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Las aguas de derrames en la legislación chilena

Yáñez Torres, Ximena Loreto January 2011 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Al escuchar la expresión “derrames de agua”, en general, lo primero que pensamos es en una acción descuidada y negligente en que dejamos caer o desperdiciamos parte de este vital recurso. Dicha expresión, en la legislación de aguas vigente, no tiene ese significado de descuido y pérdida, sino que, por el contrario, se refiere a una de las formas en que se presenta jurídicamente el uso de este importante bien económico que es el agua. A lo largo de este trabajo se ha buscado sistematizar su tratamiento jurídico en nuestra legislación de aguas. Para dicho objetivo, en primer lugar se analiza el concepto de las aguas de derrames, ya sea en la técnica agrícola, actividad en que tienen su origen, en la doctrina jurídica, la jurisprudencia, la evolución que ha tenido dicho concepto a través de las distintas legislaciones de aguas, hasta llegar al concepto actualmente vigente. En segundo lugar, se ha precisado la naturaleza jurídica de las aguas de derrames, conforme a la clasificación que de las aguas terrestres hace el código de aguas. En el capítulo tercero se ha establecido en qué situaciones estamos en presencia de producción de aguas de derrames, cómo se realiza su aprovechamiento o utilización, y la posibilidad de constitución de derechos de aprovechamiento sobre ellas; la celebración de actos o contratos que las tengan a ellas como objeto, lo que se profundiza en relación a la constitución de servidumbres en el capítulo siguiente. Finalmente, se han señalado las principales actividades económicas que utilizan agua para su desarrollo y si existe o no producción de aguas de derrames en cada una de ellas.
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La regulación del servicio de agua potable y sus consecuencias en los índices de pobreza en Chile

Espinoza Chacoff, Pía Javiera January 2012 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Es de público conocimiento y afianzado saber científico que el agua es de los elementos más importantes para la vida de cualquier persona, indicándola incluso como el “elemento vital”. Desde el comienzo de los tiempos ha determinado el afianzamiento de los pueblos a su alrededor y significado la prosperidad de los mismos. El acceso a ella ha sido desde siempre objeto de ajusticiamientos y batallas, exteriores y locales, demostrando así el lugar prioritario en cualquier tipo y forma de asentamiento humano. Nuestro país no ha sido excepción: si bien está dotado de un extenso mar y generosos afluentes de agua dulce estupendos para el consumo humano, en los tiempos de la Colonia, sólo algunos tenían acceso a las aguas más limpias y frescas; en Santiago, por ejemplo, únicamente eran las familias que poseían grandes bidones de arcilla (para mantenerla fría) y carretillas, las que podían acceder al mejor afluente de la cuenca, la quebrada de Ramón, agua que luego sería usada para beber, cocinar y bañarse. Para lavar la ropa, la servidumbre ocupaba el río Mapocho, el mismo lugar de donde el resto de la población sacaba el elemento para sus necesidades básicas. Así la historia, a pesar de seguir siendo considerada como imprescindible, el agua pasó a convertirse en un bien cada vez más escaso, y por lo tanto, cada vez más difícil de acceder. Lo anterior hizo necesario que la autoridad se hiciera cargo de su regulación. En un primer término, fue parte de las competencias políticas de los gobernantes como normas del estilo “policía” de la época, por lo que su estudio correspondía al sector público del derecho. En una segunda instancia, su regulación estuvo a cargo del derecho privado, especialmente porque se identificó el derecho al agua como un derecho accesorio a la tierra. Finalmente, con el tratamiento químico de la misma y su distribución a cada casa en forma particular a través de cañerías, se crearon organismos del Estado especializados, las que luego pasaron a ser empresas públicas. 2 Hoy en día, desde la modificación a la Ley General de Servicios Públicos (DFL 382 de 1988, de Obras Públicas) el panorama orgánico de la regulación del agua potable y el alcantarillado está inscrito en el sector privado. Sin embargo y como en todos los países del mundo, sigue existiendo un margen de población viviendo en carencia y desigualdades en el acceso y consumo de bienes y servicios entre diferentes estratos socio-económicos
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Las comunidades de aguas subterráneas en Chile : regulación, problemas y prospectivas

