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Determinación de los riesgos en los negocios internacionalesBustos Rojas, Ana Carolina, Checura Fiamma, Rodrigo Eduardo January 2008 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / Esta investigación busca determinar la relación existente entre riesgo y due diligence y justificar, a través del análisis de dos casos prácticos (uno de relevancia nacional y otro de relevancia internacional), la masificación de éstos procedimientos.
Este trabajo consta de cinco partes. En el primer capítulo de esta memoria describiremos los procesos de globalización y su influjo en diferentes aspectos de la vida humana, especialmente en materia económica y comercial, enfatizando las consecuencias, positivas y negativas, de ella.
En el capítulo segundo, estudiaremos los límites al comercio mundial, la regulación multilateral y regional del comercio, haciendo especial mención a los procesos de integración y a los instrumentos a través de los cuales han sido llevados a cabo. Finalmente, haremos referencia a la postura adoptada por Chile para afrontar sus relaciones comerciales internacionales.
En el tercer capítulo abordaremos el contenido actual de los negocios internacionales y la génesis de lo que se ha denominado “Derecho Internacional de los Negocios” y sus fuentes. Para ello nos enfocaremos en el análisis de la regulación del comercio entre privados, destacando la importancia de la lex mercatoria como el derecho espontáneo que regula la relación de los comerciantes. Finalmente, nos referiremos a la importancia de la contratación internacional como instrumento jurídico destinado a concretar un negocio internacional y a la negociación contractual, entendida como un mecanismo de previsión y cobertura de los múltiples riesgos que afectan a las relaciones comerciales en el mundo de hoy.
Por ello, en nuestro cuarto capítulo estudiaremos los más importantes riesgos que afectan a los negocios internacionales y esbozaremos los principales mecanismos de cobertura destinados a minimizarlos o, inclusive, a hacerlos desaparecer.
Finalmente, en el quinto capítulo dilucidaremos el concepto de due diligence y su actual importancia en el desarrollo de los negocios internacionales. Veremos que los procesos de due diligence están íntimamente vinculados con los riesgos y, por tanto, con la responsabilidad social de los empresario, ya que por medio de la correcta aplicación de los procesos de due diligence nos será posible determinar muchos de los riegos asociados a una actividad económica-comercial y precavernos, por medio de los instrumentos jurídicos financieros que otorga el mercado, de la forma más adecuada. Para lograr este objetivo analizaremos dos casos en que la falta de adecuados mecanismos de investigación derivó en millonarias pérdidas para quienes incurrieron en estos errores
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¿Es acaso Perú pasible de ser sancionado por la Organización Mundial del Comercio (OMC) debido al Drawback?Gómez Chávez, Mercedes 10 March 2017 (has links)
Dentro del contexto del comercio internacional, los agentes económicos que interactúan
en los mercados presentan como objetivo común la expansión del desarrollo de la
actividad económica que realizar. En este escenario, los empresarios buscan ser más
competitivos, y de esta manera expandir sus horizontes a mercados que traspasen las
fronteras nacionales. Ahora bien, para lograr tal expansión, no resulta indiferente la
Política Comercial que apliquen los gobiernos, pues con ello se les ofrece una serie de
herramientas que coadyuvarán a alcanzar sus objetivos. / Tesis
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Los derechos antidumping como medidas aplicadas para corregir las distorsiones en el mercadoRamírez Estrella, Andrea January 2018 (has links)
El presente trabajo de investigación busca analizar si la regulación nacional permite que
los derechos antidumping cumplan con la finalidad para la cual fueron impuestos, esto
es, corregir las distorsiones generadas en el mercado como consecuencia de las prácticas
de dumping. En esta entrega, se parte de la hipótesis de que la normativa nacional resulta
insuficiente para garantizar la efectividad de tales derechos, pues ha regulado una sola
modalidad de prácticas de elusión. Este tema resulta relevante en tanto, en los últimos
años se ha incrementado el envío de productos extranjeros hacia el territorio peruano, en
un contexto en el cual los productores nacionales buscan competir con dichas
importaciones. En este análisis, se parte de explicar en qué consisten los derechos
antidumping, las prácticas de elusión, para luego evaluar la legislación comparada y,
finalmente, analizar la normativa nacional. En base a ello, se concluye que la normativa
nacional resulta insuficiente para garantizar la efectividad en la aplicación de los derechos
antidumping. / Trabajo académico
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La posibilidad de invocar los acuerdos de la OMC frente al juez peruano : una vía para revisar las medidas de la administración públicaMartínez del Águila, Shane 30 April 2014 (has links)
El Estado peruano es un Estado Miembro de la Organización Mundial del
Comercio (OMC) desde el 01 de enero de 1995. A partir de ese momento, este
país asumió determinadas obligaciones internacionales como consecuencia de la
suscripción del Acuerdo por el que se establece la OMC
, junto con los Acuerdos
Comerciales Multilaterales de la OMC
, todos ellos denominados “Acuerdos de la
OMC”. En general, el Perú, como Estado miembro, le es atribuible la obligación de
asegurar la conformidad de sus normas, regulaciones y procedimientos
administrativos con las disposiciones contenidas en los diferentes acuerdos de la
OMC. Sin embargo, lo anterior no siempre sucede y en diversas ocasiones la
Administración Pública del Estado peruano puede emitir internamente medidas
inconsistentes con los acuerdos de la OMC.
