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Conga : ¿Y dónde quedó la consulta previa?

Escala Pérez-Reyes, Ivanna Erika 12 March 2019 (has links)
El presente Trabajo Académico busca analizar si el proceso de consulta previa era aplicable para la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto Minero Conga; o si solo era necesario cumplir con el procedimiento de participación ciudadana para cumplir con la normativa vigente y obtener la certificación ambiental. Se parte de la hipótesis que, a la fecha de la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental, Minera Yanacocha no contaba con la obligación de realizar el proceso de consulta previa, puesto que no era un requisito para la aprobación del mencionado instrumento de gestión ambiental; sino una obligación por parte de Estado Peruano relacionado al cumplimiento del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo. En la última década, en el Perú, la consulta previa se encuentra relacionada con el procedimiento de participación ciudadana, esto es porque se califica a la consulta previa como un mecanismo de participación ciudadana (ESDA, 2013, p.179). Sin embargo, es menester dejar en claro que ambas son figuras que, si bien parecieran cumplir con la misma finalidad, son distintas entre sí. La consulta previa tiene la finalidad de preservar los valores culturales propios de los pueblos indígenas y tribales mediante el otorgamiento de voz para decidir sobre su propio desarrollo en su territorio; por otro lado, la participación ciudadana se caracteriza por incluir a los pueblos indígenas en todas las fases del ciclo de elaboración, aplicación y evaluación de políticas y programas de desarrollo nacional o regional que les pueda afectar. No solo en la fase inicial, como en el derecho a la consulta previa, sino en todo el ciclo. Sin perjuicio de que se concluye que el Proyecto Minero Conga no debió realizar el procedimiento de consulta previa, es menester dejar en claro que, tanto la consulta previa como los procesos de participación ciudadana deben ser fortalecidos, con la finalidad que sean utilizados como verdaderos mecanismos que promuevan el diálogo fluido y eficiente entre los actores involucrados, de manera tal que la población aledaña al Proyecto recupere la confianza de las decisiones de la administración pública (decisiones públicas) y de las empresas mineras (decisiones privadas). / Trabajo académico
2

La evaluación del impacto ambiental y su relación con la evaluación ambiental estratégica y el ordenamiento territorial en proyectos de inversión de gran escala: el caso de los proyectos Conga e Inambari

Caicedo Safra, Paola, Morveli Flores, Vera Lucía 17 October 2016 (has links)
Tesis
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Conga : ¿Y dónde quedó la consulta previa?

Escala Pérez-Reyes, Ivanna Erika 12 March 2019 (has links)
El presente Trabajo Académico busca analizar si el proceso de consulta previa era aplicable para la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto Minero Conga; o si solo era necesario cumplir con el procedimiento de participación ciudadana para cumplir con la normativa vigente y obtener la certificación ambiental. Se parte de la hipótesis que, a la fecha de la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental, Minera Yanacocha no contaba con la obligación de realizar el proceso de consulta previa, puesto que no era un requisito para la aprobación del mencionado instrumento de gestión ambiental; sino una obligación por parte de Estado Peruano relacionado al cumplimiento del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo. En la última década, en el Perú, la consulta previa se encuentra relacionada con el procedimiento de participación ciudadana, esto es porque se califica a la consulta previa como un mecanismo de participación ciudadana (ESDA, 2013, p.179). Sin embargo, es menester dejar en claro que ambas son figuras que, si bien parecieran cumplir con la misma finalidad, son distintas entre sí. La consulta previa tiene la finalidad de preservar los valores culturales propios de los pueblos indígenas y tribales mediante el otorgamiento de voz para decidir sobre su propio desarrollo en su territorio; por otro lado, la participación ciudadana se caracteriza por incluir a los pueblos indígenas en todas las fases del ciclo de elaboración, aplicación y evaluación de políticas y programas de desarrollo nacional o regional que les pueda afectar. No solo en la fase inicial, como en el derecho a la consulta previa, sino en todo el ciclo. Sin perjuicio de que se concluye que el Proyecto Minero Conga no debió realizar el procedimiento de consulta previa, es menester dejar en claro que, tanto la consulta previa como los procesos de participación ciudadana deben ser fortalecidos, con la finalidad que sean utilizados como verdaderos mecanismos que promuevan el diálogo fluido y eficiente entre los actores involucrados, de manera tal que la población aledaña al Proyecto recupere la confianza de las decisiones de la administración pública (decisiones públicas) y de las empresas mineras (decisiones privadas).
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La evaluación del impacto ambiental y su relación con la evaluación ambiental estratégica y el ordenamiento territorial en proyectos de inversión de gran escala: el caso de los proyectos Conga e Inambari

Caicedo Safra, Paola, Morveli Flores, Vera Lucía 17 October 2016 (has links)
En el Perú, a lo largo de los años, vemos que el inicio o el desarrollo de los proyectos (o megaproyectos) de inversión atraviesan por una serie de dificultades para llevarse a cabo o concretarse. Dichas dificultades, en la mayoría de casos, son originadas por las deficiencias que presenta el diseño de las medidas que estos proyectos incluyen –o su inadecuada implementación– para prevenir o mitigar los impactos ambientales a ser generados, lo cual trae como resultado el descontento de la población frente a su realización. Ahora, ¿Se puede planificar estratégicamente la realización de proyectos de inversión en el Perú? ¿Sería posible que estas deficiencias sean superadas desde el ámbito legal? ¿La regulación ambiental peruana contempla medidas o herramientas para evitarlas? Y, si fuera así, ¿qué sucede en nuestro contexto normativo para no utilizar dichas herramientas o utilizarlas de forma incompleta? En el Perú se encuentran reguladas normativamente herramientas e instrumentos de gestión ambiental: Las mismas analizan y anticipan los impactos directos o indirectos de las actividades que se pretenden desarrollar, así como el uso planificado del territorio. Dicho análisis es realizado para un proyecto en particular o como iniciativa de una política, plan o programa en un determinado contexto. Estas herramientas son: el Estudio de Impacto Ambiental, la Evaluación Ambiental Estratégica y el Ordenamiento Territorial. Sin embargo, el análisis normativo y de la aplicación práctica de las referidas herramientas demuestra que no se encuentran reguladas adecuadamente, no son aplicadas oportunamente, factores que influyen en el hecho de que no alcancen sus objetivos.

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