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El Asegurado del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo -SCTR- como único sujeto obligado a solicitar la pensión de invalidez y las contingencias que ello genera

Muñoz Tejada, Luis Jaime 31 May 2021 (has links)
El Reglamento de la Normas Técnicas del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo - RNTSCTR- aprobado por el Decreto Supremo N° 003-98-SA cuenta con más de 20 años de vigencia y, hasta la fecha, no ha sido materia de revisión. Como la mayoría de las normas, el RNTSCT no está exento de adolecer de insuficiencia regulatoria. En esa línea, la Corte Suprema de Justicia de la República y el Tribunal Constitucional, han emitido diversos pronunciamientos buscando regular, a través de la interpretación jurídica o de la integración jurídica, algunas de esas situaciones. Dicho lo anterior, al ser el SCTR un tema relacionado algo tan importante y delicado como lo es la salud, dichas insuficiencias regulatorias deben ser tratadas y reguladas a través de la modificación normativa, y no a través de Plenos Jurisdiccionales Supremos y Precedentes Vinculantes emitidos por jueces que en su mayoría son especialistas en derecho laboral, pero con carencia de conocimiento en de seguridad social y derecho a la salud. En consecuencia, el presente artículo versará sobre uno de los supuestos del RNTSCTR que padecen de insuficiencia regulatoria, que es el relacionado al asegurado del SCTR como único sujeto facultado a solicitar una pensión de invalidez. El artículo se justifica en la imposibilidad jurídica del asegurado, por su condición médica, de obtener una pensión de invalidez por el SCTR, sobre la base de que solo él está facultado a solicitarla de manera directa (presencialmente o no), ante la Oficina de Normalización Previsional -ONP o ante las Empresas de Seguros, tal como lo exige el RNTSCTR; y tiene como objetivo identificar los supuestos en los que se configurarían las contingencias debido a la insuficiencia en su regulación; concluyendo con la postulación de una propuesta de modificación al RNTSCTR.
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Propuesta de solución para la falta de conocimiento y tenencia de seguros en las poblaciones de escasos recursos del Perú

Cotrina Matos, Diana Elizabeth, Grados Ramirez, Siria Elvira, Ocrospoma Rodriguez, Zayda Collet, Arbañil Mur, Mario Cesar 13 April 2022 (has links)
La Encuesta Nacional de Demanda de Servicios Financieros y Nivel de Cultura Financiera en el Perú de la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) del año 2016, reveló que el 64% de la población perteneciente a los grupos socioeconómicos más pobres indicó haber sido víctima de al menos un siniestro. Los siniestros o eventos imprevistos tales como un accidente, enfermedad, pérdida de un familiar, la inseguridad ciudadana o la exposición catastrófica; ocasionan no solo una carga emocional en las personas si no también pérdida o crisis económica en el hogar. Utilizar activos propios o asumir una deuda son las medidas más utilizadas por la población peruana para afrontar el impacto económico que generan los siniestros. A pesar de que el seguro es una herramienta que permite la transferencia de riesgos y ayuda a mitigar el impacto económico, es una de las medidas menos usadas en el Perú en estas situaciones; la causa de ello y el problema que se expone en esta investigación es una muy limitada cultura de aseguramiento y prevención de siniestros en la población sobre todo en los grupos socioeconómicos más pobres. El presente trabajo propone una solución con un enfoque social y que a su vez es disruptiva e innovadora ya que satisface una necesidad desatendida y propone un modelo de negocio que aún no existe en el sector de seguros. Adicionalmente busca mejorar las condiciones sociales y económicas de los grupos menos favorecidos de la sociedad peruana. La inversión inicial requerida es de S/ 32,373 y el análisis de viabilidad financiera en un escenario favorable indica una TIR de 280% con un periodo de retorno menor a los 6 primeros meses del año, lo que reafirma la viabilidad de esta propuesta. / The 2016 National Survey on the Demand for Financial Services and Level of Financial Culture in Peru of the Superintendence of Banking and Insurance (SBS by its Spanish initials) reveals that 64% of the population belonging to the poorest socioeconomic groups reported having been the victim of at least one claim. Claims or unforeseen events such as an accident, illness, loss of a family member, citizen insecurity or catastrophic exposure cause not only an emotional burden on people but also loss or economic crisis in the household. Using one's own assets or assuming a debt are the measures most commonly used by the Peruvian population to face the economic impact generated by losses. Although insurance is a tool that allows the transfer of risks and helps to mitigate the economic impact, it is one of the least used measures in Peru in these situations. The cause of this and the problem that is exposed in this research is a very limited culture of insurance and loss prevention in the population, especially in the poorest socioeconomic groups. This work proposes a solution with a social approach that is both disruptive and innovative since it satisfies a neglected need and proposes a business model that does not yet exist in the insurance sector. In addition, it seeks to improve the social and economic conditions of the most disadvantaged groups in Peruvian society. The initial investment required is S/ 32,373 and the financial viability analysis in a favorable scenario indicates an IRR of 280% with a payback period of less than the first six months of the year, which reaffirms the viability of this proposal.
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Aseguramiento de los riesgos del trabajo en el Perú: el SCTR y un catálogo discriminatorio hacia la mujer trabajadora

