Spelling suggestions: "subject:"autoría penalber"" "subject:"autoría penaliseer""
1 |
La coautoría en el derecho penal : ¿es el cómplice primario un coautor?Rosales Artica, David Emmanuel 08 May 2013 (has links)
Son diversas las formas en las que el comportamiento humano se puede
estructurar a fin de configurar una autoría criminal. Ésta no termina con la realización
directa y de propia mano de los hechos descritos en los tipos penales de la Parte Especial
del Código Penal (autoría inmediata por dominio de la acción), ni tampoco con la
ejecución de éstos por intermedio de una persona que lleva adelante la voluntad del
“hombre de atrás” al haber sido reducida por éste a la categoría de instrumento (autoría
mediata por dominio de la voluntad). La fenomenología de la codelincuencia nos muestra
que el quebrantamiento de las normas penales, puede realizarse también a través de la
actuación conjunta de varias personas (coautoría como dominio del hecho funcional).
Esta última forma de vulneración de la norma penal se suele denominar en el
Derecho penal como coautoría. Tanto de su regulación en los Códigos Penales como de
su propia naturaleza, la coautoría se explica como una figura de intervención en el delito
mediante la cual la determinación del sujeto del hecho contenido en los tipos penales se
extiende a aquellos que toman parte del dominio colectivo del hecho y su ejecución, con
el fin que todos ellos puedan ser considerados como autores del hecho conjunto. En este
sentido, la coautoría es una forma de extensión de la responsabilidad, siendo este el
motivo para que se haga referencia a ella como modalidad impropia o imperfecta de
participación, en contraste con sus manifestaciones propias: instigación y complicidad.
Ahora bien, una de las consecuencias que trae consigo esta interpretación de la
coautoría como extensión de la responsabilidad o forma imperfecta de participación sería
la demanda por implementar los parámetros que coadyuven a delimitar entre lo que es
coautoría y lo que es complicidad. En efecto, usualmente el principal inconveniente en el
campo de la intervención delictiva se ha asociado a la diferenciación entre coautores y
cómplices. Sin embargo, los problemas de delimitación han aumentado con la regulación
en algunas legislaciones penales de una forma de intervención criminal denominada
complicidad primaria y ubicada en una zona intermedia entre la coautoría y la
complicidad. / Tesis
|
2 |
El difícil camino de la infracción de deber respecto a los superiores jerárquicos en el delito peculado: Mirada hacia un nuevo planteamiento.Cárdenas Veintemilla, Karla Patricia 16 March 2022 (has links)
El presente trabajo académico tiene como objetivo principal comprender el desarrollo de los
presupuestos de la aplicación de la teoría de la infracción de deber respecto al delito de
peculado doloso por parte de la Corte Suprema y así determinar cuáles son las consecuencias
que su contenido plantea en la jurisprudencia nacional, principalmente frente a los
inconvenientes que genera al imputar autoría a los superiores jerárquicos.
Y en base a ello, señalar que la teoría de la infracción del deber no resulta ser la más apropiada,
y que la solución debe ser buscada frente a dos propuestas, ya sea mediante la autoría mediata
por aparato organizado de poder o través de la teoría sobre la vulnerabilidad del bien jurídico.
Planteando que será esta última la más acorde a nuestro ordenamiento jurídico donde se
protegen bienes jurídicos, y a la vez permitirá tomar en cuenta la dicotomía presente entre la
decisión política y funcional de los superiores jerárquicos que ocurre en la realidad.
La metodología empleada para el presente artículo parte por analizar el delito de peculado y la
teoría de la infracción de deber en nuestro ordenamiento jurídico, así como doctrina sobre la
teoría sobre la vulnerabilidad del bien jurídico y la autoría mediata por dominio de
organización. Tras el desarrollo se concluye que para la Corte Suprema siempre tendríamos
que remitirnos a mera remisión normativa extrapenal que haría, en determinados casos,
imposible sancionar a los funcionarios jerárquicos, por tal razón, la salida a ello sería se debe
analizar el vínculo que existe entre decisión política frente a la decisión funcional a la hora de
evaluar los casos que involucra a superiores jerárquicos. / The main objective of this academic work is to understand the development of the assumptions
of the application of the theory of the infringement of duty with respect to the crime of willful
embezzlement by the Supreme Court and thus will determine the consequences that its content
raises in the national jurisprudence , mainly due to the inconveniences that it generates when
imputing authorship to hierarchical superiors.
