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Análisis del principio de causalidad de los gastos de publicidad de las empresas del sector farmacéutico peruano en la determinación del impuesto a la renta

Vásquez Tarazona, Rina Eloha 22 February 2017 (has links)
El Impuesto a la Renta (“IR”) es uno de los principales tributos, en términos de recaudación para el Estado peruano, ello, debido a que el impacto de la carga impositiva del impuesto, incide en su mayoría, sobre la renta neta de las empresas domiciliadas en el país. / Tesis
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La deducción adicional del Impuesto a la Renta de trabajo

Arévalo Mogollón, Jorge Gabriel 06 February 2019 (has links)
La presente investigación tiene por objeto determinar si desde el punto de vista jurídico resulta procedente establecer una deducción adicional del Impuesto a la Renta, sustentada en comprobantes de pago, como incentivo para que los sujetos que obtienen rentas de trabajo exijan la emisión de comprobantes de pago y, si la deducción adicional de 3 UITs establecida por el artículo 46 de la Ley del Impuesto a la Renta, modificado por Decreto Legislativo Nº 1258, cumple con este propósito y, por ende, si fomenta o no el cumplimiento tributario. Al respecto, se concluye que es posible condicionar las deducciones del Impuesto a su sustentación mediante comprobantes de pago como una medida de carácter extra fiscal, en la medida que se respete el mínimo inafecto, se establezca un control documentario de las operaciones objeto de tal deducción y se realice una adecuada custodia de la información tributaria, sin embargo, que las exigencias establecidas en el mencionado Decreto Legislativo Nº 1258, referidas al carácter electrónico de los comprobantes de pago y los medios de pago que deben utilizarse aun con independencia de su importe, como también la naturaleza de los servicios en virtud de los cuales puede sustentarse dicha deducción, no constituyen un incentivo jurídico adecuado para que los generadores de rentas de trabajo exijan comprobantes de pago por los consumos que realizan. / Tesis
3

En un estado constitucional de derecho ¿se pueden permitir las deducciones objetivas en el impuesto a la renta sobre el trabajo sin que se vulneren principios de justicia tributaria?

López Agüero, Delia Katherine 28 February 2019 (has links)
En el Perú la determinación de la base imponible del impuesto a la renta sobre las rentas del trabajo se realiza de manera objetiva a partir del año 1994, pero ello no siempre fue así. Anteriormente ésta se efectuaba realizando una serie de deducciones que para algunos autores era un método que se acercaba más a los principios de justicia tributaria porque tenía en cuenta la verdadera capacidad de contribuir con los gastos públicos. Es por ello que en la presente investigación, analizamos si la forma de obtención de la base imponible de modo objetivo es violatoria de algún principio de justicia tributaria, tales como el de capacidad contributiva o el de no confiscatoriedad. Ello teniendo en cuenta un modelo de Estado Constitucional de Derecho, así como también determinar cuáles son los principios que justificarían tal intromisión al derecho a la propiedad y a otros principios consagrados Constitucionalmente como lo serían el deber de contribuir basado en el principio de solidaridad, y la lucha contra la evasión fiscal y la informalidad. En su defecto determinaremos hasta qué punto se puede permitir dicha vulneración al principio de no confiscatoriedad, en un caso en particular; y en general a los principios de justicia tributaria a través del análisis del test de proporcionalidad que ha sido adoptado por el Tribunal Constitucional cuando existe alguna controversia o conflicto entre principios o derechos constitucionales. En consecuencia al finalizar la presente tesis se efectuará un análisis de ponderación o proporcionalidad entre el deber de contribuir basado en el principio de solidaridad y los derechos fundamentales de las personas, a la salud y la educación, basados en el valor dignidad humana. / In Peru, the determination of the tax base of income tax on labor income is made objectively from 1994, but this was not always the case. Previously this was done by making a series of deductions that for some authors was a method that was closer to the principles of tax justice because it took into account the true ability to contribute to public spending. Consequently, in the present investigation, we analyze whether the basic way of obtaining base is in violation of some principle of tax justice, such as that of contributory capacity or non-confiscatory capacity, within a Constitutional State of Law, as well as To determine which are the principles that would justify such an intrusion on the right to property and other principles enshrined in the Constitution, such as the duty to contribute based on the principle of solidarity, and the fight against tax evasion and informality. In its absence, we determine the extent to which this violation can be allowed to the principle of non-confiscation in a particular case and generally to the principle of tax justice, through the technique of weighing constitutional principles that conflict. / Tesis
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Entre presunciones y ficciones. Un análisis de la norma antiparaíso prevista en la Ley del Impuesto a la Renta

