En el Perú se reconoce a la “colaboración reglamentaria” como una práctica común en
los organismos reguladores de servicios públicos, dentro del marco de la potestad
sancionadora que ostentan para sus respectivas competencias. Así, en la actualidad,
estas entidades se sirven de resoluciones del Consejo Directivo para detallar las
obligaciones impuestas a los particulares, acompañado de un catálogo de infracciones
y sanciones; por ende, estamos ante un vehículo normativo importante que permite la
creación, modificación y eliminación de conductas sancionables en materia
administrativa. Ahora bien, esta trabajo pretende analizar los riesgos a los que se
expone la administración, así como los administrados, cuando la delegación de facultad
para normar de estos organismos reguladores en el marco de su potestad sancionadora
administrativa, tiene como sustento únicamente el ámbito de sus competencias y reglas
generales de técnica legislativa. Para ello, se analiza brevemente la necesidad de
observar el cumplimiento de lo establecido en el principio de legalidad como límite a esta
potestad sancionadora de tipificación de infracciones, seguido por su vinculación con
otros principios que devienen de éste, como son la reserva de ley y tipicidad. Finalmente,
a manera de ejemplificar lo expuesto, nos serviremos de la experiencia del Consejo
Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones
(Osiptel).
Identifer | oai:union.ndltd.org:PUCP/oai:tesis.pucp.edu.pe:20.500.12404/16344 |
Date | 01 June 2020 |
Creators | Guevara Chumpitaz, Gloria Ximena Coraly |
Contributors | Moscol Salinas, Alejandro Martín |
Publisher | Pontificia Universidad Católica del Perú, PE |
Source Sets | Pontificia Universidad Católica del Perú |
Language | Spanish |
Detected Language | Spanish |
Type | info:eu-repo/semantics/bachelorThesis |
Format | application/pdf |
Rights | info:eu-repo/semantics/closedAccess |
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