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Procedencia de la responsabilidad civil derivada de actos de violencia intrafamiliar

Aravena Acevedo, Sofía January 2019 (has links)
Programa de magíster en derecho con mención en derecho privado / Ciertamente son escasos los trabajos sobre violencia intrafamiliar en la literatura jurídica, la poca preocupación por el tema, puede deberse a que este tema es percibido como el primo pobre en las áreas del derecho de familia y más aún en el derecho penal, sólo encontramos trabajos que se hacen cargo de temas particulares, en especial temáticas penales.
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Nuevo enfoque de la responsabilidad civil aquiliana del estado ejecutivo y hacia una configuración sostenible del criterio de imputación

Roca Mendoza, Oreste Gherson 13 May 2017 (has links)
La responsabilidad civil aquiliana del Estado es un régimen especial de la responsabilidad civil que requiere un desarrollo jurídico necesario a la luz de que en las últimas décadas somos testigos de los daños que ocasiona el mismo a los ciudadanos acentuada más en un período de dictadura (1990-2000) pero latente en un período de democracia (2000-actualidad), a fin que los dañados, y también el dañante-Estado, puedan conocer y tener reglas claras aplicables en los daños que se ocasione. Para tal efecto, cabe anotar que el tema se ubica dentro del derecho privado y en específico en el derecho civil, disciplina que regulan las situaciones y/o relaciones jurídicas de carácter extrapatrimonial y patrimonial de los sujetos de derecho sean privados o públicos (que no sean expresión del ius imperii). En materia de relaciones jurídicas patrimoniales, la responsabilidad civil pertenece al ámbito de la “tutela civil de los derechos”, o de cualquier situación jurídica. La responsabilidad civil es una posición jurídica de exposición al nacimiento de un particular tipo de obligación: el resarcimiento. Dentro de dicho esquema, tradicionalmente se la ha dividido en dos tipos de responsabilidad. Responsabilidad “contractual” relativo al deudor y su incumplimiento y por otra parte la responsabilidad aquiliana, donde el interés tutelado es el interés en la “integridad” (física y patrimonial) que puede, como tal, ser lesionado por cualquiera, teniendo por tanto distintos remedios. Respecto a nuestro ordenamiento, el Código Civil vigente adopta dicho sistema binario: tenemos regulada la responsabilidad contractual en el Libro VI, Las Obligaciones, Sección Segunda, Efectos de las Obligaciones. Título IX, Inejecución de las Obligaciones, y la responsabilidad extra-contractual, en el Libro VII, Fuentes de las Obligaciones, Sección Sexta. Las reglas generales en materia de responsabilidad civil constituyen un simple tejido conector respecto de múltiples regímenes especiales que atañen a la naturaleza de la actividad ejercida, a las modalidades de producción del daño, al tipo de daño, y también por la especial naturaleza del dañador, como en el caso del Estado Ejecutivo, ya que aun cuando la Administración Pública es un sujeto no disímil de los sujetos de derecho privado, es merecedor de un tratamiento en particular. / Tesis
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La responsabilidad precontractual derivada de la ruptura injustificada de las tratativas "El rol de la buena fe y el deber de información"

