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De la falta de probidad como causal de despidoSepúlveda Valdés, Pedro, Sobarzo Vilches, Felipe January 2009 (has links)
Una de las causales más graves de término de la relación laboral, es el despido por falta de probidad, pues es de aquellas que autorizan al empleador para poner término al contrato de trabajo sin pagar indemnización alguna al trabajador.
En este trabajo realizamos un profundo estudio de la falta de probidad, reuniendo y sistematizando los aspectos jurídicos más relevantes de esta causal, contemplada en el artículo 160 número 1 letra a) del Código del Trabajo.
De este modo, luego de una breve síntesis y explicación del sistema de Término del Contrato de Trabajo y del sistema adoptado por nuestra legislación en dicha materia, analizamos la evolución histórica que ha tenido la causal de despido por falta de probidad en nuestra legislación.
Cuál es el sentido y alcance de la falta de probidad y cómo ha sido entendida tanto por la doctrina como por la jurisprudencia, es una de los temas que en forma extensa analizamos en el presente trabajo.
Saber qué ocurre en los casos en que el hecho que originó la falta de probidad es motivo además de una investigación penal, la influencia recíproca que pueden tener los diversos procesos (laboral como penal), en cuanto a determinar la configuración de la causal y la forma en que lo resuelto en sede penal pueda afectar la decisión en sede laboral, como así mismo la procedencia y los requisitos de una eventual indemnización por el daño moral producido como consecuencia del despido por falta de probidad, si ésta causal no se logra acreditar en juicio, son parte de este completo estudio que ha quedado plasmado en la presente obra.
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El caso fortuito o fuerza mayor como causal de terminación del contrato de trabajoCastillo Parada, Ximena Isabel January 2010 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Las causales de terminación del contrato de trabajo han sido establecidas efectuando ciertas distinciones que evitan que el empleador reduzca de manera arbitraria su personal, no existiendo hechos imputables al trabajador. En este sentido, cuando se trata de causales cuya causa no se encuentra en un hecho culpable o doloso del trabajador, mal puede esperarse que este último deba asumir los costos de una decisión que de manera diligente pudo prever y evitar. Es por ello que el legislador establece el derecho de ser indemnizado del trabajador en este tipo de situaciones, procurando con ello compensarlo por el menoscabo patrimonial –y eventualmente moral- que un despido conlleva, reestableciendo el equilibro en la situación jurídica previa.
Sin embargo, dentro de las causales no imputables al trabajador existen algunas cuyos presupuestos fácticos tampoco pueden ser atribuidos al empleador sin incurrir en injusticias. Es por ello que el artículo 159 del Código del Trabajo establece un listado de causales que, o por existir la venia del trabajador en el fin del contrato de trabajo, o por tratarse de situaciones que a ninguna de las dos partes puede imputársele, permiten que la relación laboral pierda su eficacia sin otorgarle un derecho a indemnización al trabajador.
Como consecuencia del trabajo a ser realizado se obtendrá un actualizado panorama del alcance y procedencia del caso fortuito y fuerza mayor como causal de terminación del contrato de trabajo. La expectativa específica es obtener las herramientas dogmáticas y de aplicación de derecho para otorgar un criterio certero a la hora de analizar casuísticamente el uso y abuso de esta causal en el contexto de acontecimientos catastróficos. Además, este trabajo no sólo busca analizar críticamente la real procedencia de la causal de caso fortuito o fuerza mayor aducida, sino que además plantear las respuestas alternativas en base a la investigación realizada
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Suspensión de la relación laboralContreras Robles, Juan Carlos January 2000 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / Al tratar el tema que nos ocupará, cual es, la suspensión de la relación laboral, forsozo es que analicemos aunque sera esquemáticamente, las principales características del contrato de trabajo, como fuente individual de derechos y deberes laborales.
Sin embargo, se debe advertir que la relación laboral, según algunos, no sólo tiene su fuente en el contrato expreso o tácito, como señalan los contractualistas; a veces puede darse una relación remunerada, subordinada y por cuenta ajena sin haber contrato de trabajo, como dicen otros. Cabe acotar que, en el campo de la doctrina, los "relacionistas" opinan que la relación laboral puede tener un origen extracontractual al generarse prácticamente por el hecho de la mera incorporación del trabajador a la empresa.
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Efectos de la quiebra en los contratos de trabajoChalhub Tortora, Nabih, Castillo Tejada, Pablo Andrés January 2009 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Actualmente nuestra legislación no contempla un tratamiento especial y unificado para con los trabajadores, sólo encontramos normas sueltas e innumerables vacíos legales que la jurisprudencia ha debido llenar, sin embargo, esta labor jurisprudencial ha sido vacilante y contradictoria a lo largo del tiempo.
