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Jóvenes y libertad de expresión : ¿Alguien pide la palabra?Checa, Laureano, Lagos, Claudia, Martinez, Ana, Pizarro, Ingrid, Ravanal, Mariela January 1998 (has links)
Seminario para optar al Grado de
Licenciado en Comunicación Social / El autor no autoriza el acceso a texto completo de su documento / El tema de las libertades públicas, esto es, aquellas que se ejercen en el ámbito colectivo (como las libertades de expresión, de asociación, de sindicalización, en fin, aquellas propias del ámbito social) ha marcado la discusión desde un tiempo a esta parte en diversas instancias intelectuales relacionadas con el tema, como foros, mesas redondas o seminarios. Y, más específicamente, el tema del derecho a la libertad de expresión ha causado controversias en varias oportunidades en los últimos años. Sin embargo, el debate se ha circunscrito solamente a la discusión sobre la llamada Ley de Prensa, al interior del Parlamento.
Es decir, quienes conocen y participan de dicha polémica son sólo quienes se ven o verán directamente afectados por ella, como son periodistas, estudiantes de periodismo, algunos abogados relacionados al tema, parlamentarios, por nombrar a quienes han estado más involucrados en la discusión de la mencionada ley.
Pero la discusión no se ha hecho extensivo al resto de la sociedad chilena. No se ha producido un debate público, una instancia donde converjan las diversas sensibilidades respecto al tema, aún cuando se trata de un fenómeno ligado a los derechos a las libertades de expresión y de información, relacionados ambos al desarrollo pleno de una sociedad democrática.
El desconocimiento del tema y el poco impacto que ha tenido en la población e, incluso, en los mismos medios de comunicación masivos (M.C.M), es un claro indicio de que el tema de la libertad de expresión no está expuesto al debate público. Esta instancia, en tanto oportunidad de diálogo social, no se ha desarrollado en Chile, ni siquiera después del fin de la dictadura, como se esperaba sucediera. Ese período marcó fuertes restricciones al ejercicio del derecho a la libertad de expresión, muchas de las cuales aún permanecen vigentes.
La discusión sobre el ejercicio de las libertades individuales sufre un quiebre provocado por las restricciones en su ejercicio a partir del 11 de septiembre de 1973. Durante más de cuatro años se vivió bajo régimen de Estado de Sitio o de Conmoción Interna, momentos en que, por Constitución, no pueden celebrarse reuniones, la prensa no es libre y muchas de las organizaciones representativas pasan al anonimato, a la clandestinidad o bien son perseguidas.
En Chile la institucionalidad se ve alterada en 1973,a raíz del golpe militar del 11 de septiembre de ese año. Desde esa fecha comenzó a operar en nuestro país un régimen de concentración de poderes, autodenominado “autoritario”, entre cuyas primeras acciones se cuentan: la disolución del Congreso y el Tribunal Constitucional (decreto ley nº 27), la proscripción las agrupaciones, partidos o movimientos políticos que sustentaban la Doctrina Marxista (decreto ley nº 77), la promulgación del decreto ley nº 78, que declara en receso todos los partidos políticos y entidades no comprendidas en el decreto anterior.
El decreto ley nº 130 caducó los registros electorales, los cuales fueron incinerados y por decreto ley nº 25 se declaró la cesación de funciones de alcaldes y regidores, para en lo sucesivo ser designados por la Junta.
A estos hechos se agregaron una serie de modificaciones a la, en ese entonces, vigente: Constitución de 1925, con la consecuente suspensión de las garantías Constitucionales.
En el marco de los Estados de Emergencia aplicados desde septiembre del 1973 hasta marzo de 1974, se dictaron los siguientes decretos leyes:
- El decreto Nº 13 que comenzó a regir el mismo día del golpe y declaró Estado de Sitio en todo el territorio, asumiendo la Junta “la calidad de General en jefe de las fuerzas que operaran en la emergencia”.
- El decreto ley nº 4 implanta estado de emergencia en algunas provincias y departamentos.
En adelante, los estados de excepción serían prorrogados cada seis meses, aduciendo las distintas causales facultadas por la ley, como se hace evidente en acciones como las que se describen a continuación:
- Decreto ley nº 5 declara el estado de sitio por conmoción interna. Las circunstancias que vive el país deben entenderse como estado o tiempo de guerra, esto para la aplicación de la penalidad establecida en el Código de Justicia Militar.