Condemayta Mollehuanca, Jorge Luis 16 May 2016 (has links)
En el presente trabajo de investigación se desarrollará la problemática generada por la falta de consenso y regulación en cuanto a la aplicación de la responsabilidad precontractual. Mucho se ha discutido, y se discute aún, sobre la aplicación de la institución in comento; por lo mismo, en el Perú se han elaborado escasos trabajos sobre la responsabilidad precontractual. Por otro lado, si se parte de la premisa que en la etapa de la negociación, o durante la formación del contrato, se puede ocasionar daños a alguno de los negociantes, surge la discusión de si estos daños deben ser resarcidos; si la respuesta fuera afirmativa, se da lugar a la siguiente interrogante ¿bajo qué institución y fundamento se debería otorgar el resarcimiento? Es así que, la doctrina presenta tres posturas: una primera que propugna que estos daños se deban resarcir bajo la figura de la responsabilidad precontractual, pero con los elementos y la naturaleza de la responsabilidad civil contractual o también llamada responsabilidad por incumplimiento de obligaciones –se afirman que incluso el solo acercamiento de dos personas con miras a un futuro contrato establece entre ellas un vínculo que tiene naturaleza contractual (mención aparte merece la teoría del contacto social, mediante la cual se pretende contractualizar todo tipo de acercamiento entre dos o más personas)– postura que por lo demás, es discutible. La segunda postura afirma que estos daños generados en la etapa previa al contrato, se deben resarcir con las reglas y la naturaleza de la responsabilidad extracontractual, pues se dice que antes al contrato no existe propiamente un vínculo entre ambos negociantes por lo que basándose en las reglas de la responsabilidad civil extracontractual o responsabilidad aquiliana se vería mejor resarcido los posibles daños generados en esta etapa previa al contrato. La tercera posición plantea que la responsabilidad precontractual es un tertium genus de naturaleza jurídica distinta a las anteriores desarrolladas y por lo mismo el resarcimiento de estos daños se puede dar de manera independiente y con reglas independientes, esta posición es bastante discutida en la actualidad por cuanto no se define bien cuales serían estas reglas aplicables distintas a las dos grandes corrientes de la responsabilidad civil. / Tesis
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Concurso de responsabilidad civil : un falso problema de interpretación / Natalia Jara Fuentealba ; profesor guía Magdalena Bustos Díaz. Concurso de responsabilidad civil : un falso problema de interpretación

Jara Fuentealba, Natalia January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El presente trabajo de investigación tiene por objeto plantear una nueva forma de interpretar el discutido problema de concurrencia de responsabilidad civil, descartando teóricamente la posibilidad de que las normas de responsabilidad civil contractual y extracontractual, efectivamente puedan concurrir. Para lograr este objetivo, se analiza el problema del concurso de responsabilidad civil, y lo desarrollado en la doctrina civil sobre esta materia (terminología, concepción, casos de aplicación y teoría de solución), a la luz de los estudios aportados por la ciencia jurídica, en materia de concurso de normas y antinomias jurídicas. Del estudio realizado, se podrá concluir que, el problema del concurso de responsabilidad civil es un falso problema de interpretación, dado que, si bien un mismo hecho o acción puede representarse tanto como una infracción del contrato, como una infracción al deber general de cuidado, las normas de responsabilidad civil no pueden ser aplicadas conjuntamente para la indemnización de un mismo daño. De esta forma, los estatutos de responsabilidad civil se excluyen mutuamente, porque la doble regulación normativa del elemento perjuicio, obliga al intérprete a calificar un daño, únicamente como contractual o extracontractual.
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La responsabilidad civil : apuntes de las clases impartidas por el profesor Pedro Zelaya Etchegaray, el primer semestre de 2003, en el curso de derecho civil V, en la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile

González Azar, Rodrigo Farid, Lagos Calderón, Pedro Ernesto January 2007 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por los autores para ser publicada a texto completo / Estos memoristas desarrollaron un registro sistemático, anotado y concordado de las clases del profesor Pedro Zelaya Etchegaray sobre Responsabilidad Civil Extracontractual. Para ello, se usaron como referente dichas clases, particularmente las dictadas en el primer semestre de 2003 en la Escuela de Derecho de la Universidad de Chile, además de publicaciones del mismo profesor debidamente individualizadas. Luego, la estructura básica de este trabajo consiste en aquel registro fidedigno, lo que llamaremos el aspecto interno. De otro lado, se hace hincapié en el aspecto externo del contenido, esto es, su necesario parangón comparativo con el estado de las mismas cuestiones a decir de otros autores, principalmente aquellos que se ha dado en considerar referentes. Así, en cada punto tratado por en particular por el profesor Zelaya Etchegaray, se hace un debido cotejo con el tratamiento que al mismo tema han dado otros profesores de renombre del foro nacional, como los señores Abeliuk Manasevich, Alessandri Rodríguez, Barros Bourie, Corral Talciani, Fiamma Olivares, Meza Barros, Pierry Arrau, Ramos Pazos, Rodríguez Grez y Soto Kloss, entre muchos otros. Asimismo, en aquellos puntos en que la escasa legislación al respecto es interpretada y aplicada por la jurisprudencia judicial, se ofrece la debida referencia a sentencias de nuestros tribunales superiores de justicia.
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La negligencia médica ante la doctrina y jurisprudencia nacionales

