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Diseño de políticas públicas sobre acceso a la información pública para minorías linguísticas: aportes desde el derechoMontesinos Alvarez, Yuri Wilson 21 December 2012 (has links)
Tesis
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Correos electrónicos de las cuentas oficiales de los funcionarios públicos como ámbito de protección del derecho de acceso a la información pública en el ordenamiento jurídico peruanoGamarra Galindo, Marco Antonio 23 January 2019 (has links)
Este trabajo tiene por objetivo explicar por qué el derecho de acceso a la información
pública permite que las personas puedan solicitar y recibir los correos electrónicos
de cuentas oficiales de sus servidores públicos. Se parte de la hipótesis de que
dicho bien constitucional abarca la facultad subjetiva de acceder a documentación
en soporte digital que refleja el desempeño de las autoridades públicas.
Su estudio se justifica porque, en el contexto de la sociedad de la información, el
Estado emplea el servicio de correo electrónico para realizar, de manera eficiente,
sus funciones y obligaciones, lo cual produce que los órganos públicos posean
documentación en buzones institucionales, sobre los cuales los individuos tienen
interés en conocer.
Este trabajo se basa en el tratamiento jurídico que el bloque de constitucionalidad y
los estándares internacionales proveen, tomando en consideración las respuestas
denegatorias de cuatro Ministerios a pedidos ciudadanos de emails institucionales,
los fallos emitidos por el Poder Judicial y las decisiones administrativas de los
órganos garantes del derecho a saber de México y Chile.
Se concluye que el derecho de acceso a la información pública asegura la apertura
de correos de cuentas oficiales de funcionarios públicos porque estos documentos
se hallan bajo su posesión (criterio que permite optimizar los fundamentos de dicho
derecho) y porque toda información bajo tenencia de órganos públicos le pertenece
a la sociedad, en tanto el poder que titularizan (que les permite conocer información)
debe ejercerse en favor de principios y derechos fundamentales (dignidad,
transparencia y Estado democrático).
En tanto el derecho a saber no es absoluto, la entrega de emails oficiales puede
estar sujeta al régimen de excepciones. De este modo, a la luz del test de
proporcionalidad, las autoridades podrán denegar la apertura de dicha
documentación para tutelar otros bienes legítimos como el de intimidad. / Tesis
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Correos electrónicos de las cuentas oficiales de los funcionarios públicos como ámbito de protección del derecho de acceso a la información pública en el ordenamiento jurídico peruanoGamarra Galindo, Marco Antonio 23 January 2019 (has links)
Este trabajo tiene por objetivo explicar por qué el derecho de acceso a la información
pública permite que las personas puedan solicitar y recibir los correos electrónicos
de cuentas oficiales de sus servidores públicos. Se parte de la hipótesis de que
dicho bien constitucional abarca la facultad subjetiva de acceder a documentación
en soporte digital que refleja el desempeño de las autoridades públicas.
Su estudio se justifica porque, en el contexto de la sociedad de la información, el
Estado emplea el servicio de correo electrónico para realizar, de manera eficiente,
sus funciones y obligaciones, lo cual produce que los órganos públicos posean
documentación en buzones institucionales, sobre los cuales los individuos tienen
interés en conocer.
Este trabajo se basa en el tratamiento jurídico que el bloque de constitucionalidad y
los estándares internacionales proveen, tomando en consideración las respuestas
denegatorias de cuatro Ministerios a pedidos ciudadanos de emails institucionales,
los fallos emitidos por el Poder Judicial y las decisiones administrativas de los
órganos garantes del derecho a saber de México y Chile.
Se concluye que el derecho de acceso a la información pública asegura la apertura
de correos de cuentas oficiales de funcionarios públicos porque estos documentos
se hallan bajo su posesión (criterio que permite optimizar los fundamentos de dicho
derecho) y porque toda información bajo tenencia de órganos públicos le pertenece
a la sociedad, en tanto el poder que titularizan (que les permite conocer información)
debe ejercerse en favor de principios y derechos fundamentales (dignidad,
transparencia y Estado democrático).
