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Diseño de políticas públicas sobre acceso a la información pública para minorías linguísticas: aportes desde el derecho

Montesinos Alvarez, Yuri Wilson 21 December 2012 (has links)
Tesis
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Correos electrónicos de las cuentas oficiales de los funcionarios públicos como ámbito de protección del derecho de acceso a la información pública en el ordenamiento jurídico peruano

Gamarra Galindo, Marco Antonio 23 January 2019 (has links)
Este trabajo tiene por objetivo explicar por qué el derecho de acceso a la información pública permite que las personas puedan solicitar y recibir los correos electrónicos de cuentas oficiales de sus servidores públicos. Se parte de la hipótesis de que dicho bien constitucional abarca la facultad subjetiva de acceder a documentación en soporte digital que refleja el desempeño de las autoridades públicas. Su estudio se justifica porque, en el contexto de la sociedad de la información, el Estado emplea el servicio de correo electrónico para realizar, de manera eficiente, sus funciones y obligaciones, lo cual produce que los órganos públicos posean documentación en buzones institucionales, sobre los cuales los individuos tienen interés en conocer. Este trabajo se basa en el tratamiento jurídico que el bloque de constitucionalidad y los estándares internacionales proveen, tomando en consideración las respuestas denegatorias de cuatro Ministerios a pedidos ciudadanos de emails institucionales, los fallos emitidos por el Poder Judicial y las decisiones administrativas de los órganos garantes del derecho a saber de México y Chile. Se concluye que el derecho de acceso a la información pública asegura la apertura de correos de cuentas oficiales de funcionarios públicos porque estos documentos se hallan bajo su posesión (criterio que permite optimizar los fundamentos de dicho derecho) y porque toda información bajo tenencia de órganos públicos le pertenece a la sociedad, en tanto el poder que titularizan (que les permite conocer información) debe ejercerse en favor de principios y derechos fundamentales (dignidad, transparencia y Estado democrático). En tanto el derecho a saber no es absoluto, la entrega de emails oficiales puede estar sujeta al régimen de excepciones. De este modo, a la luz del test de proporcionalidad, las autoridades podrán denegar la apertura de dicha documentación para tutelar otros bienes legítimos como el de intimidad. / Tesis
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Correos electrónicos de las cuentas oficiales de los funcionarios públicos como ámbito de protección del derecho de acceso a la información pública en el ordenamiento jurídico peruano

Gamarra Galindo, Marco Antonio 23 January 2019 (has links)
Este trabajo tiene por objetivo explicar por qué el derecho de acceso a la información pública permite que las personas puedan solicitar y recibir los correos electrónicos de cuentas oficiales de sus servidores públicos. Se parte de la hipótesis de que dicho bien constitucional abarca la facultad subjetiva de acceder a documentación en soporte digital que refleja el desempeño de las autoridades públicas. Su estudio se justifica porque, en el contexto de la sociedad de la información, el Estado emplea el servicio de correo electrónico para realizar, de manera eficiente, sus funciones y obligaciones, lo cual produce que los órganos públicos posean documentación en buzones institucionales, sobre los cuales los individuos tienen interés en conocer. Este trabajo se basa en el tratamiento jurídico que el bloque de constitucionalidad y los estándares internacionales proveen, tomando en consideración las respuestas denegatorias de cuatro Ministerios a pedidos ciudadanos de emails institucionales, los fallos emitidos por el Poder Judicial y las decisiones administrativas de los órganos garantes del derecho a saber de México y Chile. Se concluye que el derecho de acceso a la información pública asegura la apertura de correos de cuentas oficiales de funcionarios públicos porque estos documentos se hallan bajo su posesión (criterio que permite optimizar los fundamentos de dicho derecho) y porque toda información bajo tenencia de órganos públicos le pertenece a la sociedad, en tanto el poder que titularizan (que les permite conocer información) debe ejercerse en favor de principios y derechos fundamentales (dignidad, transparencia y Estado democrático). En tanto el derecho a saber no es absoluto, la entrega de emails oficiales puede estar sujeta al régimen de excepciones. De este modo, a la luz del test de proporcionalidad, las autoridades podrán denegar la apertura de dicha documentación para tutelar otros bienes legítimos como el de intimidad.
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Diseño de políticas públicas sobre acceso a la información pública para minorías linguísticas: aportes desde el derecho