- El Decreto Ley nº 81 hizo sancionables las desobediencias a la autoridad militar y facultó al gobierno para expulsar a chilenos y extranjeros del país “cuando así lo requieran los altos intereses del Estado”.
- El Decreto ley nº 198 ordenó a los sindicatos, dirigentes y directivas abstenerse de toda actividad de carácter político en el ejercicio de sus funciones.
En marzo de 1974, la Junta Militar divulgó la Declaración de Principios del Gobierno de Chile. Entre los que se declara que “El hombre tiene derechos naturales, anteriores y superiores al Estado” por lo cual éste “debe estar al servicio de la persona y no al revés”.
Sin embargo, esta sentencia tiene vigencia sólo en los períodos de normalidad, que eran escasos entre los períodos de excepción y los estados de sitio.
Las siguientes disposiciones legales que buscan legitimar las acciones del gobierno militar, son las Actas Constitucionales de 1978, primero y la Constitución política de 1980, después.
En las Bases esenciales de la Institucionalidad Chilena, en el Acta nº 4, se trazó el cuadro de restricciones, suspensiones y pérdida de Derechos y Libertades Públicas. El contexto institucional vigente, entregaba a la Junta la facultad de decidir y aplicar los Estados de Excepción.
Entre las medidas que más ejemplifican las violaciones a las garantías constitucionales, está el recurso de inaplicabilidad de amparo y protección, dictado en 1977.
Ese mismo año se declaró la disolución de los partidos políticos, se proscribió toda acción de índole político partidista y suspendió indefinidamente los derechos políticos.
La Constitución Política de 1980 busca restituir la perdida institucionalidad. Sin embargo, la continua aplicación de Estados de Excepción no le permitió entrar en vigencia hasta la llegada de la Democracia en 1989.
En los gobiernos de la Concertación, gracias al sistema de democracia protegida heredada del régimen militar, subsisten ciertas prácticas judiciales que han resultado inhibitorias para el ejercicio del derecho a la libertad de expresión.
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La libertad de expresión y la parodia en el derecho a la propiedad intelectualMarciani Burgos, Betzabé Xenia, Solórzano Solórzano, Raúl 10 April 2018 (has links)
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Libertad de prensa en un regimen autoritario: la apertura y el fenomeno cauceAle, José January 1986 (has links)
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El recurso de protección como forma de censura previa : fundamentos filosófico-jurídicosSomarriva Q., Marcelo January 2001 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / Lo que pretende esta memoria es establecer un marco conceptual para la discusión, a partir de la teoría liberal tradicional de la libertad de expresión, aquella construcción filosófica tributaria del concepto de libertad que estableciera hace ya siglos el filosofo inglés John Stuart Mill y dar cuenta del debate de los argumentos esgrimidos en tribunales y de los expuestos ante la opinión pública.
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Derecho a la privacidad, su contenido esencial, limitaciones y colisión con otros derechos fundamentalesDuffau García, Fabián January 2008 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Es una confusión común equiparar el derecho a la intimidad con el derecho a la vida privada. Como estableceremos a lo largo de esta memoria, la vida privada tiene un contenido positivo o de participación que ha sido inconvenientemente eclipsado por la tensión intimidad-libertad de expresión. Definiremos, por tanto, el derecho a la vida privada en sentido positivo.
En la última parte del capítulo tercero, nos referiremos a la libertad informática o autodeterminación informativa, que en términos generales es la vida privada proyectada al ámbito informacional. Si bien su conceptualización es similar a la vida privada en sentido positivo, tiene una función específica que la caracteriza y distingue, al punto de ser considerada un derecho fundamental distinto. Esa función es el control de información sobre datos personales. Lo que es de ningún modo superfluo: basta recordar que hace algunas semanas, los datos personales de seis millones de chilenos fueron expuestos en Internet. De contar con una legislación adecuada, y protección constitucional a la libertad informática, ello podría haberse evitado.
