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Usurpación de identidad en las redes sociales. Facebook y twitter. Tratamiento legal y jurisprudencial en Chile

Ferrada Bubniak, Nicole Eden, Iniescar Medina, Fernanda Jesús January 2015 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El uso de Internet y las redes sociales se ha vuelto imprescindible en la vida cotidiana de los seres humanos, y por ello, se hace necesario que nos identifiquemos en el ciberespacio al igual que en el mundo real. La extensión que hacemos de la identidad personal a un contexto digital, por lo general nos lleva a representarnos fielmente a nosotros mismos en este plano, sin embargo, y en virtud de la carencia de reglas que hay a este respecto en la Web, conduce a muchos a inventar un usuario ficticio, o simplemente a utilizar indebidamente la personalidad de otro. Actualmente, el tipo penal de usurpación de nombre -establecido en el artículo 214 del Código Penal- no contempla la identidad como bien jurídico protegido ni que tal ilícito se dé en Internet y las redes sociales, por lo que en noviembre de 2014 se presentó el Proyecto de Ley que “modifica el Código Penal, con el propósito de sancionar la suplantación de identidad 10 realizada a través de Internet y redes sociales, ocasionando daños a terceros”, con el fin de completar este vacío legal. El presente trabajo busca determinar si es necesario este cambio en la legislación penal de nuestro país o si es suficiente la norma existente para amparar el derecho a la identidad personal, cuando el delito de usurpación de identidad se dé en un escenario informático. Para responder a esta interrogante, se esclarecerá en: los conceptos de identidad, persona y derecho a la identidad personal; se hará una relación expositiva del funcionamiento de las redes sociales y se ahondará en la naturaleza jurídica de las mismas. Se realizará una breve revisión de los delitos informáticos y del ilícito de suplantación de identidad, y su tratamiento normativo en el Derecho Comparado, asimismo, se analizará la fundamentación del Proyecto de Ley en cuestión, y la viabilidad de su aprobación. Y finalmente, se hará un estudio jurisprudencial de algunos casos de usurpación de nombre que se hayan presentado en el mundo virtual
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La violencia sobre las cosas en el delito de usurpación en base al principio de proporcionalidad

Sanchez Tenorio, Merly Noelith January 2019 (has links)
En el presente trabajo se analizó si resulta proporcional que en el delito de usurpación el cual se encuentra regulado en el artículo 202° del Código Penal, se establezca la misma pena privativa de libertad cuando el hecho delictivo se realiza ejerciendo violencia sobre las personas o sobre los bienes, si tomamos en cuenta que la integridad física de la persona es más valiosa que el patrimonio, por lo que, merecen una sanción diferente, a fin de evitar que existan sanciones y penas injustas en la norma. Por ello, basándose en el principio de proporcionalidad se pretende establecer una menor pena cuando el agente comete el delito ejerciendo violencia sobre los bienes, pues, no es lo mismo atentar contra la integridad física de la persona que dañar o malograr un bien.
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El bien jurídico protegido en el delito de usurpación agravada de los terrenos del Estado, regulado en el artículo 204.4 del Código Penal

Ancho Crocco, Madeleine Katherine 12 September 2022 (has links)
La presente investigación analiza cuál es el bien jurídico que se protege en los delitos de usurpación agravada sobre los terrenos del Estado, indagando si es la posesión, la propiedad, el pacífico y tranquilo disfrute de un bien u otros bienes jurídicos. Para ello, es preciso analizar si la propiedad del Estado es inviolable e inalienable, si puede entrar en conflicto con el derecho a acceder a una propiedad y con el derecho de acceso a los servicios públicos básicos de las personas. Todo ello en un contexto constitucional en el que, en principio, el interés general sobre la propiedad tiene una cierta preeminencia sobre el particular, conforme lo regulan los artículos 70 y 73 de la Carta Magna. Así mismo, la presente investigación analiza la eficacia de la Ley N.º 30230, sobre recuperación extrajudicial de la propiedad estatal, y si la referida Ley es o no eficaz frente a los interdictos de recobrar y retener preceptuados en los artículos 603º y 606º Código Procesal Civil respectivamente, y la usucapión regulada en el artículo 950º del Código Civil. Este análisis, evidentemente, se realiza desde una óptica prioritariamente penal. Del mismo modo, se analiza jurídicamente las funciones del SBN en cuanto a la recuperación extrajudicial de los terrenos del Estado, y la repercusión sobre el incremento del delito materia de estudio. El presente trabajo de investigación está vinculado a una problemática delictiva de frecuente ocurrencia en el Perú: la usurpación agravada de terrenos del Estado. Prima facie, esto se debe a la gran extensión geográfica de nuestro país, en donde se producen constantemente invasiones de grandes extensiones de terrenos en situación de dejadez o abandono por parte del Estado; a lo que se suma la falta de control y deficiencia de las leyes.
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Usurpación de aguas. Agua y justicia penal

