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El derecho a un justo y racional procedimiento para la víctima en el código procesal penal chileno

Bascur Pavez, Javier January 2015 (has links)
Tesis (para optar al grado de magíster en derecho, mención derecho penal) / La presente investigación realiza un análisis del rol de la víctima en el proceso penal, centrado en el impulso que ha tenido el reconocimiento de este interviniente en el actual sistema, concretizado en los derechos que dispone como sujeto legitimado para obtener un derecho a un justo y racional procedimiento. De acuerdo a lo anterior, se examinan, en forma crítica, los derechos de la víctima y del querellante en el actual Código Procesal Penal, y asimismo, se revisa la interpretación que ha sostenido el Tribunal Constitucional, con el objeto de potenciar los derechos fundamentales de la víctima, y asimismo, los criterios que han sostenido los tribunales ordinarios de justicia en casos concretos sometidos a su conocimiento. Finalmente, se plantean conclusiones para arribar a una efectiva tutela de los derechos de la víctima como sujeto procesal
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Análisis criminológico de la víctima y de la reacción social ante la conducta desviada en los delitos de abuso sexual

Salinas Parada, Cecilia Alejandra January 2016 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Autor no autoriza el acceso a texto completo de su documento
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La recuperación de la víctima y la seguridad ciudadana frente al derecho penal público y democrático : análisis crítico de la revisión administrativa de la no formalización

Arrué Fonseca, Juan Pablo, Luebert Bruron, Bernardita January 2013 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La evolución de la posición de la víctima en nuestro derecho procesal penal evidencia una tendencia privatizadora desarrollada al alero del discurso securitario. La atención prioritaria a las demandas de las víctimas en la política criminal, y la colocación de éstas en una posición preeminente en el sistema penal, conducen a la configuración de un ordenamiento jurídico que se contrapone a los principios de un derecho penal entendido como consenso ciudadano para la protección de intereses públicos en el contexto de una sociedad democrática.
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Diagnóstico de la delincuencia y factores que influyen en la percepción de inseguridad en Chile

Soto Latrille, Patricio Antonio January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Desde 1990, la delincuencia y la seguridad ciudadana se han posicionado como una de las principales preocupaciones de la población chilena. A esta creciente preocupación, se suma el hecho de que las personas presentan un alto índice de temor al delito, de acuerdo a varias mediciones. También, se dice que el número de delitos cometidos habría tenido aumento explosivo y que, incluso, el Estado habría perdido el control efectivo del fenómeno delictual. Lo anterior ha generado una profunda sensación de inseguridad en las personas que se ha mantenido a lo largo de los años, pese a que Chile es considerado uno de los países más seguros de Latinoamérica, región que se caracteriza por ser particularmente violenta. El siguiente trabajo de investigación pretende proporcionar un diagnóstico respecto de la realidad criminal del país, en base a las estadísticas que entregan las instituciones públicas de seguridad y justicia, para luego revisar las causas por las cuales las personas tienen una percepción alta de inseguridad y miedo al delito, y finalmente encontrar una explicación a esta paradoja.
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Análisis criminológico del delito de femicidio desde un paradigma multivectorial integrativo

Arévalo Arévalo, Natalia Marcela, Romero Año, Daniela Paz January 2014 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / En nuestro país durante el año 2007, dentro de las diversas propuestas presentadas a tramitación legislativa frente a esta problemática, una de las más controvertidas en el plano político y jurídico ha sido la que prevé la creación de un tipo penal especial para la sanción del femicidio, concepto bajo el cual se 4 comprenden los homicidios de mujeres cometidos por sus parejas actuales o pasadas, contemplando únicamente las relaciones conyugales y de convivencia. La tipificación de este delito obedece a la obligación de los Estados de adecuar sus legislaciones a los instrumentos internacionales pero también al incremento del número de muertes de mujeres y la crueldad con que la que se producen. Por lo mismo, a fin de contribuir a que la legislación sustantiva aprobada en nuestro país, y la institucionalidad especializada para investigar, perseguir y juzgar el asesinato de mujeres, no sólo elimine la impunidad de estos hechos sino que incida en su contención, prevención y tratamiento, es que desde el presente estudio se realiza un análisis criminológico integrativo del delito de Femicidio, a través de una observación metódica en la interacción de factores criminológicos dentro de distintas etapas o procesos temporales que conducen al resultado final de desencadenamiento del delito, considerando los siguientes vectores: el delincuente, la víctima, la situación, los factores micro y macro sociales, y la reacción social formal e informal ante la conducta desviada.
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La participación de la víctima y del querellante particular en la persecución de delitos: dogmática, normativa y estadísticas