El capítulo cuarto y final analizaremos dos situaciones. Por una parte, examinaremos las relaciones del derecho a la vida privada con otros derechos fundamentales a los que se encuentra emparentado, con el objeto de diferenciarlos y de este modo explicar el distinto trato que reciben. Por ejemplo, haremos la distinción entre vida privada y honor. Por otra parte, estudiaremos el conflicto del derecho a la vida privada con intereses sociales relevantes, como el debido proceso, y el derecho a la libertad de expresión.
Concluiremos nuestro análisis presentando una definición autónoma del derecho a la vida privada, e interpretando de una forma distinta a la tradicional el artículo 19 Nº 4 de la Constitución Política de la República.
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Comunicación del discurso (información y expresión y respeto propio (honor y vida privada) : determinación de sus contenidos desde la teoría de los derechos fundamentalesMontoya Chávez, Víctorhugo 01 October 2014 (has links)
Cuenta Ricardo Palma que allá por el año 1558, un español de nombre
Antonio Solar poseía una famosa hacienda en Barranca, kilómetros
----~ más al norte de su lugar de residencia, Lima. Cuando dio la primera
cosecha, el mayordomo envió diez de los mejores melones producidos con dos
indios, no sin antes remitir una epístola a su patrón. Estos nativos, ignorantes
de la escritura, no concebían cómo se podía transmitir mensajes a través de una
simple hoja; imaginaban la existencia de un poder mágico y místico, creían, en
pocas palabras, en su vida (concebían las letras no como signos convencionales
sino como auténticos espíritus, que no sólo funcionaban como recaderos sino
además como espías). Ya encaminados a su destino, al provocarles en un par de
oportunidades tan apetitosas frutas, no tuvieron mejor idea que esconder la
carta detrás de una tapia, colocando una piedra encima, pudiendo así comerlas
sin ser descubiertos: ¡Vaya ingenuidad de los pobres! Llegando a la capital, con
la carga ya aminorada y con el mensaje delatante, los mandaderos fueron
rápidamente descubiertos en su truhanería. / Tesis
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La libertad de expresiónMadueño, Raúl January 1970 (has links)
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La propiedad de la prensa en Chile como factor delimitante de la libertad de expresiónRamírez Acevedo, Mónica Patricia Bernardita January 1999 (has links)
Memoria para optar al título de Periodista / El autor no autoriza el acceso a texto completo de su documento / En Chile existe una concentración de medios escritos que viene siendo cada vez más evidente. La desaparición de títulos por no "no ser un buen negocio" y también de aquellos, por la incompatibilidad de un pluralismo de conciencia con la visión empresarial de sus propietarios, han hecho abortar proyectos que fueron concebidos con un mayor grado de libertad de expresión, dejando entonces todo el espacio, todo el mercado, a títulos que detentan modelos unívocos de realidad.
Por su parte, investigar la propiedad de cualquier sociedad comercial en Chile siempre es dificultoso debido, principalmente, a la falta de transparencia que reina en la microeconomía del país. En Chile "culturalmente" no se entrega información, porque esta práctica no se asocia a ventajas o beneficios ya sea económicos, políticos o éticos.
Investigar las redes de propiedades, asociaciones, participaciones en otras industrias o compañías, de los dueños de las compañías que publican diarios y revistas tanto en Santiago como en regiones contiene, por lo tanto, un mayor grado de trabas, ya que - entre otros factores- estas empresas son en su mayoría "cerradas" y no necesariamente están obligadas a entregar resultados públicos, informe de hechos relevantes u otros, como sí lo están las sociedades anónimas "abiertas" a la Superintendencia de Valores y Seguros.
Si bien es esencial diseñar el mapa de la propiedad de la prensa escrita en Chile, también es relevante actualizar información muy valiosa, incluida especialmente en un trabajo de investigación que casi está por cumplir veinte años. Me refiero especialmente al riguroso texto de Diego Portales, en el contexto de principios de los 80: "La Industria de la Comunicación Chile en la Democracia y el Autoritarismo”. 1
Desde luego fue escrito en un escenario muy diferente al actual, donde existen nuevos actores y, sobre todo, la intención detrás de cada medio es más que nada influir en la opinión pública realizando, de paso, un buen negocio.
