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Manifestaciones del derecho penal del enemigo en la ley no. 20.000

Ríos Alvarez, Rodrigo Hernán January 2011 (has links)
Tesis (para optar al grado académico de magíster en derecho, con mención en derecho público) / En el presente trabajo, se pretende realizar un análisis de la Ley Nº 20.000, que sanciona el tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y sicotrópicas, para efectos de examinar el contenido y alcance de alguna de sus normas, para luego poder determinar si en la transversalidad de su articulado existen argumentos o no para sostener que la misma sea una ley que responda a los caracteres de lo que en doctrina se ha denominado como “derecho penal del enemigo”, manifestación del derecho que se caracteriza por una rebaja las barreras de afectación de las garantías fundamentales, adelantamiento de las barreras de punibilidad, y un marcado rigor punitivo, dentro de otras características. Para lograr lo anterior, primero que todo nos aproximaremos a los planteamientos doctrinarios que dieron origen a esta discusión, por ello, en el primer capítulo de nuestro trabajo abordaremos de manera general los principales enunciados formulados por Günther Jakobs en esta materia, desde 1985 hasta nuestros días. Así, presentaremos los enunciados fundamentales de quien acuñó el concepto “derecho penal del enemigo”, para de esa forma poder comprender de mejor manera su contenido. Acto seguido, para hacer de inmediato un contrapunto, expondremos alguna de las principales críticas que han surgido en el mundo académico, en distintas latitudes. Así, expondremos los reparos formulados por Manuel Cancio Meliá, destacado como uno de los principales críticos al pensamiento de Jakobs en lo que dice relación con el derecho penal del enemigo. Luego, revisaremos la contundente crítica realizada por el profesor brasileño Luís Greco, quien desacredita al derecho penal del enemigo desde tres perspectivas (como concepto legitimador-afirmativo, descriptivo y denunciador-crítico). Continuando con esta revisión de los pensamientos detractores, pasaremos revista a los argumentos planteados por los destacados penalistas alemanes Bernd Schünemann y Urs Kindhäuser, quienes desde diversas perspectivas coinciden en restar todo tipo de valor a este tipo de manifestaciones, en especial por erosionar los cimientos del Derecho penal del Estado de Derecho. Finalmente, dentro de estas perspectivas, quisimos incluir el aporte del profesor chileno, Juan Pablo Mañalich Raffo, para así entregar una visión desde la doctrina nacional en torno a este debate. La propuesta de Mañalich se muestra del todo novedosa al realizar un análisis desde sede constitucional, a partir del concepto de ciudadanía y su relación con las consecuencias que se derivan de la imposición de penas aflictivas, lo que llevaría a constatar el reconocimiento del derecho penal del enemigo en nuestro ordenamiento jurídico, todo eso sí, en clave crítica a la legitimación de esta forma de entender el derecho penal. Hecho este contrapunto, interesante será mostrar como cierre de este primer capítulo la recepción favorable que esta tesis del derecho penal del enemigo ha tenido Sudamérica, y en especial en nuestro país, para ello hemos escogido la visión del destacado profesor peruano Percy García Cavero, referente en materia de Derecho penal económico, quien manteniendo un hilo conductor con Jakobs desde la visión funcional-estructuralista defiende a grandes rasgos el constructo del profesor de la Universidad de Bonn. Luego, hemos decidido elegir a dos autores nacionales para efectos de exhibir que la tesis en comento ha tenido buena acogida por parte de nuestra doctrina. Así, los trabajos de Juan Ignacio Piña y de Mario Schilling Fuenzalida constituyen excelentes muestras de lo anterior, con el adicional de que cada una de ellas construye su adhesión a la tesis de Jakobs desde posturas totalmente diversas. El primero haciendo eco de todo el aporte de la teoría de los sistemas sociales de Niklas Luhmann, con el puente necesario para llegar al pensamiento de Günther Jakobs, mantiene una fidelidad total a dicha visión funcionalista radical aplicada al derecho. Por su parte Schilling Fuenzalida se aleja por completo del camino lógico seguido por Piña Rochefort, intentando buscar una legitimación al derecho penal del enemigo desde la construcción teórica del filósofo alemán Hans Jonas, justificando su adopción y utilización en las sociedades actuales en aras de una mayor seguridad y paz social. Este recorrido por las distintas opiniones a nivel doctrinario será el aspecto central del primer capítulo de nuestro trabajo.
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El agente encubierto de la Ley 20.000

