• Refine Query
  • Source
  • Publication year
  • to
  • Language
  • 4
  • Tagged with
  • 4
  • 4
  • 4
  • 4
  • 4
  • 3
  • 3
  • 2
  • 2
  • 2
  • 2
  • 2
  • 2
  • 2
  • 2
  • About
  • The Global ETD Search service is a free service for researchers to find electronic theses and dissertations. This service is provided by the Networked Digital Library of Theses and Dissertations.
    Our metadata is collected from universities around the world. If you manage a university/consortium/country archive and want to be added, details can be found on the NDLTD website.
1

La implementación de "la consulta" del convenio 169 de la OIT en Chile: las implicancias para la gran minería

Corvalán San Martín, Claudia January 2015 (has links)
Magíster en Estudios Internacionales / El Convenio N° 169 sobre los Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) fue adoptado por los países socios de di-cho organismo en 1989 con el objetivo de proteger y reconocer los derechos de los pue-blos originarios. Por primera vez, un instrumento internacional, de carácter vinculante para los Estados miembros de la OIT, reconoce a los pueblos indígenas como sujetos colecti-vos de derechos, les otorga el derecho a consulta, participación y autogestión, reconoce derechos sobre territorios y recursos humanos así como derechos sociales y culturales. Chile demoró 20 años en ratificar el Convenio 169 y finalmente entró en vigencia, con es-tatus de ley, en septiembre de 2009. Pero su entrada en vigencia ha significado un gran desafío para el país, para las comunidades indígenas y para las empresas mineras que se han visto afectadas por procesos de judicialización que retardan las inversiones en el sector. Junto con la ratificación del Convenio, Chile ha tenido que cumplir con una serie de obligaciones que incluyen la adopción de medidas especiales para ser incorporadas en el ordenamiento jurídico nacional. En este sentido se dictaron dos normas internas que permiten su aplicación: el Decreto Supremo N°66, que regula el Procedimiento de Consul-ta Indígena y el D.S. N°40 sobre Bases Generales del Medio Ambiente. Este último reco-noce la obligación de los órganos del Estado, con competencia ambiental, de contribuir al desarrollo de los pueblos indígenas según lo establecido en el Convenio 169, aplicando la consulta indígena, a través del Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) cuando existan proyectos de inversión susceptibles de afectarles, como lo son práctica-mente todos los proyectos de la gran minería. Por el impacto socio ambiental que provocan los proyectos mineros y por estar a menudo ubicados en zonas de ocupación indígena, la aplicación de la consulta ha generado con-flictos entre las empresas mineras y comunidades indígenas que han provocado la parali-zación judicial de proyectos, afectando de esta manera el desarrollo del norte de Chile. A través del estudio se busca determinar cómo la industria extractiva puede conciliar el derecho a consulta y participación que otorga el Convenio 169 a los pueblos originarios, con la realización de nuevos proyectos mineros. Para analizar esta problemática estudia-remos particularmente el artículo 6 del Convenio que contiene los principios generales de 6 la consulta y la finalidad de acuerdo que ésta persigue. Estudiaremos también el artículo 7 donde se hace referencia al derecho al autogobierno de comunidades indígenas y les otorga el derecho a conocer los impactos ambientales de los proyectos de desarrollo que afecten sus territorios. También indagaremos en el artículo 15 que se refiere específica-mente a los recursos naturales que se encuentran en las tierras indígenas y el derecho de estas comunidades a participar en su utilización, administración y conservación. Con este nuevo escenario que contempla la implementación obligatoria de la consulta indígena para los proyectos mineros, el presente estudio indagará en la siguiente pregun-ta de investigación que guía la tesis: ¿Cómo es que el sector extractivo puede realizar nuevos proyectos mineros con éxito si incorpora, en su planificación temprana, mecanis-mos y acciones que permitan el diálogo permanente con las comunidades indígenas? La hipótesis de la investigación señala que a partir de la implementación de la consulta del Convenio 169, el sector extractivo podrá realizar nuevos proyectos mineros si incorpora en su planificación mecanismos y acciones que permitan el dialogo permanente con las comunidades indígenas. En este sentido, el estudio apunta a determinar las acciones que el sector minero puede desarrollar y en efecto está implementando para conciliar el dere-cho a la consulta con el desarrollo de sus proyectos. Esta pregunta se aborda al describir el proceso de implementación del Convenio 169 en Chile y el mecanismo de consulta, explicando la importancia que tiene la minería para el desarrollo del país, determinando las dificultades del sector minero para realizar la consulta, identificando las objeciones de las comunidades indígenas a la aplicación de la consulta y describiendo los mecanismos que han usado las empresas mineras para cumplir con lo preceptuado por la ley.
2