En tanto el derecho a saber no es absoluto, la entrega de emails oficiales puede
estar sujeta al régimen de excepciones. De este modo, a la luz del test de
proporcionalidad, las autoridades podrán denegar la apertura de dicha
documentación para tutelar otros bienes legítimos como el de intimidad.
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Diseño de políticas públicas sobre acceso a la información pública para minorías linguísticas: aportes desde el derechoMontesinos Alvarez, Yuri Wilson 21 December 2012 (has links)
En 1970, el economista estadounidense George Akerlof publicó uno de sus
artículos más famosos relacionados con la teoría de la información. En aquel
trabajo Akerlof desarrolló cómo operaba en la realidad un concepto hasta entonces
relativamente nuevo: la asimetría informativa. El artículo se concentra en el análisis
de la asimetría informativa en el mercado de autos usados, los denominados
“lemons” (“cachorros”) en jerga de los Estados Unidos.
La curiosidad de Akerlof lo llevó a estudiar qué llevaba a los vendedores de estos
bienes a ocultar información sobre las características de los vehículos. La
conclusión del trabajo fue que ocultar información a los compradores permitía
vender los autos a precios más altos. Si bien el artículo se centró en este caso
bastante concreto, en los años posteriores el método y planteamientos de Akerlof
se hicieron extensivos a otros campos de estudio.
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Tratamiento de datos personales en marco a la atención de las solicitudes de acceso a la información públicaCórdova Abregú, Aurora Flor 14 November 2023 (has links)
El presente trabajo de investigación se enfoca en la convergencia de dos derechos fundamentales, el derecho de acceso a la información pública y el derecho a la protección de datos personales en las solicitudes de acceso a la información pública. Mientras que el primer derecho tiene por objeto privilegiar el conocimiento, el escrutinio, hacer visible las actuaciones estatales, el segundo derecho podría limitar este acceso o restringirlo. En ese contexto, esta investigación pretende brindar al lector un análisis amplio desde la caracterización jurídica de ambos derechos hasta la reflexión de un equilibrio que ayude a armonizar y resolver posibles conflictos, todo ello en marco a la doctrina, jurisprudencia nacional y extranjera. Además, esta tesis se ve enriquecida por la labor de campo realizada en algunas entidades estatales al solicitar acceder a información pública, lo cual permite analizar el razonamiento detrás de los limites o del acceso a datos personales. A partir de estos argumentos se puede identificar las necesidades de mejora en los funcionarios responsables de brindar información y formular alternativas de solución, con el objetivo de ser transparentes y que la denegatoria del acceso a información pública no se confunda con la arbitrariedad o el ocultamiento. / This research focuses on the convergence of two fundamental rights, the right of access to public information and the right to the protection of personal data in requests for access to public information. While the first right aims to privilege knowledge, scrutiny, making visible state actions, the second right could limit this access or restrict it. In this context, this research aims to provide the reader with a broad analysis from the legal characterization of both rights to the reflection of a balance that helps to harmonize and resolve possible conflicts, all within the framework of the doctrine, national and foreign jurisprudence. In addition, this thesis is enriched by the field work carried out in some state entities when requesting access to public information, which allows analyzing the reasoning behind the limits or access to personal data. From these arguments, it is possible to identify the needs for improvement in the officials responsible for providing information and formulate alternative solutions, with the aim of being transparent and that the denial of access to public information is not confused with arbitrariness or concealment.
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La redefinición del derecho de huelga a partir del empleo de las tecnologías de información y comunicación en los conflictos colectivos de trabajoChuqui Espinoza, Sheyla Jazmine 30 March 2023 (has links)
Las tecnologías de la información y comunicación son una realidad constante y
han generado repercusiones en las relaciones laborales. En la huelga como
manifestación más crítica de los conflictos colectivos de trabajo, objeto de la
presente investigación, las tecnologías de la información y comunicación
suponen una redefinición del derecho desde dos ámbitos: El ejercicio del
derecho de parte de los trabajadores, y la respuesta del empleador frente a una
medida de presión social como la huelga.