Calle Sánchez, José Luis 05 February 2019 (has links)
El presente trabajo analiza el inciso m) del artículo 44 de la ley del impuesto a la renta, dentro de un entorno de adecuación de las normas tributarias peruanas a los estándares y recomendaciones de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) y además teniendo en cuenta que ha transcurrido casi 18 años desde su incorporación a la ley del impuesto a la renta sin alguna modificación sustancial. La investigación se justifica por cuanto nos encontramos en un nuevo contexto en la fiscalidad internacional por lo que amerita detenernos a analizar la forma en que se ha venido regulando la norma antiparaíso bajo la hipótesis de que su actual redacción no coadyuva a tener una legislación moderna, que permita a los contribuyentes probar los gastos realizados a cuyo efecto se analiza el concepto de paraíso fiscal, así como el adecuado uso de la técnica legislativa de las presunciones y ficciones jurídicas. A partir de este análisis se concluye que, una aplicación deficiente e indiscriminada de esta técnica legislativa, además de afectar económicamente al contribuyente mediante la prohibición a la deducción de gastos realizados con sujetos ubicados en paraísos fiscales, podría configurar una vulneración al principio constitucional de capacidad contributiva razón por la cual se recomienda una modificación normativa. / Tesis
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Análisis de la incidencia del impuesto a la renta en los casos de Uber y Airbnb

Tupayachi Abarca, Milway Wilfredo 28 November 2019 (has links)
Gracias a la tecnología, en el todo el mundo se vienen dando grandes cambios en el tradicional esquema de transacciones comerciales, esta situación aunada a la aparición de nuevos perfiles de consumidores y ofertantes ha llevado a la creación de nuevas formas de consumo, una de ellas es la denominada “consumo colaborativo”. Nuestro país no es ajeno a esta realidad, por ello y para este afecto, el presente trabajo abordará esta problemática en 3 divisiones, la primera abordará el concepto de consumo colaborativo, su alcance, características, clasificación, y la potestad tributaria del Estado Peruano, y su derecho a gravar aquella renta generada en nuestro país, la segunda analizará -a la luz de nuestra legislación tributaria- los casos de Uber y Airbnb para ello, se estudiará la incidencia del impuesto a la renta de cada una de las partes que conforman la relación colaborativa: Plataforma web, usuario y cliente. Se expondrá las razones que nos llevan a señalar que es necesaria la regulación del consumo colaborativo en general, tanto para evitar generar distorsiones respecto del consumo tradicional cuanto para no perder una gran oportunidad de trabajar en conjunto con las partes intervienes de manera que se les pueda trasladar parte del trabajo administrativo de recaudación, en tanto nuestra propuesta permite entablar canales de intercambio de información entre la administración y las plataformas, así como su nombramiento como agentes de retención respecto de las rentas generadas por choferes y anfitriones, la misma que es inviable sin acuerdos cuidadosamente estudiados con estas. Finalmente se propondrá un marco jurídico que pretende legislar este complejo fenómeno, partiendo de la premisa que estas operaciones no se encuentran gravadas en nuestro país, por lo que resulta necesario la implementación de un criterio objetivo de sujeción que sobre la base de la utilización económica del servicio en nuestro país, permita gravar las rentas generadas por las plataformas digitales, utilizando como elementos de verificación: la realización del servicio subyacente y la intervención de emisores de pago electrónico domiciliados en nuestro país, señalando porque no vemos viable otras propuestas de regulación. / Trabajo de investigación
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Análisis crítico de la deducción de gastos por RSE: ¿el gasto es asumido por la empresa, el estado o la sociedad?