Las personas, empresas privadas y en general, toda personas dedicada a una
actividad comercial en el territorio peruano son actores importantes en el intercambio
comercial internacional de bienes y servicios, influyendo directamente en el
crecimiento económico del país en un contexto cada vez más globalizado. Sin
embargo, muchas veces éstos se ven directamente afectados por medidas
establecidas por la Administración Pública del Estado inconsistentes con los
acuerdos de la OMC. / Tesis
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Interpretación e integración de la convención de las Naciones Unidas sobre los contratos de compraventa internacional de mercaderíasGonzález Painemal, Natalia Andrea January 2013 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La presente investigación analiza el proceso uniformador del derecho de la compraventa internacional de mercaderías a través de la aplicación que se ha hecho del texto uniforme que la regula, la CISG, mediante los mecanismos que ésta contempla para su interpretación e integración. Dicho análisis se efectúa a través de la fragmentación del proceso uniformador en dos etapas, una primera etapa que expone la antesala de la creación del texto de la CISG, la funcionalidad de su texto en un entorno donde reinaba la lex mercatoria surgida en el Medioevo, la justificación de su creación como instrumento de derecho uniforme y el proceso de su creación, temas que son tratados en los capítulos primero a tercero. A continuación, en una segunda etapa, se explica la aplicación que se ha dado al texto de la CISG a través de los métodos que ella misma contempla para su interpretación e integración, aspectos que son tratados en los capítulos cuatro a seis, pasándose posteriormente a hacerse una breve referencia, en el capítulo séptimo final, a la aplicación que se ha hecho de la Convención en estudio, a través de otros instrumentos de derecho uniforme. Mediante la señalada división del proceso uniformador del derecho de la compraventa internacional de mercaderías se busca dar a conocer la problemática que entraña dicho proceso, consistente en el estado de vulnerabilidad en que queda el trabajo realizado en la primera etapa descrita al tener que ser aplicado el texto de la Convención a nivel internacional y no contarse con una institucionalidad que apoye suficientemente la aplicación del instrumento de derecho uniforme en estudio, principalmente para asegurar su interpretación e integración internacional, uniforme y que considere el principio de buena fe en el comercio internacional, de modo que se vea justificada en la práctica la finalidad por la que fue creado su texto, a saber, la disminución de la inseguridad jurídica en las transacciones mercantiles internacionales, la reducción de los costos de transacción y la simplificación de dichos intercambios.
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La interpretación del artículo XX del GATT y la discriminación arbitraria o injustificada: una revisión a partir del caso Brasil-neumáticos remoldeadosLovatón Espadín, Azucena Noemí 16 May 2016 (has links)
La participación de los Estados en los Acuerdos Comerciales Regionales y en el sistema multilateral del comercio representado por la Organización Mundial del Comercio (OMC) puede dar lugar a un posible conflicto de obligaciones internacionales tal como sucedió en el caso Brasil-neumáticos remoldeados. En el año 2000, Brasil prohibió la concesión de licencias de importación de neumáticos remoldeados y usados. Dicha medida fue declarada incompatible con la normativa del Mercosur por un Tribunal Arbitral Ad hoc de dicho acuerdo comercial regional. Como consecuencia de tal decisión, Brasil eliminó dicha prohibición y estableció en el artículo 40 de la Portaría SECEX 14/04, conocida también como la Exención del MERCOSUR, que sólo se otorgarían licencias de importación para neumáticos remoldeados originarios y procedentes de los Estados Miembros del MERCOSUR. La adopción de esta medida generó que la Comunidad Europea iniciara contra Brasil un procedimiento de solución de diferencias ante la OMC, alegando la violación de diversas disposiciones del GATT de 1994.