Ravanal Salinas, Nicole Vanessa January 2011 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Incuestionable es la importancia que representa el agua actualmente en el mundo entero, siendo un recurso de gran valor para el desarrollo de diferentes actividades industriales, agrícolas y energéticas, como así también de vital relevancia para la vida humana. El interés por las comunidades de aguas subterráneas surge al advertir la carencia de una regulación adecuada de las organizaciones de usuarios de aguas subterráneas, dentro de la legislación general del derecho de aguas vigente, en tiempos donde la asociatividad entre los usuarios cobra particular relevancia para una mejor gestión de los acuíferos. La actual regulación de las organizaciones de usuarios en el Código de Aguas presenta problemas estructurales al tratar en forma conjunta instituciones propias de las aguas superficiales aplicadas al recurso hídrico subterráneo, situación que será abordada en este trabajo de investigación y que constituye el eje del mismo. La carencia de normativa legal apropiada ha llevado a la Administración a suplir las deficiencias con actos administrativos como la Resolución DGA N° 425, de 2007, que constituye la principal fuente normativa de las aguas subterráneas en Chile. Como consecuencia de lo anterior, se presentan una serie de problemáticas en cuanto a la determinación de los supuestos fácticos que determinan el origen de una comunidad de aguas subterráneas, su ámbito de competencia, su procedimiento de registro en la Dirección General de Aguas, la relación con otras organizaciones de usuarios y la falta de conceptualización -legal y técnica- de los elementos que componen el sistema de las aguas subterráneas.
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Análisis desde la justicia hídrica a la mercantilización de los derechos y contratos de agua en la región de Antofagasta

González Sepúlveda, Tamara January 2018 (has links)
Memoria para optar al título de Geógrafa
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Informe de la Resolución No. 111-2020-ANA-TNRCH

Padovani Barrientos, Salvatore Eugenio 21 July 2023 (has links)
El presente informe jurídico desarrolla y analiza el conflicto acontecido entre una persona jurídica (Hacienda el Potrero S.A.C) con derecho otorgado para uso de agua para riego, frente a los operadores hidráulicos (Comisión de Usuarios “La Papaya”), los cuales comparten la misma infraestructura hidráulica, el canal de San Juan de Marañón. Al respecto, se emplea el método dogmático enfocado en analizar fuentes escritas en materia de leyes, regulaciones administrativas, sentencias, resoluciones administrativas y artículos académicos de análisis para poder determinar las potestades y limitaciones conferidas a dichos operadores, en contraste con el reconocimiento de los derechos conferidos por la Administración Nacional del Agua para el aprovechamiento del agua. A lo largo del informe, se presentan puntos relevantes de discusión que involucran el caso, como son los establecimientos de tarifas extraordinarias hacia la empresa usuaria del agua, las facultades que poseen las Juntas de Usuarios de Agua y las Comisiones correspondientes. Asimismo, la idoneidad de la determinación de responsabilidad para sancionar al presidente y los demás integrantes de la Comisión. Finalmente, se proponen reflexiones y recomendaciones sobre la naturaleza de los operadores y la atención en su regulación para evitar posteriores conflictos de naturaleza similar / This legal report develops and analyzes the conflict that occurred between a company (Hacienda el Potrero S.A.C) with the right granted to use water for irrigation, against the hydraulic operators (La Papaya Users Commission), which share the same hydraulic infrastructure., the channel of San Juan de Marañón. In this regard, the powers and limitations conferred on these operators will be analyzed, in contrast to the recognition of the rights conferred by the National Water Administration for the use of water. Throughout the report, relevant points of discussion that involve the case are presented, such as the establishment of extraordinary rates for the company and the organization of the Water Users Boards and the corresponding Commissions. Likewise, the suitability of the determination of responsibility to sanction the members of the Commission is reviewed. Finally, reflections and recommendations are proposed on the nature of the operators and the attention in their regulation to avoid later conflicts of a similar nature
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La dimensión interlegal de la gestión del agua en San Andrés de Tupicocha, Huarochirí, Lima, Perú (1942-2015)

