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La cuestión de los riesgos en la compraventa y la solución del código civil de Chile

Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El Código Civil chileno pone los riesgos del cuerpo cierto debido y aún no entregado de cargo del acreedor (Art. 1550) y a propósito de la compraventa, del comprador (Art. 1820). Esta doctrina ha sido duramente criticada: se considera por muchos un error, una injusticia, un desacierto.

Este trabajo pretende averiguar cuáles fueron los motivos y qué razones podrían esconder estas criticadas disposiciones. Para conseguir este propósito, luego de analizar los precisos alcances y las excepciones de las citadas normas, estudiamos tanto legislaciones posteriores a BELLO —fiel reflejo de la suerte que corrió su manera de resolver esta cuestión— como también las legislaciones que lo precedieron hasta llegar al derecho romano; legislaciones que le sirvieron de fuente y que —como buen sabio— perfectamente conocía y manejaba.

Por último, nos abocamos a refutar las críticas contra BELLO sostenidas y a señalar las razones de justicia y conveniencia que a nuestro parecer dan autoridad a la solución que vertió en el Código Civil: que el riesgo de la especie vendida es de cargo del comprador.

Identiferoai:union.ndltd.org:UCHILE/oai:repositorio.uchile.cl:2250/112134
Date January 2007
CreatorsAcevedo Ferrer, Santiago
ContributorsHubner Guzmán, Ana, Facultad de Derecho, Departamento de Derecho Privado
PublisherUniversidad de Chile
Source SetsUniversidad de Chile
LanguageSpanish
Detected LanguageSpanish
TypeTesis

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