Noriega Potocnjak, Fernando January 2010 (has links)
No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El avance y las transformaciones de la actividad médica, junto con sus evidentes progresos, éxitos y beneficios, ha traído consigo también un considerable aumento de las situaciones en que los médicos se ven expuestos a cometer errores o torpezas que generan daños a los pacientes, ocasionando con ello un sostenido crecimiento de las reclamaciones en su contra por mal praxis profesional. Ante tal escenario, conocer cuál es el nivel de diligencia que se le puede exigir al médico en su actuar profesional adquiere plena relevancia, toda vez que la infracción de tal nivel determinará que su autor tenga que responder por sus actos y reparar los perjuicios causados. En el derecho de la responsabilidad civil, la culpa cumple precisamente la función de definir cuál es el umbral mínimo y general de cuidado y prudencia que nos debemos recíproca y mutuamente en el tráfico social. Desde el punto de vista de la práctica médica, la culpa plantea la pregunta por el estándar de cuidado a que se encuentra obligado el médico en su actuación profesional, cuya infracción puede dar lugar a la reparación de los daños ocasionados. Determinar cuál es dicho estándar de cuidado en el derecho chileno es el objetivo primordial de este trabajo. Para ello, proponemos la revisión y análisis de la doctrina chilena más relevante sobre la materia así como la jurisprudencia más reciente de nuestros tribunales en el ámbito de la responsabilidad médica. Es ese el marco conceptual y jurisprudencial básico de la presente memoria. Para el logro del objetivo propuesto, esta investigación aborda los principales tópicos relativos a la definición de los deberes de cuidado (culpa) a los que se encuentran sujetos el médico y los demás intervinientes de la actividad terapéutica, tales como la calificación de la responsabilidad médica y sus consecuencias en el ámbito de la culpa médica, la obligación del médico y su contenido, la prueba de la culpa, el estándar de cuidado, entre otros. Se concluye, luego del análisis efectuado, que en el derecho chileno el nivel de diligencia a que se encuentra sujeto el médico en el ejercicio de su profesión es el de la culpa leve, esto es, el estándar objetivo dado por un profesional competente y diligente, considerando las circunstancias particulares en que intervino. Se colige, asimismo, que dicho nivel es idéntico independientemente de cómo se califique la relación entre el médico y su paciente (contractual o extracontractual).
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Responsabilidad patrimonial : el origen de los problemas teóricos que subyacen en la interpretación de los elementos de antijuricidad y de actividad de la administración

Oriundo Cárdenas, Cristian 20 February 2017 (has links)
Todo discurso o apreciación sobre el campo jurídico, y en general sobre cualquier área del saber, se enmarca dentro de un contexto, el mismo que sirve de base y a la vez condiciona todo tipo de elaboración científica o pseudocientífica. El contexto determina, en mayor o menor medida, toda producción intelectual. / Tesis
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Análisis de la responsabilidad civil del abogado