Balbontín Meneses, Carlos Alberto January 2007 (has links)
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Uso ritual de sustancias y su eventual contradicción con la Ley no. 20.000 que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas : análisis jurisprudencial

Serrano León, José Tomás, Pérez Sommariva, Álvaro Antonio January 2017 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales / La Ley N°20.000, que regula y sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y psicotrópicos, ha sido materia de discusión en la doctrina penal chilena. Con todo, los tribunales de justicia que están llamados a dar aplicación a dicha ley no habían abordado en su práctica jurisdiccional ciertos problemas de aplicación y de comprensión cabal de ciertos preceptos de la misma. Este trabajo busca recoger el criterio aplicado de un tiempo a esta parte por la Corte Suprema de Chile, por medio de la introducción en este trabajo de conceptos antropológicos vinculados al uso de las sustancias reguladas. Asimismo, buscamos dar con un marco constitucional básico que nos permita entender cabalmente las referencias, tanto claras como implícitas, de las decisiones que la Corte Suprema ha tomado, dando un aparente giro considerable a la forma de interpretar y aplicar ciertos preceptos centrales de la Ley N°20.000. En fin, este trabajo desarrolla, a la luz de los nuevos criterios, ideas con base jurídica con el objeto de desarrollar y dar mayor comprensión dogmática y doctrinaria a este nuevo criterio.
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Asociación ilícita para cometer delitos de narcotráfico

Ruz Castillo, Pedro Edgardo January 2014 (has links)
Tesis (magíster en derecho con mención en derecho penal) / El presente trabajo se denomina “Asociación Ilícita Para Cometer Delitos de Narcotráfico. Artículo 16º de la Ley Nº 20.000, Configuración, Bien Jurídico y Jurisprudencia”, y tiene como objeto analizar la figura típica de dicho artículo, que establece el delito de la Asociación Ilícita para cometer delitos de tráfico de drogas. El análisis se efectúa desde una perspectiva global del fenómeno del combate al narcotráfico por medio de la utilización del derecho penal como herramienta de persecución. Es así que se plantea que siendo el fenómeno del narcotráfico un fenómeno cultural, la Ley Nº 20.000, y por lo tanto la figura establecida por su artículo 16º, deben ser entendidas e interpretadas desde dicha óptica. Asimismo, se centra el análisis en establecer cuáles son los alcances del tipo penal en comento, cuales son los bienes jurídicos que efectivamente protege la figura del artículo 16º, cual es su relación con la Asociación Ilícita del Código Penal y como ha sido entendida por la jurisprudencia reciente del país. Palabras Claves: Artículo 16º, Artículo 292º, Asociación Ilícita, Fenómeno cultural, Ley Nº 20.000, narcotráfico, penalidad, tipo penal
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Análisis Crítico de la Ley Nº 20.000

Pavez Farias, Juan Andrés, Prat Lopicich, Arturo Alejandro January 2006 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
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Revisión y análisis de criterios judiciales aplicados en la interpretación de la expresión pequeñas cantidades del artículo 4o. de la Ley 20.000 en la Región de Coquimbo entre los años 2005 y 2009

