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Crítica a la Resolución N° 454-2014-SUNARP-TR-L: la indebida aplicación del precedente de observancia obligatoria de calificación de documentos administrativos al momento de la calificación registral de una aprobación del proyecto de una habilitación urbana de un predio que involucre la faja marginal de un río

Zorrilla Garay, Julio César 10 May 2017 (has links)
El presente artículo o trabajo académico consistió en exponer las razones por las cuales el segundo precedente de observancia obligatoria aprobado en el Nonagésimo Tercer Pleno Registral, publicado en el diario oficial El Peruano el 16 de agosto de 2012, que establece la calificación registral restringida de los documentos administrativos que pretenden inscribirse en Registros Públicos, no debió aplicarse al momento de realizar la calificación registral de la aprobación del proyecto de habilitación Urbana Nueva como Lote Único en el distrito de San Juan de Lurigancho de un predio que involucraba o se sobreponía a la faja marginal del río Rímac, y por ende, no debió inscribirse en la partida registral correspondiente a dicho predio, debido a que existía un bien de dominio público hidráulico tutelado por la Constitución, la Ley de Recursos Hídricos y el Reglamento de la referida Ley, como es la referida faja marginal, que hacía imperioso que ésta tenga una mayor protección en vez de que se privilegie un interés privado que podría acarrear consecuencias que afecten a la faja marginal, y finalmente, la seguridad y el bienestar de la sociedad / Trabajo académico
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La consulta previa del reglamento de la ley forestal y fauna silvestre : un análisis de la participación de los pueblos indígenas en la toma de decisiones

Moyano García, María Eugenia, Neira Lúcar, Cynthia Milagros, Remolino Rojas, Luz Evelyn 17 January 2018 (has links)
La investigación La consulta previa del Reglamento de la Ley Forestal y Fauna Silvestre. Un análisis de la participación de los pueblos indígenas en la toma de decisiones identifica y analiza los elementos del proceso de consulta previa del Reglamento de la Ley Forestal y Fauna Silvestre (LFFS) que resultaron relevantes para la inclusión de los pueblos indígenas en la toma de decisiones con respecto a una política que los afecta directamente. El análisis de la consulta previa de la reglamentación de la LFFS radica fundamentalmente en que se trata de la implementación de una política pública con la participación de los pueblos indígenas y, sobre todo, desde una perspectiva intercultural, pues, como bien se puede constatar, la participación de los pueblos indígenas continúa siendo un gran desafío para los hacedores de políticas públicas, no solo por los niveles de exclusión a los que estos se encuentran sometidos, sino también porque se requiere desarrollar herramientas interculturales, las cuales son la clave para la gestión de la diversidad y del potencial para las naciones más justas y equitativas. La presente investigación es un estudio de caso, basado en el análisis de la información recogida a través de técnicas cualitativas como las siguientes: entrevistas semiestructuradas y un grupo focal a representantes de los pueblos indígenas, y entrevistas semiestructuradas a funcionarios públicos que participaron en el proceso de consulta previa; asimismo se realizó revisión y análisis documentario. En conclusión, el espacio de la consulta previa promovió la participación y el fortalecimiento de las organizaciones indígenas, gracias a su perspectiva intercultural y enfoque participativo. Ello generó, además, una nueva forma de relacionarse entre las instituciones del Estado y los pueblos indígenas a través de la escucha, y una mayor voluntad de diálogo entre las partes, lo cual configuró los elementos iniciales de un diálogo intercultural. / Tesis
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La consulta previa del reglamento de la ley forestal y fauna silvestre : un análisis de la participación de los pueblos indígenas en la toma de decisiones

Moyano García, María Eugenia, Neira Lúcar, Cynthia Milagros, Remolino Rojas, Luz Evelyn 17 January 2018 (has links)
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Opinión técnica de carácter interpretativo del Serfor

Torres Muñoz, Patricia Pamela 20 May 2021 (has links)
En el marco de un proceso de descentralización en marcha, que ha dado cuenta de los múltiples desafíos para la consolidación de los Gobiernos Regionales, y el número de agencias especializadas con competencia en materia forestal y de fauna silvestre, se hace necesario que el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor) implemente plenamente su función rectora respecto al Sistema Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Sinafor) a fin de generar un espacio de coordinación interinstitucional que brinde soporte a sus miembros para la consecución de los objetivos de la Política Nacional Forestal y de Fauna Silvestre. En este contexto, la presente investigación busca contribuir a ello delimitando una de las dimensiones de la función rectora del Serfor, como lo es la emisión de opiniones técnicas vinculantes que interpretan en abstracto el sentido de la normativa forestal y de fauna silvestre, permitiendo con ello generar predictibilidad y orientar el correcto funcionamiento del Sinafor. A diferencia de otras entidades rectoras, el Serfor a la fecha aún no ha implementado dicha atribución, ninguno de sus órganos de línea cuenta con funciones expresas para ello y se adolece de un procedimiento que paute su emisión. Sin perjuicio de ello, se han encontrado interesantes avances en las opiniones emitidas por su Oficina General de Asesoría Jurídica y que dan cuenta de la demanda de este tipo de opiniones por parte de los integrantes del Sinafor, lo que facilitará su posicionamiento, haciendo necesario que la entidad también evalúe el fortalecimiento de sus demás atribuciones rectoras.
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Crítica a la Resolución N° 454-2014-SUNARP-TR-L: la indebida aplicación del precedente de observancia obligatoria de calificación de documentos administrativos al momento de la calificación registral de una aprobación del proyecto de una habilitación urbana de un predio que involucre la faja marginal de un río

