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Bienes futuros sujetos al régimen de independización y copropiedad: naturaleza jurídica, existencia del bien, compraventa e hipoteca de acuerdo a los productos y procedimientos bancarios que lideran el mercado inmobiliario y su inscripción registral. Principales contradicciones y sus efectosVilchez Solórzano, Judith Maricruz 10 May 2017 (has links)
En el actual escenario económico y legal de nuestro país, la venta de unidades inmobiliarias en proyecto es una de las principales modalidades de adquisición de inmuebles, ya sea como viviendas, departamentos, oficinas, centros comerciales, entre otros.
No obstante, a nivel registral se ha establecido una marcada diferencia en la venta de unidades inmobiliarias en proyecto, según éstas se encuentren sujetas al régimen de propiedad exclusiva y propiedad común, o al régimen de independización y copropiedad. Esta distinción ha determinado que las unidades inmobiliarias en proyecto puedan ser considerados como bienes presentes y/o futuros, determinando el producto y procedimiento bancario para su adquisición y gravamen, así como la oportunidad de la inscripción de dichos actos en el registro / Trabajo académico
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La disposición de secciones de propiedad exclusiva bajo el dominio de la Junta de Propietarios en el régimen de propiedad exclusiva y propiedad comúnLosno Perleche, Jhon 19 April 2023 (has links)
The present research work deals with the alienation of sections of exclusive
property, whose ownership corresponds to the Board of Owners, within the
framework of the horizontal property regime. Firstly, the legal nature of the
Board of Owners is addressed in order to explain its relative legal subjectivity,
which allows it to act in a unitary manner in the legal sphere, but with joint and
several liability of its members. Secondly, I disagree with the position taken by
the Registry Court which states that a qualified majority is required to have
exclusive sections: I argue that only an absolute majority is required. Thirdly, I
point out that, in order for the disposal of an exclusive section to proceed with
the absolute majority that I propose, the purpose of the property must be the
subsequent sale, and the third party acquirer will have good faith only if such
purpose of the property existed in the deeds filed at the time of the sale; if the
purpose was not that, then a qualified majority must be required (this constitutes
an exception to the rule that I propose of absolute majority). Then, I indicate that
the formalization of the transfer agreement of exclusive sections is materialized
by Public Deed and publicized through the registry registration, in order to
comply with the principle of authentic title and registry public faith respectively.
Finally, I recommend amending articles 43 of Law 27157 and 135 of its
Regulations to indicate that the Board of Owners may dispose of sections of
exclusive property; as well as amending articles 47 of the same Law and 145 of
its Regulations. / Trabajo académico
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Bienes futuros sujetos al régimen de independización y copropiedad: naturaleza jurídica, existencia del bien, compraventa e hipoteca de acuerdo a los productos y procedimientos bancarios que lideran el mercado inmobiliario y su inscripción registral. Principales contradicciones y sus efectosVilchez Solórzano, Judith Maricruz 10 May 2017 (has links)
En el actual escenario económico y legal de nuestro país, la venta de unidades inmobiliarias en proyecto es una de las principales modalidades de adquisición de inmuebles, ya sea como viviendas, departamentos, oficinas, centros comerciales, entre otros.
