico de Tribunales y en el Código de Procedimiento Civil y las consecuencias jurídico-procesales que la infracción del principio en estudio trae aparejada en materia civil.
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Informalidad, riesgo empresarial y la superación de la pobrezaPasquel Rodríguez, Enrique 11 May 2015 (has links)
Una de las razones por la que los países en vías
de desarrollo no logran salir de la pobreza es la
dificultad que tiene la mayoría de sus empresas para
aumentar su eficiencia y productividad al operar en el
sector informal.
El sistema legal sirve para reducir el riesgo
empresarial, lo que a su vez permite la creación de
más negocios, más sociedades, mayor acceso a
capital, una producción más especializada y el
aumento de las redes de proveedores y clientes. Las
empresas informales no gozan de estas ventajas,
por lo que su eficiencia y productividad es menor y
los países con mayores tasas de informalidad tienen
menos capacidad de crear riqueza y trabajo. Y
precisamente, dicha tasa es mayor en los países
subdesarrollados, como se aprecia en los ejemplos
del siguiente cuadro.
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Obligaciones del vendedor en la compraventa en el derecho romano clásicoVásquez Araya, Mauricio January 2007 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Tratando de resolver las interrogantes planteadas, respecto de por qué no podemos considerar a la compraventa de cosa ajena como una venta dolosa de bienes de otro, nos encontramos con que la venta de cosas ajenas era totalmente válida, ya que, a pesar de no estar literalmente planteado, era subsumible de las obligaciones que el propio contrato establecía para el vendedor, es así como nos lo indica el Digesto, que señala: “El vendedor consciente de vender cosa ajena no comete furtum al cobrar el precio”(D.47.2.52.17) Sin embargo, en nuestra consideración, no podemos abordar estas obligaciones, sin antes hablar de los contratos, es así como en el capítulo segundo lo señalamos, vemos las principales categorías, abordamos la buena fe, las acciones que de ella emanan para más adelante en el capitulo tres fijarnos en el específico contrato de compraventa, sus orígenes, elementos, características, etc; luego en el capítulo cuatro recurrimos a la responsabilidad en el periodo clásico y los tipos de ella existentes. Por último y revisados los otros elementos necesarios para interpretar lo que sigue, abordamos la obligación de entrega, de custodia, las garantías y vicios de que responde el vendedor.
Al finalizar quisiera señalar que para la realización de esta memoria, se consultaron las más diversas fuentes jurídicas, tanto directas como indirectas, de las primeras preferentemente el Cuerpo de Derecho Civil de Justiniano, existiendo mas de ochenta citas textuales de él, con otras tantas de autores contemporáneos.
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