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Las Asociaciones Pro vivienda : una persona jurídica en proceso de extinciónJave Luján, María del Carmen January 2018 (has links)
El presente trabajo busca analizar las principales incidencias de las Asociaciones Pro
vivienda en el Registro de Personas Jurídicas y demostrar por qué están en “proceso
de extinción”. Para ello se hace una breve introducción de su origen, su definición y
sus diferencias con las asociaciones creadas bajo el amparo del Código Civil de 1984.
En una segunda parte se explican las razones de por qué a pesar de la larga data de
su norma de creación, la Ley N°13500 y su reglamento D.S. N°131-H, estas aún están
vigentes y siguen teniendo incidencia en nuestro ordenamiento legal. Finalmente, en
una tercera y última parte se expone los problemas registrales más comunes
vinculados a las Asociaciones Pro-vivienda y cómo el Tribunal Registral ha venido
resolviendo en su jurisprudencia. De esta forma, a través del análisis legal y casuístico
se desea mostrar un fenómeno que está ocurriendo paulatinamente y que está
llevando a las Asociaciones Pro vivienda a su extinción: la modificación de sus
estatutos sin la aprobación previa de la Junta Nacional de la Vivienda (hoy Ministerio
de Vivienda, Construcción y Saneamiento) conlleva a su transformación en una
asociación al amparo del código civil. / Trabajo académico
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Informe jurídico sobre Resolución N° 568-2017-SUNARP-TR-TRamírez Manzanares, Alejandra Mercedes 04 June 2020 (has links)
En la presente investigación se analiza la materialización de la función notarial en razón a los instrumentos públicos que emite el notario y el contenido de los mismos, y, por el otro, los límites de la calificación registral que realizan los registradores dentro de su función, a los instrumentos públicos que otorgan los notarios. Así, como objetivo se busca demostrar que existen extremos que no deben ser calificados por el registrador público en un instrumento público notarial en tanto de hacerlo se estaría ingresando a una “excesiva” calificación registral, en tanto no se seguirían los principios registrales, las facultades del registrador ni sus competencias de manera idónea, y que, particularmente en este caso, sí se cometieron.
Para llegar a la hipótesis planteada se han analizado cuales son los límites del
registrador, la naturaleza de la calificación registral, así como el análisis de los distintos instrumentos públicos notariales tanto protocolares como extraprotocolares. Asimismo, se ha analizado el caso en particular en función a los distintos métodos de
interpretación: literal, ratio legis, sistemático y extensiva, de manera que se demuestre
lo que se sustenta. Como conclusión se destaca que el examen riguroso sobre el acto
inscribible cumple con todas las aristas necesarias para superar la calificación registral: el principio de legalidad, el cual incluye la verificación de: la forma documental, la capacidad de los otorgantes, validez del acto que se quiere inscribir y la compatibilidad del título; por lo que sí se cometió una calificación registral no idónea
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Las Asociaciones Pro vivienda : una persona jurídica en proceso de extinciónJave Luján, María del Carmen January 2018 (has links)
El presente trabajo busca analizar las principales incidencias de las Asociaciones Pro
vivienda en el Registro de Personas Jurídicas y demostrar por qué están en “proceso
de extinción”. Para ello se hace una breve introducción de su origen, su definición y
sus diferencias con las asociaciones creadas bajo el amparo del Código Civil de 1984.
En una segunda parte se explican las razones de por qué a pesar de la larga data de
su norma de creación, la Ley N°13500 y su reglamento D.S. N°131-H, estas aún están
vigentes y siguen teniendo incidencia en nuestro ordenamiento legal. Finalmente, en
una tercera y última parte se expone los problemas registrales más comunes
vinculados a las Asociaciones Pro-vivienda y cómo el Tribunal Registral ha venido
resolviendo en su jurisprudencia. De esta forma, a través del análisis legal y casuístico
se desea mostrar un fenómeno que está ocurriendo paulatinamente y que está
llevando a las Asociaciones Pro vivienda a su extinción: la modificación de sus
estatutos sin la aprobación previa de la Junta Nacional de la Vivienda (hoy Ministerio
de Vivienda, Construcción y Saneamiento) conlleva a su transformación en una
asociación al amparo del código civil.