Montesinos Alvarez, Yuri Wilson 21 December 2012 (has links)
En 1970, el economista estadounidense George Akerlof publicó uno de sus artículos más famosos relacionados con la teoría de la información. En aquel trabajo Akerlof desarrolló cómo operaba en la realidad un concepto hasta entonces relativamente nuevo: la asimetría informativa. El artículo se concentra en el análisis de la asimetría informativa en el mercado de autos usados, los denominados “lemons” (“cachorros”) en jerga de los Estados Unidos. La curiosidad de Akerlof lo llevó a estudiar qué llevaba a los vendedores de estos bienes a ocultar información sobre las características de los vehículos. La conclusión del trabajo fue que ocultar información a los compradores permitía vender los autos a precios más altos. Si bien el artículo se centró en este caso bastante concreto, en los años posteriores el método y planteamientos de Akerlof se hicieron extensivos a otros campos de estudio.
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Tratamiento de datos personales en marco a la atención de las solicitudes de acceso a la información pública

Córdova Abregú, Aurora Flor 14 November 2023 (has links)
El presente trabajo de investigación se enfoca en la convergencia de dos derechos fundamentales, el derecho de acceso a la información pública y el derecho a la protección de datos personales en las solicitudes de acceso a la información pública. Mientras que el primer derecho tiene por objeto privilegiar el conocimiento, el escrutinio, hacer visible las actuaciones estatales, el segundo derecho podría limitar este acceso o restringirlo. En ese contexto, esta investigación pretende brindar al lector un análisis amplio desde la caracterización jurídica de ambos derechos hasta la reflexión de un equilibrio que ayude a armonizar y resolver posibles conflictos, todo ello en marco a la doctrina, jurisprudencia nacional y extranjera. Además, esta tesis se ve enriquecida por la labor de campo realizada en algunas entidades estatales al solicitar acceder a información pública, lo cual permite analizar el razonamiento detrás de los limites o del acceso a datos personales. A partir de estos argumentos se puede identificar las necesidades de mejora en los funcionarios responsables de brindar información y formular alternativas de solución, con el objetivo de ser transparentes y que la denegatoria del acceso a información pública no se confunda con la arbitrariedad o el ocultamiento. / This research focuses on the convergence of two fundamental rights, the right of access to public information and the right to the protection of personal data in requests for access to public information. While the first right aims to privilege knowledge, scrutiny, making visible state actions, the second right could limit this access or restrict it. In this context, this research aims to provide the reader with a broad analysis from the legal characterization of both rights to the reflection of a balance that helps to harmonize and resolve possible conflicts, all within the framework of the doctrine, national and foreign jurisprudence. In addition, this thesis is enriched by the field work carried out in some state entities when requesting access to public information, which allows analyzing the reasoning behind the limits or access to personal data. From these arguments, it is possible to identify the needs for improvement in the officials responsible for providing information and formulate alternative solutions, with the aim of being transparent and that the denial of access to public information is not confused with arbitrariness or concealment.
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La redefinición del derecho de huelga a partir del empleo de las tecnologías de información y comunicación en los conflictos colectivos de trabajo

Chuqui Espinoza, Sheyla Jazmine 30 March 2023 (has links)
Las tecnologías de la información y comunicación son una realidad constante y han generado repercusiones en las relaciones laborales. En la huelga como manifestación más crítica de los conflictos colectivos de trabajo, objeto de la presente investigación, las tecnologías de la información y comunicación suponen una redefinición del derecho desde dos ámbitos: El ejercicio del derecho de parte de los trabajadores, y la respuesta del empleador frente a una medida de presión social como la huelga. En el ejercicio de la medida de parte de los trabajadores, las tecnologías de información y comunicación evidencian no solo un rol flexibilizador y masificador de sus efectos para un mayor alcance, sino que también, permite redefinir el derecho a propósito de su repercusión en quienes materializan la medida e, incluso, desarrollan sus actividades laborales a partir de las tecnologías de información y comunicación. Desde el ámbito del empleador, dicha intervención también repercute en la generación de una nueva manifestación como respuesta a la huelga desde el lado del empleador: el esquirolaje tecnológico. Es objeto de la presente investigación, analizar en qué supuestos es posible concretar el esquirolaje tecnológico sin mermar el ejercicio libre del derecho de huelga. Así las cosas, el lector de la investigación podrá comprender cómo el empleo de las tecnologías de información y comunicación deviene en un redimensionamiento de una institución jurídica como el derecho de huelga. / Information and communication technologies are a constant fact and have effects in employment relationships. In the strike as the most critical manifestation of collective labor conflicts, which is the object of this investigation, information and communication technologies represent a redefinition of the right of strike from two areas: The exercise of the right by the employees, and the response of the employer against a work stoppage such as a strike. In the strike as a labor right of the employees, the information and communication technologies show not only a flexible and massifying role of their effects for a greater scope, but also, it allows redefining the right regarding its repercussion on those who materialize the strike and even on those who carry out their work activities based on information and communication technologies. From the employer's perspective, said intervention also has an impact on the generation of a new response to the strike from the employer's side: technological strike breaking. The object of this investigation is to analyze in which cases it is possible to achieve technological strike breaking without violating the free exercise of the labor right to strike. Thus, the reader of this investigation will be able to understand how the use of the information and communication technologies leads to a redefinition of a legal institution such as the right to strike.
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¿En qué medida la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley N.o 27806, se complementa con lo dispuesto en la Ley General de Salud, Ley N.o 26842, garantizando el Derecho fundamental al acceso a la información?

