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Arrendamiento financiero y la responsabilidad extracontractual de los bancos

Chaparro Quispe, Elizabeth Sarita 09 March 2017 (has links)
Durante las últimas décadas, en nuestro país, la actividad económica se ha ido incrementando haciendo que las empresas busquen y opten por nuevas alternativas de financiamiento para poder operar, esto requiere entre otros muchos aspectos el disponer de bienes muebles, entendiendo que la carencia de estos, paralizaría el desarrollo de muchas empresas, es así que surge la necesidad de contratar mediante una no tan conocida forma de financiamiento denominada Arrendamiento Financiero o Leasing, como una atractiva alternativa frente al crédito tradicional, donde una persona o cliente contrata con una entidad financiera para que le ceda en uso el bien requerido (previamente adquirido según indicaciones del arrendatario), para que la empresa arrendataria pueda hacer uso y beneficiarse del mismo. / Tesis
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Arrendamiento financiero y la responsabilidad extracontractual de los bancos

Chaparro Quispe, Elizabeth Sarita 09 March 2017 (has links)
Durante las últimas décadas, en nuestro país, la actividad económica se ha ido incrementando haciendo que las empresas busquen y opten por nuevas alternativas de financiamiento para poder operar, esto requiere entre otros muchos aspectos el disponer de bienes muebles, entendiendo que la carencia de estos, paralizaría el desarrollo de muchas empresas, es así que surge la necesidad de contratar mediante una no tan conocida forma de financiamiento denominada Arrendamiento Financiero o Leasing, como una atractiva alternativa frente al crédito tradicional, donde una persona o cliente contrata con una entidad financiera para que le ceda en uso el bien requerido (previamente adquirido según indicaciones del arrendatario), para que la empresa arrendataria pueda hacer uso y beneficiarse del mismo.
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Informe sobre Expediente de relevancia jurídica Nº00662-2012-0-1801-JR-CI-42, Indemnización de daños y perjuicios por responsabilidad civil extracontractual por acto de competencia desleal

Llauca Cueva, Lesly Liz 04 March 2024 (has links)
El presente informe tiene como objetivo realizar un análisis sobre el Expediente 00662-2012-0-1801-JR-CI-42, el cual versa sobre la materia controvertida de una indemnización por Responsabilidad Civil Extracontractual. En dicho proceso civil, en grado de primera instancia, el Trigésimo Primer Juzgado Civil desestimó la demanda debido a no haberse configurado el elemento de la antijuricidad, por considerar que la conducta de la parte demandada constituyó un acto lícito de publicidad que respondió al ejercicio regular de su derecho a la información. A su turno, y en grado de apelación, la Tercera Sala Civil decidió revocar la Sentencia de Vista, tras aplicar al proceso el Decreto Legislativo N° 1044, decreto que aprueba la Ley de Represión de Competencia Desleal, y determinar que la conducta desplegada por el demandado constituyó un acto de competencia desleal, en la modalidad de actos de explotación indebida a la reputación ajena, que generó daños al demandante. En ese contexto, el presente informe se encuentra enfocado en analizar cuál fue el elemento preponderante de la Responsabilidad Civil que conllevó, por un lado, al Juzgado a desestimar la demanda y, por otro lado, a la Sala, a revocar dicha decisión. Asimismo, se analizará los demás elementos concurrentes de la Responsabilidad Civil Extracontractual, y su aplicación al caso en concreto, para así determinar si efectivamente nos encontramos ante un caso en el que corresponde otorgarse la indemnización y su cuantificación. De la misma manera, se realizará un análisis normativo, doctrinario y jurisprudencial de los conceptos jurídico que se involucraron en el proceso como el derecho a la información, derecho publicitario y la represión de la competencia desleal. Finalmente, se expondrán los comentarios y conclusiones de todo lo antes referido, con énfasis, respecto a la forma en como resuelto el caso tanto por el Juzgado, como por la Sala Civil. / The purpose of this report is to conduct an analysis of Case No. 00662-2012-0- 1801-JR-CI-42, which pertains to the controversial matter of compensation for Extracontractual Civil Liability. In the civil proceeding, at the first instance, the Thirty-First Civil Court dismissed the lawsuit on the grounds that the element of unlawfulness had not been established, as it considered that the defendant's conduct constituted a lawful act of publicity that was a response to the regular exercise of his right to information. In turn, in the appeal process, the Third Civil Chamber decided to overturn the Appellate Judgment, after applying Legislative Decree No. 1044, which approves the Law on Unfair Competition, and determining that the defendant's conduct constituted an act of unfair competition, in the form of acts of undue exploitation of another's reputation, which caused damage to the plaintiff. In this context, this report focuses on analyzing which was the preponderant element of civil liability that led, on the one hand, the Court to dismiss the lawsuit and, on the other hand, the Chamber, to revoke said decision. Likewise, the other concurrent elements of Extracontractual Civil Liability will be analyzed, and their application to the specific case will be examined in order to determine whether we are indeed dealing with a case in which compensation should be granted and the amount of such compensation. Similarly, a normative, doctrinal and jurisprudential analysis will be carried out of the legal concepts involved in the process, such as the right to information, advertising law and the repression of unfair competition.
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Hacia una visión integral de las funciones de la responsabilidad civil extracontractual en el resarcimiento del daño moral