Pérez Quispe, Erick Oscar 03 March 2020 (has links)
Las mujeres se incorporan al mercado laboral en todos los países del mundo de una manera acelerada pero esto no significa que se encuentren bajo la misma protección y las mismas condiciones que ofrece el Derecho del Trabajo y la Seguridad Social. Sucede que las mujeres enfrentan varias situaciones que afectan su seguridad y salud en el trabajo, ya que la doctrina es enfática en aseverar que existen riesgos laborales específicos de las mujeres. En este sentido, el diseño normativo establecido para el SCTR debe inscribirse dentro de los Convenios de la OIT y de los Tratados sobre Derechos Humanos, por cuanto se trata de la protección de la seguridad y salud de toda trabajadora y trabajador. Mientras que no se logre equiparar la protección y aseguramiento de la seguridad y salud de la trabajadora al igual que del trabajador, no podremos hablar de justicia ni de paz social ni mucho menos se podrá lograr el objetivo del milenio que demanda el ámbito laboral que es el de lograr un trabajo decente. Un análisis exhaustivo entiende que en el universo tutelado por el SCTR se tiene que hay un segmento masculinizado más tutelado que el segmento feminizado, por tanto no es solamente una discriminación genérica de insuficiencia de cobertura en detrimento de las trabajadoras o trabajadores que realizan trabajos de riesgo, sino que esa insuficiencia de cobertura se hace más grave en el caso de las mujeres. El catálogo del Anexo 5 del Decreto Supremo N°009-97-SA protege insuficientemente y genera además una discriminación indirecta porque se estaría generando condiciones de mayor tutela de protección para un segmento de trabajadores que es el masculinizado frente a otro segmento que cobija dicho catálogo que es el feminizado, desprotegiendo la seguridad y salud de la mujer trabajadora.
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Informe Jurídico de la Casación Laboral 1278-2018 AREQUIPA

Limachi Huillca, Luz Mercedes 08 August 2023 (has links)
En Perú, los empleadores que realizan actividades que implican cierto riesgo se encuentran obligados a contratar un seguro especial que es el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo a través del cual se brinda cobertura en salud y pensiones a los trabajadores a raíz de un accidente de trabajo o una enfermedad ocupacional. El presente informe tiene como principal objetivo analizar el criterio de la Corte Suprema comprendido en la Casación Laboral 1278-2018 AREQUIPA respecto de la solicitud de reconocimiento judicial de una pensión por invalidez por enfermedad ocupacional en virtud del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo por parte de un trabajador minero. Para esos efectos; en primer lugar, se describirán los hechos y documentos que sustentan la solicitud a nivel judicial. En segundo lugar, se expondrán los pronunciamientos de las distintas instancias judiciales, incluyendo la de la Corte Suprema, para así detallar los principales problemas jurídicos que se desprenden del caso. En tercer lugar, se analizará cada uno de los problemas jurídicos en torno las posturas asumidas por las instancias judiciales para así justificar la postura asumida de la autora sobre cada uno de ellos. Finalmente, se establecerán las conclusiones y las recomendaciones de la autora para contribuir en la mejor comprensión y aplicación de la legislación que regula la pensión por invalidez. / In Peru, employers who perform activities that involve certain risk are obliged to contract a special insurance which is the Complementary Risk Work Insurance through which health and pension coverage is provided to workers as a result of a work accident or occupational disease. The main purpose of this report is analyze the criteria of the Supreme Court included in the Labor Cassation 1278-2018 AREQUIPA regarding the request for judicial recognition of a disability pension due to occupational disease by virtue of the Complementary Risk Work Insurance by a mining worker. For such purposes; firstly, the facts and documents supporting the request at the judicial level will be described. Secondly, the pronouncements of the different judicial instances, including that of the Supreme Court, will be presented in order to detail the main legal problems arising from the case. Thirdly, each of the legal problems will be analyzed in relation to the positions taken by the judicial instances in order to justify the position taken by the author on each of them. Finally, the author's conclusions and recommendations will be established to contribute to a better understanding and application of the legislation that regulates the disability pension.
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Análisis del proceso de decisión de compra de un corredor de seguros respecto al Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo en Lima Metropolitana

