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Els petits "Harraga" menors immigrants irregulars no acompanyats d'origen marroquí a CatalunyaQuiroga Raimundez, Violeta 17 December 2003 (has links)
A finales de los años 90 nuestra sociedad tomó conciencia de la existencia en las calles de Barcelona o de Madrid de menores inmigrados, principalmente marroquís, que habían llegado a nuestro país sin documentación y sin el acompañamiento de ningún referente familiar o adulto. Se trataba de un nuevo fenómeno, el de los pequeños Harraga, es decir, de chicos marroquís que siguiendo los pasos de sus compatriotas adultos quemaban o arriesgaban su vida para pasar el Estrecho y emigrar a la otra orilla del Mediterráneo. Aunque el fenómeno ya era visible y notorio en el centro de algunas ciudades catalanas, no fue hasta el mes de septiembre de 1998 que saltó a los medios de comunicación. A partir de aquel momento numerosos reportajes sobre el tema denunciaron que más de 200 menores inmigrados sobrevivían en duras condiciones en las calles de Barcelona, de Santa Coloma y de otras ciudades. El nuevo fenómeno también provocó un importante incremento en el número de menores inmigrados atendidos por los servicios de protección a la infancia de algunas comunidades autónomas, lo cual hizo necesario la creación de nuevos centros para atender a estos recién llegados. Pero lamentablemente esta transformación del sistema de protección se realizó de forma poco planificada, impulsada sobretodo para solucionar urgencias puntuales y para responder a la presión creciente de la opinión pública. Esto explica que las medidas adoptadas resultaran poco eficaces para facilitar la integración de los menores inmigrados, ya que éstas no se ajustaban a sus expectativas migratorias.Durante estos primeros años los profesionales que tratábamos con estos menores no entendíamos qué estaba pasando. Y por esto, con la intención de proporcionarme a mi misma estas respuestas, decidí llevar a cabo dicha investigación. A partir de aquel momento empecé a escuchar y a observar atentamente a los menores inmigrados no acompañados con los que trabajaba diariamente en un centro por donde pasaban la mayor parte del área metropolitana de Barcelona. Así de forma privilegiada fui descubriendo las historias de aquellos muchachos, me acerqué a su realidad de origen y a su viaje hacia la península, y empecé a entender sus sueños migratorios y los motivos por los cuales se sentían desengañados. Fue a través de ese trabajo de campo que elaboré las hipótesis que dieran respuesta a las causas de esta emigración precoz, sin precentes hasta el momento en nuestro país. Pero rápidamente me di cuenta que no podía encontrar estas respuestas solamente en nuestro país, sinó que era imprescindible llevar a cabo parte del trabajo de campo en Marruecos.De esta manera mi tesis doctoral se convirtió en una investigación trasnacional, en la cual analicé tanto la realidad del fenómeno en nuestro país como en la sociedad de origen de los menores. Todo ello fue configurando las líneas de trabajo de la investigación, dividida en cuatro capítulos que recorren el proceso migratorio de los menores, dos en su país de origen, y dos en nuestro país. Finalmente en el último capítulo se presentan en forma de conclusiones la visión del proceso migratorio por parte de los propios pequeños Harraga y, por otra parte, la visión del antropólogo, es decir, de la autora de esta investigación. Desearía que esta investigación contribuyera a mejorar la vida de los pequeños Harraga que viven en nuestro país, gracias a una intervención más adecuada y efectiva por parte de las administraciones y de las instituciones responsables. Desde este punto de vista creo, como muchos otros antropólogos, en la necesidad de construir una antropología para la transformación social.
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Proceso penal de menores: especialidades derivadas del interés de los menores y opciones de política criminalSala Donado, Cristina 19 December 2002 (has links)
El presente trabajo se concibió con la vocación de devenir una aportación al estudio del proceso penal de menores. Por ello, originariamente, se planteó como un análisis de todas y cada una de las fases de dicho proceso. Sin embargo, rápidamente este objetivo se demostró inalcanzable por cuanto, de una primera aproximación a los preceptos de la norma, se aprecia que en la misma, se contiene «algo más» que algunas especialidades o especificidades con respecto a los procesos penales de adultos.Como premisa de partida, cabe considerar que el proceso diseñado por la L.O. 5/2000, al estar concebido exclusivamente para el enjuiciamiento de las conductas delictivas presuntamente cometidas por menores de edad, puede incardinarse en la categoría de los procesos especiales. Esta constatación, sin embargo, no era suficiente, a nuestro juicio, para justificar un proceso en el que aparecían figuras e instituciones procesales hasta el momento inéditas en el ordenamiento jurídico español. Por ello el planteamiento inicial al que se aludía fue sustancialmente modificado, sin que a la postre, ello haya supuesto una alteración sustancial del objetivo primigenio. El trabajo de investigación se inicia con un interrogante, que podría formularse como sigue: Aceptando que la edad es el elemento determinante de la existencia de una rama del derecho penal específicamente dedicada a los menores, ¿hasta qué punto dicho elemento condiciona la acción del legislador en el sentido de establecer un cuerpo normativo significativamente diferenciado del previsto para los adultos?
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