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Informe Jurídico sobre Resolución 3270-2022-SUNARP-TRSaldaña Aguilar, Danilo Andres 31 July 2023 (has links)
En el presente informe se realizará un análisis sobre la resolución del Tribunal
Registral el cual nos trae un supuesto de formalización de compraventa en el
registro mediante el uso de la ratificación. Se van a desarrollar tanto elementos
de los contratos de compraventa como algunos principios registrales con el fin
de determinar si la no presentación del contrato primigenio de una compraventa
puede se aceptada o simplemente como es que deberíamos tomar o calificar
este contrato primigenio inserto en la escritura pública donde se ratifica la
compraventa. Se complementará la postura del Tribunal siempre que su decisión
fue correcta, pero existen supuestos que no han sido tomados en cuenta como
los mencionados en líneas anteriores. / The current report analyzes the resolution N° 3270-2022-SUNARP-TR, in relation
to the effects of the ratification of a private property sales contract and how this
will let the parts not to present the original contract only if all the essential
elements of a sales contract in Peru that are contained in the ratification. The
Registry court made a decision that I personally agree with, but it’s been added
some analyses about how the registry will qualify the original contract if presented
and how this will affect the registration.
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El acto jurídico de mandato sin representación y la vigencia de su uso en sede notarial, así como su acceso al Registro PúblicoGoldez Cortijo, Moises Jose 26 March 2022 (has links)
El presente artículo jurídico se refiere al acto jurídico denominado por el Código
Civil peruano de 1984 como ¨Mandato sin Representación¨, regulado en el artículo
1809 de la citada norma legal de la siguiente manera:
¨El mandatario que actúa en nombre propio adquiere los derechos y asume las
obligaciones derivados de los actos que celebra en interés y por cuenta del
mandante, aun cuando los terceros hayan tenido conocimiento del mandato.¨
Esta figura jurídica presenta distintas aristas, que van desde su configuración de
origen hasta aquellas vinculadas al quehacer registral, tales como su inscripción
en el registro de mandatos y poderes de los Registros Públicos, así como sus
eventuales escenarios de incumplimiento y de ejecución satisfactoria del mandato.
El presente documento buscará evaluar si la referida figura jurídica tiene un uso
activo en la actualidad a nivel peruano, mediante consultas a las principales
Notarías de Lima y a algunas de los departamentos del interior del país. Asimismo,
se realizará la compulsa respectiva a efectos de determinar cuántos actos de
Mandato sin Representación se han inscrito durante los años 2020 a 2021 y si
dicho número es representativo para el escenario jurídico peruano.
Una vez obtenida esta data, resultará pertinente analizar si existe una razón de
técnica normativa o de defecto en las consecuencias del acto que produzcan que
la figura jurídica materia de comentario esté siendo sub-utilizada. Las posibles
razones para ello pueden ir desde el desconocimiento de la comunidad jurídica
(abogados y notarios) referentes a sus características o que el Mandato Sin
representación, a la fecha, no constituye un acto práctico que lleve a las partes a
la consecución de sus intereses en el mercado. / This Academic Research Plan refers to the legal act called by the Peruvian Civil
Code of 1984 as "Mandate without Representation", regulated in article 1809 of
the aforementioned legal norm as follows:
¨The agent who acts in his own name acquires the rights and assumes the
obligations derived from the acts that he celebrates in the interest and on behalf
of the principal, even when third parties have had knowledge of the mandate.¨
This legal figure presents different aspects, ranging from its original configuration
to those related to the registry, such as its registration in the registry of mandates
and powers of the Public Registries, as well as its eventual scenarios of noncompliance
and satisfactory execution of the mandate.