Esta tesis analiza cómo la Exención del MERCOSUR, que fue adoptada como resultado de la decisión de un órgano jurisdiccional regional, pudo haberse justificado al amparo del preámbulo del artículo XX del GATT, al no aplicarse de una forma que daba lugar a una discriminación arbitraria o injustificable. En este sentido, teniendo en cuenta las circunstancias especiales de este caso, en aplicación del principio de armonización, el Órgano de Apelación pudo haber interpretado el preámbulo del artículo XX del GATT de conformidad con la decisión del tribunal arbitral regional y de las obligaciones internacionales asumidas por el Gobierno del Brasil en el ámbito del MERCOSUR.
Este trabajo evalúa la importancia y los principales criterios que componen el preámbulo del artículo XX del GATT. Asimismo, se analiza de qué manera el tribunal regional del MERCOSUR y los órganos resolutivos de la OMC se han pronunciado respecto a medidas restrictivas a la importación de neumáticos como es el caso de la Exención del MERCOSUR. Finalmente, se estudia la existencia de doctrinas como la de la interpretación consistente o la armonización tanto en el ámbito regional como en el multilateral, y la forma cómo dichas doctrinas promueven, siempre que sea posible y necesario, una armonización entre las obligaciones multilaterales como las existentes en el marco de la OMC, con las decisiones y obligaciones derivadas de un acuerdo comercial regional.
En el caso materia de análisis, se concluye que la aplicación del principio de armonización era válida porque se ha establecido que en la evaluación de los conceptos de discriminación arbitraria e injustificable previstos en el preámbulo del artículo XX del GATT, se pueden tomar en consideración otros factores adicionales teniendo en cuenta la naturaleza de la medida en litigio. / The participation of States in Regional Trade Agreements and in the multilateral trading system represented by the World Trade Organization (WTO) can give rise to a possible conflict of international obligations as it happened in the case of Brazil — Measures Affecting Imports of Retreaded Tires. In 2000, Brazil prohibited the granting of import licenses of retreaded and used tires. A MERCOSUR Ad Hoc Arbitral Tribunal considered that this measure was incompatible with MERCOSUR law. As a result of this decision, Brazil eliminated the prohibition and Article 40 of the Portaría SECEX 14/04, also known as the MERCOSUR exemption, provided that import licenses would only be granted for retreaded tires coming from and originating in MERCOSUR Member States. The adoption of this measure gave rise to a complaint brought by the European Community against Brazil under the WTO dispute settlement system. The European Community claimed that Brazil breached several provisions of the GATT of 1994.
This thesis analyzes how the MERCOSUR exemption, which was adopted as a result of a decision of a jurisdictional regional body, could have been justified under the framework of Article XX of the GATT, since it was not applied in a manner that resulted in arbitrary or unjustifiable discrimination. In this sense, taking into account the special circumstances of this case, on the basis of the principle of harmonization, the Appellate Body could have interpreted the preamble of Article XX of the GATT in accordance with the decision of the regional arbitral tribunal and the international obligations assumed by the Government of Brazil in MERCOSUR.
This thesis assesses the importance and the main criteria laid down in the preamble of Article XX of the GATT. Also, it analyzes the manner in which the regional tribunal in MERCOSUR and the WTO decision-making bodies ruled about the restrictive measures on the importation of tires such as the MERCOSUR exemption. Finally, this paper studies the existence of doctrines such as consistent interpretation and harmonization at the regional and multilateral level, and the manner in which they promote, whenever possible and necessary, a harmonization between multilateral obligations, for example, those obligations with the framework of the WTO, and decisions and obligations under a regional trade agreement.
The thesis concludes that the application of the principle of harmonization was valid because, as it has been demonstrated, in the assessment of the concepts of arbitrary or unjustifiable discrimination provided for in the preamble of Article XX of the GATT, additional factors can be taken into account considering the nature of the measure at issue. / Tesis
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Análisis del caso Estados Unidos-juegos de azar : un ejemplo de la contribución de la O.M.C. a la judicialización de la política internacionalDaiber Peralta, Ignacio January 2011 (has links)
Memoria (magister en derecho) / La investigación que se presenta a continuación consiste en el análisis de un caso particular y ejemplar de solución de una controversia dentro del Procedimiento de Solución de Diferencias de la Organización Mundial del Comercio. El análisis es casuístico y se centra en una sola controversia para enfatizar el carácter paradigmático de ésta, puesto que se enfrenta una pequeña economía de un estado del Caribe como es Antigua y Barbuda en contra de la primera economía del mundo, los Estados Unidos de América.