Herrera Brown, Arturo Alonso, Salas Cañote, Diana Carolina 02 December 2019 (has links)
La presente investigación tiene por objeto analizar el proceso de decisión de compra que realiza un corredor de seguros del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo, más conocido por sus siglas como SCTR, en Lima Metropolitana aplicando el modelo propuesto por Kotler & Armstrong. Esta investigación nace a partir de la necesidad de ampliar los conocimientos dentro de la industria de servicios. Hoy en día contamos con diferentes estudios sobre el desenvolvimiento que caracteriza a la industria de servicios e incluso existen teorías enfocadas en diferenciar una industria de servicios con una de productos. Sin embargo, ¿Cómo se desenvuelve una industria de servicios que trabaja para otra industria de servicios? Esto en inglés se denomina “business to business” o comúnmente llamado “B2B”. En español se denominaría “de negocio a negocio”. Por un lado, se encuentran las compañías aseguradoras, dentro de las cuales existen 5 compañías que comercializan SCTR y son: Pacifico Seguros, Rímac Seguros, Mapfre, La Positiva y Sanitas & Protecta. Por otro lado, se encuentran los corredores de seguros, quienes suelen trabajar como personas naturales o como personas jurídicas, dentro de los cuales se han identificado a un total de 50 corredores que operan en Lima Metropolitana y los que más producción tienen. El rol que juega un corredor de seguros es muy importante, pues asesora la compra o contratación de un seguro al cliente, ganando así una comisión por ello. Los líderes de las industrias mencionadas afirman no contar con estudios especializados de estos sectores; por tanto, no cuentan con una información minuciosa para crear mejores estrategias de marketing. Existen muchas líneas de productos dentro del sector asegurador, sin embargo, el SCTR es peculiar, pues el estado norma su contratación y esto para proteger al empleado peruano que se enfrenta a labores, como el nombre del seguro lo nombra, de riesgo; es decir, que pone en peligro su vida. La presente investigación se realizará bajo lineamientos de estudios de Mercado, según Naresh Malhotra bajo la aplicación de herramientas de investigación cualitativas (entrevista a expertos y corredores) y herramientas cuantitativas (cuestionario). Esto con la finalidad de ofrecer una amplia visión del proceso de decisión de compra, por parte de un corredor de seguros, analizar y determinar el comportamiento en cada una de las fases. Las conclusiones de este estudio presentarán ideas sustanciales sobre el proceso de decisión de compra de los corredores de seguros, a partir de los datos obtenidos y analizados. Además, el estudio propone algunas recomendaciones para ser tomadas en cuenta por las aseguradoras y que además estén interesadas en poder implementarlas, según sea su conveniencia.
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Equidad, igualdad y protección laboral a todas las actividades laborales de obras y servicios

Astete Huishuita, Marti 07 March 2024 (has links)
Las cuestiones de justicia, igualdad y seguridad en el lugar de trabajo son extremadamente importantes. Identificar la discriminación del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) según el nivel de riesgo relacionado con el trabajo y abogar por ampliar SCTR a todos los trabajos de obras y servicios, ayudará a cerrar esta brecha y garantizar una protección justa e igualitaria para todos los trabajadores. Es importante que todos los empleados tengan la oportunidad de trabajar en buenas condiciones, independientemente del tipo de trabajo que realicen. La discriminación en la protección de riesgos laborales basada únicamente en el nivel de riesgo asociado a una determinada actividad es contraria a principios laborales fundamentales como la igualdad y la equidad. Además, la Constitución Política del Perú estipula en sus artículos 22 y 26 la importancia de la justicia, la igualdad y la protección de los trabajadores. Por tanto, ampliar el SCTR a todas las actividades de los trabajadores relacionadas con la ejecución de obras y servicios de construcción es razonable desde la perspectiva del derecho laboral, la igualdad de oportunidades y la plena protección, representación de los trabajadores y responsabilidad social. Esto ayudará a reducir la brecha de protección contra los riesgos de discriminación y promoverá la justicia y la igualdad en el lugar de trabajo. También creará conciencia sobre la importancia de la igualdad y la justicia en el lugar de trabajo y permitirá el desarrollo de políticas y prácticas en el lugar de trabajo más equitativas e inclusivas. / Trabajo académico
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Luces y sombras del aseguramiento de riesgos de trabajo en el Perú

