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El derecho bajo la mirada psicoanalítica: sobre la culpa, la responsabilidad y el castigo.

Revilla Santa Maria, Carla 21 January 2019 (has links)
Este es un trabajo de corte interdisciplinario que pretende acercar el psicoanálisis al derecho, invitando a la reflexión al jurista interesado en abordar una visión distinta sobre conceptos legales como la responsabilidad, la sanción y la rehabilitación del penado; y ofrecerle herramientas adicionales para su análisis. Nuestras normas prescriben que la sanción tiene una función rehabilitadora, sin embargo, un sector representativo de la doctrina jurídica afirma que el derecho en general y la sanción en particular, no tienen fines educativos, socializadores ni resocializadores; lo que no se gestó en el seno del hogar ni en la escuela, el derecho no puede ni debe suplirlo. Las normas sólo enunciarían un deseo, un deber ser, que no es posible efectivizar en la realidad social. Para el psicoanálisis el derecho y la sanción sí tendrían una función simbólica en la sociedad, y por ende la potencialidad de generar un impacto psicológico en los sujetos transgresores de la ley, en las víctimas y en el colectivo. Parte del esfuerzo de esta tesis consiste en presentar el fundamento de estos planteamientos al derecho. Es por ello que se analizan los aspectos pertinentes de la obra de Freud sobre la formación de la mente, la relevancia del vínculo del sujeto con la ley y el sentimiento de culpa. La incorporación de la ley a nivel psicológico estructura al sujeto, le permite un psiquismo saludable y le otorga la facultad de ser un sujeto apto para la vida civilizada en sociedad. Estos elementos de la teoría freudiana, sentaron las bases para el estudio desarrollado posteriormente por algunos autores de la escuela de psicoanálisis lacaniano que profundizaron en el análisis de lo jurídico en relación a la culpa, la responsabilidad y el castigo; temas que también son abordados en el presente trabajo. En términos muy generales, si la ley estructura psicológicamente al sujeto, aquél que delinque no sólo transgrede la ley social sino también su propia ley, su propia psicología, por lo que -aún sin ser consciente – requeriría de elementos particulares para “rearmarla”, si se pretende que ese sujeto vuelva a formar parte de la sociedad en condiciones óptimas. Una vez detallado este planteamiento teórico, se contrasta el procedimiento y la política penitenciaria con la realidad carcelaria en el Perú; y se reflexiona sobre los estándares de una política criminal orientada a la rehabilitación del penado. / Tesis
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Una mirada a la caverna : el enojo como catalizador de justicia

Jara Plaza, José María de la 23 July 2018 (has links)
Durante cientos de años el Derecho ha propuesto un guion de ficción, según el cual las decisiones legales se basan únicamente en los hechos y la ley aplicable. El objetivo de este trabajo es enfrentar dicha creencia popular. Las decisiones de jueces, árbitros y jurados se ven influenciadas por emociones, atajos cognitivos, el ambiente que los rodea, entre otros factores. Así, buscamos demostrar que la inserción de aspectos de la psicología cognitiva y biología a los modelos de comportamiento humano logra mayor capacidad predictiva, comprobar la existencia de heurísticas, sesgos y emociones que afectan la toma de decisiones de los individuos y reflexionar sobre las herramientas otorgadas a los jueces para cumplir con su función. Para ello, nos valemos de los instrumentos desarrollados por la Psicología Cognitiva y Psicología Evolucionista, con énfasis en el Appraisal Tendency Framework, para indagar, a través de estudios propios y de terceros, en la influencia de atajos cognitivos en las decisiones legales (y, específicamente, el impacto del enojo en las decisiones de responsabilidad civil). A partir de ello concluimos que el enojo es un catalizador de justicia; una emoción asociada a la tendencia a responsabilizar al infractor, compensar a la víctima y, en general, brindar el impulso necesario para luchar contra lo que consideramos injusto. / Tesis
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¿Enemigas o hermanas? El rol de las emociones en el derecho y su lugar en el pensar como abogado en el Perú