This document will seek to assess whether the aforementioned legal figure is
currently in active use in Perú, through consultations with the main Notaries of
Lima and some of the regions in the interior of the country. Likewise, the
respective search will be carried out in order to determine how many acts of
Mandate without Representation have been registered during the years 2020 to
2021 and if said number is representative for the Peruvian legal scenario.
Once this data has been obtained, it will be pertinent to analyze whether there is a
normative technical reason or defect in the consequences of the act that causes the
legal figure subject to comment to be underused. The possible reasons for this may
range from the ignorance of the legal community (lawyers and notaries) regarding
its characteristics or that the Mandate without representation, to date, does not
constitute a practical act that could lead the parties to the achievement of their
interests in the market.
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La calificación registral de los títulos pendientes compatibles.Urbina Vásquez, Humberto Jaime 12 October 2023 (has links)
Con el presente trabajo de investigación analizamos y estudiamos el proceder del
Registrador Público en la calificación registral de títulos pendientes de inscripción referidos
a una misma partida registral; por ser uno de los principios más importantes el de prioridad
registral (Prioridad preferente y prioridad excluyente) en la calificación registral, siendo la
existencia de éste supuesto muy seguido en el quehacer diario del Registrador Público.
Los métodos empleados son el exegético, dogmático y funcional, como método general el
analítico – sintético, pese a estar regulado la definición de títulos incompatibles, la
calificación registral de títulos pendientes compatibles e incompatibles en el TUO del
Reglamento General de los Registros Públicos (TUO RGRP); algunos Registradores
Públicos no tienen en cuenta o analizan la incompatibilidad o no al momento de calificar
títulos pendientes vinculados a la misma partida registral; por lo que, se propone establecer
de manera expresa la obligación como parte de la calificación registral el analizar y/o
determinar si los títulos pendientes son compatibles o incompatibles en la esquela de
observación, tacha o suspensión del título.
El Tribunal Registral aprobó un precedente de observancia obligatoria en el año 2003,
referido a la calificación de títulos pendientes, en octubre del año 2020 se ha modificado el
TUO del Reglamento General de los Registros Públicos; sin embargo, algunos Registradores
Públicos siguen calificando, suspendiendo el título presentado con posterioridad sin analizar
la incompatibilidad o no de los títulos presentados en la misma partida registral.
Finalmente, se propone modificar el artículo 26 del TUO RGRP a fin de establecer como
una obligación del Registrador Público y del Tribunal Registral determinar si un título
pendiente es compatible o incompatible con el título presentado anteriormente, debiendo
verificar y pronunciarse sobre la incompatibilidad o no de los títulos pendientes de
inscripción referentes a la misma partida registral que puedan impedir de manera transitoria
o definitivamente la inscripción, no siendo materia de sanción en caso el Registrador Público
considere una falsa incompatibilidad. / The present research work includes the analysis of the procedure of the Public Registrar in
the qualification of titles pending registration referring to the same registration item, the
specific methods used are exegetical, dogmatic and functional, being the general method
analytical - synthetic, despite the fact of being regulated the definition of incompatible titles,
the registration qualification of compatible and incompatible pending titles in the TUO of
the General Regulation of Public Registries; the Public Registrars do not take into account
or analyze the incompatibility or not at the time of qualifying pending titles referring to the
same registration item; therefore, it is proposed to expressly establish the obligation as part
of the registry qualification to analyze and/or determine if the pending titles are incompatible
or not in the obituary of observation, strikethrough or suspension of the title.
The Registry Court has approved a precedent of mandatory observance in 2003, referring to
the qualification of pending titles, in October 2020 the TUO of the General Regulations of
Public Registries has been modified; however, some Public Registrars continue to qualify
by suspending the title presented later without analyzing the incompatibility or not of the
titles presented in the same registry item.