En el ejercicio de la medida de parte de los trabajadores, las tecnologías de
información y comunicación evidencian no solo un rol flexibilizador y masificador
de sus efectos para un mayor alcance, sino que también, permite redefinir el
derecho a propósito de su repercusión en quienes materializan la medida e,
incluso, desarrollan sus actividades laborales a partir de las tecnologías de
información y comunicación.
Desde el ámbito del empleador, dicha intervención también repercute en la
generación de una nueva manifestación como respuesta a la huelga desde el
lado del empleador: el esquirolaje tecnológico. Es objeto de la presente
investigación, analizar en qué supuestos es posible concretar el esquirolaje
tecnológico sin mermar el ejercicio libre del derecho de huelga.
Así las cosas, el lector de la investigación podrá comprender cómo el empleo de
las tecnologías de información y comunicación deviene en un
redimensionamiento de una institución jurídica como el derecho de huelga. / Information and communication technologies are a constant fact and have effects
in employment relationships. In the strike as the most critical manifestation of
collective labor conflicts, which is the object of this investigation, information and
communication technologies represent a redefinition of the right of strike from two
areas: The exercise of the right by the employees, and the response of the
employer against a work stoppage such as a strike.
In the strike as a labor right of the employees, the information and communication
technologies show not only a flexible and massifying role of their effects for a
greater scope, but also, it allows redefining the right regarding its repercussion
on those who materialize the strike and even on those who carry out their work
activities based on information and communication technologies.
From the employer's perspective, said intervention also has an impact on the
generation of a new response to the strike from the employer's side: technological
strike breaking. The object of this investigation is to analyze in which cases it is
possible to achieve technological strike breaking without violating the free
exercise of the labor right to strike.
Thus, the reader of this investigation will be able to understand how the use of
the information and communication technologies leads to a redefinition of a legal
institution such as the right to strike.
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¿En qué medida la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley N.o 27806, se complementa con lo dispuesto en la Ley General de Salud, Ley N.o 26842, garantizando el Derecho fundamental al acceso a la información?Torres Abarca, Natalia 26 May 2023 (has links)
El presente trabajo pretende exponer algunos casos en los cuales el
administrado requiere documentos que considera de público conocimiento, en
mérito a la ley de Transparencia y Acceso a la Información, y por cuanto los
posee la Administración, específicamente nos estamos haciendo referencia a
aquellos supuestos en los que una persona solicita a una entidad pública,
hospital del estado, copia de la historia clínica de un paciente que no tiene un
vínculo con el requirente.
Y antes de desarrollar los casos obtenidos por el propio Tribunal de
Transparencia y Acceso a la Información Pública (el “Tribunal”), órgano que
pertenece al Ministerio de Justicia, se expondrán algunos conceptos que se
han podido recopilar de las leyes que serán aplicables a nuestro caso
completo, además de lectura adicional que nos ayudará a demostrar que no
toda información que obra en algún ente del estado, debe ser considera como
pública, y en ese contexto, que tampoco se transgrede el derecho de acceso a
la información pública.
La razón de promover esta información es por cuanto existe un
desconocimiento sobre estos hechos y los administrados, que creen que se
está transgrediendo su derecho constitucionalmente reconocido, dando inicio a
un procedimiento administrativo que genera costos al aparato del Estado, que
podrían ser destinados a otros temas incluso otras carteras que requieran de
mayor presupuesto, reclamando sobre algo que no resulta otorgable.
Asimismo, con esta breve exposición, busco dar a conocer que (i) no existe un
correcto entendimiento sobre la información que es considerada como pública;
de otro lado, (ii) las excepciones a una norma no siempre se encuentran
contenidas en la misma ley, debiendo recurrir a otras fuentes normativas para
su correcto entendimiento. Ambos hechos conllevan a pensar que el Estado no
está cumpliendo a cabalidad con su deber de difusión normativa / The present paper will show cases in which the citizen requires documents that
it considers to be publicly known, due to the Law on Transparency and Access
to Information, and since the Administration has them, we are specifically
referring to those cases in those in which a person requests a copy of the
clinical story of a patient who has no relationship with the applicant, in a state
hospital.