Contreras Enos, Marcos 02 1900 (has links)
Memoria (magíster en derecho penal de los negocios y la empresa) / La confluencia de una serie de factores justifica la pertinencia y necesidad –en el contexto de un programa académico de Derecho penal de los negocios y la empresa– de una investigación como la que en esta memoria se despliega. La creciente escasez del recurso hídrico, que ha llegado a catalogarse como una “guerra por el agua”, unida a la entrada en vigencia de la reforma procesal penal, ha determinado que las figuras típicas contenidas en los artículos 459 a 461 del CP, hayan dejado de ser letra muerta. Sin embargo, el tratamiento dogmático nacional sobre el particular se caracteriza fundamentalmente por su brevedad. En efecto, aparte de las escasas páginas dedicadas en los clásicos manuales de Derecho penal chileno, existen solo unos cuantos artículos que se abocan al análisis de los delitos referidos, lo que determina que los operadores jurídicos se enfrenten a las figuras típicas relativas al ejercicio de derechos de agua, con un arsenal dogmático que resulta insuficiente para hacer frente a las múltiples complejidades que éstas plantean, entre las que se puede mencionar, sin ánimo de exhaustividad: a) ¿Qué es la ausencia de título legítimo?; b) ¿Qué significa la exigencia de “invasión de derechos”?; c) ¿Cuál es el cuerpo de agua relevante para apreciar la existencia o ausencia de derechos?; d) ¿Cuál es el espectro del cuerpo de agua relevante en el que se debe apreciar dicha circunstancia?; e) ¿Qué significa el vocablo “fraudulentamente” en la figura del art. 461 del CP?, etc. Por lo demás, hay una consideración “fenomenológica” que justifica que la materia que en esta investigación se pretende abordar, forme parte del Derecho penal de los negocios y la empresa. En efecto, los delitos que son objeto de esta tesis normalmente son cometidos en el contexto del giro de una actividad empresarial o, en otros términos, desde la empresa, toda vez que un sinfín de actividades productivas normalmente desarrolladas por empresas requieren contar con el concurso de derechos de aguas para su desarrollo, razón que justifica la inclusión del tópico como parte del Derecho penal de la empresa, tal y como ocurre con los delitos relacionados con el medio ambiente y con los casos de responsabilidad por el producto, delitos y casos que nadie duda en ubicar dentro del Derecho penal de la empresa por el hecho que se verifican normalmente desde ella. De otro lado, el análisis de los delitos objeto de la presente tesis da pie a problemas propios del Derecho penal de los negocios y la empresa, a saber: la autoría y participación en estructuras empresariales (por tratarse, como ya señaló, de delitos cometidos en un elevado número de casos, desde la empresa) el contenido del término fraudulentamente (art. 461 CP), el límite entre el derecho administrativo sancionador y el derecho penal, etc. Pero aun hay más. Las particularidades del objeto de ataque de los delitos de usurpación de aguas hacen que la pregunta por el objeto de protección de los mismos requiera una reflexión acabada que se echa en falta en la dogmática nacional. Dicha reflexión pone a prueba la sistematización de los delitos contemplados en el título IX del libro II del CP, título que, según la doctrina nacional mayoritaria, protege la propiedad, entendida ésta en términos del concepto jurídico de patrimonio. De la mano de la doctrina nacional minoritaria sostendremos que el título señalado protege dos bienes jurídicos estructuralmente diferenciados: a saber, la propiedad y el patrimonio. En ese contexto, se inquiere si el objeto jurídico de protección de los delitos relativos al ejercicio de derechos de aprovechamiento de aguas se puede encuadrar sin más en alguno de los bienes jurídicos ya referidos. La correcta solución de esta cuestión no sólo es relevante para un adecuado tratamiento de los delitos de usurpación de aguas, sino que, más en general, para la sistematización de los delitos contra intereses instrumentales o de significación patrimonial, lo que evidentemente resulta de interés en el contexto de un programa que cobija en su seno al “Derecho penal de los negocios”. Justamente la repuesta a la interrogante aludida en el párrafo anterior, es el punto de partida para nuestra investigación, la que tiene como objetivo la reconstrucción racional de los delitos de usurpación de aguas. Para el logro de dicho objetivo, la investigación se divide en tres partes: i) El objeto de los delitos de usurpación de aguas, ii) Análisis dogmático de los delitos de usurpación de aguas, y iii) Análisis jurisprudencial. En el capítulo primero, se pretende identificar al objeto jurídico de protección de los delitos de usurpación de aguas, así como explicitar las características del agua en cuanto objeto de ataque de dichos delitos. Conforme a ello, en primer lugar, se dedica una sección a la discusión sobre el (los) bien(es) jurídico(s) protegido(s) en el título IX del libro II del CP, que agrupa a los delitos de significación patrimonial. Posteriormente, tomamos posición en torno al bien jurídico protegido por las figuras de usurpación de aguas, lo que, a su vez, nos conduce a efectuar una caracterización y determinación del contenido de los derechos de aprovechamiento de aguas. Ello, desde una doble perspectiva: desde su consideración como posición jurídico-formal y desde su consideración como poderío fáctico correlativo a dicha posición. En segundo término, se aborda el objeto de ataque en los delitos que son materia de esta tesis, a saber, el agua, caracterizándola, desentrañando su naturaleza jurídica y precisando qué tipo de aguas constituyen el objeto de ataque idóneo en las figuras de los arts. 459 y ss. del Código Penal. Una vez efectuadas estas definiciones quedará delimitado el marco teórico que se precisa para emprender un análisis dogmático adecuado de los delitos objeto de esta tesis. De este modo, en el capítulo segundo, se emprende el análisis dogmático de las figuras de usurpación de aguas. Para ello, en primer término, se ensaya una sistematización de dichas figuras para luego, conforme a ella, analizar las figuras de usurpación pacífica del que no tiene derechos, la usurpación fraudulenta y la usurpación violenta, proponiendo soluciones a los problemas interpretativos que ellas plantean. En el capítulo tercero, en fin, se analiza y pone a prueba la escasa jurisprudencia disponible en material de usurpación de aguas a la luz de los resultados obtenidos en los dos primeros capítulos de esta tesis. Por lo demás, el ejercicio que se realizará en ese capítulo servirá para demostrar el rendimiento práctico de las propuestas dogmáticas esbozadas en la tesis. La metodología a seguir en el desarrollo de la presente investigación es la propia de la dogmática jurídico-penal de raigambre europeo-continental, es decir, aquella que en base a su producto paradigmático –la teoría del delito– se orienta por el ideal sistemático. Dicha metodología cede paso, al final de la tesis, al análisis jurisprudencial utilizando, empero, como premisas, las conclusiones a las que se arribará luego del análisis dogmático.
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Interrupción en la prescripción adquisitiva de dominio frente a una denuncia de usurpación con auto de sobreseimiento