Segura Urrunaga, Frida Isabel 22 February 2017 (has links)
La comunidad campesina de San Andrés de Tupicocha está ubicada en la provincia de Huarochirí, en la sierra del departamento de Lima y es conocida por sus quipus, amunas y reservorios (ver mapa 1/anexo 1). Aunque hasta hace poco menos de diez años Tupicocha era un pueblo más entre todos los que sufren la escasez de agua en la cuenca del río Lurín, en los últimos años los comuneros han impulsado un proceso de cambio que consiste en rescatar el valor de la lluvia como la principal fuente de agua en la región andina. Este proceso de cambio ha sido desarrollado a través de una compleja estructura social en la que conviven autoridades de origen prehispánico y de procedencia estatal. Esta complejidad institucional se debe a que a lo largo de la historia, Tupicocha ha experimentado una serie de creaciones y reproducciones legales. Durante el siglo XIX fue un anexo del distrito de San Damián, en el año 1935 fue creada como comunidad de indígenas, en 1943 adquirió la categoría de distrito (ver mapa 2/anexo 1) y en 1970 fue renombrada como comunidad campesina. Además, en lo relacionado a la legislación del agua, Tupicocha ha recibido la influencia de las tres normas de nuestra historia republicana, el Código de Aguas de 1902, la Ley General de Aguas de 1969 y la Ley de Recursos Hídricos de 2009.
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El acceso al agua y los derechos fundamentales de los pueblos amazónicos de Loreto

Pretell García, Pilar Geraldine 27 October 2016 (has links)
El tema elegido como objeto de estudio tiene como motivación el hecho que no existe suficiente investigación, a diferencia de lo que ocurre respecto a las comunidades campesinas y quienes viven en zonas periurbanas, que contenga un enfoque constitucional que analice la problemática del acceso al agua que tienen las comunidades nativas y los colectivos originarios que residen en la selva peruana. Durante el siglo XX, el olvido y la indiferencia hacia las personas que vivían en la selva del Perú persistieron y se agravaron, toda vez que el Estado no adoptó medidas eficaces que permitieran afrontar y atribuir responsabilidades por las violaciones a los derechos humanos de tales colectivos, sobre todo, durante la época del caucho. En consecuencia, se puede decir que, históricamente, el departamento de Loreto, desde antes de la etapa republicana, no ha sido uno de los temas centrales para las autoridades y gobiernos de turno, debido a las dificultades climáticas, del territorio y presupuestales, los cuales han solido ser justificación para no focalizar una mayor atención sobre el tema del agua para las comunidades nativas y los pueblos originarios. Si bien actualmente, existen algunos cambios, estos no resultan suficientes, dado que el progreso económico del país, reflejado en los indicadores de los últimos años, poco o casi nada de ello se ha visto manifestado en la vida cotidiana de los citados colectivos, dado que aún persisten carencias económicas, insuficiente satisfacción de necesidades básicas y, asimismo, marginación y discriminación. Ante esta situación real, hemos estimado conveniente elegir a las comunidades nativas y los colectivos originarios del departamento de Loreto, a fin que pueda visibilizarse una de la grandes problemáticas por las que atraviesan, que el acceso al agua sea posible en condiciones adecuadas. De otro lado, hoy en día resulta innegable reconocer la importancia de las actividades extractivas de hidrocarburos en la Amazonía del Perú, específicamente, en Loreto, cuyo inicio data desde la década de 1970, lo que ha conllevado ingresos considerables para el Estado, principalmente, para el Gobierno Nacional y, al mismo tiempo, impactos ambientales negativos que han ocasionado una afectación a muchas comunidades nativas y pueblos originarios en situación de aislamiento y contacto inicial, a quienes en conjunto denominaremos pueblos amazónicos, motivo por el cual ha significado que el Estado sea visto como un agente que no ha cumplido un rol tuitivo durante décadas.
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Nueva mirada al derecho de aprovechamiento de aguas en Chile, a la luz de los principios del derecho medio ambiental

Spoerer Rodrik, Katia January 2016 (has links)
Memoria (para optar al grado de licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
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How does the water right work 3 300 meters above sea level? / ¿Cómo funciona el derecho de aguas a 3300 m.s.n.m.?