No obstante, a nivel registral se ha establecido una marcada diferencia en la venta de unidades inmobiliarias en proyecto, según éstas se encuentren sujetas al régimen de propiedad exclusiva y propiedad común, o al régimen de independización y copropiedad. Esta distinción ha determinado que las unidades inmobiliarias en proyecto puedan ser considerados como bienes presentes y/o futuros, determinando el producto y procedimiento bancario para su adquisición y gravamen, así como la oportunidad de la inscripción de dichos actos en el registro
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Informe jurídico sobre la Resolución No. 1767-2020- SUNARP-TR-LGarcia Ramos, Sofia de los Angeles 07 August 2024 (has links)
El presente análisis aborda la problemática jurídica en torno al derecho de reserva de aires o derecho de sobreelevación en el contexto del régimen de propiedad horizontal en Perú. Se examina su naturaleza jurídica, marco normativo y tratamiento registral, con especial énfasis en la inscribibilidad de su transferencia. El estudio se fundamenta en la Directiva No. 009-2008-
SUNARP/SN, el Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios y jurisprudencia relevante. Se concluye que el derecho de reserva de aires constituye una manifestación del derecho de propiedad, específicamente del ius abutendi, susceptible de negociación contractual. Asimismo, se determina que la transferencia de este derecho debería ser inscribible en la partida matriz del inmueble, siempre que figure como reserva sin independización. Esta posición se sustenta en la interpretación sistemática del ordenamiento jurídico, que reconoce la autonomía de la voluntad y el carácter absoluto del derecho de propiedad, dentro de los límites legales. El análisis contribuye a esclarecer el tratamiento registral de este derecho, promoviendo la seguridad jurídica en las transacciones inmobiliarias relacionadas con la sobreelevación de edificaciones. / This analysis addresses the legal issues surrounding the right to reserve airspace or right of superelevation in the context of the horizontal property regime in Peru. It examines its legal nature, regulatory framework and registry treatment, with special emphasis on the registrability of its transfer. The study is based on Directive No. 009-2008-SUNARP/SN, the Land Registry Registration Regulations and relevant case law. It is concluded that the right to reserve airs
constitutes a manifestation of the property right, specifically of the ius abutendi,
susceptible of contractual negotiation. Likewise, it is determined that the transfer of this right should be registrable in the main title of the property, as long as it
appears as a reservation without independence. This position is based on the systematic interpretation of the legal system, which recognizes the autonomy of
the will and the absolute nature of the right of ownership, within the legal limits. The analysis contributes to clarify the registry treatment of this right, promoting legal certainty in real estate transactions related to the over elevation of buildings.
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Junta de propietarios: El dilema de la cobranza judicial de las cuotas de mantenimiento impagas de los propietarios; a propósito del título ejecutivo, su anotación en el registro de predios; proponiendo una alternativa al camino de siempreInga Chávez, Juan Silvestre 13 September 2024 (has links)
El presente trabajo busca aperturar la discusión sobre como viene sucediendo
(hasta antes de la entrada en vigencia de la nueva norma, Decreto Legislativo
1568, que regula la Propiedad Horizontal y su posterior reglamento), poniendo
especial atención a la conformación del título ejecutivo especial, así como la
anotación que este genera en el registro de predios.
Para eso partimos del análisis del contexto que proporciona la aún vigente Ley
N° 27157, pasando por revisar las calificaciones que sufren las decisiones
judiciales por los títulos ejecutivos especiales, a fin de efectuar la cobranza de
las cuotas impagas, las que, con su aletargada atención, perjudican la
administración eficiente de las juntas de propietarios.
Seguidamente, se analizará los distintos criterios que reciben las postulaciones
judiciales, cuando las juntas de propietarios acuden al órgano jurisdiccional,
esto al no haberse establecido de forma precisa en la norma, al título ejecutivo
que da merito al inicio de la exigibilidad de las cuotas de administración
impagas.
En el mismo sentido, se aporta la idea de conformar dicho título, en forma
alterna a la vía actual, en sede notarial; quien además de estructurar el título
especial en forma adecuada para su ejecución judicial; podrá en forma
adicional, anotar el inicio del procedimiento de cobranza de las cuotas impagas
en el registro de predios.
Esperando que el presente trabajo aporte a la discusión académica, dada la
relevancia del cumplimiento oportuno de las cuotas de mantenimiento
(ordinarias u extraordinarias) para la junta de propietarios, buscando
operativizar y aterrizar los argumentos académicos en busca de una anhelada
convivencia “armoniosa” entre los integrantes de un bien sujeto a la propiedad
horizontal. / This work seeks to open the discussion on how it has been happening (even
before the entry into force of the new norm, Legislative Decree 1568, which
regulates Horizontal Property and its subsequent regulations), paying special
attention to the formation of the special executive title, as well as the annotation
that this generates in the property registry.
For this, we analyze the context provided by the still current Law No. 27157,
going through reviewing the various judicial decisions on the qualification of
special executive titles, to carry out the collection of unpaid fees, which, with
their lethargic attention, harm the efficient administration of owners' meetings.
