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La declaración de inconstitucionalidad como forma de supresión normativaBarahona Zúñiga, Diego Ignacio., Carrasco Barrera, Cristóbal Andrés January 2011 (has links)
Cuando intentamos explicar qué es un sistema jurídico de normas, necesariamente
debemos hacernos cargo de qué es lo que da unidad al número exorbitante de leyes,
decretos, reglamentos, etc., que se encuentran presente el ordenamiento jurídico de
cualquier Estado de Derecho moderno, y a la vez que le da validez de a las mismas.
Sostenemos junto a Hans Kelsen, como lo hace en el capítulo IX de su “Teoría Pura
del Derecho”1, que la pluralidad de normas presentes en un ordenamiento jurídico
determinado descansa, en última instancia, sobre una única norma o norma
fundamental
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El Tribunal Constitucional, el control de constitucionalidad y la declaración de inaplicabilidadZegers Quiroga, María José, Mackenney Bertrán, Tomás Eugenio January 2010 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Para llevar a cabo el presente trabajo, se estudiará, en primer lugar, el origen jurídico e histórico del Tribunal Constitucional. Para lo anterior se hará referencia al nacimiento del movimiento constitucionalista, se explicará el principio de supremacía constitucional el que no puede entenderse a cabalidad sin considerar la famosa sentencia Marbury vs. Madison (1803) y se mencionarán los planteamientos de Hans Kelsen sobre el control constitucional. Luego, se realizará una breve exposición de algunos de los sistemas de control de constitucionalidad de las leyes más relevantes, como el caso de Estados Unidos, Alemania, España y Francia. Por último se explicarán las distintas formas en que el control de constitucionalidad puede ser ejercido (CAPÍTULO I).
Una vez que determinemos cuáles fueron las razones del nacimiento del control constitucional en el mundo y su establecimiento a nivel comparado, se analizará en segundo lugar el control de constitucionalidad de las leyes en nuestro país. Para esto se hará una somera referencia histórica que incluirá la situación bajo el gobierno de la Constitución de 1833, la compleja discusión que se dio para la Constitución de 1925, la instauración de un Tribunal Constitucional en el año 1970 y qué ocurrió luego del golpe militar. Además, señalamos cuáles fueron las modificaciones que hizo la Constitución de 1980 y el sistema de control mixto que existía, finalizando con la regulación que posee el Tribunal Constitucional en Chile tras la reforma de la Ley 20.050 del año 2005, señalando principalmente sus facultades, competencia, composición y funcionamiento actuales.
Dentro de la bibliografía que utilizamos para realizar el presente trabajo, nos encontramos con que algunos autores niegan la legitimidad democrática de un control judicial de las leyes, ya sea este ejercido por un órgano perteneciente al Poder Judicial –como la Corte Suprema- o bien bajo la figura de un Tribunal Constitucional o su equivalente. Dado que dichas críticas apuntan al fundamento mismo de la necesidad de un control judicial, se destinará un capítulo completo para debatir a su respecto, mencionado algunas de las teorías más importantes que justifican su existencia, aquellas que no niegan su legitimidad pero sí son escépticos a su poder por sobre otros órganos, y a las que derechamente niegan legitimidad a la revisión jurisdiccional de constitucionalidad sosteniendo que el control debería realizarse mediante un órgano político, como el Congreso (CAPÍTULO III).
A continuación se analizarán dos de las facultades más importantes e influyentes del Tribunal Constitucional y que le han sido consagradas tras la reforma del año 2005: la facultad para resolver el recurso de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de un precepto legal en relación una gestión concreta, y la facultad para declarar inconstitucional con efectos absolutos una norma declarada previamente inaplicable. Para ello se indicarán cuáles son las principales características de cada recurso, sus requisitos de procedencia y el procedimiento de tramitación. Finalmente se indicarán las consecuencias que conlleva una declaración de inconstitucionalidad de un precepto legal por parte del Tribunal Constitucional, sin dejar de criticar el modo en que la Constitución se refiere a dichos efectos (CAPÍTULO IV).
Por último, se expondrá por qué sería importante que nuestro Tribunal Constitucional contara con una teoría de los vicios de inconstitucionalidad, y se terminará analizando parte de la jurisprudencia reciente más relevante que ha declarado inaplicable un determinado precepto legal y todas las sentencias que han declaradazo la inconstitucionalidad parcial y total de una norma. Esta última parte reforzará la importancia y plena vigencia que tiene actualmente la función del Tribunal Constitucional, tal como lo ha dejado en evidencia estos últimos días el acuerdo para declarar la inconstitucionalidad de los numerales 1, 2, 3 y 4, del inciso tercero, del artículo 38 ter de la Ley 18.933, conocida como Ley de ISAPRES, de lo cual también se hará una breve referencia (CAPÍTULO V).