Guevara Gil, Armando 10 April 2018 (has links)
The authorities in charge of managing our Andean basins work in unimaginable water-powered landscapes from the Peruvian legislator point of view. They should generate and apply peculiar mechanisms. Why? Because the national legislator is traditionally positioned on the coast, a region very different to the Andean highlands and punas. The use of ethnographic evidence coming from a drainage basin in the Central Andes (Mantaro River, Junin) lets me depict in detail how public officers appeal to mechanisms of location, adaptation and regulation in order to adjust the official regulations, to cover the needs of the farming organizations of watering, and to affirm their positions as representatives of the Peruvian government. The consequence is that they exceed and also violate the regulatory channels that control their administrative functions. In this way, they incorporate a new function to their official position, that is, to develop peculiar administrative patterns to process the tightness between the inflexibility of the State Water Right and the demands of recognition and balance that the andean watering organizations propose to the Government. / Las autoridades encargadas de gestionar nuestras cuencas andinas ejercen sus funciones en paisajes hidráulicos inimaginables para el legislador peruano. Para ello deben generar y aplicar mecanismos peculiares. ¿Por qué? Porque el legislador nacional se encuentra tradicionalmente parapetado en la costa, una región muy diferente a las sierras y punas andinas. El uso de evidencia etnográfica proveniente de una cuenca hidrográfica de los Andes Centrales (Río Mantaro, Junín) me permite detallar cómo los funcionarios estatales apelan a los mecanismos de localización, adaptación y regularización con el fin de modular la normatividad oficial, atender las necesidades de las organizaciones campesinas de riego y afirmar su papel como representantes del Estado peruano. El resultado es que desbordan y hasta violan los cauces normativos que regulan sus funciones administrativas. De este modo, incorporan una nueva función a su papel oficial que consiste en desarrollar peculiares prácticas administrativas para procesar la tensión entre la rigidez del derecho estatal de aguas y las demandas de reconocimiento y articulación que los regantes andinos le plantean al Estado.
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El cambio de la naturaleza jurídica de las aguas en Chile, paso de aguas privadas a públicas. — un proceso jurídico especial

Carrillo Avila, Saúl Paulo Esteban January 2008 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Especial, ese es el adjetivo que más se ajusta para definir el cambio de que trata este trabajo. Es especial por la materia particular en que se enmarca, el derecho de aguas, pero lo es aún más por las características específicas que tuvo. El tema sobre que versa este trabajo es el cambio de la naturaleza jurídica de las aguas en Chile. Dicho cambio se produce a fines de la década del sesenta, y su contexto está dado por las modificaciones originadas en el proceso de la Reforma Agraria. Debido a que se trata de un cambio, menester es que exista un antes y un después de él, y algún elemento que lo produzca, que es a la vez referencia de este antes y después. Son éstos los principales aspectos aquí analizados. El antes y el después está constituido por la diferencia en la naturaleza jurídica de las aguas, antes privadas, después públicas. El elemento que lo produce, la legislación respectiva, una particular convergencia de la ley de reforma agraria y una ley de reforma constitucional. Para analizar cómo se produjo este cambio en la naturaleza jurídica de las aguas, en un primer capítulo haremos una breve referencia de cuál ha sido esta naturaleza jurídica en los diferentes cuerpos normativos desde el Código Civil. Posteriormente, en el capítulo segundo se analizará en detalle cómo se produjo este cambio, la legislación relevante respectiva, y el mecanismo jurídico especial empleado para ello. Finalmente, en el capítulo tercero se verán cuales han sido las características principales de los derechos de aprovechamiento en las distintas normativas

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