Hernández de Lamotte, Diego Andrés January 2009 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El punto que se intentará demostrar en un primer apartado, es que la participación que se dé a la víctima en el proceso penal debe estar estrechamente vinculada con el fin que se le adjudique al mismo. Lo anterior, dado que no es conceptualmente posible incluir a las víctimas en determinados procesos penales, en la medida en que los objetivos que buscan son absolutamente independientes y, en varios ocasiones, contrarios al parecer de las víctimas de los delitos. En esta medida, para analizar el papel que en cada proceso deba tener la víctima, es menester haber clarificado, de antemano, qué es lo que se busca con el proceso. La hipótesis cuya veracidad se intentará demostrar es que, sean cuales fueren los fines que tiene el proceso penal en nuestro país, la participación que el Código Procesal Penal del año 2000 y sus posteriores modificaciones dan a la víctima y al querellante particular no hace sino desvirtuar la forma en que debería operar el citado proceso, de acuerdo a lo que este memorista intentará demostrar que es la correcta comprensión del sistema. En virtud de lo anterior es que se propondrá la realización de dos modificaciones centrales a nuestro derecho procesal penal. En primer término, y para erradicar una de las figuras que más distorsiones genera en nuestro sistema, cual es la del querellante, se planteará su eliminación, concentrando en el Ministerio Público todos los poderes de dirección de la investigación y la posibilidad de influir en el devenir del proceso. En segundo lugar, y en una propuesta contracíclica, tan de moda por estos días, se propondrá reducir las facultades de las víctimas en el proceso penal. Dado que se concluirá que no hay razones para pagar un costo tan alto como que el sistema se desvirtúe por la inclusión de las víctimas con amplias facultades en el proceso penal, lo más sensato parece ser circunscribir su papel al de testigo y denunciante, como se verá. La estructura que se seguirá para demostrar lo anterior estará basada en tres capítulos, además de un apartado dedicado a las conclusiones. En el primero, tras definir los conceptos relevantes, se analizarán los aspectos doctrinarios generales en torno a la participación que la víctima debe tener en el proceso penal; previo análisis de los fines que éste busca (o puede buscar). En un segundo apartado, se hará un detallado análisis de la participación que, de hecho, tiene la víctima en nuestro actual sistema procesal penal, lo que, en la medida en que vaya siendo pertinente, será parangonado con la práctica comparada. En este capítulo, que tendrá un corte marcadamente dedicado al derecho positivo, se hará una serie de enumeraciones y clasificaciones de los derechos que asisten a las víctimas a lo largo de las diversas etapas del derecho penal, para, en seguida, proceder a comentar estos derechos, en la medida en que lo merezcan, y apreciar su coherencia y consistencia con los presupuestos dogmáticos analizados en el capítulo primero. Como adelanto, se advierte que las conclusiones indicarán que nuestro derecho no va en la línea que esta tesis estima adecuada, toda vez que los poderes que tiene la víctima en el proceso penal y, con mayor razón los del querellante, exceden lo dogmáticamente recomendable. Un tercer apartado será dedicado a la situación del querellante particular en nuestra legislación, y a la forma en que esta figura u otras similares, han sido comprendidas en legislaciones comparadas. Además de la realidad de nuestro derecho positivo, este capítulo será complementado con estadísticas obtenidas directamente en la Fiscalía, tendientes a demostrar que, en el evento de seguirse lo que se recomienda en el primer capítulo en relación a la participación que víctimas y querellantes deben tener en el proceso penal, el impacto práctico no sería tan alto como se imagina, dado que la participación efectiva que tienen, específicamente los querellantes, en el proceso penal, es más bien marginal. Finalmente, se encontrará un apartado dedicado a conclusiones. Aquí, no sólo se realizará una breve síntesis de lo dicho hasta ese punto, sino que se intentará dar soluciones para satisfacer los intereses de las víctimas en áreas distintas al derecho penal.
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Víctimas, proceso penal y reparación. — Los derechos de las víctimas en el marco de la constitución política, los tratados internacionales y el código procesal penal

