• Refine Query
  • Source
  • Publication year
  • to
  • Language
  • 7
  • 1
  • Tagged with
  • 8
  • 8
  • 8
  • 8
  • 5
  • 4
  • 4
  • 3
  • 3
  • 3
  • 3
  • 3
  • 3
  • 3
  • 3
  • About
  • The Global ETD Search service is a free service for researchers to find electronic theses and dissertations. This service is provided by the Networked Digital Library of Theses and Dissertations.
    Our metadata is collected from universities around the world. If you manage a university/consortium/country archive and want to be added, details can be found on the NDLTD website.
1

Part-time and full-time work in Chile : wage gap estimation 1990 - 2006

Maturana Godoy, Iván Ignacio 12 1900 (has links)
SEMINARIO DE TÍTULO para optar al título de INGENIERO COMERCIAL MENCIÓN ECONOMÍA / En este estudio, se realiza un an´alisis de la brecha salarial para el periodo comprendido entre 1990 y 2006, utilizando la metodolog´ıa de Oaxaca-Blinder. Con este prop´osito se realizaron dos brechas salariales: la diferencia salarial entre hombres y mujeres, tanto para la jornada a tiempo parcial como para tiempo completo, y la diferencia salarial entre trabajadores de jornada parcial y jornada completa, tanto para hombres como para mujeres. La importancia de esto es que as´ı se puede apreciar cuanto de la brecha observada es atribuible a discriminaci´on salarial. Tambi´en, utilizando el m´etodo de vecino m´as cercano de matching se analizo el efecto de cambiarse desde un trabajo de jornada completa a un trabajo de jornada parcial. Para estos prop´ositos se utiliz´o la encuesta CASEN, y el panel CASEN. Se encontr´o que al descomponer las brechas salariales, la discriminaci´on salarial ha ido en disminuci´on, aunque queda mucho trabajo por hacer si se compara con pa´ıses industrializados (especialmente pa´ıses escandinavos). Del matching, se obtuvo que existe un premio al salario al pasar de trabajar jornada completa en 2001 a jornada parcial en el 2006. Para el mismo cambio entre los a˜nos 1996 y 2001, sin embargo, se encontr´o que los estimadores no eran estad´ısticamente significativos.
2

La aplicación del principio de igualdad en el contrato de trabajo a tiempo parcial : análisis sobre la validez de la exclusión de beneficios laborales

Gayoso Gamboa, Giancarlo 21 March 2019 (has links)
El presente trabajo aborda la problemática existente en torno a la escasa regulación que existe respecto al contrato a tiempo parcial, el mismo que debiera ubicarse como un mecanismo que incentive la productividad en las empresas, así como una alternativa para los trabajadores que requieran laborar en jornadas reducidas. Se plantea como objetivo demostrar que existe una exclusión de beneficios sociales en los trabajadores contratados a tiempo parcial contraria al principio-derecho de igualdad, y que, en aplicación de este, se pueden cubrir vacíos normativos existentes. En efecto, este principio-derecho, implica, entre otros aspectos, un derecho constitucional subjetivo de ser tratado con igualdad ante la ley y de no ser objeto de forma alguna de discriminación, pero que también permite, con base en la razonabilidad y objetividad, establecer diferencias entre las personas, porque así lo exige la naturaleza de las cosas. Sobre la base de esta premisa, es que se aprecia que la regulación peruana vulnera el principio-derecho de igualdad cuando excluye de ciertos beneficios sociales a los trabajadores contratados a tiempo parcial, sin razón que lo justifique. No obstante, se concluye también que el contrato a tiempo parcial reviste diferencias en relación al contrato a tiempo completo que hacen que, en tanto sea razonable y guarde correspondencia con el objeto que los diferencia, los trabajadores bajo aquel tipo contractual dejen de percibir ciertos beneficios válidamente. / Trabajo académico
3

La jornada parcial de trabajo: ¿Una necesidad de nuestros tiempos?