Torres Abarca, Natalia 26 May 2023 (has links)
El presente trabajo pretende exponer algunos casos en los cuales el administrado requiere documentos que considera de público conocimiento, en mérito a la ley de Transparencia y Acceso a la Información, y por cuanto los posee la Administración, específicamente nos estamos haciendo referencia a aquellos supuestos en los que una persona solicita a una entidad pública, hospital del estado, copia de la historia clínica de un paciente que no tiene un vínculo con el requirente. Y antes de desarrollar los casos obtenidos por el propio Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública (el “Tribunal”), órgano que pertenece al Ministerio de Justicia, se expondrán algunos conceptos que se han podido recopilar de las leyes que serán aplicables a nuestro caso completo, además de lectura adicional que nos ayudará a demostrar que no toda información que obra en algún ente del estado, debe ser considera como pública, y en ese contexto, que tampoco se transgrede el derecho de acceso a la información pública. La razón de promover esta información es por cuanto existe un desconocimiento sobre estos hechos y los administrados, que creen que se está transgrediendo su derecho constitucionalmente reconocido, dando inicio a un procedimiento administrativo que genera costos al aparato del Estado, que podrían ser destinados a otros temas incluso otras carteras que requieran de mayor presupuesto, reclamando sobre algo que no resulta otorgable. Asimismo, con esta breve exposición, busco dar a conocer que (i) no existe un correcto entendimiento sobre la información que es considerada como pública; de otro lado, (ii) las excepciones a una norma no siempre se encuentran contenidas en la misma ley, debiendo recurrir a otras fuentes normativas para su correcto entendimiento. Ambos hechos conllevan a pensar que el Estado no está cumpliendo a cabalidad con su deber de difusión normativa / The present paper will show cases in which the citizen requires documents that it considers to be publicly known, due to the Law on Transparency and Access to Information, and since the Administration has them, we are specifically referring to those cases in those in which a person requests a copy of the clinical story of a patient who has no relationship with the applicant, in a state hospital. Before develop the cases obtained by the Court of Transparency and Access to Public Information (the "Court"), that belongs to the Ministry of Justice, some concepts that have been compiled from the laws, will be expose, in addition I will use some additional lectures that will help us demonstrate that not all information that guard a public hospital should be considered as public, and in this context, that the right of access to public information is not violated either. The reason for promoting this information is because there is a lack of knowledge about these facts and those citizens, who believe that their constitutionally recognized right is being violated, initiating an administrative procedure that generates costs to the public hospital, which could be allocated to others topics including other portfolios that require a larger budget, claiming about something that is not grantable. Also, with this brief presentation, I seek to make it known that (i) there is no correct understanding of the information that is considered public; on the other hand, (ii) the exceptions to a norm are not always contained in the same law, so it is necessary to resort to other normative sources for their correct understanding. Both facts lead us to think that the State is not complying with its duty to disseminate the regulations. / Trabajo académico
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El criterio de confidencialidad de la información adoptado por el OEFA ante requerimientos del Ministerio Público, en el marco de una investigación por delitos ambientales

Ortiz Lara, Merly Isabel 25 May 2021 (has links)
El desarrollo del presente trabajo pretende analizar el criterio de confidencialidad adoptado por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) en el marco de una investigación por delitos ambientales, a efectos de determinar si es correcta su aplicación al analizar el marco jurídico completo, buscando consolidar los procesos de coordinación interinstitucional y remisión de información entre elMinisterio Público y el OEFA, en esta accesoriedad administrativa de la investigación por comisión de ilícitos ambientales. El OEFA tiene establecido como criterio, restringir el acceso a la información solicitada por el Ministerio Público en el marco de una investigación por delitos ambientales, aduciendo el carácter confidencial regulado en el Inc. 3 del Artículo 17° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por el Decreto Supremo N° 021-2019-JUS. La adopción de este criterio es basado únicamente en una excepción contemplada en La Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; sin embargo, no analiza que dicho pedido fiscal no se realiza por una solicitud de acceso a la información pública; por el contrario, el pedido tiene un marco especial, Ley General del Ambiente y el Reglamento del Inc. 149.1 del Art. 149 de la Ley General del Ambiente, que no solo reglamentan las disposiciones relativas a la emisión del informe fundamentado; sino también, la aplicación para toda investigación por la comisión de delitos ambientales. Las consecuencias que analizaremos en este trabajo corresponden a la configuración del delito por rehusamiento de actos funcionares en los que incurriría los funcionarios del OEFA, la anulación de las prerrogativas del Ministerio Público en la investigación penal y la limitación del ius puniendi del Estado.
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Fernández-Viajes Falabella (Resolución N° 435-2016/SPC-INDECOPI)