Es por ello que el objetivo de la presente obra es dilucidar la situación en que queda el trabajador frente a la quiebra de su empresa. Nos abocaremos a estudiar que pasa con los contratos de trabajo al declararse la quiebra, que causal de terminación corresponde aplicar, que pasa con sus indemnizaciones en atención a establecer si constituyen créditos privilegiados o no, cómo y en qué plazo se les paga sus créditos, teniendo presente el régimen de recursos procesales con que se puede impugnar la resolución que declara la quiebra, qué ocurre en el evento que las cotizaciones quedan impagas y la eventual aplicación de la Ley 19.631, también conocida como Ley Bustos, y, por último, ver como el nuevo procedimiento laboral ampara o protege a los trabajadores que se enfrentan a la quiebra de su empleador.
Consideramos que es necesario legislar al respecto, para que exista certeza jurídica sobre la causal que se debe aplicar para despedir a los trabajadores, las indemnizaciones que se deben pagar, los topes de estas y los procedimientos para realizar estos pagos. Solo de esta manera se logrará una real protección a los trabajadores y se da seguridad a los demás acreedores del fallido.
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Sistema de terminación de contrato individual de trabajo en Chile : ¿estabilidad relativa del empleo o libre despido atenuado?Busto Díaz, Leonel Octavio, Díaz Inostroza, Liliana Carolina, Quiroz Gutiérrez, Fabián Vicente, Venegas Sánchez, Diego Sebastián January 2011 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / En esta investigación presentaremos un análisis de los diferentes aspectos de lo que constituye un sistema o modelo de terminación de contrato individual de trabajo junto con sus diferentes variantes para posteriormente hacer un examen del sistema vigente en Chile lo que nos permite realizar una calificación final del modelo existente en nuestro país.
Se utiliza el método de la observación al prestar atención a las diferentes fuentes del derecho ocupadas para establecer nuestro modelo de terminación de contrato individual de trabajo. Además, se emplea el método analítico ya que se realiza la separación de las partes de un todo (el modelo de terminación de contrato individual de trabajo en Chile) a fin de estudiarlas por separado así como examinar las relaciones entre ellas. También se utiliza el método deductivo ya que se parte de un marco general de referencia y se va hacia un caso en particular en donde se comparan las características de un caso objeto con la definición que se ha acordado para una clase determinada de objetos y fenómenos (en este caso el fenómeno de la terminación del contrato individual de trabajo). Del mismo modo se utiliza el método sintético al efectuar la reunión racional de varios elementos dispersos en una nueva totalidad. La síntesis se da en el planteamiento de la hipótesis.
El resultado de este trabajo nos permite determinar que en Chile existe un sistema o modelo de terminación de contrato individual de trabajo de Libre Despido Atenuado, dadas las particulares características y variantes que tienen los diferentes factores que distinguen a nuestro régimen (nuestra legislación, los fallos de nuestra jurisprudencia, tanto judicial como administrativa, etc.).
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La quiebra y sus efectos en la relación laboralPerry Mitchell, Juan Andrés, Sandoval Amar, Claudia Verónica January 2001 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo / El objetivo de la presente memoria es analizar los distintos aspectos en que la Relación Laboral, emanada de un Contrato de Trabajo celebrado entre un trabajador y un empleador, puede verse afectada por la declaratoria en Quiebra de este último. Con el objeto de precisar el tema de nuestro interés de la mejor manera posible, hemos destinado los primeros dos capítulos del presente trabajo a efectuar un breve estudio en torno a la Relación laboral misma y a la institución de la Quiebra, a fin de definir los elementos con los cuales nos enfrentamos durante esta memoria. A partir del tercer capítulo, desarrollamos el problema específico que nos motiva, vale decir, las consecuencias que la Quiebra puede acarrear en las relaciones de trabajo vigentes al momento de su declaración.
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La quiebra del empleador y sus efectos en la relación laboralCastro Meza, Rafael Esteban January 2014 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La locución “quiebra” es idónea para ser subsumida dentro de múltiples acepciones, atendiendo a diversos criterios. Desde una primera aproximación, la nomenclatura “quiebra” puede ser examinada en el sentido natural y obvio que autoriza la Real Academia Española de la Lengua , en los siguientes términos:
“Juicio por el que se incapacita patrimonialmente a alguien por su situación de insolvencia y se procede a ejecutar todos sus bienes en favor de la totalidad de sus acreedores” .
Desde una perspectiva económica, la quiebra implica un estado crítico patrimonial, provocado por “una enfermedad del patrimonio” .
Por otra parte, introduciéndonos en el examen jurídico de la voz “quiebra”, la doctrina le ha imputado los siguientes alcances:
a) En un sentido empírico, la quiebra puede ser entendida como la materialización de un estado de crisis del patrimonio de su titular.
b) En un sentido estrictamente económico, la quiebra hace alusión a un magno descalabro monetario que desemboca en la declaratoria de quiebra.
c) En un sentido jurídico, la quiebra consiste en el cotejo del estado de quiebra económica para proceder a declararla judicialmente, en virtud de la cual el patrimonio del titular se sujeta a un procedimiento concursal al que concurren, en pago, todos sus acreedores.
