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El ejercicio legítimo del derecho a la libertad de expresión como comportamiento atípico frente al delito de difamaciónPalomino Ramírez, Walter Joshua 25 May 2016 (has links)
A partir de un análisis conjunto de los artículos 3 y 43 de la Constitución, se
advierte que el Estado peruano presenta las características básicas de un modelo
social y democrático de Derecho. De esta suerte, un punto importante que se
debe tomar en cuenta es que el mismo engloba distintas funciones que se hallan
en sintonía con los elementos libera, social y democrático que contiene y dan
pie a dicha estructura / Tesis
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La libertad de expresión en el Derecho Internacional de los Derecho HumanosGarrido Alvarez, Ricardo Antonio January 2002 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / La presente memoria es un intento por describir, y en alguna medida analizar, los rasgos principales de la regulación de la Libertad de Expresión en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Este análisis no se agota con la descripción del sistema normativo internacional en materia de libertad de expresión, porque, como se sabe, los puros sistemas normativos carecen de relevancia en sí mismos y sólo la adquieren cuando son usados para la justificación de decisiones, por esta razón, este trabajo no ha podido prescindir de la práctica jurisprudencial de los órganos internacionales de protección de los Derechos Humanos. Más aún, ésta exposición ha intentado entregar un análisis conceptual de la libertad de expresión en el derecho internacional, esto es, hacer explícitos los principios y directrices que subyacen al sistema normativo y a la práctica jurisprudencial.
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La tutela inhibitoria del derecho a la intimidad y su conflicto con el derecho a la libertad de expresión e informaciónCárdenas Torres, José Alonso 16 November 2021 (has links)
Los programas de televisión, actualmente, destinan importantes espacios a la difusión de información que, en muchas de las veces, atañen al ámbito personal y familiar de las personas; en ese contexto surge la necesidad de tutelar en forma preventiva al derecho a la intimidad y evitar así la configuración de un daño derivado del ejercicio del derecho a la libertad de expresión. Este es el problema que se cierne sobre el derecho a la intimidad; frente a él, corresponde estudiar el mecanismo que permita obtener una tutela preventiva. Siendo así, en el presente trabajo analizamos el derecho a la intimidad y su tutela a través de la acción inhibitoria frente al ilícito derivado del ejercicio del derecho a la libertad de expresión e información; para ello, determinamos su génesis y su desarrollo en la experiencia nacional y comparada, con principal énfasis en el Common Law y en el Derecho italiano, ordenamientos en los que se forjó y desarrolló el derecho a la intimidad. Ello nos permite determinar que: 1. La tutela del derecho a la intimidad no sólo es resarcitoria, 2. En el ámbito nacional no existen estudios referidos a la tutela inhibitoria y 3. La jurisprudencia nacional no ha desarrollado los fundamentos que permitan tutelar en forma preventiva el derecho a la intimidad. La ausencia de análisis, por parte del formante jurisprudencial, sobre el tipo de tutela que requiere el derecho a la intimidad ha generado que frente a la amenaza de su vulneración se espere la configuración del daño, quedando la tutela resarcitoria como único medio de protección. A fin de estudiar la tutela inhibitoria del derecho a la intimidad, se hace necesario recurrir al método dogmático, a fin de conocer el desarrollo doctrinal que ha presentado. Asimismo, para el análisis de la viabilidad de la aplicación de la tutela inhibitoria en el escenario jurídico nacional, es menester valerse del Derecho comparado. Se recurrirá también al método funcional mediante la revisión de jurisprudencia, a fin de conocer y de dar solución a la problemática descrita en el presente trabajo
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Pensamiento Gonzalo : ¿Límite al derecho de participación ciudadana o al derecho de libertad de expresión y pensamiento?Roncal Pagador, Marcelo 01 June 2020 (has links)
El presente trabajo lleva a cabo un análisis de la Resolución No. 008-2012-ROP/JNE que deniega la solicitud del MOVADEF como partido político. El Registro de Organizaciones Políticas (ROP) señala que el “pensamiento Gonzalo”, ideario al que se adhiere el Movimiento por la Amnistía y los Derechos Fundamentales (MOVADEF), iría en contra del ordenamiento democrático debido a que su aplicación sería un atentado al derecho a la paz. En ese sentido, se decide que, en aras de preservar el derecho a la paz, se debe limitar el derecho de participación política del MOVADEF debido a que su discurso es el mismo que fue utilizado por el PC-SL. Sin embargo, haremos notar que la decisión del ROP omite que, para efectos de obtener la calidad de partido político, como fluye de la Constitución Política del Perú, existen dos momentos. El primero “ex ante”, en donde el ente encargado debe analizar los requisitos de forma y fondo; en este último, se verifica que la agrupación esté acorde al orden democrático. Lo cual, involucra un estudio de los derechos fundamentales ejercidos, en este caso, la libertad de asociación política, libertad de expresión y pensamiento.
