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Los límites de la responsabilidad del empleador en el pago de indemnización por daños y perjuicios por accidente de trabajoAcuña Arréstegui, María Elena 10 April 2017 (has links)
El trabajo presentado para optar por el título de Segunda Especialidad en Derecho del
Trabajo y de la Seguridad Social desarrolla los elementos constitutivos de la
responsabilidad del empleador ante las indemnizaciones por daños y perjuicios que se
deriven de los accidentes de trabajo.
Para ello, debemos recordar que el Derecho del Trabajo tiene como uno de los principales
principios, el principio protector; que a su vez tiene como principal fundamento buscar un
nivel de equilibrio entre el trabajador y el empleador. Una de las principales desigualdades
entre el empleador y el trabajador se presenta en el ámbito jurídico, debido al poder
económico del primero y a las dificultades probatorias del segundo.
Así, a raíz de esta disparidad en el poder, han surgido diversas figuras legales, a través
de las cuales se busca instaurar normas que apelan a la “desigualdad” con el objeto de
alcanzar un nivel de equilibrio entre el empleador y el trabajador. A través del principio
protector el empleador adquiere una obligación general, que consiste en la de proteger y
velar por el bienestar y seguridad del trabajador subordinado.
El principio protector, si bien tiene un enunciado bastante general, se ha ido concretizando
a través de las obligaciones específicas que se le han ido imponiendo al empleador en
función a las actividades que realiza, a la par de los avances y evolución de la Seguridad
y Salud Ocupacional en materia de regulación. / Trabajo académico
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Informe jurídico sobre la resolución N° 0246-2018/SPC-INDECOPIReyes Angulo, Gretta 13 August 2021 (has links)
El presente trabajo aborda y desarrolla los principales aspectos jurídicos relacionados a
la competencia para la resolución de reclamos sobre un balón de GLP con desperfectos
en la válvula, la adecuada interpretación de consumidor final para considerar al
microempresario como tal, la disyuntiva entre infracción al deber de idoneidad o al deber
general de seguridad frente a desperfectos en la válvula de balones de GLP y, la naturaleza
que ostentan las medidas correctivas ordenadas por Indecopi. En tal sentido, al estar frente
a balones de GLP se analiza la competencia de OSINERGMIN sobre resolución de
reclamos, la configuración del requisito de asimetría informativa en los
microempresarios, la diferencia entre el deber de idoneidad y el deber general de
seguridad ante productos defectuosos y, la naturaleza indemnizatoria de las medidas
correctivas. De esta manera, se demuestra y sostiene que Indecopi cuenta con
competencia primaria para resolver reclamos referidos a balones de GLP, el
microempresario sí puede ser considerado consumidor final, los desperfectos en la
válvula de un balón de GLP que generan una explosión y un posterior incendio implica
una infracción al deber general de seguridad y, finalmente, la medida correctiva otorgada
por Indecopi sí tiene naturaleza indemnizatoria al encubrir un daño emergente. / This paper addresses and develops the main legal aspects related to the competence for
the resolution of claims about an LPG cylinder with a defective valve, the proper
interpretation of final consumer to consider the micro-entrepreneur as such, the
disjunction between infringement of the duty of suitability or the general duty of safety
in case of defects in the valve of LPG cylinders, and the nature of the corrective measures
ordered by Indecopi. In this sense, when dealing with LPG cylinders, the competence of
OSINERGMIN on the resolution of claims, the configuration of the requirement of
information asymmetry in micro-entrepreneurs, the difference between the duty of
suitability and the general duty of safety in case of defective products and the
compensatory nature of the corrective measures are analyzed. In this way, it is
demonstrated and sustained that Indecopi has primary competence to solve claims related
to LPG cylinders, the micro-entrepreneur can be considered as final consumer, the flaws
in the valve of an LPG cylinder that generate an explosion and a subsequent fire imply a
breach of the general duty of safety and, finally, the corrective measure granted by
Indecopi does have a compensatory nature as it covers an emerging damage.
