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Alto índice de observaciones en los títulos presentados al registro de predios de la SUNARP de las zonas registrales IX – XII en el periodo 2017-2018Butron Llamoca, Diego Grimaldo 26 September 2021 (has links)
El presente trabajo tiene como finalidad desarrollar un proyecto de innovación para
mejorar del servicio de inscripción en el Registro de Predios de la Sunarp, entidad
encargada de brindar seguridad jurídica a través de la inscripción y publicidad de
los actos y contratos que se celebran respecto de los inmuebles en el territorio
nacional, desarrollando así una actividad trascendental para el país. Para la
determinación del problema, se realizó el estudio de las cadenas de valor que se
encuentran vinculadas a la entidad, enfocándose en el servicio de inscripción
registral como una de las actividades misionales que lleva a cabo. A través de la
investigación documental y de campo se determinó que existe un alto índice de
observaciones en el Registro de Predios en las Zonas Registrales IX y XII de la
entidad en el periodo 2017-2018, a partir de lo cual se construyó la arquitectura del
problema, estableciendo la participación de los principales actores, la magnitud del
problema, el marco institucional y normativo en el que se desenvuelve, entre otros
aspectos relevantes. Del mismo modo, a través de metodología mixta, se efectuó el
estudio de las causas del problema determinándose que, la principal es la excesiva
discrecionalidad del registrador público en la calificación de las solicitudes de
inscripción. Ante ello se planteó el desafió de innovación para abordar el problema
de modo tal que se pueda brindar un mejor servicio a los ciudadanos. La propuesta
se enfoca en la automatización del procedimiento de calificación e inscripción, con
una mayor intervención por parte de los intervinientes en el procedimiento, a través
del uso de proformas simplificadas en plataformas digitales, lo que permite reducir
el margen de discrecionalidad del Registrador Público, concluyéndose que se trata
de un proyecto, deseable, factible y viable según opinión de especialistas y público
en general. / The purpose of this work is to develop an innovation project to improve the service
of registration in the Registry of Property of The National Superintendency of Public
Registries (SUNARP), who have the charge of providing legal security through the
registration and publicity of the acts and contracts that people celebrate in the real
estate sector in the national territory, developing a transcendental activity for the
country. In order to determine the problem, the study was carried out through the
determination of the value chains that are linked to the entity, focusing on the
registration service as one of the mission activities. Through the paperwork and field
study, it has been found a high rate of observations in the Land Registry, in the
period 2017-2018, building the architecture on that base, establishing the
participation of the main actors, the magnitude of the problem, the institutional and
regulatory framework in which it operates, among other relevant aspects. In the
same way, through a blended methodology, we made the study of the causes of the
problem, determining that the main cause is the excessive discretion of the public
registrar in the qualification of applications for registration. In this context, we posed
a challenge of innovation in order to give a better service for the citizens. The
proposal is focused on the automation of the qualification and registration procedure,
with a greater intervention by those involved in the procedure, through the use of
simplified forms on digital platforms, which allow us reducing the margin of discretion
of the Public Registrar, concluding that this is a project, desirable, feasible and viable
in the opinion of specialists and the general public.
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Informe jurídico sobre la Resolución N° 444-2022- SUNARP-TRDurand Torres, Diego Marcelo 30 July 2024 (has links)
El presente informe analiza la Resolución N° 444-2022-SUNARP-TR, mediante
la cual el Tribunal Registral resolvió proceder con el cierre de una partida registral
de una sociedad que cambió su domicilio al extranjero, aplicando de manera
analógica el artículo 30 del Reglamento del Registro de Sociedades. De tal
forma, de un asunto registral societario surgen temas y conceptos propios de la
teoría del Derecho, tales como los vacíos y lagunas normativas; y el uso de la
herramienta de integración jurídica por analogía para su solución.
En tal sentido, el análisis efectuado explica estos conceptos y su relación con las
facultades del Tribunal Registral para resolver situaciones en las que no existe
una norma que expresa o directamente regule un supuesto, en este caso una
reorganización transfronteriza del Perú al extranjero, pero sí existe una que
regula un supuesto sustancialmente similar al no regulado. Ante ello, el informe
concluye que el Tribunal Registral sí es competente para emplear la analogía en
los casos que se le presenten y que en el caso de la resolución, debió realizar la
analogía con los artículos 394 de la Ley General de Sociedades y los artículos
135 al 139 del Reglamento del Registro de Sociedades, ya que estos contienen
un supuesto sustancialmente similar al presentado en la resolución y lo incluyen
dentro de su ratio legis, no correspondiendo la analogía con el artículo 30 del
Reglamento del Registro de Sociedades al regular un supuesto distinto al del
caso. / This report analyzes the Resolution No. 444-2022-SUNARP-TR, by which the
Registry Tribunal decided to proceed with the closing of a registry entry of a
company that changed its domicile abroad, applying Article 30 of the Regulations
of the Registry of Corporations by analogy. In such a way, from a corporate
registration matter, issues and concepts of the theory of law arise, such as gaps
and normative gaps; and the use of the legal integration tool by analogy for its
solution. In this regard, the analysis explains these concepts and their relationship with the
authority of the Registry Tribunal to resolve situations in which there is no
regulation that expressly or directly regulates an event, in this case a cross-border
reorganization from Peru to abroad, but there is one that regulates an event
substantially similar to the one not regulated. Therefore, the report concludes that
the Registry Tribunal is competent to use an analogy in the events presented to
it and that in the case of the resolution, it should have made the analogy with
articles 394 of the General Corporations Law and articles 135 to 139 of the
Regulations of the Registry of Corporations, since these contain an event
substantially similar to the one presented in the resolution and include it within its
ratio legis, not corresponding the analogy with article 30 of the Regulations of the
Registry of Corporations since it regulates an event different from the one in the
case.