Narvaez Candias, Pedro Arturo January 2010 (has links)
Memoria (para optar al grado de magíster en derecho mención en derecho penal) / Esta actividad formativa equivalente a tesis forma parte de las exigencias académicas requeridas para optar al título de Magister en Derecho Penal de la Escuela de Graduados de la Universidad de Chile, y su objetivo general es establecer los criterios judiciales que han utilizado en la Cuarta Región del país la respectiva Corte de Apelaciones y los Tribunales de Juicio Oral en lo Penal de la ciudad de La Serena y Ovalle, en la interpretación de la expresión ”pequeñas cantidades” utilizada por el tipo penal previsto y sancionado en el artículo 4° de la ley 20.000 denominado doctrinaria y judicialmente “microtráfico”. De acuerdo a estas premisas el esquema del presente trabajo se estructura en 3 partes principales, con sus respectivos capítulos o apartados, más la introducción y las conclusiones. La primera parte contiene la evolución histórica del establecimiento del delito, que comprende la historia fidedigna del artículo 4° de la Ley 20.000 e incluye los comentarios relevantes al contenido del mensaje presidencial y al proyecto de la ley 20.000 enviado en su momento al Congreso Nacional, citando los aspectos más importantes de su tramitación y discusión en el parlamento, información que permitirá conocer las razones político-sociales y jurídico penales tenidas en cuenta, tanto por el Ejecutivo para proponer la tipificación de este delito y las que tuvo en consideración el legislador para introducir cambios al texto propuesto y para su aprobación final. Varias obras nacionales y la base de datos de la Biblioteca del Congreso Nacional resultaron de gran utilidad y aporte en esta parte de la investigación. La segunda parte está destinada al análisis y comentario de la estructura típica de la norma del artículo 4° de la ley 20.000, que se inicia con comentarios previos al artículo y una referencia al derecho comparado que se estimó ilustrativo, especialmente la legislación peruana y española que establecen un tratamiento legal similar para el tráfico menor de drogas. Se analizan todos los aspectos dogmáticos y elementos normativos fundamentales del delito de microtráfico, donde hay puntos comunes con los del delito de tráfico ilícito tales como el bien jurídico protegido, la naturaleza jurídica y el objeto material entre otros. Aquí tuvo mucha utilidad no sólo las obras nacionales, sino también las obras y artículos de la literatura española que cuenta con un avanzado desarrollo del tema vinculado al tráfico en general. La tercera y última parte se refiere al análisis dogmático y jurisprudencial del concepto “pequeña cantidad”, base principal de esta actividad y que incluye un análisis tanto de la jurisprudencia nacional como de la 4° región, lo que permitirá hacer un contraste entre ambas experiencias judiciales. Se contiene aquí un desarrollo y análisis detallado de cada uno de los distintos criterios que se han utilizado en la región de Coquimbo para determinar el elemento pequeña cantidad, en base a las sentencias recogidas en la zona ordenadas cronológicamente dentro de cada criterio analizado. Asimismo, se estimó conveniente en dicho análisis efectuar conclusiones preliminares a medida que se avanzaba en el trabajo como una manera de ir consolidando las que serían las conclusiones finales, lo que permite tener una visión de conjunto de esta parte de la actividad. Aquí los trabajos nacionales de Cisternas Velis, Luciano y Navarro Dolmestch, Roberto resultaron muy útiles por el contenido y los comentarios que realizaron de sentencias de otras regiones del país. A continuación de la tercera parte se encuentran las conclusiones, el índice de la bibliografía, el índice general, un índice sistematizado de las sentencias utilizadas y citadas en la investigación ordenadas por criterios y finalmente las 79 fichas en que fueron resumidas las sentencias recogidas en la 4° región del país, según formato predeterminado.
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Análisis criminológico del microtráfico en la sexta región

Gana Rojas, Sergio Alfonso January 2008 (has links)
Tesis (magíster en derecho) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / El desarrollo del presente trabajo fue estructurado en tres grandes áreas, que dieron origen a los capítulos titulados: 1.- Marco conceptual y legal; 2.- Criminología y microtráfico en la VI Región, y 3.- Determinación del injusto penal por el sentenciador. En aras de lograr nuestros objetivos, resultó primordial describir la Sexta Región, en forma amplia pero detallada. Recurrimos a datos estadísticos recogidos en diversas fuentes de información y en la experiencia de este redactor como habitante de la capital regional. Superficie, organización administrativa, población, distribución de la misma entre sectores urbanos y rurales, principales ciudades, implementación de servicios públicos, fuentes económicas, características de las jornadas laborales mineras, agroindustriales, agrícolas de temporadas y del comercio establecido como del comercio ilegal. El éxodo masivo de los campamentos mineros a la ciudad de Rancagua, el impacto habitacional que esto originó, las consecuencias de la creación de viviendas sociales de emergencia en el sector nororiente de Rancagua y la erradicación de los campamentos de la periferia de Santiago. En los sectores rurales aledaños a la capital regional, el impacto social que ha significado la actividad agroindustrial, en relación con el trabajo agrícola tradicional. El lugar de privilegio que ocupan la Sexta y Séptima Región, en el decomiso de plantas de cannabis sativa. Causas judicializadas en esta materia en nuestros Tribunales e implementación penitenciaria en la Sexta Región.
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Análisis crítico de la política criminal de guerra contra las drogas y su expresión en la Ley No. 20.000