Hoy, los medios escritos compiten fuertemente con la televisión y con el fenómeno que se denomina "analfabetismo por desuso", que se refiere a que personas que aprendiendo a leer y escribir, no ejercen la destreza y han perdido la relación con el lenguaje, con todo las consecuencias que eso mismo puede acarrear, incluso para el desarrollo económico del país y para que decir de la cultura. Se sabe que una carencia de un buen porcentaje de los trabajadores chilenos es la falta de instrucción o calificación para hacer frente a lo que se supone es el necesario “salto cualitativo” de Chile.
La prensa también compite con la radio, cuya cobertura noticiosa es muy amplia, y cuenta con un fuerte posicionamiento en un altísimo porcentaje de la población y un componente empresarial que lucha por ganar un trozo más de la torta publicitaria. También compite con los nuevos medios: las megaredes, como la Internet, cuyos efectos no podríamos prever pero imaginamos que serán cambios sustanciales en la cotidianeidad y en la forma de acceder a la información. Chile, por cierto, tiene una elevada tasa de relación con los medios audiovisuales.
Pero nadie puede negar que la prensa es un lugar donde debe producirse el debate, el análisis, y el planteo de lo que se pretende lograr como grupo, como individuo, o como agente social. Cuenta con la credibilidad y la capacidad de verificación de los acontecimientos que muestra la televisión o señala la radio o de aquellos que éstas simplemente no cubren por falta de rating o recursos técnicos. La prensa es el registro, el documento histórico, y además es el espacio factible para llamar a la reflexión acerca de la actualidad, de lo que nos concierne como partícipes de la sociedad.
La prensa escrita tiene poder y los dueños de ésta lo saben y lo utilizan para conseguir ciertos objetivos. ¿De qué naturaleza son esos objetivos? Es lo que intento dilucidar en este trabajo de investigación que pretende definir el tejido de la propiedad de la prensa escrita en Chile, porque se supone que al conocer las personas que "financian" lo que aparece en los medios podemos saber las intenciones, las estrategias, las políticas de verdad predominantes en el país que vivimos y construimos.
Un ejemplo de incompatibilidad entre los propietarios y periodistas es el caso del diario El Metropolitano, que dejó ir a un destacado componente de profesionales por no permitir la libertad de expresión y de opinión de sus contratados, aduciendo irónicamente - en una aclaración firmada por su Consejo Editorial- razones de "defensa de pluralidad".
El hecho de que nadie objete, rebata esa declaración, la denuncie en pos de la defensa de libertad de expresión, o al menos se genere un debate al respecto ya es un síntoma de adormecimiento o de miedo a la libertad de expresión, suponiendo que exista una variedad de interpretaciones y opiniones que "liberar".
Esta investigación ha querido confirmar una información, bastante asumida e internalizada debido al peso evidente de los protagonistas: en el país el dominio de la prensa lo tiene El Mercurio. Más atrás - para que no se diga que esto es monopolio- aparece otro grupo de empresarios: COPESA y mucho después el representante de la libre empresa: Editorial Gestión.
Pero ¿quiénes están detrás de estos constructos jurídicos? ¿Cuál es la extensión de esos dominios sobre otros medios y más allá del periodismo? ¿Participan los accionistas de estos grandes grupos en otras sociedades. Aquellas compañías que, al entregarles las espaldas financieras para sortear épocas de crisis en la prensa, podrían influir peligrosamente en los contenidos publicados?
A propósito del riesgo de que la información no esté siendo canalizada en su totalidad por falta de verdaderos espacios públicos donde se pueda dar la libertad de expresión, cito a José Zalaquett, desde el libro “Los límites de la tolerancia, libertad de expresión y debate público en Chile”. Dice "La Corte Interamericana concluyó que así como no es admisible la censura, tampoco lo es que sobre la base del derecho de difundir informaciones e ideas se constituyeran monopolios públicos y privados sobre los medios de comunicación. Agrega que es indispensable, entre otros requisitos, la pluralidad de medios, la prohibición de todo monopolio respecto de ellos y la garantía de protección a la libre independencia de los periodistas". 2
Continúa Zalaquett "finalmente, en su informe de 1994, el Relator Especial señala que existe la obligación del Estado de adoptar medidas en las instancias donde la concentración de los medios de comunicación amenaza la diversidad de opinión o el acceso a opiniones". 3
Es probablemente ingenuo pensar que el Estado chileno puede llegar a velar por la pluralidad mediática si ya el Gobierno de la Concertación tomó la decisión explícita de que la prensa en Chile se regule por las leyes del mercado.