Likewise, the different criteria that judicial applications receive will be analyzed,
when the owners' meetings go to the jurisdictional body, this as the executive
title that gives merit to the beginning of the enforceability of the rights has not
been established exactly and precisely in the current norm. unpaid
administration fees.
In the same sense, the idea of forming said title, in an alternative way to the
current route, in a notarial office is provided; who, in addition to structuring the
special title in an appropriate manner for its judicial execution; may additionally
note the beginning of the collection procedure for unpaid fees in the property
registry.
Hoping that this work contributes to the academic discussion, given the
relevance of timely compliance with maintenance fees for the board of owners,
already stopping these long discussions about whether it (is a subject of law or
not) and seeking to operationalize and land academic arguments in search of a
desired “harmonious” coexistence between the members of a property subject
to horizontal property. / Trabajo académico
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La Enajenación de Secciones de Propiedad Exclusiva por parte de la Junta de Propietarios: a propósito de la Resolución N° 2574- 2018-SUNARP-TR-L que exige una mayoría calificadaLosno Perleche, Jhon 01 August 2022 (has links)
El presente informe jurídico analiza la Resolución N° 2574-2018-SUNARP-TR-L, en
relación a la transferencia de secciones de propiedad exclusiva de la Junta de Propietarios
en el Régimen de Propiedad Exclusiva y Propiedad Común, y la aprobación, por parte de
los propietarios, para la enajenación de estos bienes, extremo en el que cuestiono la
postura del Tribunal Registral que exige la manifestación de voluntad de propietarios que
representen dos tercios de las participaciones sobre los bienes comunes para que se
puedan vender bienes de propiedad exclusiva bajo la titularidad de la Junta. Para ello,
primero se examina la naturaleza jurídica de la Junta, a lo que sostengo que se trata de un
sujeto de derecho con subjetividad jurídica relativa, y que, por tanto, puede adquirir y
disponer de bienes a nombre propio, lo cual no le quita el carácter de exclusivo al bien
adquirido. Posteriormente, señalo que, si la finalidad de la adquisición del bien exclusivo
por parte de la Junta es la enajenación, no hay razón para que se requiera una mayoría
calificada, sino únicamente absoluta, pues ya ha habido un acuerdo previo en la Junta
para vender; de esta forma, el tercero de buena fe quedará protegido si es que revisa dicho
fin, lo cual consta en acta de sesión de Junta de Propietarios. Luego, explico la
representación que debe tener la Junta para la transferencia los bienes de dominio
exclusivo, a lo que afirmo que el presidente representa a la Junta (y no a los propietarios)
en la transacción, cuya formalidad es la Escritura Pública. Finalmente, llego a la
conclusión de que, para los actos de disposición de disposición de las secciones exclusivas
bajo la titularidad de la Junta, solo se requiere de los votos de la mayoría absoluta, y no
calificada, lo cual merece una modificación a la Ley N° 27157 y su Reglamento / This legal report analyzes Resolution No. 2574-2018-SUNARP-TR-L, in relation to the
transfer of sections of exclusive property of the Board of Owners in the Exclusive
Property and Common Property Regime, and the approval, by the owners, for the
alienation of these assets, extreme in which I question the position of the Registry Court
that requires the manifestation of will of owners representing two thirds of the shares over
the common property in order to be able to sell exclusive property assets under the
ownership of the Board. To this end, first the legal nature of the Board is examined, to
which I argue that it is a subject of law with relative legal subjectivity, and that, therefore,
it can acquire and dispose of property in its own name, which does not detract from the
exclusive nature of the property acquired. Subsequently, I point out that, if the purpose of
the acquisition of the exclusive property by the Meeting is the alienation, there is no
reason to require a qualified majority, but only an absolute majority, since there has
already been a previous agreement in the Meeting to sell; in this way, the third party in
good faith will be protected if it reviews said purpose, which is recorded in the minutes
of the meeting of the Owners' Meeting. Then, I explain the representation that the Board
must have for the transfer of the goods of exclusive domain, to which I affirm that the
president represents the Board (and not the owners) in the transaction, whose formality is
the Public Deed. Finally, I come to the conclusion that, for the acts of disposition of the
exclusive sections under the ownership of the Board, only the votes of the absolute
majority are required, and not qualified, which deserves an amendment to Law No. 27157
and its Regulations.
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