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La destitución de jueces de paz por la comisión de faltas disciplinarias y una aproximación a la argumentación de los órganos de control

Muchas veces, en los procesos disciplinarios contra jueces de paz, la determinación de
la responsabilidad disciplinaria efectuada por los órganos de control de la magistratura
se limita a una actividad subsuntiva o lógica deductiva; de los hechos del caso, a
constatar si encajan con la premisa normativa (del catálogo de faltas disciplinarias de los
jueces de paz), y si es así, se aplica necesariamente la consecuencia jurídica prevista
(sanción disciplinaria).Al reducirse la solución del caso a eso, no hay lugar para la
responsabilidad administrativa subjetiva, para la argumentación o para la aplicación de
los principios orientadores del régimen disciplinario del juez de paz, y por lo tanto se
vuelve muy probable que si para los órganos de control los hechos configuraron una
falta muy grave, esto acarree la destitución del juez de paz. Teniendo esto en cuenta, el
presente trabajo académico busca responder tres preguntas: i) ¿en qué se sustenta el
control disciplinario a jueces de paz?; ii) ¿cuándo estaría justificado destituir a un juez
de paz?; y iii) ¿la aplicación de los principios orientadores del régimen disciplinario del
juez de paz, aseguran el respeto de sus derechos en un procedimiento disciplinario? Al
respecto, se mencionará que los jueces de paz están sujetos al control ciudadano, de la
comunidad o vecindad que los eligió para asumir dicho cargo y a la vez, al control
institucionalizado de parte del Poder Judicial porque el juez de paz es parte de la
corporación judicial, y este es el control disciplinario. También, como opinión personal,
que la responsabilidad administrativa subjetiva y el dolo, específicamente, debería ser
condición necesaria para destituir a un juez de paz, y que la formulación de los principios
orientadores del régimen disciplinario del juez de paz en el Reglamento del Régimen
Disciplinario del Juez de Paz aportan al análisis de la responsabilidad disciplinaria, las
características propias y la esencia de la justicia de paz, y dotarían de razonabilidad y
proporcionalidad la sanción disciplinaria contra un juez de paz.

Identiferoai:union.ndltd.org:PUCP/oai:tesis.pucp.edu.pe:20.500.12404/16268
Date26 May 2020
CreatorsVelit Bassino, Daniela
ContributorsHiga Silva, César Augusto
PublisherPontificia Universidad Católica del Perú, PE
Source SetsPontificia Universidad Católica del Perú
LanguageSpanish
Detected LanguageSpanish
Typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesis
Formatapplication/pdf
RightsAtribución-NoComercial 2.5 Perú, info:eu-repo/semantics/openAccess, http://creativecommons.org/licenses/by-nc/2.5/pe/

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