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La declaración de inconstitucionalidad como forma de supresión normativaBarahona Zúñiga, Diego Ignacio, Carrasco Barrera, Cristóbal Andrés 05 1900 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Cuando intentamos explicar qué es un sistema jurídico de normas, necesariamente debemos hacernos cargo de qué es lo que da unidad al número exorbitante de leyes, decretos, reglamentos, etc., que se encuentran presente el ordenamiento jurídico de cualquier Estado de Derecho moderno, y a la vez que le da validez de a las mismas. Sostenemos junto a Hans Kelsen, como lo hace en el capítulo IX de su “Teoría Pura del Derecho” , que la pluralidad de normas presentes en un ordenamiento jurídico determinado descansa, en última instancia, sobre una única norma o norma fundamental.
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Estudio sobre la eficacia de la inaplicabilidad cuando la gestión pendiente versa sobre un recurso de protección : análisis jurisprudencial (2005-2015)Corbalán Rodríguez, María Gloria January 2017 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Por medio de la reforma constitucional del 2005, la acción de
inaplicabilidad se trasladó desde la Corte Suprema al Tribunal Constitucional.
Con todo, la situación anterior no implicó el desarraigo absoluto de la judicatura
ordinaria. La razón es que, si bien la declaración de inaplicabilidad pasó a ser
competencia del Tribunal Constitucional, la eficacia del precepto declarado
inconstitucional para el caso concreto dependerá finalmente de la aplicación
que realice el juez del fondo. De esta forma, la relación entre magistraturas es
manifiesta y requiere ser complementaria. Esta relación es más significativa en
el ámbito de la protección de derechos fundamentales, donde ambas
magistraturas –en diferentes niveles de competencia– participan tanto de la
identificación del objeto tutelado, como en la definición de la norma que resulta
aplicable. Lo cierto es que ésta relación no ha sido profusamente analizada por
la doctrina, ni existe una definición inequívoca en jurisprudencia. En este
sentido, esta investigación se propone desentrañar los diversos elementos
normativos que inciden en la relación entre estas magistraturas, especialmente
cuando la gestión pendiente versa sobre un recurso de protección. Para este
propósito nos dispusimos a analizar tanto las sentencias de inaplicabilidad del
Tribunal Constitucional entre los años 2005 y 2015, como las resoluciones del
juez del fondo en las causas respectivas.
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Análisis de la jurisprudencia de la Corte Suprema y Tribunal Constitucional respecto al artículo 206 del Código CivilGonzález Meléndez, Soledad January 2016 (has links)
Tesis (Magister en Derecho con mención en derecho penal) / Actividad formativa equivalente a Tesis (AFET)
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Acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad. — Análisis jurisprudencial del período de marzo del año 2006 a marzo de 2010 en cuanto a los criterios de admisibilidadFilloy Payret, Marylen, Soto Correa, Maria de los Angeles January 2010 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La reforma constitucional del año 2005 introdujo importantes cambios en nuestro ordenamiento jurídico, no sólo porque modificó la Constitución Política en significativos aspectos, sino también porque cambió radicalmente la función que tenía hasta entonces un órgano jurídico fundamental de nuestro país, otorgándole nuevas atribuciones y modificando su competencia, y transformándolo, a nuestro juicio, en el gran protector de la Carta Fundamental.
Nos referimos al Tribunal Constitucional, el cual, tras las modificaciones introducidas por la Ley 20.050 y la Ley 20.381, conocerá, entre otras materias, de la Acción de Inaplicabilidad por Inconstitucionalidad, en circunstancias que anteriormente dicha competencia correspondía a la Corte Suprema de Justicia. Por medio de dicha acción, será este tribunal el encargado de conocer y resolver las eventuales vulneraciones que se produzcan a la Constitución por la aplicación de un precepto legal a un caso concreto. No sólo se traslada la competencia, sino también se le otorgan nuevas atribuciones y características a la Acción de Inaplicabilidad, que nos propondremos analizar en los capítulos siguientes.
Sin embargo, el objetivo de nuestra investigación no es examinar la Acción de Inaplicabilidad desde el punto de vista doctrinal, sino más bien analizarla jurisprudencialmente, centrándonos en los criterios de admisibilidad y los pronunciamientos del tribunal al respecto.