Fraga Yoli, Andrea January 2005 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Este trabajo de investigación se encuentra inspirado en la necesidad de realizar una mirada profunda al tema de la jornada parcial de trabajo, teniendo como una de sus principales motivaciones que esta modalidad de contratación es aún relativamente novedosa en nuestra legislación, a pesar de que su regulación expresa fue parte de la Reforma Laboral (introducida por la Ley Num. 19.749) vigente desde Diciembre del año 2001.
4

Jornada parcial de trabajo y empleo femenino en Chile : empleo precario o una oportunidad para las mujeres?

Mierzejewski Fernández, Evelyn Andrea, Rodríguez Alvarez, Juan Carlos January 2003 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / Esta tesis está dedicada al estudio de una específica modalidad de empleo atípico: la Jornada Parcial, particularmente con lo que dice relación con el trabajo de las mujeres. ¿Constituye la jornada parcial un empleo precario o significa una oportunidad para que las mujeres se integren al mercado laboral venciendo el principal obstáculo que encuentran, como es la conciliación con la vida familiar?. Intentamos dilucidar a partir de los índices de precariedad apuntados por diversos autores y a través de los datos arrojados por múltiples encuestas de opinión pública sobre empleo. Finalmente concluimos que a partir del estudio de nuestra legislación es posible afirmar que la jornada parcial no significa una oportunidad para las mujeres y, por otro lado, que las cifras son insuficientes para afirmar si las mujeres desean trabajar a jornada parcial o si esta modalidad se realiza o no bajo condiciones de precariedad.
5

La discriminación legal en el Perú ¿se encuentran los trabajadores a tiempo parcial realmente protegidos por el derecho a la igualdad y a la no discriminación?

Castro Sucre, Slina 03 September 2018 (has links)
El Derecho a la Igualdad supone que el Estado tiene la obligación de tratar en forma igual a todos los ciudadanos. Ello se encuentra establecido desde la Declaración universal de los Derechos del Hombre y del ciudadano, así como en la Declaración de Filadelfia, en el Convenio sobre Igualdad de Remuneración (C 100), en el Convenio relativo a la Discriminación en materia de Empleo y Ocupación (C 111), en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Recomendación 182 de la Organización Internacional del Trabajo, en la Convención Internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, etc. hasta llegar a nuestra Carta Magna. La constitución Política del Perú vigente desde 1993, establece en su artículo 2 inciso 2 que toda persona tiene derecho a la igualdad ante la ley1, por lo cual nadie debe ser discriminado; sin embargo, en nuestra propia legislación encontramos normas limitativas de derechos hacia algunos trabajadores, dejando ver que en nuestro país existe una discriminación legal al no cumplir cabalmente con resguardar el Derecho a la Igualdad de todos los hombres. La diferencia de jornada de trabajo no es una razón objetiva que pueda sustentar la exclusión de un beneficio que protege al trabajador; por lo que, privar a los trabajadores a tiempo parcial de los beneficios sociales de compensación por tiempo de servicios, indemnización por despido arbitrario y vacaciones, iría en contra del derecho antes mencionado. Atendiendo a ello este trabajo tratará sobre “El derecho a la igualdad y la no discriminación de los trabajadores a tiempo parcial en el Perú.” / Trabajo académico
6

La aplicación del principio de igualdad en el contrato de trabajo a tiempo parcial : análisis sobre la validez de la exclusión de beneficios laborales

Gayoso Gamboa, Giancarlo 21 March 2019 (has links)
El presente trabajo aborda la problemática existente en torno a la escasa regulación que existe respecto al contrato a tiempo parcial, el mismo que debiera ubicarse como un mecanismo que incentive la productividad en las empresas, así como una alternativa para los trabajadores que requieran laborar en jornadas reducidas. Se plantea como objetivo demostrar que existe una exclusión de beneficios sociales en los trabajadores contratados a tiempo parcial contraria al principio-derecho de igualdad, y que, en aplicación de este, se pueden cubrir vacíos normativos existentes. En efecto, este principio-derecho, implica, entre otros aspectos, un derecho constitucional subjetivo de ser tratado con igualdad ante la ley y de no ser objeto de forma alguna de discriminación, pero que también permite, con base en la razonabilidad y objetividad, establecer diferencias entre las personas, porque así lo exige la naturaleza de las cosas. Sobre la base de esta premisa, es que se aprecia que la regulación peruana vulnera el principio-derecho de igualdad cuando excluye de ciertos beneficios sociales a los trabajadores contratados a tiempo parcial, sin razón que lo justifique. No obstante, se concluye también que el contrato a tiempo parcial reviste diferencias en relación al contrato a tiempo completo que hacen que, en tanto sea razonable y guarde correspondencia con el objeto que los diferencia, los trabajadores bajo aquel tipo contractual dejen de percibir ciertos beneficios válidamente.
7