And based on this, to point out that the theory of the infringement of duty does not turn out to
be the most appropriate, and that the solution must be sought in the face of two proposals,
either through the mediated authorship by an organized apparatus of power or through the
theory of the vulnerability of the legal asset. Proposing that the latter will be the most
consistent with the legal system where legal assets are protected but at the same time it will
allow to take into account the present dichotomy between the political and functional decision
of the hierarchical superiors that occurs in reality.
The methodology used for this article starts by analyzing the crime of embezzlement and the
theory of the breach of duty in our legal system, as well as doctrine on the theory on the
vulnerability of the legal right and the mediated authorship by domain of organization. After
the development, it is concluded that for the Supreme Court we would always have to refer to
mere extra-criminal normative referral that would, in certain cases, make it impossible to
sanction hierarchical officials, for this reason, the way out would be to analyze the link that
exists between political decision versus functional decision when evaluating cases involving
hierarchical officials.
|
3 |
¿Es correcto que los operadores de justicia determinen la misma pena para autores y cómplices primarios en el delito de colusión?Alvarado Cánez, Alex Hugo 18 April 2023 (has links)
El presente trabajo académico posee como finalidad cuestionarnos si es adecuado
que los operadores de justicia determinen la misma pena para autores y cómplices
primarios en el delito de colusión, ya que por su naturaleza bilateral, existen
mínimamente dos implicados -servidor o funcionario público e interesado- en donde
el primero tendrá el título de autor y el segundo de cómplice primario.
Ahora bien, es relevante destacar que, para establecer el quantum de pena en un
hecho ilícito, se debe de asociar la afectación del bien jurídico y el acto ilícito,
respetando los principios de proporcionalidad e igualdad. En el caso del delito que
analizamos, solo el servidor o funcionario público pueden afectar directamente y con
mayor intensidad el bien jurídico, pues la protección de este bien jurídico está en la
esfera de este último, dado que tiene un deber especial que lo diferencia de los demás
sujetos.
Por otro lado, tras un análisis jurisprudencial sobre la determinación de pena del delito
de colusión, se advierte que las decisiones judiciales carecen de predictibilidad,
generando inseguridad jurídica. Por lo que, evidenciando este aspecto, consideramos
que, aunque erróneamente se interprete que artículo 25 del Código Penal establece
que el autor y el cómplice primario deben tener la misma pena concreta, los autores
deben tener mayor reproche penal que los interesados, ello en marco del artículo 45
del Código Penal y de los principios de proporcionalidad e igualdad. / The purpose of this academic work is to question whether it is appropriate that the
operators of justice determine the same penalty for perpetrators and primary
accomplices in the crime of collusion, since due to its bilateral nature, there are at least
two parties involved, public servant or official and interested party, where the former
will have the title of perpetrator and the latter of primary accomplice. Now, it is relevant to point out that, in order to establish the quantum of punishment in
an illicit act, the affectation of the legal right and the illicit act must be associated,
respecting the principles of proportionality and equality. In the case of the crime we
are analyzing, only the public servant or official directly and excessively affects the
legal good, since the protection of this legal good is in the sphere of the latter, given
that he has a special duty that differentiates him from the other subjects.
On the other hand, after a jurisprudential analysis on the determination of the penalty
for the crime of collusion, it is noticed that judicial decisions lack predictability,
generating legal insecurity. Therefore, evidencing this aspect, we consider that,
although it is erroneously interpreted that article 25 of the Criminal Code establishes
that the perpetrator and the primary accomplice must have the same specific penalty,
the perpetrators must have a greater criminal reproach than the interested parties, in
the framework of article 45 of the Criminal Code and the principles of proportionality
and equality. / Trabajo académico
|
4 |
La coautoría en el derecho penal : ¿es el cómplice primario un coautor?Rosales Artica, David Emmanuel 08 May 2013 (has links)
Son diversas las formas en las que el comportamiento humano se puede
estructurar a fin de configurar una autoría criminal. Ésta no termina con la realización
directa y de propia mano de los hechos descritos en los tipos penales de la Parte Especial
del Código Penal (autoría inmediata por dominio de la acción), ni tampoco con la
ejecución de éstos por intermedio de una persona que lleva adelante la voluntad del
“hombre de atrás” al haber sido reducida por éste a la categoría de instrumento (autoría
mediata por dominio de la voluntad). La fenomenología de la codelincuencia nos muestra
que el quebrantamiento de las normas penales, puede realizarse también a través de la
actuación conjunta de varias personas (coautoría como dominio del hecho funcional).
