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Ejercicio abusivo del derecho de acción y de petición y sus efectos en materia de libre competencia

Manríquez González, Vicente Maximiliano January 2011 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El presente trabajo tiene por objetivo el estudio de las conductas de abuso del derecho de accionar y del de petición, y sus efectos en materia de libre competencia, realizando un primer análisis acerca de estos derechos y de su consagración a nivel constitucional y legal, refiriéndonos acerca de los requisitos necesarios para su ejercicio. Una vez dibujada la esfera de protección de estas garantías, procederemos a analizar la teoría del abuso del derecho, determinando sus implicancias y desarrollándola particularmente a propósito del abuso procesal. Definido el abuso, tanto de la petición como de la acción, nos referiremos al tratamiento de este tema en materia de competencia, analizando principalmente la doctrina y jurisprudencia, nacional y extranjera, y razonar sobre su implicancia tanto desde la perspectiva de la libre competencia como de la competencia desleal. Determinada la ilicitud de esta conducta en el ámbito de la competencia, procederemos a tratar las diferentes formas en que estos derechos, petición y acción, pueden afectar la competencia en los mercados.
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El derecho de petición en el ordenamiento jurídico español: el artículo 29 de la Constitución Española y su proyección sobre la Ley 92/60

Hurtado Yelo, Juan José 17 March 1998 (has links)
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Recursos administrativos: conceptos, elementos y presupuestos. Un estudio comparativo de los regímenes peruano y uruguayo

Cajarville Peluffo, Juan Pablo 10 April 2018 (has links)
El artículo presenta una comparación de las principales características del recurso administrativo en el Derecho peruano y uruguayo. Teniendo como contexto la comparación de ambos marcos constitucionales y legales, se desarrolla la definición del recurso administrativo como ejercicio del derecho de petición para, posteriormente, realizar el análisis de los elementos esenciales y de los elementos no esenciales del recurso administrativo. Finalmente, el trabajo ofrece una visión cuestionadora de la regulación constitucional uruguaya y permite arribar a algunas conclusiones sobre ambos ordenamientos.
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El derecho de petición desde el período indiano hasta la constitución política de 1833

Escudero Valenzuela, Rodrigo Patricio, Paredes Carreño, Rodrigo Hernán January 2006 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Desde siempre ha existido la necesidad del desvalido de implorar protección a la autoridad, desde siempre ha existido la necesidad de brindarla. Es así como aparece el Derecho de Petición en la historia, como el instrumento a través del cual el sujeto en condición de desmedro vela por sus intereses y los de sus cercanos. Este trabajo pretende describir los orígenes históricos de tal instituto en nuestro ordenamiento jurídico, particularmente la manera en que fue concebido en dos períodos trascendentales de la historia como lo fueron el Indiano y el de forjamiento de nuestra República, período este último que termina por consolidarse con la Carta Fundamental de 1833. Optamos arbitrariamente por este criterio debido a que, con posterioridad a la Constitución Política de 1833, los textos constitucionales sólo se limitan a consagrar este derecho en los mismos términos sin abordar otros aspectos de forma o de fondoNote1. . Desde siempre ha existido la necesidad del desvalido de implorar protección a la autoridad, desde siempre ha existido la necesidad de brindarla. Es así como aparece el Derecho de Petición en la historia, como el instrumento a través del cual el sujeto en condición de desmedro vela por sus intereses y los de sus cercanos. Este trabajo pretende describir los orígenes históricos de tal instituto en nuestro ordenamiento jurídico, particularmente la manera en que fue concebido en dos períodos trascendentales de la historia como lo fueron el Indiano y el de forjamiento de nuestra República, período este último que termina por consolidarse con la Carta Fundamental de 1833. Optamos arbitrariamente por este criterio debido a que, con posterioridad a la Constitución Política de 1833, los textos constitucionales sólo se limitan a consagrar este derecho en los mismos términos sin abordar otros aspectos de forma o de fondoNote2
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La iniciativa privada, un derecho de petición de gracia

Córdova Abregú, Aurora Flor 27 May 2020 (has links)
El propósito de este trabajo es recopilar las diferentes posturas que tienen los autores sobre la naturaleza jurídica de la iniciativa privada. En ese sentido, coincidir con el concepto de iniciativa privada como un derecho de gracia, reconocido en nuestra Constitución Política del Perú. Asimismo, resulta interesante que se analice el procedimiento actual para el desarrollo de una iniciativa privada y cuestionar el marco jurídico, que no proporciona seguridad o estabilidad para el inversionista, considerando que debería establecerse que todo rechazo a una iniciativa privada debe ser debidamente motivada, con la finalidad de no afectar derechos constitucionales, no sólo el derecho de petición, sino otros derechos económicos como la libertad de empresa. Además, es imprescindible reconocer que, si bien la Administración Pública está dotada de prerrogativas, que le permiten rechazar una propuesta privada, esta solo debe justificarse cuando un determinado proyecto atente contra el interés común o cuando existan otras prioridades como país que no permitan concretar las propuestas de proyectos. Finalmente, se debe considerar que la iniciativa privada es fuente de desarrollo de todo país, por lo cual deberían implementarse mecanismos jurídicos más dinámicos, cortos, con plazos razonables, con decisiones motivadas, que atraigan capitales, que motiven la creatividad del particular, en beneficio del bien común.

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