Roca Gonzales, Sebastián, Salazar Zimmermann, Alonso 03 August 2020 (has links)
Esta investigación encuentra justificación en cuestionar una visión que históricamente ha predominado en el pensamiento jurídico-filosófico occidental: que la razón y las emociones son fuerzas opuestas e irreconciliables. Buscamos determinar qué rol cumplen las emociones en el derecho y si a partir de conocerlo podemos utilizarlas para mejorar no solo la práctica legal, sino también la enseñanza misma del derecho. Por ello, postulamos como hipótesis central de este trabajo no solo que las emociones deben ocupar un espacio dentro del mundo legal, sino que ya lo hacen. Al incorporarlas en la enseñanza legal lograremos enriquecer la práctica del derecho, modificando la metodología de enseñanza conocida como “pensar como abogado”. A través de esta se enseña a los alumnos una serie de herramientas lógicas y racionales que les servirán para resolver problemas jurídicos, pero dejando de lado aspectos igual de relevantes para el desarrollo de la profesión; uno de estos son las emociones. Por eso, esta tesis busca abordar y estudiar el derecho desde su aspecto teórico e ideal, y aunque se buscará concluir con una propuesta que armonice la relación entre las emociones y el derecho, no se trabajará a partir de un marco normativo específico. Las emociones no son negativas, irracionales e impredecibles, sino valoraciones del mundo que nos rodea y de nuestras experiencias en este. Constituyen un componente esencial y de ninguna manera segregable de la racionalidad, como la psicología y las neurociencias han llegado a demostrar. En tanto aspecto esencial de los seres humanos, las emociones permean el derecho, debiendo ser estudiadas y revalorizadas. Proponemos, por tanto, complementar el “pensar como abogado” con un componente adicional como el “sentir como abogado”, a través del cual se promueve el estudio de las emociones a fin de enriquecer las habilidades legales de estudiantes y abogados.
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El derecho bajo la mirada psicoanalítica: sobre la culpa, la responsabilidad y el castigo.

Revilla Santa Maria, Carla 21 January 2019 (has links)
Este es un trabajo de corte interdisciplinario que pretende acercar el psicoanálisis al derecho, invitando a la reflexión al jurista interesado en abordar una visión distinta sobre conceptos legales como la responsabilidad, la sanción y la rehabilitación del penado; y ofrecerle herramientas adicionales para su análisis. Nuestras normas prescriben que la sanción tiene una función rehabilitadora, sin embargo, un sector representativo de la doctrina jurídica afirma que el derecho en general y la sanción en particular, no tienen fines educativos, socializadores ni resocializadores; lo que no se gestó en el seno del hogar ni en la escuela, el derecho no puede ni debe suplirlo. Las normas sólo enunciarían un deseo, un deber ser, que no es posible efectivizar en la realidad social. Para el psicoanálisis el derecho y la sanción sí tendrían una función simbólica en la sociedad, y por ende la potencialidad de generar un impacto psicológico en los sujetos transgresores de la ley, en las víctimas y en el colectivo. Parte del esfuerzo de esta tesis consiste en presentar el fundamento de estos planteamientos al derecho. Es por ello que se analizan los aspectos pertinentes de la obra de Freud sobre la formación de la mente, la relevancia del vínculo del sujeto con la ley y el sentimiento de culpa. La incorporación de la ley a nivel psicológico estructura al sujeto, le permite un psiquismo saludable y le otorga la facultad de ser un sujeto apto para la vida civilizada en sociedad. Estos elementos de la teoría freudiana, sentaron las bases para el estudio desarrollado posteriormente por algunos autores de la escuela de psicoanálisis lacaniano que profundizaron en el análisis de lo jurídico en relación a la culpa, la responsabilidad y el castigo; temas que también son abordados en el presente trabajo. En términos muy generales, si la ley estructura psicológicamente al sujeto, aquél que delinque no sólo transgrede la ley social sino también su propia ley, su propia psicología, por lo que -aún sin ser consciente – requeriría de elementos particulares para “rearmarla”, si se pretende que ese sujeto vuelva a formar parte de la sociedad en condiciones óptimas. Una vez detallado este planteamiento teórico, se contrasta el procedimiento y la política penitenciaria con la realidad carcelaria en el Perú; y se reflexiona sobre los estándares de una política criminal orientada a la rehabilitación del penado. / Tesis
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Una mirada a la caverna : el enojo como catalizador de justicia

Jara Plaza, José María de la 23 July 2018 (has links)
Durante cientos de años el Derecho ha propuesto un guion de ficción, según el cual las decisiones legales se basan únicamente en los hechos y la ley aplicable. El objetivo de este trabajo es enfrentar dicha creencia popular. Las decisiones de jueces, árbitros y jurados se ven influenciadas por emociones, atajos cognitivos, el ambiente que los rodea, entre otros factores. Así, buscamos demostrar que la inserción de aspectos de la psicología cognitiva y biología a los modelos de comportamiento humano logra mayor capacidad predictiva, comprobar la existencia de heurísticas, sesgos y emociones que afectan la toma de decisiones de los individuos y reflexionar sobre las herramientas otorgadas a los jueces para cumplir con su función. Para ello, nos valemos de los instrumentos desarrollados por la Psicología Cognitiva y Psicología Evolucionista, con énfasis en el Appraisal Tendency Framework, para indagar, a través de estudios propios y de terceros, en la influencia de atajos cognitivos en las decisiones legales (y, específicamente, el impacto del enojo en las decisiones de responsabilidad civil). A partir de ello concluimos que el enojo es un catalizador de justicia; una emoción asociada a la tendencia a responsabilizar al infractor, compensar a la víctima y, en general, brindar el impulso necesario para luchar contra lo que consideramos injusto.
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Inmediación: de la percepción directa a la cognición del juez un análisis desde la psicología cognitiva

