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Alianzas y territorialidad entre los linajes mapuches al sur del Biobío en le siglo XVII — Algunas consideraciones acerca de los butalmapus

Ortiz Aguilera, Carlos January 2006 (has links)
Tesis para optar al grado de Doctor en Historia mención Historia de Chile.
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La Comunidad Juana Millahual y el conflicto territorial en las localidades de Huillinco y Rucañanco (1979-2014)

Aldunate Pardo, Santiago, Infante Rodríguez, Benjamín January 2015 (has links)
Informe de Seminario para optar al grado de Licenciado en Historia
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Los mapuche : ¿víctimas o victimarios en el proceso de reivindación de tierras?

Conejera Rojas, Claudio, Gutiérrez Collinao, Jorge, Pedraza González, María Eugenia, Quintana Valdovinos, Luis, Zúñiga Sepúlveda, Daniela January 2009 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por los autores para ser publicada a texto completo / La presente investigación persigue efectuar un análisis detallado del conflicto de recuperación de tierras en el que los mapuche son y han sido actores principales en cuanto solicitantes de la reivindicación de lo que entienden como sus "territorios ancestrales", y de los diversos efectos nocivos que se han producido en una parte importante de su población producto del mencionado conflicto.
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Eulojio Robles Rodríguez, protector de indígenas de Cautín: pleitos por restitución de tierras de mapuches (1900-1930)

Montecinos Tauler, Cristóbal January 2011 (has links)
Este trabajo se enmarca dentro de los estudios que dan cuenta de la implementación del colonialismo en la Araucanía en la primera mitad del siglo XX. Si bien las relaciones políticas entre el Estado chileno y la sociedad mapuche sufrieron transformaciones que encuentran sus raíces en el siglo XIX, es en las primeras tres décadas del siglo XX que se genera el corpus documental emanado del accionar de los Protectores de Indígenas. Esta figura del sistema administrativo chileno, instaurada por el Presidente de la República Manuel Montt mediante la ley de 4 de marzo de 1866, produjo innumerables escritos en favor de los indígenas a los que representaba durante el cumplimiento de sus funciones, contenidas en la mencionada ley de 1866.
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La corporación araucana (1946 – 1950): En el quehacer del Diputado Venancio Coñuepán

Marimán Quemenado, Pablo January 2007 (has links)
La sociedad mapuche del siglo XX vivió en la primera mitad de esa centuria importantes transformaciones sociales, políticas y culturales. Una de ellas fue el proceso de radicación o constitución de reducciones, conocidas hoy como comunidades indígenas. El patrimonio territorial de 10 millones de hectáreas reconocidas por la corona española a través de 28 parlamentos y posteriormente por el gobierno de Ramón Freire, en plena República, quedó durante ese periodo drásticamente reducido a 500 mil hectáreas (5%) El 95% restante, de acuerdo a los estudios de José Aylwin y Martín Correa, fue apropiado por el Estado y distribuido a través de distintos mecanismos regulados por decretos leyes, como lo fue la colonización con extranjeros y nacionales, la fundación de pueblos, la constitución de una propiedad fiscal, las subastas públicas y los pagos por servicios a la oficialidad del ejército. Este drástico cambio en la propiedad de la tierra y los recursos, fue antecedido por la esquilmación económica de la base ganadera de la sociedad mapuche. Como bien lo demuestra José Bengoa, y también Pizarro en la zona de Lebu, miles de cabezas de ganado vacuno, equino, ovejuno fueron subastadas en las plazas de armas de los pueblos fronterizos suministrándoseles a los nuevos parceleros y latifundistas a bajos precios, pero con ganancia “redonda” para el erario del Estado conquistador. Ambos procesos trajeron aparejadas la instalación de la institucionalidad del Estado, primero el ejército y a su zaga la nueva legislación. También surgieron las misiones y por extensión la escuela, el mercado y los correspondientes caminos, los juzgados y la policía, las comisiones de colonización y de radicación indígena, que junto a los órganos de poder provincial y local, las intendencias y los partidos políticos, le fueron dando a los antiguos territorios mapuches una continuidad que nunca tuvo con las provincias del norte del río Biobío. Esto terminó por sustituir la gobernabilidad de los grandes consejos de lonko (fütra trawün) por los organismos de gobierno chileno quien, desde entonces, fue haciendo efectivo el control del territorio. Hacia la década del cuarenta, un estudio en terreno sobre los mapuches en la zona precordillerana desarrollada por María Inez Hilger, indicaba sobre sus aspectos de gobierno que: "La cabeza de la unidad local araucana es, igual que antiguamente, el ülme y que ahora le dicen cacique (palabra española para decir jefe indio) Igual que en el pasado, el cacique tiene un ayudante llamado loŋko, que él elige. El cacique lleva el liderazgo en momentos que es requerido, sin embargo, su autoridad para interpretar la ley ha sido reemplazada, en gran medida, por los Juzgados de Indios y por carabineros (policía chilena) En el pasado, en algunos casos, el cacique podía aplicar la pena de muerte. El poder legislativo, que antiguamente estaba en manos de la población masculina actuaba como un organismo, y aún funciona, pero se restringe principalmente a entregar peticiones al gobierno chileno. Los sucesivos gobiernos reafirmaron en adelante su condición de Estado nación, es decir, la supremacía de un solo orden jurídico, religioso, cultural y lingüístico: el de los conquistadores, más específicamente el del grupo oligarca detentor del poder en Chile desde la independencia. El proceso fue violento en su génesis. Como bien lo demuestra Arturo Leiva, se trató de una guerra de invasión y conquista militar para luego colonizar desplazando a la población nativa. La violencia acompañó los episodios posteriores, pues no sólo la sociedad mapuche cayó bajo la derrota, sino también las formas de relación que hicieron entenderse a éstos con los chilenos durante el siglo XIX a través de parlamentos, como otrora con la corona española. Estos esquemas de relación habían institucionalizado funciones, funcionarios, ritos, procedimientos que de la noche a la mañana quedaron sin funcionalidad. Para autores como Leonardo León ahí estuvo el caldo de cultivo que activó la violencia -fenómeno de larga duración- que sacudió los espacios de la frontera, la violencia mestiza en contra del nuevo orden que no necesitó de interlocutores, funcionarios ni ritualidades más que las del propio Estado, la nueva y única autoridad.
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Tierras en el ordenamiento jurídico aplicable al pueblo mapuche