Gonzales Otoya Llerena, Luis Alonso January 2024 (has links)
En el presente trabajo de investigación de tipo cualitativo se realizó un análisis para lograr establecer el apartado a considerar para delimitar que el auto de sobreseimiento no califica como una causal de interrupción del proceso de prescripción adquisitiva de dominio para el mismo, se ha comenzado analizando las instituciones jurídicas de la prescripción adquisitiva de dominio y la usurpación en relación al auto de sobreseimiento y si el auto de sobreseimiento en una denuncia de usurpación interrumpe la prescripción adquisitiva de dominio para posteriormente sustentar las razones de la búsqueda de dicho apartado para garantizar la posición originaria obtenida por la usucapión, sobre la propiedad y que no se afecte el derecho de usucapir ante un auto que declara nula la responsabilidad penal sobre el proceso. / In this qualitative research study, an analysis was conducted to establish the criteria for determining that a dismissal order does not qualify as a ground for interrupting the adverse possession process. The study began by examining the legal institutions of adverse possession and usurpation in relation to a dismissal order, specifically whether a dismissal order in a usurpation complaint interrupts the adverse possession process. Subsequently, the reasons for seeking this clarification were presented to ensure the preservation of the original position obtained through adverse possession, safeguarding the right to adverse possession even when there’s an order declaring criminal liability null and void in the process.

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