Undurraga Sutton, Felipe January 2006 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / En este trabajo intentaremos dar una aproximación lo más global posible a la problemática de la responsabilidad que ha de recaer sobre los profesionales del derecho, cuando de sus actuaciones se derivan daños o perjuicios, principalmente a sus clientes, tema que en nuestro ámbito se encuentra escasamente desarrollado, y todo ello inserto dentro de las tendencias que en materia de responsabilidad civil imperan en la actualidad. Para entrar en el análisis materia de esta investigación, y yendo siempre de lo más general a lo más particular, nos avocaremos primeramente a repasar los principales conceptos atingentes a la responsabilidad profesional, campo específico dentro del cual se desarrolla la responsabilidad del abogado, para luego ir adentrándonos en el concepto de abogacía, sus funciones, deberes, naturaleza jurídica de la responsabilidad que nace de su ejercicio, principales características, modalidades y efectos que derivan de la relación abogado-cliente. Finalizaremos intentando dar una visión global de las diversas cuestiones implicadas en el fenómeno de la responsabilidad civil del abogado, tanto desde el punto de vista de la determinación del incumplimiento obligacional, como desde la perspectiva de las consecuencias jurídicas que ello conlleva
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Revisión crítica a los presupuestos clásicos de responsabilidad civil en materia de causalidad, previsibilidad y negligencia

Jara Pacheco, Camilo Alejandro January 2015 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
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Responsabilidad civil de los deportistas: un tratamiento sistemático

Donoso Krauss, Andrés Enrique, Romero Munizaga, Pablo Gabriel January 2009 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / Dejando de lado la calificación de excepción que constantemente se le ha dado doctrinariamente a los deportes en el ámbito de aplicación del derecho de daños, intentaremos justificar la procedencia de esta teoría y para ello nos centraremos, como primer elemento, en criterios subjetivos de realización de riesgos no tolerados, componentes centrales en la argumentación de esta tesis, para considerar, en principio, la atribución de obligación reparatoria a los agentes infractores. Igualmente, complementando lo anterior, como segundo elemento central, nos abocaremos en factores que determinarán la procedencia o inaplicabilidad de responsabilidad extracontractual. Cabe destacar que tanto en uno como en otro elemento habilitante, la referencia a las reglas del juego constituye un componente imprescindible de estudio preliminar de los mismos, pues dichas normas configuran las pautas generales de determinación del deber de cuidado que deben observar los participantes. Con esta base, desarrollaremos extensamente tales ideas matrices en los capítulos III y IV, respectivamente. En lo que dice relación al primer capítulo, desarrollaremos un análisis que justifique la aplicación del régimen de responsabilidad civil en el deporte, es decir, estamos en presencia de una actividad social que actualmente, al menos en nuestro ordenamiento jurídico, se excluye de aquél y razonaremos de tal forma para incluirlo en el mismo. Acto seguido, una vez que clarifiquemos la procedencia de dicho régimen, corresponderá determinar la variante civil correspondiente: contractual o extracontractual, inclinándonos por esta última. En el capítulo V, habiendo ya desarrollado el aspecto medular de la investigación, analizaremos el mismo tema pero desde la óptica opuesta, es decir, qué argumentos invocará el deportista infractor para hacer improcedente el régimen de responsabilidad por daños y eludir las pretensiones alegadas en su contra. A continuación, trataremos un capítulo que refleja la extensión que puede llegar a alcanzar la imposición de responsabilidad civil en el campo deportivo, pues, como sabemos, no todo se reduce a los daños que un sujeto determinado le pueda causar a otro (responsabilidad por el hecho propio), sino además, cabe mencionar la que, eventualmente, le cabría al club del deportista infractor (responsabilidad vicaria). Esta última será la que trataremos en el capítulo VI. A su término, enunciaremos diversas conclusiones relativas a los asuntos que serán tratados a lo largo de la obra, con la presentación de una alternativa que resulte razonablemente aplicable a un campo que actualmente, en los hechos, resulta impenetrable para nuestra legislación y práctica jurisprudencial, a diferencia de lo que ocurre en derecho comparado, que ya se encuentra encaminado a una aplicación gradual de la responsabilidad civil a áreas deportivas.

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