Es en este momento, que el informe considera se debió llevar a cabo el estudio del “pensamiento Gonzalo” en el ejercicio del derecho de la libertad de expresión y pensamiento y, no como sostiene la resolución, en relación al derecho de la participación política. Este último, recién es ejercido, una vez que se adquiere la condición de partido político; es decir, un escenario “ex post”. Por lo tanto, el “pensamiento Gonzalo”, según el presente informe, se debe analizar desde los alcances y límites del derecho de libertad de expresión y pensamiento.
Este trabajo busca identificar los problemas en la argumentación jurídica de la citada resolución, pero con la intención de esbozar una mejor argumentación en base a la constitución y las leyes, que en última instancia denote la aplicación del buen gobierno en sede administrativa.
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El ejercicio legítimo del derecho a la libertad de expresión como comportamiento atípico frente al delito de difamaciónPalomino Ramírez, Walter Joshua 25 May 2016 (has links)
A partir de un análisis conjunto de los artículos 3 y 43 de la Constitución, se
advierte que el Estado peruano presenta las características básicas de un modelo
social y democrático de Derecho. De esta suerte, un punto importante que se
debe tomar en cuenta es que el mismo engloba distintas funciones que se hallan
en sintonía con los elementos libera, social y democrático que contiene y dan
pie a dicha estructura
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Análisis de los estándares establecidos por el Acuerdo Plenario N°3- 2006/CJ-116 en relación al delito de difamación y el ejercicio de la libertad de expresión e información: estudio de la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia del 2007 al 2020Pariona Vega, Juan Ignacio 03 September 2021 (has links)
El presente trabajo analiza once (11) sentencias de la Corte Suprema de Justicia relativas al delito de difamación con el objetivo de identificar la utilidad y falencias del Acuerdo Plenario N°3-2006/CJ-116 en la resolución del conflicto entre el derecho al honor y los derechos a la libertad de expresión e información. Luego, con el apoyo de la jurisprudencia y doctrina pertinentes, se realiza un balance crítico del Acuerdo Plenario y se proponen reformulaciones más específicas de los criterios empleados en la ponderación. El estudio permite identificar que los criterios empleados en el juicio de ponderación propuesto (interés público, ofensividad formal y veracidad subjetiva) no fueron delimitados adecuadamente para evitar fallos disímiles y contribuir a la seguridad jurídica. El concepto de interés público no fue definido con precisión y se extendió indebidamente su aplicación al ámbito del espectáculo. Asimismo, considerar que la ofensividad debe ser “formal” resultó contraproducente porque centralizó el análisis en la ofensividad en abstracto, en lugar de prestar atención a la ofensividad real en el contexto concreto. Finalmente, la falta de criterios para la probanza del cumplimiento del deber de veracidad conllevó a que se le dé una incorrecta importancia a la verdad ex post del hecho informado, de manera contraria a la naturaleza subjetiva del deber de veracidad
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El derecho a la libertad de expresión artística en el Estado ConstitucionalLoyola Ríos, Néstor Daniel 25 July 2019 (has links)
Este trabajo de investigación aborda en forma dogmática y jurisprudencial el derecho a la
libertad de expresión que se ejercita a través de las modalidades artísticas, como son las
caricaturas, las parodias, la pintura, el cine, la música, los poemas, entre otras. De esta
manera, rompe con la concepción clásica de dicha libertad que la identifica como una
garantía que permite la libre difusión de ideas y opiniones efectuadas en forma oral o
escrita, ya que se inserta en un nuevo escenario que implica concebirla como una auténtica
manifestación de cultura en nuestro Estado Constitucional.
Así, la persona, en tanto actor eminentemente crítico y reflexivo de su realidad, exterioriza
sus pensamientos y sentimientos mediante el uso de un lenguaje o comportamiento
expresivo abstracto, satírico y heterodoxo, con el fin de contribuir en la culturización y
educación de la sociedad mediante las artes.
Por eso, el presente estudio tiene como propósito construir el contenido del derecho, del
cual se desprende a su vez la existencia de un derecho a la irreverencia atendiendo a la
razón de ser del arte. También pretende establecer determinados criterios interpretativos
para orientar a una adecuada solución de aquellos conflictos constitucionales que se
produzcan entre la libertad de expresión artística y otros bienes y derechos fundamentales,
a partir de la experiencia judicial comparada (Colombia, Estados Unidos, Alemania y el
Tribunal Europeo de Derechos Humanos).
Finalmente, se resaltan diversos casos del acontecer nacional que ponen en evidencia la
necesidad de aprehender cómo funciona esta libertad fundamental, hasta dónde alcanza su
ámbito de aplicación y, por supuesto, cuáles son los límites que se anteponen para cautelar
su debido ejercicio.
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