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Las indemnizaciones por responsabilidad civil contractual y su deducibilidad como gastoRodriguez Bullon, David Alejandro 11 February 2019 (has links)
Mediante la presente investigación se busca determinar si es que las indemnizaciones
pagadas por las empresas a terceros por haber incumplido alguno de los términos
contenidos en un contrato con su contraparte califican como gasto deducible para fines
de la determinación del Impuesto a la Renta, incumplimiento que puede surgir en el
devenir de las diversas operaciones económicas aquellas empresas realizan y que
puede deberse a un sinnúmero de factores. Lo señalado obedece a la ausencia de un
tratamiento tributario en la legislación tributaria, teniendo como consecuencia una
dispersión de criterios ya sea en entre las mismas empresas o en los distintos
estamentos administrativos y judiciales, que originan incertidumbre y un debido
cumplimiento referente a la correcta determinación de aquel impuesto. Para
determinar si aquel gasto es aceptado para fines del Impuesto a la Renta, se analiza
qué criterios o condiciones debe cumplir un gasto, cualquiera este sea, para que sea
deducido por las empresas. Asimismo, se analiza la legislación actual concerniente al
incumplimiento contractual y los factores que lo propician. Adicionalmente, se recurre a
la jurisprudencia nacional así como de otros países, con la finalidad de examinar
cuáles son las posturas que adoptan respecto a la deducción de un gasto por las
indemnizaciones antes descritas y cuáles son los fundamentos que las soportan.
Como consecuencia de las acciones descrito, se determina que las indemnizaciones
en las que se incurren como resultado de incumplimientos contractuales no son gastos
deducibles (o no aceptados tributariamente) para el Impuesto a la Renta, salvo
situaciones particulares que excedan a la voluntad y actos del contribuyente, por lo
que las empresas deben adoptar medidas adecuadas y planificar concienzudamente,
para de esta manera evitar incurrir en incumplimiento de sus obligaciones
contractuales que conlleven a un desembolso de indemnizaciones a favor de terceros. / Trabajo de investigación
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El carácter indemnizatorio de las medidas correctivas ordenadas por el Indecopi en el marco de los procedimientos de protección al consumidorSoldevilla Vasquez, Mayra Alejandra 27 May 2020 (has links)
En la última década del siglo XX el Estado pasó de ser uno prestado a ser uno de tipo
subsidiario; generando que su rol sea ahora supervisor y fiscalizador de las actividades
que ahora se habían encomendado al sector privado. Como consecuencia de este
cambio, se crearon organismos reguladores de los servicios públicos y otras entidades
supervisoras de sectores como la regulación del mercado que garantizaran el adecuado
tratamiento técnico de la regulación, fiscalización y resolución de reclamos de los
usuarios. Es así que, con la finalidad de propiciar el buen funcionamiento del mercado
mediante la defensa de los consumidores surgió el Indecopi; para lo cual, se facultó a
dicha entidad para, entre otras cosas, ordenar medidas correctivas a los administrados.
Sin embargo, nos surge la duda de si es correcto que en el marco de un procedimiento
de protección al consumidor el Indecopi ordene como medida correctiva reparadora la
devolución de los costos en los que incurrió el consumidor para reparar las
consecuencias patrimoniales directas e inmediatas ocasionadas por la infracción
cometida; creemos que, en casos como los antes mencionado se generan supuestos
en los que las medidas correctivas se configuran como una indemnización, dándose
escenarios en las que esta entidad sobrepasa sus facultades.
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Las indemnizaciones por responsabilidad civil contractual y su deducibilidad como gastoRodriguez Bullon, David Alejandro 11 February 2019 (has links)
Mediante la presente investigación se busca determinar si es que las indemnizaciones
pagadas por las empresas a terceros por haber incumplido alguno de los términos
contenidos en un contrato con su contraparte califican como gasto deducible para fines
de la determinación del Impuesto a la Renta, incumplimiento que puede surgir en el
devenir de las diversas operaciones económicas aquellas empresas realizan y que
puede deberse a un sinnúmero de factores. Lo señalado obedece a la ausencia de un
tratamiento tributario en la legislación tributaria, teniendo como consecuencia una
dispersión de criterios ya sea en entre las mismas empresas o en los distintos
estamentos administrativos y judiciales, que originan incertidumbre y un debido
cumplimiento referente a la correcta determinación de aquel impuesto. Para
determinar si aquel gasto es aceptado para fines del Impuesto a la Renta, se analiza
qué criterios o condiciones debe cumplir un gasto, cualquiera este sea, para que sea
deducido por las empresas. Asimismo, se analiza la legislación actual concerniente al
incumplimiento contractual y los factores que lo propician. Adicionalmente, se recurre a
la jurisprudencia nacional así como de otros países, con la finalidad de examinar
cuáles son las posturas que adoptan respecto a la deducción de un gasto por las
indemnizaciones antes descritas y cuáles son los fundamentos que las soportan.
Como consecuencia de las acciones descrito, se determina que las indemnizaciones
en las que se incurren como resultado de incumplimientos contractuales no son gastos
deducibles (o no aceptados tributariamente) para el Impuesto a la Renta, salvo
situaciones particulares que excedan a la voluntad y actos del contribuyente, por lo
que las empresas deben adoptar medidas adecuadas y planificar concienzudamente,
para de esta manera evitar incurrir en incumplimiento de sus obligaciones
contractuales que conlleven a un desembolso de indemnizaciones a favor de terceros. / Trabajo de investigación
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La indemnización justipreciada recibida con motivo de una expropiación y el Impuesto a la Renta en el PerúAdvíncula Altamirano, Pilar Elizabeth 29 March 2019 (has links)
El presente trabajo analiza el tratamiento tributario que recibe la indemnización
justipreciada para efectos del impuesto a la renta. A pesar de que las expropiaciones, en
tanto enajenaciones, constituyen hecho imponible del impuesto, de acuerdo a lo dispuesto
en el artículo 5 de la Ley del Impuesto a la Renta, el legislador ha establecido un
tratamiento tributario diferenciado para el caso de las expropiaciones, mediante la
modificación de la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles (LMAE) –
aprobada mediante Decreto Legislativo No. 1192 –, tratamiento que en los hechos supone
una inafectación tributaria en el caso de las expropiaciones. El legislador incorpora dicho
tratamiento basándose en los fundamentos desarrollados por el Tribunal Constitucional
en Sentencia recaída en el expediente No. 00319-2013-AA, según los cuales la
indemnización justipreciada no constituye un concepto gravado con el impuesto a la renta.
En ese sentido, toda vez que todo tratamiento diferenciado debe encontrarse fundado en
causas objetivas y razonables, el presente trabajo busca determinar si los argumentos
desarrollados por el Tribunal Constitucional mediante la referida sentencia, y en los que
el legislador sustenta el establecimiento de un tratamiento diferenciado para el caso de las
expropiaciones, son realmente válidos para legitimar dicho tratamiento. Para ello, se
analiza el tratamiento tributario de la indemnización justipreciada de acuerdo a lo previsto
en la Ley del Impuesto a la Renta y en las normas constitucionales, verificándose que lo
sostenido por el Tribunal Constitucional no resulta un fundamento válido para sustentar
un tratamiento tributario diferenciado en el presente caso.
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