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El principio de proporcionalidad en el procedimiento administrativo

El principio de proporcionalidad es considerado en el presente trabajo como sinónimo del principio de razonabilidad. Ello resulta de la jurisprudencia argentina, donde se prefirió hacer referencia al principio de razonabilidad y no al de proporcionalidad. En el Derecho peruano, donde la ley de procedimiento administrativo menciona la razonabilidad, ocurre lo mismo. El principio de razonabilidad o proporcionalidad es relevante en el momento de decidir, como consecuencia del procedimiento previo. Se exponen, hacia el final, algunos precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de Argentina donde se aplicó el criterio de la razonabilidad en relación a normas procesales.

Identiferoai:union.ndltd.org:PUCP/oai:tesis.pucp.edu.pe:123456789/115380
Date10 April 2018
CreatorsCoviello, Pedro José Jorge
PublisherPontificia Universidad Católica del Perú
Source SetsPontificia Universidad Católica del Perú
LanguageEspañol
Detected LanguageSpanish
TypeArtículo
FormatPDF
SourceDerecho PUCP; Núm. 67 (2011): El Procedimiento Administrativo. A los 10 Años de Entrada en Vigencia de la LPAG; 139-153
RightsArtículo en acceso abierto, Attribution 4.0 International, https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/

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