Esta última forma de vulneración de la norma penal se suele denominar en el
Derecho penal como coautoría. Tanto de su regulación en los Códigos Penales como de
su propia naturaleza, la coautoría se explica como una figura de intervención en el delito
mediante la cual la determinación del sujeto del hecho contenido en los tipos penales se
extiende a aquellos que toman parte del dominio colectivo del hecho y su ejecución, con
el fin que todos ellos puedan ser considerados como autores del hecho conjunto. En este
sentido, la coautoría es una forma de extensión de la responsabilidad, siendo este el
motivo para que se haga referencia a ella como modalidad impropia o imperfecta de
participación, en contraste con sus manifestaciones propias: instigación y complicidad.
Ahora bien, una de las consecuencias que trae consigo esta interpretación de la
coautoría como extensión de la responsabilidad o forma imperfecta de participación sería
la demanda por implementar los parámetros que coadyuven a delimitar entre lo que es
coautoría y lo que es complicidad. En efecto, usualmente el principal inconveniente en el
campo de la intervención delictiva se ha asociado a la diferenciación entre coautores y
cómplices. Sin embargo, los problemas de delimitación han aumentado con la regulación
en algunas legislaciones penales de una forma de intervención criminal denominada
complicidad primaria y ubicada en una zona intermedia entre la coautoría y la
complicidad.
|
5 |
¿Coautoría en los delitos de infracción de deber?: Análisis de la figura de la coautoría respecto a si es posible o no su aplicación en los delitos contra la administración públicaBohorquez Guevara, Mary Yomalisi 17 April 2023 (has links)
En el presente artículo tenemos como objetivo principal pronunciarnos y sentar
posición respecto al debate existente que surgió a raíz de la aplicación o no de la
figura de la coautoría en los denominados delitos de infracción de deber.
Para ello, hemos realizado la revisión de doctrina nacional e internacional, así como
también de la jurisprudencia nacional, para así poder establecer y explicar lo
desarrollado respecto a este tema. Es por ello que, ha sido importante establecer
definiciones respecto a conceptos importantes, como la teoría del dominio del hecho
y la teoría de infracción de deber, las cuales serán utilizadas para poder distinguir
entre quiénes responden como autores o partícipes frente a la comisión de un hecho
ilícito.
Asimismo, hemos explicado cómo ha sido definida la figura coautoría, para
seguidamente desarrollar los argumentos bajo los cuales un sector sostiene que
esta figura si debe aplicarse cuando estamos frente a los delitos de infracción de
deber, y los argumentos en los cuales se basa otro sector, el cual sostiene que esta
figura no puede aplicarse en dichos delitos.
Finalmente, hemos hecho mención a algunas consecuencias prácticas que trae
consigo el no sentar posición respecto a este tema en concreto, haciendo referencia
principalmente a la vulneración de la garantía del debido proceso. / The main objective of this article is to pronounce ourselves and establish a position
regarding the existing debate that arose as a result of the application or not of the
figure of co-authorship in the so-called crimes of breach of duty.
For this, we have carried out the review of national and international doctrine, as well
as national jurisprudence, in order to establish what has been developed regarding
this topic. That is why it has been important to establish definitions regarding
important concepts, such as the theory of control of the act and the theory of
infringement of duty, which will be used to distinguish between those who respond as
perpetrators or participants in the commission of a crime. wrongful act.
Likewise, we have explained how the co-authorship figure has been defined, to then
explain the arguments under which a sector maintains that this figure should be
applied when we are facing crimes of breach of duty, and the arguments in which a
sector maintains that this figure cannot be applied in said crimes.
Finally, we have mentioned some practical consequences of not taking a position on
this specific issue, referring mainly to the violation of the guarantee of due process. / Trabajo académico
|
Page generated in 0.0636 seconds