Alvarado Cabrales, Daliksa, Márquez López, Francisca January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La sociedad avanza a un ritmo vertiginoso, la moral y las buenas costumbres son conceptos que sólo encuentran determinado contenido en relación a una época, y las normas legales no pueden hacer más que adaptarse a los cambios. Las drogas, han formado parte de diversas culturas a lo largo de la historia, y la relación que el ser humano ha establecido con ellas ha mutado de un tiempo a otro. Desde hace ya casi medio siglo que a nivel mundial se ha impuesto sin contrapesos una política de drogas de orden criminal, represiva y muy costosa, que ha venido a romper con toda posibilidad de acercamiento a determinadas sustancias, denominadas sicotrópicas o estupefacientes. Esta política se ha denominado “Guerra contra las drogas”. Lo cierto, es que hoy por hoy, no ha disminuido la cantidad de drogas, ni su consumo ni su distribución, y que se ha gastado una cantidad abismante de recursos sin ver cumplidos los objetivos propuestos. Se vuelve imperioso desarrollar políticas públicas efectivas y eficientes, con medidores de impacto reales que demuestren los avances de modo concreto, orientándose al desarrollo de individuos por sobre su criminalización. Esta memoria es un pequeño aporte en ese sentido.
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Análisis jurídico del artículo 61 de la Ley no. 20.000

Grez Morel, Lucas January 2019 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El presente trabajo trata sobre el origen, fundamento, sentido y alcance del artículo 61 de la ley N°20.000, según el cual se establece que a los abogados que se desempeñen como funcionarios o empleados a cualquier título en la Administración del Estado les estará prohibido ejercer la defensa o representación de personas imputadas por delitos contemplados en la ley que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes, so pena de ser sancionados con la destitución del cargo, la cesación del contrato u otra medida disciplinaria dependiendo de la gravedad de la conducta que se le atribuye al imputado patrocinado o representado. Dicha norma encuentra su origen y fundamento en la política criminal de corte represivo- preventivo sobre control de drogas imperante en el mundo, la cual, además de haber generado distintos instrumentos internacionales sobre la materia, ha ejercido una influencia sustancial sobre el ordenamiento jurídico chileno. En ese sentido, intentaremos dilucidar si el precepto en comento se ajusta o no a lo dispuesto en nuestra Carta Fundamental, toda vez que su aplicación implica la restricción de ciertos derechos y libertades fundamentales consagrados por nuestra Constitución.
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Aproximación a un análisis transversal de las distintas formas de agravación por coautoría

Pefaur Cornejo, Ignacio January 2014 (has links)
(Magíster en derecho con mención en derecho penal) / El presente trabajo propone primeramente, atendiendo al hecho de que se aprecia como una práctica habitual en la comisión de gran parte de los ilícitos contemplados en nuestro ordenamiento jurídico penal la concurrencia de más de un sujeto activo, un acercamiento a cada una de las figuras criminales en las cuales se considera la existencia de una agrupación o de una pluralidad de individuos en su verificación. En este sentido, se plantea que no todas ellas son constitutivas de delitos per se, sino que existen asimismo algunas que vienen en agravar o intensificar la afectación o daño provocado a los bienes jurídicos respectivos, denominadas circunstancias modificatorias de la responsabilidad penal. Asimismo, mientras algunas se verifican con la sola concurrencia numérica y objetiva de más de un sujeto, otras requieren de otro tipo de elementos para tenerse por establecidas, en este aspecto se obtiene que según el caso la pluralidad de sujetos al momento de la comisión de los ilícitos puede configurarse tanto a partir de la simple unión de dos o más sujetos previamente concertados, hasta la constitución de complejas organizaciones criminales denominadas en nuestro ordenamiento jurídico penal como asociaciones ilícitas. En segundo lugar, se apunta a llevar a cabo una aproximación a un análisis de carácter transversal a las distintas figuras tratadas, estableciendo sus elementos comunes y en definitiva, buscar determinar si cada una de ellas individualmente consideradas, constituye o no una forma de agravación por coautoría

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