Zorrilla Garay, Julio César 10 May 2017 (has links)
El presente artículo o trabajo académico consistió en exponer las razones por las cuales el segundo precedente de observancia obligatoria aprobado en el Nonagésimo Tercer Pleno Registral, publicado en el diario oficial El Peruano el 16 de agosto de 2012, que establece la calificación registral restringida de los documentos administrativos que pretenden inscribirse en Registros Públicos, no debió aplicarse al momento de realizar la calificación registral de la aprobación del proyecto de habilitación Urbana Nueva como Lote Único en el distrito de San Juan de Lurigancho de un predio que involucraba o se sobreponía a la faja marginal del río Rímac, y por ende, no debió inscribirse en la partida registral correspondiente a dicho predio, debido a que existía un bien de dominio público hidráulico tutelado por la Constitución, la Ley de Recursos Hídricos y el Reglamento de la referida Ley, como es la referida faja marginal, que hacía imperioso que ésta tenga una mayor protección en vez de que se privilegie un interés privado que podría acarrear consecuencias que afecten a la faja marginal, y finalmente, la seguridad y el bienestar de la sociedad
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La necesidad de legislar la cantidad de producto forestal maderable transportada y el delito de tráfico ilegal de productos forestales maderables

Ajalla Ortiz, Omega 13 March 2019 (has links)
Es sabido que nuestro territorio nacional está cubierto por bosques, la cual se ubica en costa, sierra y selva. Sin embargo, los bosques de nuestro país, por el contrario, cada año se destruyen en cantidades considerables, debido a que la misma ocurre de manera ilegal. Sin embargo, pese a que en nuestra legislación contamos con normas penales y administrativas que están diseñados para reprimir las conductas que estén referidos al tráfico ilegal de productos forestales maderables, previstas en el artículo 310-A del Código Penal y artículo 207.3.i) del Reglamento para la Gestión Forestal. Pues, ninguna de las normas citadas refiere sobre la cantidad trasportada de productos o especímenes forestales maderables que delimiten cuándo nos encontramos frente a un delito y cuándo frente a una infracción administrativa. Si bien en la norma administrativa precisa como infracción a la guía de transporte, sin embargo, a ello se debe añadir la cantidad del producto maderable, para con ello precisar hasta que cantidad será considerado una sanción administrativa y cuando una sanción penal. El objetivo planteado es la propuesta de modificación del art 207.3.i) del Reglamento para la Gestión Forestal de la Ley Nº 29763, para una buena aplicación de la norma administrativa y penal. Por otro lado, el objetivo de la presente es precisar las ideas que permitan una adecuada y efectiva sanciona penal y administrativa del problema citado. En cuanto a la metodología empleada para el trabajo desarrollado fue de la encuesta directa realizada al personal Fiscal de la Fiscalía Especializada en materia Ambiental del departamento de Huánuco, quien tiene a su cargo el control de procesos en el ámbito ambiental. El procedimiento empleado es el analítico; llegando a la conclusión de la necesidad de modificar el art. 207.3. i) del Reglamento Forestal con el fin de contribuir a evitar la continua depredación de los bosques.
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Condiciones institucionales para responder al tráfico ilegal de la fauna silvestre procedente de la Amazonía peruana: el caso de Loreto

Canelo Solorzano, Elba Isabel 23 March 2022 (has links)
El tráfico ilegal de vida silvestre es uno de los delitos más lucrativos en el mundo; amenaza gravemente la biodiversidad, los servicios ecosistémicos y al ser humano. En el Perú, la fauna silvestre tiene un valor social, cultural y económico; es la base de la alimentación de las poblaciones que viven próximas a su hábitat. Históricamente, la actividad de caza de la fauna silvestre surgió debido a la culminación del boom del caucho en Iquitos, como una alternativa de nuevos productos de exportación. Si no está destinada para fines de autoconsumo de comunidades y pobladores rurales, debe contar con un plan de manejo aprobado por la autoridad regional correspondiente o estar comprendida en el calendario de caza, para que su aprovechamiento sea legal. A diferencia de otros países, en el Perú, la fauna silvestre comprende no solo las especies vivas, sino también los especímenes muertos, sus huevos y cualquier parte o derivado, los mantenidos en cautiverio, los productos y servicios que se obtengan de ellos. A pesar del desarrollo de legislación internacional y nacional para prevenir y combatir este delito, debido a su naturaleza clandestina y la participación de redes criminales, es difícil de caracterizar, cuantificar y vigilar. Loreto es el departamento con mayor biodiversidad y también el más afectado por esta actividad ilícita. En un periodo de 5 años, el Gobierno Regional de Loreto decomisó 970 animales vivos, de las cuales 22 se encontraban en alguna categoría de amenaza; ello hace importante el análisis de su capacidad institucional para afrontar esta problemática
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La necesidad de crear Áreas Marinas Protegidas y los retos del Estado peruano para su implementación

Jiménez Mayo, Maryuri Isabel 25 April 2022 (has links)
El presente trabajo académico tiene como objetivo analizar los aspectos biológicos, legales y económicos que sustentan la necesidad de crear áreas marinas protegidas en el país; teniendo en cuenta la importancia del mar peruano desde un enfoque ecosistémico; así como los compromisos internacionales y la legislación nacional vigente. Asimismo, desarrolla los retos y desafíos del Estado peruano para la implementación de un área marina protegida, los cuales se han identificado a partir del caso de estudio peruano, la Reserva Nacional Dorsal de Nasca, primera área natural íntegramente marina establecida el 5 de junio de 2021, concluyéndose dentro de los mismos los siguientes: i) un mayor financiamiento por el Estado peruano a través de recursos ordinarios (presupuesto público); ii) Gestión colaborativa con actores privados y la sociedad civil; iii) implementación de tecnología que ayuden a la supervisión y fiscalización efectiva en el mar peruano teniendo en cuenta la zonificación vertical de la misma, entre otros

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