Molina Altamirano, Manuela Alejandrina 01 May 2025 (has links)
La inmediación es una de las instituciones más citadas por la doctrina procesal civil del civil law, sin embargo, en pleno siglo XXI se sigue sin incorporar una óptica interdisciplinaria. Por ello, este trabajo tiene por objeto proponer una nueva concepción del principio de inmediación centrada en la cognición del juez y acorde a los avances de la psicología cognitiva. Se propone dejar atrás la concepción tradicional centrada en la percepción directa del juez y acercarse a los orígenes de la institución, que fue formulada por Jeremy Bentham en el siglo XVIII empleando cierto trasfondo cognitivo. La preocupación de Jeremy Bentham por la cognición del juez habría dado paso a la creación de la regla de la no delegación y la regla de la identidad, ambas relacionadas a la concepción tradicional de la inmediación. Sin embargo, debido a una corriente de autores que abogaron por la vigencia de la oralidad en el proceso, el enfoque fue redirigido a emplear la inmediación como argumento a favor de la vigencia del proceso por audiencias. Actualmente, la institución parece estar retomando su rumbo inicial, gracias a autores que proponen la creación de reglas adicionales como la regla del fallo inmediato, la regla de la contigüidad de audiencias, la regla de la protocolización, entre otras. Por lo cual, se concluye que el principio de inmediación deberá pasar a ser definido como la cognición necesaria para que el juez pueda dar por aceptadas o rechazadas las hipótesis formuladas en un proceso. / Inmediación is one of the institutions most cited by the civil procedural doctrine of civil law, however, in the XXI century it still does not incorporate an interdisciplinary perspective. Therefore, the purpose of this paper is to propose a new conception of the principle of inmediación focused on the judge's cognition and in accordance with the advances in cognitive psychology. It is proposed to leave behind the traditional conception centered on the judge's direct perception and to approach the origins of the institution, which was formulated by Jeremy Bentham in the 18th century using a certain cognitive background. Jeremy Bentham's concern with the judge's cognition would have given way to the creation of the rule of non-delegation and the rule of identity, both related to the traditional conception of immediacy. However, due to a current of authors who advocated the validity of orality in the process, the approach was redirected to use inmediación as an argument in favor of the validity of the process by hearings. Currently, the institution seems to be returning to its initial course, thanks to authors who propose the creation of additional rules such as the rule of immediate ruling, the rule of contiguity of hearings, the rule of notarization, among others. Therefore, it is concluded that the principle of inmediación should be defined as the cognition necessary for the judge to be able to accept or reject the hypotheses formulated in a process.
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Los puntos ciegos del Directorio: Las limitaciones de la regulación societaria de las sociedades peruanas para advertir los sesgos cognitivos en la toma de decisiones del Directorio

Pacheco Briceño, Juan Jeremy 22 January 2024 (has links)
¿Son seres humanos los directores de una sociedad? La respuesta es obvia, sin embargo, la pregunta nos permite abordar esta investigación pensando en el directorio como un órgano colectivo integrado por seres humanos. La regulación legal societaria peruana se centra en establecer procedimientos para la validez de una decisión, determinar estándares de conducta, comos los deberes de lealtad y diligencia, así como, instituir un régimen de responsabilidad con sanciones sobre conductas perjudiciales realizadas con dolo o negligencia grave. Mientras tanto, los mecanismos de autorregulación, como los reglamentos de directorio, suelen replicar la regulación legal. En ambos casos, hay una influencia en el comportamiento del directorio, empero, sin un reconocimiento de la racionalidad limitada y el proceso humano para tomar decisiones intuitivas o rápidas, que podrían realizarse mediante sesgos cognitivos, como ha sido expuesto por Kahneman y Tversky. En general, nuestra actual regulación disponible no considera la posibilidad de los errores de juicio provocados por sesgos cognitivos, ni la necesidad de promover un proceso decisorio más lento y cuidadoso. Esta investigación, además de advertir las limitaciones en la regulación sobre el proceso de toma de decisiones del directorio, plantea la importancia de promover el reconocimiento de aquellas decisiones que deban seguir un proceso más lento y cuidadoso, con la finalidad de evitar los errores de juicio. Finalmente, se desarrolla una propuesta de regulación para que las sociedades puedan reconocer y asumir la existencia de los sesgos cognitivos entre sus directores, gestionarlos e incrementar la probabilidad de mejores decisiones.

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