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Informe sobre expediente N° 2001-0166-0-1016-JM-CI-01 indemnización de daño y perjuicios derivado de un accidente de trabajoTorres Bailetty, María Claudia 01 January 2023 (has links)
En el presente informe jurídico se analiza la controversia existente respecto al pago de una
indemnización por daños y perjuicios derivada de un accidente de trabajo mortal en la Empresa de
Generación Eléctrica de Machupicchu S. A. a favor de Carmen Alicia Boni Ordoya, en su calidad de
madre y única heredera del trabajador Mario Emilio Pacheco Boni. En la demanda, la señora
Carmen Boni reclama ante el juzgado civil la reparación del daño emergente y lucro cesante, al
afirmar que la muerte de su hijo se produjo porque la empresa no adoptó las medidas de protección
necesarias. La relevancia del informe radica en poder analizar cuatro problemas jurídicos con
relevancia laboral, procesal y civil, que no son muchas veces tomados en cuenta de forma integral
desde una perspectiva conceptual y procedimental. Asimismo, en el desarrollo del informe se
analiza (a) si los juzgados laborales o civiles son competentes para resolver demandas presentadas
por los sucesores, (b) si en 1999 existió un deber implícito al deber de protección, (c) si los informes
periciales pueden ser una herramienta que permita cuantificar objetivamente las indemnizaciones y
(d) si es posible que los sucesores reclamen las remuneraciones dejadas de percibir del trabajador
fallecido como una indemnización de lucro cesante. Para responder a los problemas jurídicos
planteados se partirá de una definición conceptual de las instituciones jurídicas, luego se tomará en
cuenta el desarrollo doctrinal y jurisprudencial a nivel nacional, internacional y emitida por el
Organismo Internacional del Trabajo (OIT). Los resultados de la investigación y análisis realizados
evidencian que existe una inadecuada comprensión por parte de los juzgados civiles y laborales
sobre el deber de protección, las normas de competencia procesal, informe pericial, prueba de oficio
y los conceptos de daño emergente y lucro cesante. Este uso inadecuado de las instituciones
jurídicas fomenta a que se generen perjuicios, no solo al demandante sino a la empresa demandada
que tiene que pagar excesivas indemnizaciones.
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El resarcimiento por daño moral en adición al mecanismo indemnizatorio previsto frente al despidoLuna Sucñer, Luis Edgar Sadaam 27 February 2020 (has links)
En nuestro país, coexisten dos (02) sistemas de protección contra el despido. El primero
de ellos es el sistema de protección que garantiza la estabilidad absoluta del trabajador
en el empleo y el segundo es el sistema de estabilidad relativa que asegura el cobro de
una indemnización en caso ocurra un despido. El primer de ellos garantiza la readmisión
en el empleo de los trabajadores y fue instaurado por el Tribunal Constitucional a través
de sendas sentencias en las que actuó como legislador positivo, mientras que el segundo
únicamente procura el pago de una indemnización “como única reparación por el daño
sufrido”, esto se encuentra señalado en el artículo 34 de la Ley de Productividad y
Competitividad Laboral.
No obstante que la propia LPCL ha señalado que el pago de la indemnización es la
única reparación frente a un despido arbitrario, cada vez más trabajadores despedidos se
encuentran solicitando –además de la reposición o incluso junto con demandas de
indemnización por despido arbitrario - resarcimientos por daño moral; pretensiones que
han venido siendo acogidas por nuestra judicatura.
En el presente trabajo, abordaremos las razones por las que consideramos que es
procedente el pago de resarcimientos por daño moral, de manera adicional al
mecanismo indemnizatorio establecido por nuestro ordenamiento. Para ello repasaremos
el origen de este mecanismo de protección, así como su naturaleza, a fin de establecer si
el mismo comprende todos los daños que pudieran derivarse de un despido o si por el
contrario es admisible conceder a los trabajadores, el resarcimiento por daño moral de
forma adicional frente a un despido arbitrario.
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La indemnización al cónyuge más perjudicado con el divorcio por separación de hecho: criterios para identificarloVela Pisfil, Emely Maryort January 2023 (has links)
En un proceso de divorcio, existen dos tipos de divorcio, primero se ha de atender y resolver la imputación sobre divorcio sanción, y a partir, de allí atribuirle las consecuencias jurídicas que el ordenamiento jurídico prevé. Sólo en el caso, que no pueda prosperar las causales de divorcio sanción, recién empezará a analizarse la pretensión de separación de hecho, pues ésta no se funda en imputación de culpabilidad alguna.
Lo que es materia de análisis, es lo contemplado en el artículo 345- A, segundo párrafo, en dicha norma se le otorga al Juzgador la facultad de fijar una indemnización al cónyuge perjudicado, sin embargo, surge la interrogante: ¿Quién es el cónyuge perjudicado? Para ello, el Juez fijará el monto discrecionalmente, dejando cierta disconformidad, y meritoria subjetividad. Así pues, el defecto de la motivación se evidencia en el tema de la indemnización.
Para la problemática planteada, este trabajo busca dejar por sentado cinco criterios que deben tener en cuenta el Juzgador. Pues, como se evidenciará con los cuadros estadísticos, el Juzgador actualmente, resuelve la problemática con subjetividad, y fija, consecuentemente montos sin salvaguardar la estabilidad económica del cónyuge perjudicado con el decaimiento familiar.