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Necesidad actual del control difuso en los Tribunales Administrativos : análisis aplicado a la actuación que venía desempeñando el Tribunal Registral de la SUNARPOliver Erick, Ames Candiotti 21 August 2017 (has links)
Partiendo de un análisis histórico del control difuso como prerrogativa de los órganos jurisdiccionales, hasta su incorporación paulatina al ordenamiento jurídico peruano, se pretende sentar así, las bases teóricas que permitirán comprender la importancia de su aplicación en el ámbito de la administración pública moderna. Encontrados así, sitios comunes entre ambos conceptos, veremos, hasta qué punto, prerrogativas pensadas en principio únicamente para los fueros judiciales, impactan positivamente en la función moderna de la administración pública y especialmente, desde la óptica del Tribunal Registral de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, órgano administrativo que constituye la segunda instancia dentro del procedimiento registral y que no ha sido ajeno a los vaivenes producidos por las decisiones del Tribunal Constitucional sobre el control difuso en sede administrativa. El estudio que se realiza a continuación, nos aproximará a detectar, a través de casos concretos, si una potestad de ese tipo, ha sido eficiente en su contribución de forjar una jurisprudencia registral más próxima a los preceptos constitucionales, o si por el contrario, la potestad de inaplicación de las normas por parte de estos Tribunales, no es tan necesaria, si en defecto de ello existen otros mecanismos de control constitucional.
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Informe jurídico sobre la Resolución N° 1049- 2023/SPC-INDECOPIPicasso Clarke, Bernardo 12 August 2024 (has links)
En el marco de un procedimiento administrativo sancionador, la Sala
Especializada en Protección al Consumidor del Tribunal de Defensa de la
Competencia y de la Propiedad Intelectual del INDECOPI determinó que la
empresa Viva Negocios Inmobiliarios S.A. incumplió los artículos 77.1 y 78.1 del
Código de Protección al Consumidor, respecto a sus deberes de (i) informar
sobre la partida registral del inmueble materia del proyecto inmobiliario a fin de
acreditar que dicho inmueble es de propiedad de la persona contratante, y (ii)
entregar los contratos de compraventa a los consumidores de manera física en
su local comercial.
En vista a que el Código Civil contempla la presunción de que todas las personas
conocen las inscripciones de los registros públicos, y que no establece ninguna
formalidad para la celebración de los contratos de compraventa, surge el
cuestionamiento respecto a si existe una disonancia normativa entre los
respectivos artículos del Código Civil con las disposiciones del Código de
Protección al Consumidor en mérito de las cuales se sancionó a la inmobiliaria.
En el presente trabajo se arriba a la conclusión de que no existe tal discrepancia,
en la medida que los alcances de las regulaciones del Código de Protección al
Consumidor se limitan a facilitar y garantizar a los consumidores del sector
inmobiliario a que puedan hacer efectivo el ejercicio de su derecho a la
información antes de celebrar un contratos de compraventa. / In an administrative sanctioning procedure, the Specialized Chamber on
Consumer Protection of the Court for the Defense of Competition and Intellectual
Property of INDECOPI determined that the company Viva Negocios Inmobiliarios
S.A. did not comply with articles 77.1 and 78. 1 of the Consumer Protection Code,
with respect to its duties to (i) inform about the registry entry of the land where
the project will be developed as a way to prove that such real estate is owned by
the contracting party, and (ii) deliver the purchase agreements to the consumers
in a physical manner at its commercial premises.
Considering that the Civil Code contemplates the presumption that all persons
know the inscriptions of the public registries, and that the Civil Code does not
contemplate any formality for the execution of purchase agreements, then there
could be a normative dissonance between said regulations of the Civil Code with
the provisions of the Consumer Protection Code by virtue of which the real estate
company was sanctioned.
This report concludes that there is no such discrepancy, because the scope of
the rules of the Consumer Protection Code is limited to facilitating and
guaranteeing consumers in the real estate sector that they may exercise their
right to information before entering into a purchase agreement.
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