Huamán Luna, Sandra Margarita 26 November 2019 (has links)
Constantemente se discute la naturaleza de los gastos por Responsabilidad Social Empresarial y su deducción para efectos del Impuesto a la Renta de Tercera Categoría, pues no se encuentran permitidos expresamente en la lista taxativa contenida en el artículo 37° de la Ley del Impuesto a la Renta, tampoco no admitidos restrictivamente en el artículo 44° del mismo cuerpo normativo. Frente a dicha cuestión, denotamos la presencia de dos posiciones contradictorias sobre el correcto tratamiento tributario aplicable en estos supuestos. La primera calificada como una postura abierta, consiste en no categorizar determinados gastos en la legislación tributaria. Por otro lado, la segunda posición considerada como cerrada, insiste en señalar expresamente los tipos de gastos que se pueden deducir o el sector que estaría habilitado para hacerlo. Ello genera incertidumbre en los contribuyentes tras la existencia de criterios amplios y restringidos de la aplicación del denominado principio de causalidad consagrado en la legislación tributaria y más aún cuando en la actualidad las empresas- asumiendo su rol como motor de desarrollo de la sociedadhan ido adoptando de manera progresiva y dinámica las prácticas de RSE dentro de sus decisiones estratégicas, originando innovadoras formas de hacer empresa bajo el contexto de un libre mercado e involucradas con necesidades sociales, ambientales, éticas, etc. Es así que, partiendo del entendimiento e interiorización a nivel internacional y local sobre la RSE frente a su carácter pluridimensional y la ausencia de su definición normativa, el presente trabajo de investigación analiza críticamente y con un debido fundamento tributario y constitucional -a la luz del Principio de Solidaridad vinculado estrechamente con el deber de contribuir y la capacidad contributiva - la procedencia de la deducción de gastos por RSE, para servir como un criterio en la resolución de casos y abrir el camino a nuevas investigaciones. / Sapakutinmi rimanku maymantan paqarimon gastos por Responsabilidad Social Empresarialmanta hinallataq tukuy pisiyay Impuesto a la Renta de Tercera Categoriamanta, chaymi manan tarikunchu qelqasqa artículo kinsachunkaqanchisniyoq (37°) Hatun Kamachi Impuesto Rentapi, manan amatasqachu artículo tawachunkatawapipas (44°) chay Hatun Kamachikuyki. Chay sasachakuykunapi tarinchis iskay qhawaykuna mana tupaq allin ruway tratamiento tributariomanta. Kay qhawaykunamanta hukñinmi kichasqa qhaway chaymi kan mana aqllay Hatun Kamachi Tributariomanta. Hinallataq kay iskay qhawayqa wisk‟asqan chay qelqasqa ñinmi tipos de gastosmanta Hatun Kamachipi o atikunmi ruwanapaq. Kaymi paqarichimun mana allin yachayta contribuyentekunapi chay nisqa principio de causalidadmi Hatun Kamachi Tributariomantapi rikhurichimun huk qhaway kichasqata huk qhaway wisk‟asqata kunanmi chay empresakuna wiñachin llaqtakunata hinallataqmi hap‟inku ruwanankupi prácticas de RSEpi paqarichimunku musuq ruway empresakunata ukhu libre mercado nisqapi qhawarispa llaqtakuna munasqanta. Hinallataq qallarispa kay yachaymanta hatun suyukunapi llaqtakunapi RSEmanta askha kurkunmanta mana qelqasqachu Hatun Kamachikuypi, Kay llank‟ayqa kuskiyta munan hamut‟ayta hatun qhawaywan tiyanmi Constitucional Tributariopi k‟anchay Principio de Solidaridadwan kushka deber contribuirwan capacidad contributivawan ima, atikunmi pisichiyta gastos por RSEmanta yanapamanpaq hampinampaq casokunata hinallataq kicharinqa ñanta musuq kuskikunata RSEmanta. / Trabajo de investigación
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Informe sobre la Sentencia de Casación No. 2743-2009 LIMA

Mendieta Vigo, Gloria Elisa 25 February 2021 (has links)
En el presente informe se analizan los alcances de la aplicación del denominado principio de causalidad configurado en nuestro ordenamiento jurídico, a partir de un caso concreto sobre la deducción de gastos de mantenimiento y mejoramiento de carreteras efectuada por una empresa del sector minero a efectos de determinar el Impuesto a la Renta empresarial. Se parte por reconocer que el principio de causalidad tiene un carácter dinámico en el tiempo y que, a su vez, la doctrina y la jurisprudencia han ido dotando de contenido, estableciéndose así dos interpretaciones de aquel principio materia de estudio, esto es, una restrictiva y otra amplia. En virtud a dicho principio, resulta imprescindible examinar su configuración objetiva y subjetiva respecto a los criterios de necesidad, normalidad y razonabilidad, así como las prohibiciones previstas expresamente en la Ley del Impuesto a la Renta (IR). A su vez, se destaca el criterio de la potencialidad que podría resultar conveniente con la finalidad de calificar un gasto como causal a pesar de que necesariamente no tiene un efecto directo en la generación de renta y/o mantenimiento de la fuente productora en sentido estricto, sino más bien uno indirecto toda vez que existen distintas formas o estrategias que realizan- hoy en día- las empresas para desarrollar sus actividades empresariales con el objetivo de procurarse réditos aun cuando estos no se produzcan en los hechos. Finalmente, se plasman reflexiones sobre los gastos de índole social o los llamados “gastos de responsabilidad social empresarial (RSE)”, tal como podría ser el caso de los gastos de mantenimiento de carreteras, y su deducción para efectos del Impuesto a la Renta empresarial, invocando el texto normativo vigente del artículo 37 de la Ley del IR, puesto que el reconocimiento de una interpretación amplia del principio de causalidad, como se establece en la Casación materia de estudio, permite la calificación de tales gastos que implementan prácticas de RSE como causales.
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¿Debe mantenerse la norma de subcapitalización en la ley de impuesto a la renta peruana?