Así, realizaremos un estudio acucioso de la Acción de Inaplicabilidad tras la reforma constitucional del año 2005, específicamente, nos avocaremos al análisis jurisprudencial de los criterios de admisibilidad de la acción, en los fallos dictados por el Tribunal Constitucional, en el periodo comprendido entre el 01 marzo del año 2006 al 01 de marzo del año 2010. En este sentido, ilustraremos cómo se aplica cada criterio en la práctica. El lector podrá conocer la línea interpretativa utilizada al momento de acoger o rechazar una acción, apreciará cómo se he comportado la jurisprudencia en este sentido, y cuáles son los criterios más estrictos y los más flexibles.
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La inconstitucionalidad del Decreto Ley 2.191/1978 de amnistía y su expulsión del ordenamiento jurídico : evolución histórica de la argumentación jurídicaAlvarado Sandoval, Francisco Javier January 2016 (has links)
Tesis (magíster en derecho con mención en derecho tributario ) / El presente trabajo comienza revisando el interesante tema de la incorporación de las
normas internacionales de derechos humanos al ordenamiento jurídico chileno. Luego,
analiza la evolución en la jurisprudencia, nacional e internacional, de la aplicación del
Decreto Ley Nº 2.695/1978 de Amnistía y finalmente se hace cargo de las distintas
posibles formas de dejar sin efecto dicho decreto ley y sus efectos en los fallos ya
dictados por los tribunales, en los casos en los que aún no se dicta sentencia, así como
también sobre los garantías fundamentales de carácter procesal y el instituto de la
prescripción.
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Estudio de las instituciones del Derecho Procesal en los fallos del Tribunal Constitucional y la Excelentísima Corte Suprema conociendo del recurso de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de las leyes entre los años 1981-2000, a la luz de la doctrina procesalApablaza Reyes, Alejandra, Norambuena Aymar, Pamela January 2002 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por los autores para ser publicada a texto completo
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El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia y el recurso de inaplicabilidad por inconstitucionalidadSeverin Honorato, Ana María January 2012 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Primero hemos de tratar el tema de la libre competencia, intentando someramente delimitar esta materia, así como trazar su relación con otras ramas y sobre todo con otras nociones y derechos.
Siguiendo la misma línea, hablaremos del derecho de la libre competencia, la norma que lo contiene, el bien jurídico que tutela y como éste no es bien jurídico apartado y separado del ordenamiento jurídico, sino que tiene una relación muy estrecha con otros.
Se procederá a revisar el órgano encargado de la tutela de la libre competencia y de las facultades, tanto jurisdiccionales como administrativas, que el legislador recientemente le ha conferido a fin de resguardarla, adentrándonos sobre una de ellas en particular y como ésta, si bien en principio es una potestad que tiene una gran potencia, tiene igualmente una importante falencia.
En segundo término se analizará el recurso de inaplicabilidad, y subsecuente declaración de inconstitucionalidad, el que se modificó tras la reforma Constitucional del año 2005, la que fue posteriormente sistematizada con la reforma a la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional introducida el año 2009.
También se expondrán las características de la acción de inaplicabilidad, sus requisitos y sus efectos, para posteriormente tratar someramente la declaración de inconstitucionalidad.
Realizadas ambas exposiciones procederemos a mostrar ambas alternativas de modo contrapuesto, produciendo que la conclusión, y propuesta que se pretende, caiga de modo lógico y consecuencial
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Análisis de jurisprudencia del requerimiento por inaplicabilidad por inconstitucionalidad del inciso segundo del artículo 768 del código de procedimiento civil en materia tributariaAguayo Gajardo, Octavio Aníbal, González Baeza, Joaquín Ignacio January 2019 (has links)
Memoria para optar al grado de Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales / La presente memoria efectúa un análisis de la jurisprudencia producida por el Excmo. Tribunal Constitucional al conocer -de conformidad a lo dispuesto en el artículo 93 N° 6 de la Constitución Política de la República- las acciones de inaplicabilidad deducidas en contra de la norma establecida en el inciso segundo del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil que limita la interposición del recurso de casación en la forma en contra de las sentencias de segunda instancia dictadas en el procedimiento de reclamación tributaria (contenido en el Título II del Libro Tercero del Código Tributario) por corresponder a un procedimiento de los regidos por leyes especiales en los términos del artículo 766 del Código de Procedimiento Civil
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