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El protocolo familiar como mecanismo jurídico para la planificación sucesoral en las empresas familiares del Perú

Jaramillo Corrales, Erika 18 January 2024 (has links)
El objetivo de la presente investigación es comprender la viabilidad de la aplicación del protocolo familiar como mecanismo destinado a diseñar una planeación sucesoral familiar efectiva, para así traspasar la titularidad de la organización a futuras generaciones, basado en cláusulas sucesorales susceptibles de registro para garantizar la validez del contenido ante accionistas y terceros. Se plantea como hipótesis que el protocolo familiar es eficaz para la planeación sucesoral familiar y permite el traspaso de la titularidad de la organización a las generaciones futuras. La metodología empleada fue el análisis inductivo del método comparativo, aplicada a normas jurídicas vigentes españolas y peruanas, usando la hermenéutica jurídica en base a posturas teóricas del derecho corporativo. Analizado el problema de estudio se procedió a realizar una propuesta de estrategia de política legislativa, planteando una reforma legislativa a la vigente Ley General de Sociedades para que regule los protocolos familiares como mecanismos para la trasmisión de la propiedad de la empresa familiar por traspaso generacional. Se concluye que el protocolo familiar es un instrumento basado en un acuerdo de voluntades entre accionistas que lo componen, que buscan definir los principios y valores vinculantes al negocio comercial, pero carente de eficacia jurídica para ser oponible ante terceros, perdiendo el interés de su aplicación en este tipo de sociedades por ausencia de vías jurídicas que garantice su cumplimiento, generando como consecuencia la inexistencia de mecanismos legales para dar continuidad a las operaciones empresariales basado en la planificación sucesoral a largo plazo involucrando a las nuevas generaciones. / The objective of this research is to understand the viability of the application of the family protocol as a mechanism aimed at designing an effective family succession planning, in order to transfer the ownership of the organization to future generations, based on succession clauses that can be registered to guarantee the validity of the content before shareholders and third parties. It is hypothesized that the family protocol is effective for family succession planning and allows the transfer of ownership of the organization to future generations. The methodology used was the inductive analysis of the comparative method, applied to current Spanish and Peruvian legal norms, using legal hermeneutics based on theoretical positions of corporate law. Once the study problem was analyzed, a proposal for a legislative policy strategy was made, proposing a legislative reform to the current General Law of Companies to regulate family protocols as mechanisms for the transmission of ownership of the family business by generational transfer. It is concluded that the family protocol is an instrument based on an agreement of wills between shareholders that compose it, who seek to define the principles and values binding on the commercial business, but lacking legal effectiveness to be enforceable against third parties, losing the interest of its application in this type of companies due to the absence of legal channels that guarantee its compliance, resulting in the non-existence of legal mechanisms to give continuity to business operations based on longterm succession planning involving the new generations.
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Los puntos ciegos del Directorio: Las limitaciones de la regulación societaria de las sociedades peruanas para advertir los sesgos cognitivos en la toma de decisiones del Directorio

Pacheco Briceño, Juan Jeremy 22 January 2024 (has links)
¿Son seres humanos los directores de una sociedad? La respuesta es obvia, sin embargo, la pregunta nos permite abordar esta investigación pensando en el directorio como un órgano colectivo integrado por seres humanos. La regulación legal societaria peruana se centra en establecer procedimientos para la validez de una decisión, determinar estándares de conducta, comos los deberes de lealtad y diligencia, así como, instituir un régimen de responsabilidad con sanciones sobre conductas perjudiciales realizadas con dolo o negligencia grave. Mientras tanto, los mecanismos de autorregulación, como los reglamentos de directorio, suelen replicar la regulación legal. En ambos casos, hay una influencia en el comportamiento del directorio, empero, sin un reconocimiento de la racionalidad limitada y el proceso humano para tomar decisiones intuitivas o rápidas, que podrían realizarse mediante sesgos cognitivos, como ha sido expuesto por Kahneman y Tversky. En general, nuestra actual regulación disponible no considera la posibilidad de los errores de juicio provocados por sesgos cognitivos, ni la necesidad de promover un proceso decisorio más lento y cuidadoso. Esta investigación, además de advertir las limitaciones en la regulación sobre el proceso de toma de decisiones del directorio, plantea la importancia de promover el reconocimiento de aquellas decisiones que deban seguir un proceso más lento y cuidadoso, con la finalidad de evitar los errores de juicio. Finalmente, se desarrolla una propuesta de regulación para que las sociedades puedan reconocer y asumir la existencia de los sesgos cognitivos entre sus directores, gestionarlos e incrementar la probabilidad de mejores decisiones.
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Tratamiento, problemática e importancia de las SACS desde el año 2018 al 2021: Aportes para su mejora aplicativa