"Paradójicamente para la Epoca (el diario ya extinto), la asunción del gobierno democrático reportó más dificultades que ventajas. La política comunicacional del nuevo gobierno se estructuró sobre la base de un papel prescindente, por el cual los periódicos cercanos políticamente a la administración gubernamental no tuvieron ningún apoyo particular", explica Flavio Cortés, actual jefe de contenidos de La Moneda en su artículo "Modernización y concentración: los medios de comunicación en Chile", incluido en el libro “Chile en los noventa”. 4
Para Cortés el hecho de tocar temas "políticos" jugaron en contra de La Epoca al parecer, por su tono, por ser temas ex-temporáneos. "A ello se sumó el predominante tono político del diario (expresado en la importancia concedida a dichos temas y a los derechos humanos) y la atribución de ser "oficialista" en un momento en que el interés del público se alejaba progresivamente de la política, lo que generó una brusca caída en sus ventas entre 1990 y 1992". 5
Estas afirmaciones pierden validez después del caso Pinochet y el gran espacio dado por los medios de comunicaciones a temas "alejados del interés del público" como los derechos humanos.
Por eso la presente investigación sólo quiere aportar información "confirmada" acerca de quienes son los dueños de la prensa en Chile y, al menos, intentar indicar algunas conexiones con otras sociedades. La malla de las empresas de estos hombres abarca distintas actividades económicas y países.
Es un desafío muy atractivo intentar descubrir, si se me permite la imagen las puntadas con los hilos que configuran el tejido o el tamiz del poder de "saber" público, de los que están constituyendo realidad, siguiendo una política de verdad en Chile.
Como es sabido durante los últimos años del Gobierno Militar tanto El Mercurio como La Tercera recibieron ayuda para sanear una delicada situación financiera, incluyendo de paso el cambio de propiedad en COPESA. Asimismo, los miembros de la citada familia Edwards realizaron en regiones una agresiva estrategia de toma de control para competir (incluso monopolizar) en las comunicaciones escrita.
Actualmente, la prensa ha tenido uno o dos años de ajuste con la crisis económica presente. Ha visto caer los montos en la inversión publicitaria y ha tenido que bregar por la también agresiva campaña de las cadenas televisivas y el no menos dinámico sector de la radiofonía.
Sin embargo el ingreso de un nuevo diario viene a agregar ruido y, al mismo tiempo, corrobora la tesis de que sí hay espacio para más competidores, si estos tienen capital financiero tan importante como el de los grupos ya en el juego. La pregunta es cuánto tiempo el nuevo competidor estará vigente y cuáles serán las barreras que impedirán su desarrollo.
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Ideología y violencia : los límites entre la libertad de expresión y la apología del terrorismo en el PerúLeyva Silva, Maria Teresa January 2018 (has links)
Esta tesis se propone desmentir algunos falsos mitos en torno a la libertad de expresión y el delito de apología del terrorismo en el Perú, considerando que la ideología de grupos subversivos que ha servido como base legitimadora de la violencia contra millares de ciudadanos desde los ochenta a los dos mil, es adoptada, en la actualidad, por algunos movimientos que pueden incurrir en actos de apología del terrorismo. A través de algunas recomendaciones, se establecerán criterios para una nueva tipificación del delito de apología del terrorismo en el Perú a fin de permitir una más efectiva persecución del mismo. La investigación invita a al legislador a tomar medidas para que la libre expresión individual y colectiva no exceda los límites constitucionales establecidos, llevando a la comisión de actos de apología, en un país que vivió en carne propia la brutalidad del terrorismo. / Tesis
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La criminalización del «negacionismo» frente a la libertad de expresión: un tremedal del derechoVanossi, Jorge Reinaldo 25 September 2017 (has links)
La tipificación de un delito de «negacionismo» requiere para su «autonomía» que se reúnan el dolo y la manifestación de actos públicos en el hecho de su comisión, con los rasgos propios del odio, la persecución y la ofensa colectiva.
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