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Los límites de la responsabilidad del empleador en el pago de indemnización por daños y perjuicios por accidente de trabajoAcuña Arréstegui, María Elena 10 April 2017 (has links)
El trabajo presentado para optar por el título de Segunda Especialidad en Derecho del
Trabajo y de la Seguridad Social desarrolla los elementos constitutivos de la
responsabilidad del empleador ante las indemnizaciones por daños y perjuicios que se
deriven de los accidentes de trabajo.
Para ello, debemos recordar que el Derecho del Trabajo tiene como uno de los principales
principios, el principio protector; que a su vez tiene como principal fundamento buscar un
nivel de equilibrio entre el trabajador y el empleador. Una de las principales desigualdades
entre el empleador y el trabajador se presenta en el ámbito jurídico, debido al poder
económico del primero y a las dificultades probatorias del segundo.
Así, a raíz de esta disparidad en el poder, han surgido diversas figuras legales, a través
de las cuales se busca instaurar normas que apelan a la “desigualdad” con el objeto de
alcanzar un nivel de equilibrio entre el empleador y el trabajador. A través del principio
protector el empleador adquiere una obligación general, que consiste en la de proteger y
velar por el bienestar y seguridad del trabajador subordinado.
El principio protector, si bien tiene un enunciado bastante general, se ha ido concretizando
a través de las obligaciones específicas que se le han ido imponiendo al empleador en
función a las actividades que realiza, a la par de los avances y evolución de la Seguridad
y Salud Ocupacional en materia de regulación.
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Informe sobre Expediente Nº37862-2009-0-1801-JR-CI-32Ramírez Albornoz, Irina Betsy 16 December 2020 (has links)
El presente trabajo tiene como punto de partida el caso de un trabajador
despedido de forma arbitraria, quien luego de obtener la indemnización
laboral por despido arbitrario (IDA) prevista en el Art. 34 de la LPCL en un
proceso laboral previo, inicia una demanda de daños y perjuicios en la vía
civil, en donde alega su derecho a ser resarcido por los conceptos de daño
emergente, lucro cesante y daño moral derivados de dicho despido.
La Corte Suprema en este caso resuelve otorgando una indemnización a
título de daño moral por el monto de S/.75.000.00 nuevos soles a favor del
trabajador despedido bajo el argumento según el cual todo despido arbitrario
genera daño moral resarcible a favor del trabajador despedido toda vez que
este concepto, a diferencia de los daños de orden patrimonial, no se
encuentra inmerso en la indemnización laboral tarifada.
Este pronunciamiento es contrario a lo previsto por el Art. 34° de la LPCL
que establece a la IDA como “única reparación por el daño sufrido”, con lo
que abre la puerta a que, en todos los casos de despido arbitrario, de forma
adicional a la IDA el trabajador obtenga un resarcimiento a título de daño
moral, suscitándose así una serie de demandas por este concepto.
En ese orden, el presente estudio tiene como propósito el análisis de los
equívocos en los que incurre la Corte Suprema en su pronunciamiento, con
el propósito de establecer que la IDA es una forma de tutela jurídica
específica del Derecho Laboral, distinta a la responsabilidad civil, que tiene
lugar en los casos en que el despido vulnera al trabajador en su derecho
constitucional al trabajo, pero únicamente en lo referido a su aspecto de
<<conservación del empleo>>, por lo que el trabajador despedido puede
tener derecho a un resarcimiento a la luz de las reglas de la responsabilidad
civil únicamente cuando el despido se da con vulneración de sus derechos
constitucionales distintos al referido, ocasionándole daños, y siempre que se
verifique la existencia de un supuesto resarcitorio.
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El resarcimiento por lucro cesante como protección accesoria para los despidos inconstitucionales donde se haya optado por la reposiciónZambrano García, Mayra Andrea 24 March 2022 (has links)
El objeto del presente trabajo de investigación, fue determinar los criterios que se deben
tener en consideración al momento de efectuar el quantum indemnizatorio por lucro
cesante en los casos donde se haya producido un despido incausado o fraudulento y se
haya optado por la reposición en el centro de trabajo, como indemnización por daños y
perjuicios
El análisis efectuado para elaborar el presente trabajo de investigación fue cualitativo,
toda vez que, fue desarrollado tomando lo establecido la jurisprudencia laboral en la
materia, en relación a la determinación del lucro cesante en procesos sobre indemnización
por daños y perjuicios generados en despidos incausados y fraudulentos. En ese sentido,
esta investigación fue de tipo no experimental por cuanto no se efectúo manipulación
alguna de variables que conforman las hipótesis planteadas en esta investigación, fue solo
desarrollado bajo parámetros interpretativos, tomando como base un trabajo de
investigación previo y de mi autoría para profundizar y especificar la materia de estudio.