Diaz Saldaña, Jorge Cesar 12 October 2023 (has links)
En nuestro país desde el año 2018, siguiendo la corriente de implementación de sociedades por acciones simplificadas existente en la región, también se ha implementado la Sociedad por Acciones Cerrada Simplificada no obstante hasta la fecha no se advierte una aplicabilidad ni el logro de los fines esperados ya que tal como esta sociedad ha sido legislada no viene siendo aplicable en nuestro país, por lo que corresponde evaluar el tratamiento y analizar la importancia de las SACS respecto a su aplicación a la problemática de la informalidad económica y empresarial que agobia a la economía del país desde el año 2018 en la que ha sido promulgada así como sugerir aportes para su mejora aplicativa a partir de preguntas respecto a su aplicabilidad, la experiencia en otros países propuestas para su mejora del Decreto Legislativo 1409. Para tal efecto en el presente trabajo se analizará la Ley Modelo sobre Sociedad por Acciones Simplificada de la OEA, el reglamento del decreto Legislativo 1409, la actual Ley general de sociedades, el Anteproyecto de la Ley General de Sociedades y la Exposición de Motivos del Decreto Legislativo N° 1409 así como también doctrina nacional y comparada a fin de que analizándola y evaluando sus características conforme a la naturaleza simplificada que ostenta se compare frente a la legislación de la región que se ha tomado por conveniente en el presente trabajo para determinar similitudes, diferencias y carencias de nuestra SACS frente a demás sociedades simplificadas. Ello nos permitirá determinar que toda sociedad anónima simplificada idónea debe cuando menos tratar sobre la unipersonalidad, la pertinencia de incluir personas jurídicas como socios y la idoneidad de tomar como patrimonio para su constitución a bienes no inscribibles o inscribibles, un objeto social indeterminado y otros alcances así como también constatar que esta ley debe guardar consonancia con el anteproyecto de la ley general de sociedades para no generar futuras contradicciones ni colisiones legales. A tal efecto se han revisado los pocos trabajos de investigación y tesis que existen respecto del tema que es materia del presente trabajo con los cuales compartimos algunas similitudes cuando analizamos y evaluamos una problemática jurídica común que existe a la fecha, siendo que el presente trabajo se diferencia de los anteriores primeramente en la medida que generalmente los ya existentes han realizado un análisis teórico a partir del poco tiempo de entrada en vigencia de la norma bajo análisis, más el presente trabajo además de ello verifica que en la practica la nueva sociedad no viene siendo aplicada en nuestra realidad jurídica de allí que el análisis de solución del problema, sus propuestas y conclusiones toman un matiz distinto y más profundo. Además, se ha buscado en el presente trabajo aplicar el método comparativo con países distintos que los realizados en trabajos anteriores, así como también se ha buscado comparar con otro tipo de sociedades e incluso con la EIRL para deslindar ideas que puedan confundir en temas relevantes como la unipersonalidad. Todo lo indicado nos lleva a concluir que el diseño legislativo reflejado en el decreto Legislativo N° 1409 no permite avizorar mayor o mejor ventaja aplicativa alguna respecto a otras sociedades anónimas existentes en el país como es el caso de SAC, EIRL e incluso la SRL más allá de la posibilidad de constitución sin intervención notarial y del procedimiento digital de constitución simplificado.

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