El rol del Estado chileno en el conflicto entre SN Power y las comunidades mapuches afectadas por proyectos hidroeléctricos en el sur de Chile

Berg Sydvold, Andrea January 2013 (has links)
Tesis para optar al grado de Magíster en Estudios Latinoamericanos / La empresa noruega SN Power, bajo su filial Trayenko, diseñó cuatro proyectos hidroeléctricos en el sur de Chile, proyectos que estaban ubicados en regiones consideradas territorio ancestral por las comunidades mapuches habitantes. Estas comunidades expresaron su insatisfacción con los planes de la compañía y, a pesar de las políticas de responsabilidad social empresarial, fue difícil para la empresa llegar a un acuerdo con ellas sobre los proyectos. El presente trabajo aborda investigar el papel del Estado Chileno en este conflicto y analizar la responsabilidad social empresarial de la empresa. Es un estudio de casos donde actores centrales del conflicto han participado en entrevistas cualitativas profundas. Los resultados del estudio se basan en las experiencias de dichos actores. En cuanto a los resultados, se observa que hay un vínculo evidente entre el conflicto histórico del Estado de Chile y las comunidades indígenas, y el conflicto entre las comunidades indígenas y la empresa. Revelan, además, que existe una necesidad de definir y separar las responsabilidades sociales de la empresa y del Estado.
3

Brechas en el sistema jurídico chileno respecto del reconocimiento del derecho propio indígena en materia penal. Una reflexión desde el enfoque del pluralismo jurídico y los estándares del convenio 169

Lienlaf Osses, Patricia January 2015 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Autor no autoriza el acceso a texto completo de su documento
4

Consulta y participación indígena a diez años de la ratificación del Convenio 169 de la OIT

Elizalde Roa, María José January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / ¿En qué consiste el Convenio 169 de la OIT? ¿Cómo fue la discusión que ratifica el convenio mencionado en el Congreso Nacional? ¿Cómo ha sido la implementación del Convenio? Las preguntas enunciadas tienen por objetivo generar inferencias descriptivas respecto el impacto que ha tenido el Convenio en los procesos de consulta y participación de los pueblos indígenas en Chile. Mediante una revisión exhaustiva de la discusión suscitada en el Congreso Nacional que antecedió la ratificación de este convenio, se aportan los principales elementos de análisis para abordar tres fallos de Cortes de Apelaciones y de la Corte Suprema que sientan jurisprudencia respecto del trámite de consulta de los pueblos indígenas y del estándar establecido para este por el Convenio 169. Además, se hace hincapié en el proceso de consulta constituyente iniciado por el gobierno de Michelle Bachelet (2014-2018), donde se avizoran críticas a la implementación del convenio, por parte de los propios pueblos indígenas y otros actores de la sociedad civil. Este elemento del derecho internacional, en una lógica de dos niveles, permea el ordenamiento jurídico interno e invita a cuestionar los avances del Estado chileno en el reconocimiento de las demandas históricas de los pueblos indígenas, generando una superficie propicia de mejora en la materia.

Page generated in 0.1128 seconds