Con los resultados obtenidos se ha concluido que los criterios asumidos por la Corte
Suprema al momento de efectuar el quantum por lucro cesante siguen siendo dispares,
equiparando en muchos casos el lucro cesante con las remuneraciones devengadas,
cuando el correcto cálculo para determinar el monto a indemnizar por este daño sufrido
debe tener en cuenta otras incidencias que afectan la percepción de la ganancia dejada de
percibir. / The purpose of this research was to determine the approach that must be taken into
consideration at the time of making the compensation quantum for loss of earnings in
cases where there has been an incautious or fraudulent dismissal and a replacement has
been chosen at the center work, such as compensation for damages
The analysis carried out to prepare this research was qualitative, since it was developed
taking the provisions of the labor jurisprudence in the matter, in relation to the
determination of lost profits in processes on compensation for damages and losses
generated in uncaused dismissals and fraudulent. In this sense, this research was of a nonexperimental type because no manipulation of variables that make up the hypotheses
proposed in this research was carried out, it was only developed under interpretive
parameters, based on a previous research of my authorship to deepen and specify the
subject of study.
With the results obtained, it has been concluded that the standard assumed by the Supreme
Court at the time of making the quantum for loss of earnings continue to be disparate,
equating in many cases the loss of earnings with the remuneration accrued, when the
correct calculation to determine the amount to be compensated for this damage suffered
it must take into account other incidents that affect the perception of the unperceived
profit.
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El dilema sobre si el daño moral producto de un despido ilegítimo tiene que ser demostrado o noGarcía Chilet, Manuel Eulalio 27 January 2023 (has links)
En el presente trabajo de investigación se analizará la importancia o no de la acreditación del daño
moral en el proceso laboral; dicho análisis se realiza a raíz de las posiciones jurisprudenciales
contradictorias suscitadas en los Plenarios Jurisdiccionales de los años 2018 y 2019. Debiendo de entender que si bien los jueces laborales son competentes para conocer aquellos procesos sobre la responsabilidad por daño patrimonial o extrapatrimonial como consecuencia de una relación jurídica laboral, la figura jurídica de la responsabilidad civil, está regulada en el Código Civil; por
tanto, debe de cumplirse con lo señalo en dicho dispositivo legal así como analizar cada uno de sus elementos (conducta antijurídica, daño, relación de causalidad y factor de atribución). Es así que, mediante el empleo del método jurisprudencial (dado que es en los órganos jurisdiccionales donde se resuelven las controversias sobre el tema de nuestra investigación) se ha establecido
como objetivo principal del presente trabajo es el demostrar si nuestra jurisprudencia judicial frente a la existencia de un posible daño moral derivado de un despido ilícito que posición asume, es
decir, es necesario que dentro del proceso laboral se requiera algún medio probatorio que identifique la veracidad de la existencia de este sufrimiento adicional o, en su defecto, pueden los indicios o presunciones llevar a crear una convicción al menos justificada en el juzgador de que
efectivamente se ha producido un daño. Dicho objetivo es importante, porque concluye con la incertidumbre jurídica, que actualmente existe sobre este tema, respecto a si los órganos
jurisdiccionales asumen una posición errónea o no; dado que, por un lado tenemos, que el juez está en la libertad de poder seguir según su discrecionalidad el criterio que crea más conveniente de acuerdo a su interpretación jurídica del caso en concreto, y por el otro lado, tenemos la predictibilidad que tiene cada ciudadano de que su caso se resolverá conforme a lo estipulado en
la ley. Por último, tenemos también que actualmente no existe una uniformidad respecto al cálculo de la cuantía de los daños patrimoniales y extra patrimoniales; siendo ello también un gran problema frente a estos procesos en donde existe responsabilidad civil contractual por parte del empleador, pero la problemática sobre: ¿Cómo se debe de cuantificar el daño moral? o ¿qué método se debe emplear para la cuantificación del daño? no será parte de la presente investigación.
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Informe Jurídico de la Casación Laboral N° 2456-2014-LIMABoza Santaolalla, Susana 17 August 2021 (has links)
El presente informe jurídico tiene como objetivo realizar un análisis de la protección de la madre trabajadora y movilidad geográfica como un acto de hostilidad a la luz de la Casación N° 2456-2014-Lima. Se plantearán medidas de reparación como la indemnización por daños y perjuicios y de protección como la solicitud de una medida cautelar, medidas que no formaron parte del proceso analizado y que habrían cumplido a cabalidad con la protección de la madre trabajadora
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