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De las necesidades de la empresa, establecimiento o servicio : su problemática y relación con el procedimiento de tutela laboralSilva Niño de Zepeda, Rafael Ignacio January 2011 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Sin duda que entre las cosas más preciadas que posee una persona se encuentra su trabajo, el que le permite no sólo un sustento económico para él y su familia, sino también la posibilidad de desarrollarse personalmente. Por ello es que la falta de trabajo trae consecuencias nefastas para la sociedad, ya que se ven resentida la economía y la integridad síquica de los ciudadanos.
Para proteger el trabajo y entregarles seguridad, es que desde hace un tiempo a la fecha se valora en sede laboral el bien jurídico de la estabilidad laboral. Este ha sido inspirador de diversas normas nacionales y comparadas, sin perjuicio de estar en permanente tensión con la flexibilidad laboral que aspira tener un sistema lo suficientemente ágil para responder a las demandas cambiantes y dinámicas de los sujetos de la relación laboral.
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Naturaleza jurídica de la cláusula de indemnización convencional por muerte del trabajadorSalas Soto, Loreto Fernanda January 2014 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Autor no autoriza el acceso a texto completo de su documento
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El finiquito y los derechos del trabajador despedidoTapia Henríquez, Lesly Andrea, Salgado Vásquez, Juan Luis January 2010 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La disolución de este contrato, como veremos, no extingue por sí solo las obligaciones nacidas durante su vigencia y, más aún, genera derechos y acciones nuevas para el trabajador, como el derecho a exigir del empleador el pago de determinadas indemnizaciones y, en ciertos casos, exigir su reincorporación en las funciones de la empresa. Sin embargo, debido a que el derecho laboral es un derecho esencialmente nuevo y se encuentra sometido a una constante evolución, muchas veces el reconocimiento práctico de los derechos de que el trabajador es titular se torna dificultoso. La conjunción de bienes jurídicos que coexisten y muchas veces colisionan con la protección y bienestar del trabajador, tales como la generación de empleo, la libertad contractual y la buena fe, tornan difuso el campo de acción que tiene éste para ejercer sus derechos, por lo que el principal objetivo de esta memoria será cubrir y satisfacer esta necesidad clarificadora, haciendo reconocibles los derechos que competen al trabajador despedido a través de un catálogo de derechos correspondientes a cada situación, ya sea que el trabajador hubiere sido despedido injustificadamente; hubiere sido separado de sus funciones adeudandosele cotizaciones previsionales; mientras gozaba de fuero; por un acto discriminatorio, o bien cuando se autodespide recurriendo a la figura del despido indirecto. En cada una de estas hipótesis, la indemnización exigible será distinta y los pagos y acciones a los que estará obligado el empleador serán diferentes. Creemos que el primer paso para una efectiva protección de los derechos es su cabal comprensión e identificación, y de tal forma esta memoria pretende contribuír en dicha misión.
Será necesario para el logro de dicho objetivo, como ya mencionamos, plasmar en este trabajo las últimas y más representativas posturas y decisiones doctrinales o jurisprudenciales, ya sea en sede judicial o administrativa, respecto a las controversias que se susciten en torno al tema estudiado, identificando y analizando críticamente la tendencia actualmente imperante. Además, en la convicción de que la eficacia de los derechos sustantivos se encuentra en relación directa con los órganos y los procedimientos llamados a su cumplimiento, nos permitimos exponer en este trabajo una breve relación de los nuevos Tribunales y los nuevos procedimientos creados por las reformas laborales de los últimos años en nuestro país, orientando el ejercicio de los derechos y acciones de los trabajadores a través de esquemas centrados principalmente en la fase posterior al despido.
Por último, en la parte final de esta memoria se estudiarán los acuerdos que la ley permite celebrar al trabajador despedido con su empleador, especificamente en cuanto a los derechos a que el primero puede legitimamente renunciar y a los límites legales que la ley impone a la voluntad de ambos con el fin de extender la protección que le brinda al dependiente el contrato de trabajo aun después de su disolución, considerando la situación vulnerable en que el trabajador se encuentra tras haber perdido su sustento económico y encontrarse desamparado de la legislación que lo protegía mientras mantenía la calidad de trabajador. Esencial para ello, por cierto, es el estudio del alcance del principio de irrenunciabilidad de los derechos laborales cuando el contrato de trabajo esta extinto -cosa que no se encuentra excenta de discusión doctrinal y jurisprudencial- para luego analizar el sustento legal de los referidos acuerdos, tales como la renuncia o reserva de derechos en el finiquito, el fraccionamiento del pago de determinadas indemnizaciones y los descuentos que pueden efectuarse sobre estas por saldos insolutos de créditos contraídos estando vigente la relación contractual.
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