Dunin Borkowski Goluchowska, Katarzyna María 23 July 2019 (has links)
La investigación presenta un análisis de la situación objetiva de la subcapitalización, revisando los Métodos que se han utilizado para combatirla a nivel mundial, la implementación del enfoque de mejores prácticas de la Acción 4 del Plan BEPS de la OCDE. A efectos de determinar si la regulación que existe actualmente en el ordenamiento jurídico tributario peruano vigente para contrarrestar sus efectos debe mantenerse o no, y en caso de ser afirmativa la respuesta, nuestra propuesta de implementación del perfeccionamiento tributario correspondiente a la regulación de esta situación objetiva. This research presents an analysis of the objective situation of the thincapitalization, reviewing the methods that have been used to combat it world wide, the implementation of the best practices approach of Action 4 of the OECD BEPS Plan. In order to determine if the existing regulation in the Peruvian tx law order to counteract its effects must be maintained or not, and if the answer is affirmative, our proposal to implement the tax improvement correspending to the regulation ofthis objective situation. / Tesis
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Análisis del principio de causalidad de los gastos de publicidad de las empresas del sector farmacéutico peruano en la determinación del impuesto a la renta

Vásquez Tarazona, Rina Eloha 22 February 2017 (has links)
El Impuesto a la Renta (“IR”) es uno de los principales tributos, en términos de recaudación para el Estado peruano, ello, debido a que el impacto de la carga impositiva del impuesto, incide en su mayoría, sobre la renta neta de las empresas domiciliadas en el país.
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Informe jurídico sobre la Resolución de observancia obligatoria del Tribunal Fiscal No.00358-1-2023

Valverde Berlanga, Eva Judith 07 August 2023 (has links)
En el presente informe, se analiza el extremo de la Resolución de observancia obligatoria del Tribunal Fiscal No.00358-1-2023 respecto de si la presentación de una declaración jurada rectificatoria en la que se aceptan los importes observados por gastos no acreditados con documentación fehaciente por la Administración en el marco de un procedimiento de fiscalización impide o no la aplicación de la norma de Tasa Adicional del Impuesto a la Renta. Para ello, se ha dividido el presente informe en tres secciones. La primera sección versa sobre la fehaciencia del gasto (cuestiones generales, medios probatorios y consecuencias jurídicas). La segunda sección gira en torno a la norma de aplicación de la Tasa Adicional del Impuesto a la Renta, específicamente, sobre la presunción relativa que contiene y su carácter de norma antielusiva específica en el ordenamiento peruano. Por último, y en base a las anteriores secciones, la tercera sección busca responder si es que los gastos no acreditados con documentación fehaciente que son aceptados mediante declaración rectificatoria en el marco de una fiscalización son susceptibles de posterior control tributario o no. Para el desarrollo de este informe jurídico, se han empleado las diversas fuentes del derecho (la doctrina, la jurisprudencia y la legislación). / In this report, the Resolution of obligatory observance of the Tax Court No.00358- 1-2023 is analyzed regarding whether the presentation of a rectifying affidavit in which the amounts observed for expenses not accredited with reliable documentation are accepted by the Administration in the framework of an examination procedure prevents or not the application of the Additional Rate of Income Tax rule. To this end, this report has been divided into three sections. The first section deals with the reliability of the expense (general issues, evidence and legal consequences). The second section revolves around the rule of application of the Additional Rate of Income Tax, specifically, on the relative presumption that it contains and its nature as a specific anti-avoidance rule in the Peruvian legal system. Lastly, and based on the previous sections, the third section seeks to answer whether the expenses not accredited with reliable documentation that are accepted by means of a rectifying declaration in the framework of an examination are susceptible to subsequent tax control or not. For the development of this legal report, the various sources of law (doctrine, jurisprudence and legislation) have been used.

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