Roel Noriega, Dafne Stefany 04 October 2021 (has links)
Este trabajo se realiza con el interés, de que cada vez sea mayor el acceso al empleo realmente decente, que permita el desarrollo adecuado de cada persona, en nuestro país. Propósito que, además, es parte de los objetivos de Desarrollo Sostenible establecidos por la Organización de Naciones Unidas a sus países miembros. Partiendo de los pilares establecidos por la Organización Internacional de Trabajo, para calificar un trabajo como <<decente>>, se considera fundamental que los trabajadores desarrollen su trabajo en condiciones seguras. Es evidente que contar con una cobertura adecuada contra los riesgos generados por el trabajo es algo básico e indispensable para el desarrollo del resto de derechos, y de ello se desprende la real importancia de determinar si el sistema de aseguramiento con el que contamos es el adecuado. En vista de ello, en el presente documento se expone una mirada radiográfica a nuestro sistema (SCTR), conteniendo la descripción de las principales teorías sobre cobertura de riesgos de trabajo e identificando en cuál se encuentra nuestro sistema. Evidenciando así, las oportunidades de mejora que se tienen e identificándose además las características principales con las que debería contar un cambio legislativo que nos permita contar con un aseguramiento eficiente.
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A propósito del deber de prevención, protección del trabajador frente a los accidentes derivados de actividades riesgosas : Garantías mínimas del SCTR a cargo de la EPS

Diaz Zavalaga, Franco Yosue 27 February 2020 (has links)
En nuestro país surge una situación de incertidumbre referente a la cobertura del SCTR, ya que artículo 2.3º de las Normas Técnicas no considera ciertas contingencias como accidentes de trabajo. Por lo expuesto, se cuestiona el contenido normativo de las Normas Técnicas del SCTR, debido a que ostenta ambigüedades y permite que las EPS no cumplan con la finalidad preventiva y compensatoria del SCTR. En tal sentido, la facultad de calificar unilateralmente si una contingencia se configura como un accidente de trabajo permite que la EPS pueda negar las prestaciones al trabajador y encasille la contigencia dentro de los supuestos de exoneración del artículo 2.3º del D.S. 003-98-SA. Lo referido provoca que los afiliados al SCTR no sean acreedores a las coberturas por parte de este Seguro Complementario al Seguro Social Regular, por lo que ha de cuestionarse si el SCTR atiende al deber de protección empresarial y si se enmarca dentro de los principios establecidos por la Seguridad Social. Por lo señalado, la investigación busca responder lo siguiente: 1. En virtud del deber de preventivo ¿Ostentan las Entidades prestadoras del SCTR una responsabilidad objetiva? 2. A propósito de la presunción de responsabilidad, ¿Es admisible trasladar al trabajador la carga de iniciar un procedimiento contencioso a fin de que las garantías mínimas le sean reconocidas? 3. ¿Cumple el SCTR con un auténtico deber de protección acorde a los principios de la Seguridad Social? Se concluye que las atribuciones de calificación y exclusión del accidente de trabajo por parte de. las EPS generan la vulneración de derechos del trabajador. En suma, el SCTR no confiere un deber preventivo a las EPS, tal como consta en el artículo 13º y la EPS ni la normativa del SCTR operan conforme a la Constitución y las normas nacionales e internacionales sobre la materia.
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Hacia una estructura eficiente de protección de la salud de los trabajadores dependientes en el sector formal: propuesta de un sistema compuesto por un nivel primario de aseguramiento de riesgos laborales (obligatoriedad del SCTR) y de un nivel secundario de imputación diferenciada de responsabilidad civil en enfermedades profesionales y accidentes laborales (según el nivel de riesgo de la actividad económica desempeñada)

Montero Aguilar, Arianna Nicole 05 April 2024 (has links)
El presente trabajo de investigación aborda la problemática respecto del actual sistema de protección de la salud de los trabajadores desde dos aristas: el seguro de riesgos de trabajo y la imputación de responsabilidad civil del empleador. De este modo, respecto al seguro de riesgos de trabajo se propone una crítica sobre su obligatoriedad y ámbito de aplicación afirmándose que su actual regulación resulta incompatible con el marco constitucional; por lo cual se adopta la postura bajo la cual debe regularse un seguro de riesgos de trabajo aplicable a todas las actividades económicas de forma progresiva, pero que diferencie las primas y las coberturas según el nivel de riesgo de cada actividad. Asimismo, sobre la imputación de responsabilidad civil del empleador se critica que -en su aplicación actual- presupone una incorrecta asignación de incentivos al empleador para la implementación de medidas de prevención. Frente a ello, se propone como solución el sistema diferenciado de imputación de responsabilidad del empleador según el nivel de riesgo de la empresa. / This research paper addresses the problem of the current system of workers' health protection from two points of view: occupational risk insurance and the imputation of the employer's civil liability. Thus, about occupational risk insurance, a criticism is proposed on its obligatory nature and scope of application, stating that its current regulation is incompatible with the constitutional framework; therefore, the position is adopted under which an occupational risk insurance must be applicable to all economic activities but should be regulated progressively differentiating the fees and coverage according to the level of risk of each activity. Likewise, regarding the imputation of the employer's civil liability, it is criticized that -in its current application- it presupposes an incorrect assignment of incentives to the employer for the implementation of preventive measures. In view of this, a differentiated system of imputation of the employer's liability according to the company's risk level is proposed as a solution.

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