Finally, it is proposed to modify article 26 and subparagraph b) of article 32 of the TUO of
the General Regulation of Public Registries in order to establish as an obligation of the Public
Registrar and the Registry Court to determine if a pending title is incompatible with the title
presented previously, having to verify and pronounce on the incompatibility or not of the
pending titles related to the same registration item that may temporarily or permanently
prevent registration. / Trabajo académico
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Informe sobre Casación N° 248-2017 LIMAMayor Mayor, Renzo Kenneth 22 February 2021 (has links)
El presente trabajo se dirige a analizar la Casación 248-2017 LIMA que trata del control judicial de la motivación en los laudos arbitrales. Así, debido a las distintas posiciones tanto doctrinarias como jurisprudenciales a nivel nacional que permiten una alta tasa de demandas de anulación de laudo arbitral sustentadas en algún defecto de motivación, es pertinente analizar el problema consistente en la identificación del estándar de control judicial de la debida motivación en el arbitraje. Para ello, se analiza la replicación y adaptación del derecho fundamental de la debida motivación en el arbitraje; y, posteriormente, se busca determinar un parámetro de control judicial de este derecho. De esta manera, se realiza un análisis dogmático para identificar la naturaleza de la debida motivación como derecho fundamental y replicarlo en el arbitraje considerando sus especiales características, por lo que se puede
obtener un parámetro que puede ser utilizado para su control judicial. Es así como se puede recurrir al análisis de la justificación interna y externa de la decisión arbitral, tal que solo sería posible controlar judicialmente la justificación interna de la misma en el caso de una demanda de anulación de laudo sustentada en algún defecto de motivación. Adicionalmente, entre los hallazgos de la investigación, se concluye que la Corte Suprema, como corte de vértice, perdió una oportunidad de fijar criterios respecto a este problema que contribuyan a dotar de seguridad jurídica al sistema y evitar que se solicite un control sobre el fondo de la decisión arbitral, así como se propone una modificación al Decreto Legislativo 1071, Decreto Legislativo que norma el Arbitraje que incluya a la indebida motivación como causal de anulación de laudo arbitral
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Informe jurídico sobre la Resolución N° 2377-2021-SUNARP-TRCox Cruz, David Enrique 31 July 2024 (has links)
El presente informe jurídico versará sobre el análisis de la Resolución N° 2377-
2021-SUNARP-TR de fecha 05 de noviembre de 2021, mediante el cual se
establece que se requiere se requiere un nuevo informe de verificación emitido
por el verificador responsable para levantar las cargas técnicas impuestas
debido a observaciones en el informe técnico, las cuales supuestamente
infringieron normativas de edificación al usar una normativa técnica no vigente
durante la ejecución de la fábrica objeto de regularización. Asimismo, el tribunal
determinó que las declaraciones del verificador, emitidas bajo su
responsabilidad, se basan en aspectos técnicos que el Registro no debe evaluar.
Determinar si existen violaciones a las normativas urbanísticas o de edificación
es responsabilidad exclusiva de los verificadores, como parte de su función
detallada anteriormente. Además, indicó que el Registro no debe cuestionar las
normativas legales o reglamentarias utilizadas por el verificador para certificar
que los predios cumplen con los parámetros urbanísticos y edificatorios vigentes
al momento de la construcción. En el presente informe se abordarán las
limitaciones que sobre la calificación registral en el caso específico del informe
técnico de verificación expedido por el verificador responsable en el contexto de
la regularización de edificaciones conforme a las disposiciones establecidas en
la Ley 27157. / This legal report will focus on the analysis of Resolution No. 2377-2021-
SUNARP-TR dated November 5, 2021, which establishes the requirement for a
new verification report issued by the responsible verifier to lift technical burdens
imposed due to observations in the technical report, allegedly violating building
regulations by using a non-current technical standard during the execution of the
factory subject to regularization. Furthermore, the tribunal determined that the
verifier's statements, issued under their responsibility, are based on technical
aspects that the Registry should not evaluate. Determining whether there are violations of urban planning or building regulations is the exclusive responsibility
of verifiers, as part of their detailed function mentioned above. Additionally, it
indicated that the Registry should not question the legal or regulatory standards
used by the verifier to certify that properties comply with urban planning and
building parameters in force at the time of construction. This report will address
the limitations on registry qualification specifically concerning the verification
technical report issued by the responsible verifier in the context of building
regularization under the provisions of Law 27157.
