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El amparo de aguas — estudio de la acción de amparo judicial instituida en el código de aguasUrqueta Tejada, Luis Abel January 2008 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / Las aguas de la casi totalidad de las cuencas de nuestro país, que se pueden destinar a los usos agrícolas, industriales, mineros, de generación de energía, acuicultura, etc., ya se encuentran otorgadas y además, la DGA, a solicitud de los interesados, ya ha decretado zonas de escasez de aguas subterráneas o el agotamiento de cuencas hidrográficas en varias zonas del país, de manera que los conflictos en el aprovechamiento de dichas aguas son cada vez más frecuentes y de mayor relevancia. Asimismo, debe agregarse el fenómeno de la sequía, que ya no sólo afecta a las zonas semi áridas de nuestro país.
A lo anterior, debe sumarse el aspecto ecológico del problema del agua, que cada vez adquiere mayor relevancia, la que ya se ha reflejado en nuestro ordenamiento jurídico general con la Ley General de Bases del Medio Ambiente y en el Derecho de Aguas en particular, con la incorporación al Código de Aguas, en las modificaciones introducidas por la Ley Nº 20.017, de 16 de Junio de 2005, sobre normas de protección ecológica de los cauces
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La idoneidad del caudal ecológico mínimo como herramienta de protección ambiental del derecho nacionalGonzález Guerrero, María Francisca January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Esta investigación tiene la intención de realizar un análisis acerca de la idoneidad de la regulación del Caudal ecológico mínimo como una norma de protección ambiental respecto de los objetivos establecidos en el art. 129 bis 1 del Código de Aguas: la preservación de la naturaleza y protección del medio ambiente. Así, en este trabajo se contextualiza la política hídrica vigente en Chile, las problemáticas que ésta enfrenta y la incorporación del Caudal ecológico mínimo dentro de este contexto como una norma destinada a la protección del desarrollo de los ecosistemas.
En el primer capítulo, se efectúa un análisis de la historia de los principales cuerpos normativos que regulan las aguas en Chile (Constitución Política de la República, el Código Civil y el Código de Aguas), para luego realizar una revisión de los tratados internacionales ratificados por Chile que han abarcado la materia, con el fin de contextualizar la política hídrica nacional. En el segundo capítulo se estudia la configuración del Caudal ecológico mínimo en la regulación, la que abarca desde la discusión parlamentaria hasta la posterior formulación de norma, analizando los objetivos que esta persigue y su aplicación. Por último, en el tercer capítulo, se desarrollan críticas acerca de la idoneidad de la norma, se analiza la reforma al Código de Aguas en curso respecto del art. 129 bis 1 y, finalmente, se da una propuesta sobre consideraciones necesarias para establecer una nueva regulación.
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Nueva mirada al derecho de aprovechamiento de aguas en Chile, a la luz de los principios del derecho medio ambientalSpoerer Rodrik, Katia January 2016 (has links)
Memoria (para optar al grado de licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
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El cambio de la naturaleza jurídica de las aguas en Chile, paso de aguas privadas a públicas. — un proceso jurídico especialCarrillo Avila, Saúl Paulo Esteban January 2008 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Especial, ese es el adjetivo que más se ajusta para definir el cambio de que trata este trabajo. Es especial por la materia particular en que se enmarca, el derecho de aguas, pero lo es aún más por las características específicas que tuvo.
El tema sobre que versa este trabajo es el cambio de la naturaleza jurídica de las aguas en Chile. Dicho cambio se produce a fines de la década del sesenta, y su contexto está dado por las modificaciones originadas en el proceso de la Reforma Agraria.
Debido a que se trata de un cambio, menester es que exista un antes y un después de él, y algún elemento que lo produzca, que es a la vez referencia de este antes y después. Son éstos los principales aspectos aquí analizados. El antes y el después está constituido por la diferencia en la naturaleza jurídica de las aguas, antes privadas, después públicas. El elemento que lo produce, la legislación respectiva, una particular convergencia de la ley de reforma agraria y una ley de reforma constitucional.
Para analizar cómo se produjo este cambio en la naturaleza jurídica de las aguas, en un primer capítulo haremos una breve referencia de cuál ha sido esta naturaleza jurídica en los diferentes cuerpos normativos desde el Código Civil. Posteriormente, en el capítulo segundo se analizará en detalle cómo se produjo este cambio, la legislación relevante respectiva, y el mecanismo jurídico especial empleado para ello. Finalmente, en el capítulo tercero se verán cuales han sido las características principales de los derechos de aprovechamiento en las distintas normativas
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Administración Privada del Agua en Chile a Través de Organizaciones de Usuarios — Estudio exploratorio en organizaciones de base del Estero Chimbarongo, Valle de Colchagua, VI regiónBaeza Vásquez, Karin January 2008 (has links)
La investigación aborda las problemáticas y desafíos de la gestión del agua de riego en Chile, a partir de un estudio de caso en las organizaciones de base de de la subcuenca del Estero Chimbarongo. Su objetivo es explorar y describir los activos sociales internos que manifiestan estas organizaciones, así como también las articulaciones que establecen con entidades de distinto nivel jerárquico-legal, y con la institucionalidad pública asociada al riego. Con esto se busca aportar al conocimiento y comprensión de niveles de análisis que han sido poco visibles en el marco de la privatización de los recursos hídricos desarrolla en el país desde el año 1981.
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El caudal mínimo ecológico en traslado del ejercicio de derecho de aprovechamiento : una aproximación desde el derecho administrativoOrtiz Méndez, Matías Esteban January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La imposición de un Caudal Ecológico Mínimo (CEM) en el acto administrativo que
autoriza el traslado del ejercicio de un derecho de aprovechamiento de Aguas (DAA) es un
tema controvertido en instancias administrativas, judiciales y en la literatura doctrinaria de
Derecho de Aguas. Sin embargo, no ha sido analizado desde una perspectiva del Derecho
Público, lo que puede tener importantes consecuencias, tanto en la limitación de las facultades
de la administración sectorial, concerniente al Derecho Administrativo; como en la efectiva
protección del recurso natural, concerniente al Derecho Ambiental. El presente ensayo explora
el tratamiento sobre el Caudal Ecológico Mínimo que ha hecho la literatura ambiental y
sectorial en Chile, así como la aplicación que se le ha dado por la Dirección General de Aguas.
En este trabajo argumentamos tres cosas, en primer lugar, que la interpretación amplia del
dispositivo que ha hecho la Dirección General de Aguas (DGA) en favor de asignar un CEM a
los DAA, ante un traslado de su ejercicio, no se condice con la literalidad del artículo 129 bis 1
del Código de Aguas; en segundo lugar, que siendo acertado el intento de la administración
por dejar el tenor literal de la disposición legal por una interpretación que sea coherente con el
sistema (maximizando la aplicación del dispositivo en consideración al deber constitucional del
organismo, sobre la protección de los recursos naturales y medio ambiente), tal solución falla
al contradecir una serie de normas elementales para la disciplina; por este motivo y en tercer
lugar, proponemos una interpretación alternativa, que permite mediante la legítima aplicación
de las potestades implícitas otorgadas por la propia normativa sectorial y ambiental vigente,
arribar a un resultado que haga efectiva la conservación del recurso, sin renunciar a la
coherencia dogmática de las instituciones del Derecho de Agua.
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