Before develop the cases obtained by the Court of Transparency and Access to
Public Information (the "Court"), that belongs to the Ministry of Justice, some
concepts that have been compiled from the laws, will be expose, in addition I
will use some additional lectures that will help us demonstrate that not all
information that guard a public hospital should be considered as public, and in
this context, that the right of access to public information is not violated either.
The reason for promoting this information is because there is a lack of
knowledge about these facts and those citizens, who believe that their
constitutionally recognized right is being violated, initiating an administrative
procedure that generates costs to the public hospital, which could be allocated
to others topics including other portfolios that require a larger budget, claiming
about something that is not grantable.
Also, with this brief presentation, I seek to make it known that (i) there is no
correct understanding of the information that is considered public; on the other
hand, (ii) the exceptions to a norm are not always contained in the same law, so
it is necessary to resort to other normative sources for their correct
understanding. Both facts lead us to think that the State is not complying with its
duty to disseminate the regulations. / Trabajo académico
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El criterio de confidencialidad de la información adoptado por el OEFA ante requerimientos del Ministerio Público, en el marco de una investigación por delitos ambientalesOrtiz Lara, Merly Isabel 25 May 2021 (has links)
El desarrollo del presente trabajo pretende analizar el criterio de confidencialidad
adoptado por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) en el marco
de una investigación por delitos ambientales, a efectos de determinar si es correcta su
aplicación al analizar el marco jurídico completo, buscando consolidar los procesos de
coordinación interinstitucional y remisión de información entre elMinisterio Público y el
OEFA, en esta accesoriedad administrativa de la investigación por comisión de ilícitos
ambientales.
El OEFA tiene establecido como criterio, restringir el acceso a la información solicitada
por el Ministerio Público en el marco de una investigación por delitos ambientales,
aduciendo el carácter confidencial regulado en el Inc. 3 del Artículo 17° del Texto Único
Ordenado de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública,
aprobado por el Decreto Supremo N° 021-2019-JUS.
La adopción de este criterio es basado únicamente en una excepción contemplada en La
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; sin embargo, no analiza que
dicho pedido fiscal no se realiza por una solicitud de acceso a la información pública; por
el contrario, el pedido tiene un marco especial, Ley General del Ambiente y el
Reglamento del Inc. 149.1 del Art. 149 de la Ley General del Ambiente, que no solo
reglamentan las disposiciones relativas a la emisión del informe fundamentado; sino
también, la aplicación para toda investigación por la comisión de delitos ambientales.
Las consecuencias que analizaremos en este trabajo corresponden a la configuración del
delito por rehusamiento de actos funcionares en los que incurriría los funcionarios del
OEFA, la anulación de las prerrogativas del Ministerio Público en la investigación penal
y la limitación del ius puniendi del Estado.
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Fernández-Viajes Falabella (Resolución N° 435-2016/SPC-INDECOPI)Languasco Huillcahuamán, María del Pilar 12 August 2021 (has links)
El derecho a la información es aquella obligación que tiene el proveedor para
brindar información relevante sobre los productos o servicios que ofrece al mercado para
que el consumidor pueda tener una mejor decisión de consumo. Bajo esa misma línea, las
agencias de viajes minoristas tienen la función de la elaboración, comercialización,
orientación, brindar asesoría e información de los servicios turísticos nacionales e
internacionales que tiene a su disposición. Ahora bien, ¿qué ocurre cuando estas empresas
omiten información a los consumidores?