Larrére Onofri, Jaime January 2007 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / En su capítulo primero se dará un repaso al Arauco pre-hispánico, enfatizando la vinculación existente entre la familia y la propiedad, a la vista de los distintos cronistas que nos entregan información al respecto. La idea es dar una visión general de este pueblo y comprender en su esencia el modelo que llevaron con anterioridad a la llegada del conquistador español. Al desarrollar la temática de la tierra en relación con la legislación en general, nos ha movido la finalidad de arraigarse en el sentir indígena respecto a ese vínculo formado consuetudinariamente por el trabajo familiar de la tierra, formando agrupaciones que hoy entendemos por comunidades. Esta particularidad en la íntima relación existente entre las instituciones de propiedad sobre la tierra, han determinado no solo el título de nuestra obra sino que además se ha constituido en el denominador común para que hoy en día bajo el imperio de nuestra actual ley indígena Nº 19.253/1993, pueda accederse a los diversos beneficios plasmados en ese cuerpo legal como veremos. Debemos dejar plena constancia que este primer capítulo no ha tenido como finalidad dar una verdad histórica de este periodo, sino que meramente superficial, creemos que existe mucho aún por investigar, análisis que escapa a la competencia de esta obra, pero ilustrativamente se puede señalar la importancia que podría ser el estudio de la influencia incásica en el pueblo mapuche. En el capítulo segundo se abordará la situación del pueblo Araucano bajo la dominación española, basado en la legislación indiana en general. Se hará un contraste entre la costumbre indiana y la aplicación de la ley española, así como también, de la situación de la tierra, a raíz de la celebración de distintos parlamentos y el surgimiento a través de éstos, de una costumbre muy particular y útil en la conformación del derecho patrio en los albores de nuestra República e incluso como veremos, hasta ya entrado el siglo XX en lo dice relación a diversos aspectos de la vida, transformándose en una importante fuente para entender las normas que entraron a regular las relaciones mapuche-chilenas sin que escape el tema que nos convoca. Conforme al capítulo tercero, se analizará la cuestión en el derecho patrio, donde podremos haciendo una diferenciación entre su evolución antes de la pacificación de la Araucanía y después de ella. Esta diferenciación permite la realización de un mejor análisis a las consecuencias que traería este hecho histórico, que no solo se apreciará en el campo geopolítico sino que también en el marcó jurídico en todo lo relacionado con el tema de la capacidad de los indígenas como sujetos de derecho. Adelantando materia podemos señalar que siguiendo estos subperiodos se aprecia dos vertientes en la primera de ellas la absoluta libertad para los indígenas de enajenar sus tierras, es decir un intento de integración como ciudadanos chilenos y aplicación de una legislación común, para pasar luego a una prohibición relativa o interdicción, teniendo que cumplir ciertos requisitos para la enajenación de las mismas, donde veremos a la figura del Protector de Indios y al tribunal competente para conocer de sus asuntos la cual recaerá en el Juez de Indios, elementos que configurarán el puntapié inicial al proceso que se ha denominado “de la radicación”, cuyo desarrollo lo encontraremos hasta el comienzo del capítulo siguiente. Finalmente, en el capítulo cuarto se examinará la situación en el último siglo, donde asistimos a la etapa de división y radicación de las comunidades como se dijo, para luego observar como los procesos de reforma agraria se compatibilizan con las pretensiones indígenas, y como durante el gobierno militar las políticas de Estado, transformarán la propiedad indígena de raíz comunitaria a una de tipo individual, con el ánimo de hacer desaparecer las diferencias de calidades, bajo la idea de tener una sola ley de aplicación común.
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Hacia un ordenamiento predial participativo y proposición de un modelo alternativo de producción comunidad indígena Juan Huentelen : comuna Padre Las Casas provincia Cautín

Navarro Meneses, Marcia January 2005 (has links)
Se analiza la composición territorial del entorno comunal, en el cual se encuentra inmersa la comunidad indígena Juan Huentelen. Asimismo se propone un ordenamiento predial mediante la caracterización de cada una de las hijuelas, su historia y evolución. Además, se realiza un breve estudio de la legislación indígena en torno a tópicos tales como la tierra, el territorio, la calidad de indígena, la pobreza indígena, y el etnodesarrollo, entre otros. Estos aspectos permiten generar una propuesta de ordenamiento predial y diversificación agrícola acorde a la realidad indígena, las que dependen tanto de recursos físicos, como humanos y económicos con los que cuenta la comunidad. Finalmente, a través de los resultados del diagnóstico participativo de la comunidad, se utiliza la metodología de un modelo de desarrollo agrícola de producción (MODAP, Santibáñez 2004) para plantearles a los agricultores mapuches la posibilidad de diversificar los sistemas de producción actuales, conduciendo a mejores resultados económicos y culturalmente aceptables, mediante la búsqueda de opciones que incluyan el componente sociocultural y combinen de distinta forma el uso del suelo, la tecnología de producción y el tamaño del predio.

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