El contrato a tiempo parcial en el Perú

Oliva Castro, Marisol 22 January 2021 (has links)
La presente tesis analiza la regulación del contrato a tiempo parcial en el Perú, a partir de un análisis dogmático de esta figura contractual. Esta investigación parte del hecho de que, a través de los años, los contratos a tiempo parcial han sido instrumentos jurídicos que han permitido evadir y, a su vez, vulnerar derechos laborales, considerando que cuentan con una regulación flexible respecto de algunos derechos de los trabajadores y que, por ende, permiten que los empleadores reduzcan costos de personal. Esta situación se ha producido debido a que la regulación actual de estos contratos no establece una definición expresa ni una finalidad o fundamento que justifique el porqué de su existencia en el ordenamiento jurídico, lo cual genera que su uso sea discrecional. En ese sentido, el presente trabajo tiene como objetivo determinar cuál es la finalidad propia de los contratos a tiempo parcial y plantear la necesidad de que esta sea incluida, de manera expresa y concreta, en la normativa laboral peruana. Asimismo, y sobre la base de dicha finalidad, tiene como objetivo evaluar, a lo largo del documento, diversos aspectos jurídicos de la contratación a tiempo parcial vinculados a los derechos de los trabajadores, a fin de poder formular propuestas que ayuden a que su regulación sea la adecuada. Para estos efectos, se analiza legislación nacional y comparada, datos estadísticos, doctrina nacional e internacional sobre el tema, así como jurisprudencia que aporte criterios relevantes al respecto. Finalmente, se presenta una propuesta de regulación legislativa ad hoc de los contratos a tiempo parcial, tomando en consideración su finalidad.
8

La discriminación legal en el Perú ¿se encuentran los trabajadores a tiempo parcial realmente protegidos por el derecho a la igualdad y a la no discriminación?

Castro Sucre, Slina 03 September 2018 (has links)
El Derecho a la Igualdad supone que el Estado tiene la obligación de tratar en forma igual a todos los ciudadanos. Ello se encuentra establecido desde la Declaración universal de los Derechos del Hombre y del ciudadano, así como en la Declaración de Filadelfia, en el Convenio sobre Igualdad de Remuneración (C 100), en el Convenio relativo a la Discriminación en materia de Empleo y Ocupación (C 111), en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Recomendación 182 de la Organización Internacional del Trabajo, en la Convención Internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, etc. hasta llegar a nuestra Carta Magna. La constitución Política del Perú vigente desde 1993, establece en su artículo 2 inciso 2 que toda persona tiene derecho a la igualdad ante la ley1, por lo cual nadie debe ser discriminado; sin embargo, en nuestra propia legislación encontramos normas limitativas de derechos hacia algunos trabajadores, dejando ver que en nuestro país existe una discriminación legal al no cumplir cabalmente con resguardar el Derecho a la Igualdad de todos los hombres. La diferencia de jornada de trabajo no es una razón objetiva que pueda sustentar la exclusión de un beneficio que protege al trabajador; por lo que, privar a los trabajadores a tiempo parcial de los beneficios sociales de compensación por tiempo de servicios, indemnización por despido arbitrario y vacaciones, iría en contra del derecho antes mencionado. Atendiendo a ello este trabajo tratará sobre “El derecho a la igualdad y la no discriminación de los trabajadores a tiempo parcial en el Perú.”

Page generated in 0.0983 seconds