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Informe jurídico sobre la Resolución no. 0342-2024-SUNARP- TR a la luz del artículo 95 del Reglamento General de los Registros PúblicosDe la Cruz Pita, Abner Amir 31 July 2024 (has links)
El presente trabajo se desarrolla con la finalidad de exponer la aplicación del artículo 95 del Reglamento General de los Registros Públicos. Dicha norma cumple una función esencial en el Registro, la cual es depurar los asientos bajo los supuestos que se establecen en ella. Es crucial considerar las implicancias
de los efectos de las inscripciones, ya que el artículo en mención enerva dichos efectos. No obstante, es importante destacar que esta depuración se realiza de manera justificada, dado que no siempre acceden al Registro asientos que hayan sido parte de una calificación regular. En este contexto, resulta fundamental delimitar cuándo se puede o no cancelar un asiento en atención al artículo 95 del Reglamento General de los Registros Públicos. Esta delimitación es vital para garantizar la integridad y fiabilidad del Registro, asegurando que solo permanezcan inscripciones que cumplen con los criterios legales y reglamentarios establecidos.
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Informe Jurídico sobre la Resolución N.° 2633-2015- SUNARP-TR-LLliuya De la cruz, Adelguiza Nélida 18 October 2024 (has links)
En el contexto actual, donde las operaciones económicas empresariales buscan ser más
dinámicas y competitivas, es fundamental garantizar una posición sólida en el mercado.
Esta investigación aborda la transformación de una Empresa Individual de
Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.) en situación irregular, debido a la falta de
transferencia de derechos del titular fallecido a sus herederos dentro del plazo
estipulado por el artículo 34 del Decreto Ley N.° 21621.
El análisis se centra en la viabilidad jurídica de que los Registros Públicos admitan la
inscripción de la transformación de la E.I.R.L., considerando que el estado de disolución
automática no necesariamente extingue la capacidad jurídica de la entidad. Se exploran
argumentos que apoyan la posibilidad de que el negocio continúe bajo una nueva
estructura societaria, basados en una interpretación flexible de la normativa.
La investigación concluye que la inscripción es viable, dado que los herederos
inscribieron la declaratoria de herederos en el Registro de Sucesiones Intestadas y,
antes del plazo de cuatro años, optaron por una de las alternativas permitidas por el
artículo 31 del Decreto Ley N.° 21621. Esto asegura la continuidad de la empresa bajo
una nueva forma societaria, respetando las disposiciones legales y protegiendo los
derechos de los herederos. / In the current context, where business economic operations seek to be more dynamic
and competitive, it is essential to ensure a solid market position. This research addresses
the transformation of an Individual Limited Liability Company (EIRL) in an irregular
situation, due to the failure to transfer the deceased owner’s rights to their heirs within
the deadline stipulated by article 34 of Decree Law No. 21621.
The analysis focuses on the legal viability of the Public Registries admitting the
registration of the EIRL's transformation, considering that the state of automatic
dissolution does not necessarily extinguish the entity's legal capacity. Arguments are
explored that support the possibility of the business continuing under a new corporate
structure, based on a flexible interpretation of the regulations.
The research concludes that the registration is viable, as the heirs registered the
declaration of heirs in the Intestate Succession Registry and, before the four-year
deadline, opted for one of the alternatives permitted by article 31 of Decree Law No.21621. This ensures the continuity of the business under a new corporate form,
respecting legal provisions and protecting the heirs’ rights.
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