En el presente informe se analizará lo resuelto en la Resolución N° 435-2016/SCPINDECOPI
por la Sala Especializada en Protección al Consumidor que revocó la
resolución emitida por la Comisión de Protección al Consumidor N° 2 al considerar que
la agencia de viajes no tenía la obligación de brindar información respecto de las
penalidades por la reprogramación de los paquetes turísticos y de los pasajes aéreos. Por
ello, se realizará un marco teórico en la cual se explicará los alcances del deber de
información, la responsabilidad que tiene el proveedor y si la reprogramación y
penalidades debería ser considerado información relevante / The right to information is the obligation of the supplier to provide relevant
information on the products or services offered to the market so that the consumer can
make a better consumer decision. Along the same lines, retail travel agencies have the
function of preparing, marketing, guiding, providing advice and information on the
national and international tourist services available to them. Now, what happens when
these companies omit information to consumers?
This report will analyze what was resolved in Resolution No. 435-2016/SCP-INDECOPI
by the Specialized Chamber on Consumer Protection that revoked the resolution issued
by the Consumer Protection Commission No. 2 by considering that the travel agency did
not have the obligation to provide information regarding the penalties for the rescheduling
of tour packages and airline tickets. Therefore, a theoretical framework will be made in
which the scope of the duty of information, the responsibility of the supplier and whether
the rescheduling and penalties should be considered relevant information will be
explained.
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Informe Jurídico de la Casación N° 14614-2016-LimaQuispe Rojo, Ana Paula 11 August 2022 (has links)
El presente informe profesional analiza el recurso de casación interpuesto por una
empresa tras pretender regular en su Reglamento Interno de Trabajo la fiscalización de
las herramientas digitales brindadas a sus trabajadores. La empresa sostiene, en los
artículos materia de discusión del Reglamento Interno de Trabajo, ser propietaria de las
herramientas digitales otorgadas al trabajador, estar facultada para regular el uso de estas
y, por consiguiente, al ser propietaria de los correos electrónicos institucionales, puede
acceder a su contenido.
Al respecto, la posición mayoritaria de la jurisprudencia nacional -en concordancia con
el respeto de los derechos fundamentales relativos a la intimidad y al secreto e
inviolabilidad de las comunicaciones- sostiene que, no se puede acceder, bajo ninguna
circunstancia, al contenido de las herramientas digitales. Sin embargo, la posición
contraria defiende la posibilidad del empleador de fiscalizar solo un contenido externo de
las herramientas digitales, posición que se comparte en el presente informe.
Asimismo, la jurisprudencia internacional prevé una fiscalización del empleador respecto
de las herramientas digitales, siempre y cuando se cumplan determinados requisitos, pero
-a la fecha- este análisis aún no se encuentra regulado ni utilizado en nuestro
ordenamiento.
En ese sentido, este informe profesional busca realizar un análisis sobre el uso de las
herramientas digitales entregadas al trabajador y los límites para la fiscalización de las
mismas; para lo cual, se recurre a jurisprudencia nacional e internacional, legislación,
doctrina y documentos legales. / The following research work analyzes the cassation appeal filed by a company seeking to
regulate in its Internal Labor Regulations the monitoring of the digital tools provided to
its workers. The company claims, based on the articles on the Internal Labor Regulation
subject of discussion, to be the owner of the digital tools provided to its workers, and to
be able to regulate its use; therefore, the company owns the institutional emails, and can
access to their content.
In that regard, the majority of the national jurisprudence – according with the respect for
the fundamental rights relating to privacy and the secrecy and inviolability of
communications - maintains that, under no circumstances, it is possible to access the
content of digital tools. However, there is a part of the academy that defends the
possibility of the employer to control only an external content of the digital tools, a
position that is shared in this research.
Furthermore, there is international jurisprudence which already provides a mechanism
for an employer to audit the digital tools provided only when certain characteristics are
met. This analysis is not yet regulated or used in our legal system.
In this regard, this research work seeks to carry out an analysis of the issues of regulation
of the use of digital tools delivered to the worker and to what extent they can be monitored.
To this end, an analysis of national and international jurisprudence, doctrine and legal
documents has been sought.
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