Languasco Huillcahuamán, María del Pilar 12 August 2021 (has links)
El derecho a la información es aquella obligación que tiene el proveedor para brindar información relevante sobre los productos o servicios que ofrece al mercado para que el consumidor pueda tener una mejor decisión de consumo. Bajo esa misma línea, las agencias de viajes minoristas tienen la función de la elaboración, comercialización, orientación, brindar asesoría e información de los servicios turísticos nacionales e internacionales que tiene a su disposición. Ahora bien, ¿qué ocurre cuando estas empresas omiten información a los consumidores? En el presente informe se analizará lo resuelto en la Resolución N° 435-2016/SCPINDECOPI por la Sala Especializada en Protección al Consumidor que revocó la resolución emitida por la Comisión de Protección al Consumidor N° 2 al considerar que la agencia de viajes no tenía la obligación de brindar información respecto de las penalidades por la reprogramación de los paquetes turísticos y de los pasajes aéreos. Por ello, se realizará un marco teórico en la cual se explicará los alcances del deber de información, la responsabilidad que tiene el proveedor y si la reprogramación y penalidades debería ser considerado información relevante / The right to information is the obligation of the supplier to provide relevant information on the products or services offered to the market so that the consumer can make a better consumer decision. Along the same lines, retail travel agencies have the function of preparing, marketing, guiding, providing advice and information on the national and international tourist services available to them. Now, what happens when these companies omit information to consumers? This report will analyze what was resolved in Resolution No. 435-2016/SCP-INDECOPI by the Specialized Chamber on Consumer Protection that revoked the resolution issued by the Consumer Protection Commission No. 2 by considering that the travel agency did not have the obligation to provide information regarding the penalties for the rescheduling of tour packages and airline tickets. Therefore, a theoretical framework will be made in which the scope of the duty of information, the responsibility of the supplier and whether the rescheduling and penalties should be considered relevant information will be explained.
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Informe Jurídico de la Casación N° 14614-2016-Lima

Quispe Rojo, Ana Paula 11 August 2022 (has links)
El presente informe profesional analiza el recurso de casación interpuesto por una empresa tras pretender regular en su Reglamento Interno de Trabajo la fiscalización de las herramientas digitales brindadas a sus trabajadores. La empresa sostiene, en los artículos materia de discusión del Reglamento Interno de Trabajo, ser propietaria de las herramientas digitales otorgadas al trabajador, estar facultada para regular el uso de estas y, por consiguiente, al ser propietaria de los correos electrónicos institucionales, puede acceder a su contenido. Al respecto, la posición mayoritaria de la jurisprudencia nacional -en concordancia con el respeto de los derechos fundamentales relativos a la intimidad y al secreto e inviolabilidad de las comunicaciones- sostiene que, no se puede acceder, bajo ninguna circunstancia, al contenido de las herramientas digitales. Sin embargo, la posición contraria defiende la posibilidad del empleador de fiscalizar solo un contenido externo de las herramientas digitales, posición que se comparte en el presente informe. Asimismo, la jurisprudencia internacional prevé una fiscalización del empleador respecto de las herramientas digitales, siempre y cuando se cumplan determinados requisitos, pero -a la fecha- este análisis aún no se encuentra regulado ni utilizado en nuestro ordenamiento. En ese sentido, este informe profesional busca realizar un análisis sobre el uso de las herramientas digitales entregadas al trabajador y los límites para la fiscalización de las mismas; para lo cual, se recurre a jurisprudencia nacional e internacional, legislación, doctrina y documentos legales. / The following research work analyzes the cassation appeal filed by a company seeking to regulate in its Internal Labor Regulations the monitoring of the digital tools provided to its workers. The company claims, based on the articles on the Internal Labor Regulation subject of discussion, to be the owner of the digital tools provided to its workers, and to be able to regulate its use; therefore, the company owns the institutional emails, and can access to their content. In that regard, the majority of the national jurisprudence – according with the respect for the fundamental rights relating to privacy and the secrecy and inviolability of communications - maintains that, under no circumstances, it is possible to access the content of digital tools. However, there is a part of the academy that defends the possibility of the employer to control only an external content of the digital tools, a position that is shared in this research. Furthermore, there is international jurisprudence which already provides a mechanism for an employer to audit the digital tools provided only when certain characteristics are met. This analysis is not yet regulated or used in our legal system. In this regard, this research work seeks to carry out an analysis of the issues of regulation of the use of digital tools delivered to the worker and to what extent they can be monitored. To this end, an analysis of national and international jurisprudence, doctrine and legal documents has been sought.

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