Leytón Jiménez, José Francisco January 2008 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Se presenta un estudio acucioso acerca de la víctima como sujeto pasivo del delito y las distintas particularidades que presenta en el proceso penal. Para ello, se comienza realizando un análisis descriptivo del proceso penal, de sus fines más importantes, desembocando en la idea fundamental de que no es posible concebir ni entender a las normas procesal penales si no son capaces, en un Estado de Derecho, de restaurar la paz social quebrantada por el delito, y entregarle a la víctima un papel digno, propio del rol subsidiario que le compete al Estado, incluso por mandato constitucional. Posterior a ello, se estudia la normativa internacional y nacional en torno a las víctimas, con las diferencias que presenta entre los distintos Estados la visión del ofendido y de su participación en el proceso penal. Como corolario de ello, se dedican páginas al análisis de acerca de si la participación de la víctima ha sido beneficiosa o no para lograr procesos penales más justos y certeros en cuanto a la represión del delito y el restablecimiento de la norma. Finalmente, se analiza la reparación, como un elemento hermano de la pena, que intenta devolver a las víctimas a la situación anterior. Se concluye con un estudio a la institucionalidad de los “Acuerdos Reparatorios”, que el legislador de 2000 incluye en el Código del ramo. Sin lugar a dudas la participación activa de la víctima en el proceso penal genera beneficios, ya que esta no puede ser tomada como mero objetivo de prueba. Su papel, como preocupación del Estado, debe estar siempre orientado en torno a la idea de la dignidad del ser humano y el respeto a sus derechos humanos, vulnerados por el delito cometido. “Pensamos en la Inquisición evocando grilletes, hierros candentes, mazmorras y alaridos de dolor. Pero la esencia de la Inquisición no yace en esta idea del sufrimiento. La Inquisición consiste en perseguir almas descarriadas y el papel de los jueces consiste en descubrirlas para lograr la expiación del pecado. El derecho inquisitorio confunde al delito con el pecado y el proceso penal está teñido por esta falta de diferenciación. Hay dos maneras en que, por perseguir el pecado, el Derecho penal afecta seriamente nuestra dignidad; una es de fondo y la otra de forma. La persecución del pecado es esencialmente perfeccionista: lo perseguible criminalmente no consiste esencialmente en dañar a otro; la función de la coerción estatal debe dirigirse a castigar a aquellos que se apartan de ciertos ideales de excelencia. No castigamos el consumo de drogas, el menosprecio a los símbolos patrios o las exhibiciones obscenas porque ocasionen daños. Perseguimos estas acciones porque constituyen síntomas de espíritus aviesos, de actitudes pecaminosas. La condena no recae sobre el acto, recae sobre la persona desobediente. De esta premisa se sigue que la víctima carece de importancia; el delincuente no actúa contra sus congéneres, sino que desobedece a Dios. Este olvido del que sufre el daño priva al derecho de la misión de dignificar a la víctima a través de la condena del transgresor. Si el Derecho penal sirve para algo en una sociedad secular, este algo consiste en prevenir daños y, al suceder los daños, en devolverle a las personas el respeto requerido para ser sujetos morales plenos. El chantajeado, el violado y la persona transformada en cosa por la violencia merecen un remedio institucional redignificante. Este remedio es la condena penal lograda mediante la participación del ofendido en el proceso. Llamo a esta versión del derecho, ‘derecho protector’. En cambio, el ‘derecho perfeccionista’ no cumple esta misión” Jaime Malamud Goti
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La participación del menor de edad víctima o testigo en el proceso penal

González Ramírez, Álvaro January 2017 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Autor no autoriza el acceso a texto completo de su documento / Este trabajo pretende dar cuenta de la participación del menor de edad en el proceso penal junto con apreciar su testimonio según las reglas de valoración de la sana crítica. Para ello es necesario resguardar la integridad física y psicológica del menor de edad evitando episodios de victimización secundaria. Con esta finalidad el Derecho Comparado ha establecido una serie de garantías para una adecuada participación. A su vez se pretende demostrar que tales medidas permitan la obtención de la declaración testimonial más fiable y coherente, relevante para la determinación de la hipótesis acusatoria y la importancia de la prueba pericial en este tipo de casos.

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