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CASACIÓN Nº 591-2016 –HUAURA

Cabello Silva, Andrea Fernanda 22 February 2021 (has links)
El caso materia del Informe versa sobre el delito de violación cometido contra una adolecente con discapacidad intelectual. En el momento de ocurridos los hechos el tipo penal vigente, contenido en el artículo 172 del Código Penal, no contenía de forma literal el consentimiento por lo que se entendía que el bien jurídico protegido era la indemnidad sexual de las personas con discapacidad intelectual y, en ese sentido, con la sola acreditación del acto sexual y la existencia de la deficiencia, se daba por configurado el delito. Esta lectura era contraria a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), que entró en vigor para el Estado peruano en el año 2008, por lo que era imperativo que se aplique dicho tipo penal a la luz del mencionado instrumento. Sin embargo, en el caso analizado no ocurrió ello y, todo lo contrario, se entendió que la adolescente con iniciales A.M.A.G. no era titular de su libertad sexual. A partir del año 2018, con la publicación de la ley Nº 30838 que introduce el consentimiento como un elemento central, se abre una nueva ventana de oportunidad para la lectura, interpretación y aplicación de este tipo penal, a la luz de los mandatos internacionales asumidos por el Perú a través de la CDPD, generando un balance entre la autonomía sexual de la que son titulares las personas con discapacidad intelectual, y la protección de este colectivo frente a la violencia sexual, desde un enfoque interseccional. En suma, debe partirse del reconocimiento pleno de la capacidad jurídica y autonomía sexual de este colectivo, sin dejarles en desprotección frente a las diversas barreras sociales, actitudinales y legales que recaen sobre ellas
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Análisis de la política criminal peruana frente a la cibercriminalidad pura

Llanos Carrera, Luis Ricardo 01 August 2023 (has links)
La presente investigación analiza la política criminal peruana vigente que combate y previene el fenómeno de la cibercriminalidad en la vertiente pura. Entiéndase esta por aquella actividad cibercriminal que, valiéndose del desarrollo y uso de las TIC, dirige ciberataques hacia computadoras, programas informáticos (software), redes, terminales, y cualquier operatividad tecnológica basada en la comunicación digital de contenidos, que no tenga una réplica en términos de referencia fuera del ciberespacio, de ilícitos que se realizaban de otro modo, en el espacio físico. La finalidad de la investigación es identificar si la normativa desplegada por el Estado de los últimos años en materia de delitos informáticos, ha dotado a la política criminal de un enfoque integral y pluridimensional que posibilite comprender y atender adecuadamente los desafíos de la cibercriminalidad pura. / The present investigation seeks to analyze the current Peruvian criminal policy enabled in place to mitigate and prevent cyber criminality offenses related to cyber-dependent crimes. This is understood as that cybercriminal activity that, using the development and use of ICT, directs cyberattacks towards computers, computer programs (software), networks, terminals, and any technological operation based on digital communication of content, which does not have a replica in terms of reference outside of cyberspace, of crimes that were already being carried out, otherwise, in physical space. The purpose of the research is to identify whether the regulations deployed by the State in recent decades have provided criminal policy with a comprehensive and multidirectional approach that makes it possible to understand and adequately address the challenges of cyber-dependent crimes.
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El bien jurídico protegido en el delito de administración fraudulenta establecido en el artículo 198 del Código Penal

Muña Ferro, Heraclio Nahuel 16 November 2022 (has links)
El presente trabajo analiza la problemática que gira alrededor al bien jurídico protegido en el delito de administración fraudulenta, previsto en el artículo 198 del Código Penal peruano, debido a que las propuestas de interpretación de dicho bien jurídico, que se encuentran en la doctrina actual, no resultan del todo satisfactorias de cara a la correcta interpretación del alcance de las conductas abarcadas por dicha norma. El objetivo del presente trabajo es delimitar el bien jurídico protegido en el artículo 198 del CP, alrededor de la expectativa de una inversión libre de riesgos no negociales, distintos a riesgos previstos en otros tipos penales (hurtos, estafas, robos, apropiaciones indebidas, etc.). El trabajo emplea el método dogmático jurídico-penal, por lo que, se realiza un análisis normativo, doctrinario y jurisprudencial del delito de administración fraudulenta, buscando agotar las fuentes nacionales y analizando comparativamente otros ordenamientos jurídicos (como el español, alemán, chileno y argentino), sin dejar de lado los cuerpos normativos extrapenales nacionales como el derecho civil, la Ley General de Sociedades, entre otras normas.

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