Domínguez Roca, Renzo André 25 April 2019 (has links)
Un adecuado entendimiento y aplicación de la función punitiva de la responsabilidad civil producto de la generación de daños inmateriales es de imperiosa necesidad en nuestro medio. Los resarcimientos consignados en las sentencias que expiden nuestros magistrados no suelen tomar en cuenta el rol modelador de conductas en la sociedad que estas deben cumplir a través de esta función. En tal sentido, partimos de la premisa que las funciones resarcitoria, preventiva y punitiva de la responsabilidad civil al resarcir el daño inmaterial o moral vienen siendo aplicadas por nuestra judicatura de una forma inadecuada, sin tener en cuenta su finalidad y las particularidades que revisten su aplicación. Sostenemos que el resarcimiento del daño moral aplicando la función punitiva y preventiva de la responsabilidad civil debe ser otorgado en un ámbito que permita el análisis del dolo o la culpa, en función al criterio de equidad integradora; y, considerando al menos: a) el grado de reprochabilidad con el cual actuó el demandado; y, b) Si la disparidad entre el daño real o potencial sufrido por el demandante y el pago del resarcimiento es razonablemente excesivo en función a los intereses que se pretenden tutelar. Al resarcir el daño moral se debe ponderar la punición y la prevención antes que la compensación. Para demostrar esto, se ha recurrido al análisis dogmático, funcional y exegético de las instituciones de la responsabilidad civil, jurisprudencia relevante del ámbito nacional y comparado, así como la interpretación de la normativa vigente aplicable.
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La mitigación del daño en nuestro sistema de responsabilidad civil extracontractual

Trujillo Hoces, Romely Yajaida 11 March 2024 (has links)
La presente investigación ha tenido por finalidad determinar si nuestro sistema de responsabilidad civil extracontractual reconoce un deber de mitigar el daño por parte de la víctima. Más aún cuando, se suele nombrar al Perú como uno de los países que lo ha regulado en su Código Civil. A pesar de ello, se ha llegado a establecer que, más que un deber, en realidad, nuestro sistema reconoce un criterio de evitación, por parte del perjudicado, como limitación de la extensión del daño resarcible, en el marco del análisis de la relación de causalidad. De modo que, aunque no se reconozca el deber antes referido, ello no significa que, el comportamiento de la víctima, vía acción u omisión, respecto del daño y sus consecuencias, no afecten la extensión del mismo. En coherencia con ello, y a diferencia de lo que se postula en el ámbito de la mitigación del daño, para determinar si un agravamiento de daño es consecuencia del comportamiento del propio perjudicado, no cabe recurrir al criterio de razonabilidad, ni a las circunstancias personalísimas del mismo. Corresponderá, en dicho caso, bajo las reglas de la causalidad adecuada, preguntarse si, dicha conducta, bajo criterios de normalidad, regularidad, probabilidad, etc. ha causado dicho agravamiento. Siendo que, en cuanto a sus consecuencias, corresponderá no resarcir lo evitado ni lo evitable. En el ámbito jurisprudencial, especialmente ante la problemática de limitar la extensión del lucro cesante, consideramos que, indirectamente, se ha visto la necesidad de aplicar dicho criterio.
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La responsabilidad civil de las entidades del sistema financiero en accidentes de tránsito ocasionados por vehículos sujetos a arrendamiento financiero

Contreras Rodriguez, Mariella De Los Angeles 02 March 2022 (has links)
La presenta investigación tiene como propósito determinar si las entidades del sistema financiero están en la capacidad de asumir los riesgos que se derivan de accidentes de tránsito ocasionados por vehículos dados en arrendamiento financiero, puesto que debido a su calidad de propietarios del bien arrendado vienen siendo responsabilizados civilmente por las faltas de los arrendatarios. Esta investigación se desarrolla siguiendo el enfoque metodológico de tipo jurisprudencial y comparativo. Para estos efectos, revisamos diversos pronunciamientos emitidos en sede casatoria en los que se ha puesto en discusión este tema, los cuales ponen en evidencia la falta de predictibilidad al momento de resolver este tipo de casos, además del desconocimiento de la naturaleza mercantil de los contratos de arrendamiento financiero. Ahondado a ello, realizamos un análisis comparativo de un grupo de legislaciones a nivel latinoamericano y europeo, las mismas que han optado por reconocer la naturaleza especial del contrato de arrendamiento financiero en la normativa de accidentes de tránsito. De ahí que, podamos concluir que las entidades del sistema financiero no deben asumir los costos de los accidentes de tránsito ocasionados por los vehículos dados en arrendamiento financiero, siendo necesaria la modificación del artículo 29 de la Ley General de Tránsito, a fin de excluir de su ámbito de aplicación a las entidades del sistema financiero y adecuar su regulación a lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto Legislativo N° 299. De esta forma, podremos evitar el encarecimiento del producto, lo cual permitirá que más personas puedan acceder al mismo

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