La finalidad es determinar el nivel de judicialización después de la primera década de funcionamiento del Sistema de Solución de controversias de la OMC, la previsibilidad en los resultados y su cumplimiento, analizando los cambios introducidos al antiguo sistema del GATT y observando el reemplazo de la negociación política por un sistema judicializado en la solución de controversias comerciales multilaterales.
La investigación concluye que el sistema de Solución de Diferencias de la OMC es altamente judicializado y que la política tiene muy poca incidencia en la solución de una controversia, pero que al igual que el cumplimiento de cualquier decisión judicial, el cumplimiento dependerá de una decisión política, lo que no resta a la efectividad al sistema.
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Derecho convencional de los contratos internacionalesMuñoz Brito, Javier Alejandro, Vicuña de la Cruz, Rodrigo Sebastián January 2000 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / A fin de lograr un orden lógico en el desarrollo de este trabajo, lo hemos estructurado en tres capítulos. En primer lugar, nos referiremos al estudio de las fuentes internacionales que regulan la materia, fundamentalmente, al proceso de dictación de las convenciones señaladas y su aplicación formal. Dentro del mismo capítulo, desarrollaremos con mayor profundidad el tema del ámbito de aplicación de las convenciones es estudio, refiriéndonos a la internacionalidad del contrato, a las normas generales de aplicación y a las materias excluidad por las convenciones.
Todo ello a fin de, previo al análisis del contenido normativo, dejar en claro la naturaleza y funcionamiento de los tratados involucrados.
En el segundo capítulo, nos avocamos a la regulación jurídica que las convenciones dan al contrato internacional, analizando la normativa general que permite determinar la ley aplicable al contrato internacional, conjuntamente con el rol que en dicha labor juega la autonomía de la voluntad. Asimismo nos referiremos al papel que juegan los tratados internacionales aplicables al respectivo contrato, y el llamado criterio de los vínculos más estrechos. Finalizamos dicho capítulo estudiando el contenido de la ley que resulte aplicable al contrato internacional y las excepciones a dichas normas.
En el tercer cápítulo tratamos las fuentes informales que regulan al contrato internacional desde la perspectiva de las convenciones en estudio; en particular, refiriéndonos a la Lex Mercatoria. En relación con esta materia, se insertan, a modo de referencia, los principios de UNIDROIT.
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El derecho y la responsabilidad social empresarialOtoya Calle, Johan Sandro 04 April 2013 (has links)
Tesis
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La marca no registrada : Sistema comunitario europeo y derecho chilenoHonorato Torrealba, Rodolfo Francisco January 2010 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / En el contexto internacional, las marcas siempre han tenido un rol protagónico, especialmente en el aspecto comercial. Ellas son portadoras del signo distintivo de un producto o servicio, y ello tiene un valor que debe ser protegido, el que se irá acrecentando o disminuyendo en cuanto el titular de la marca pueda penetrar o no en el mercado. Prueba de lo anterior, han sido las diversas normativas dictadas para tal efecto, como el CUP, los Arreglos de Madrid y de Niza, el ADPIC, etc.
De ahí su importancia en la globalización actual, donde la libre circulación de mercancías y la libre prestación de servicios es un principio básico. Las marcas distinguen e identifican en el mercado las características y origen de los productos y servicios, por lo que desempeñan un rol dinamizador.
En Chile, este proceso no se materializa en un derecho regional (como podría ocurrir con el reingreso del país al Pacto Andino de Naciones). No obstante, la Ley 19.039 que establece normas aplicables a los privilegios industriales y protección de los derechos de propiedad industrial, ha ido asumiendo las diversas exigencias que rigen a nivel internacional, mediante la adecuación a los diversos instrumentos internacionales y tratados de libre comercio suscritos por el país.
El presente trabajo aborda la figura de la marca no registrada desde la perspectiva de su regulación en la legislación chilena y en la Comunidad Europea. A lo largo de estas páginas, primero se contextualizará el plano internacional, comunitario europeo y nacional; luego se desarrollarán los sistemas marcarios que existen hoy en día, y posteriormente se estudiará la figura de la marca no registrada abordándola a partir de las cuestiones propias de cualquier marca, registrada o no.
El trabajo se abocará al estudio pormenorizado de la figura en cuestión, confrontando permanentemente los ordenamientos chileno y europeo, para así establecer las diferencias existentes entre éstas y las marcas registradas, las facultades que tienen los titulares de cada tipo de marca en ambos sistemas, y el rol que juega el registro dentro éstos.
Ello para llegar a la cuestión final relativa al estatuto legal de las marcas no registradas, determinando qué acciones y defensas asisten a sus titulares tanto en Chile como en la Comunidad Europea.
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